Baja de Actividad de Equipos a Presión (tanto aparatos como instalaciones).
Baja de Actividad de Equipos a Presión (tanto aparatos como instalaciones).
Departamento / Organismo Autónomo
Desarrollo Económico e Infraestructuras
Órgano gestor
Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial
Objeto
Comunicación de Baja de una instalación o de un Equipo a Presión
Destinatarios/asTitulares de Equipos a Presión en funcionamiento.
Normativa reguladora- Real Decreto 2060/2008, (B.O.E. 5-02-2009), por el que se aprueba el reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas.
- Orden de 27 de julio de 2009(B.O.P.V. 11-09-2009), por la que se dictan normas en relación con el reglamento de equipos a presión (REP).
- Decreto 229/2012, (B.O.P.V. 3-12-2012), de simplificación del procedimiento para la puesta en servicio de instalaciones industriales.
- Ley 8/2004, (B.O.P.V. 29-11-2004), de Industria dela Comunidad Autónoma de Euskadi.
Personas de contacto
Técnicos de Seguridad Industrial:
Delegación Territorial de Araba/Álava
Tel.: 945 017770
Delegación Territorial de Bizkaia
Tel.: 94 4031400
Delegación Territorial de Gipuzkoa
Tel.: 943 022500
Escrito en el que se comunica la baja de una instalación o un equipo.
Tasas a aplicar
No aplica
Plazo de presentacionNo aplica
Lugar presentación solicitudes
Delegación Territorial de Álava
c/ Samaniego, 2
01008-Vitoria-Gasteiz
Tel.: 945 017770
Faxa: 945 017787 - 017051
Delegación Territorial de Gipuzkoa
c/ Easo, 10
20006-Donostia-San Sebastián
Tel.: 943 022500
Faxa: 943 022542
Delegación Territorial de Bizkaia
c/ General Concha, 23
48010-Bilbao
Tel.: 94 4031400
Faxa: 94 4031445
Presentación del escrito de baja en la Delegación Territorial
Órgano que resuelve
No aplica
Plazo de resolución
No aplica.
Efectos del silencioNo procede
Fín de la vía administrativa
No procede
Recursos / Reclamaciones
Formularios
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Otros documentos---Observaciones
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NotaEsta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Fecha de la última modificación
23/07/2013