2003141-Denuncias en materia de sanidad
Tramita por Internet
Consiste en
Denunciar las infracciones derivadas de incumplir las obligaciones establecidas en la 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y la Ley 33/2011, de Salud Pública.
Requisitos
1.
Ser mayor de 18 años.
Necesitas
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Modelo de denuncia.
Te interesa saber
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INFRACCIONES LEVES
- Las simples irregularidades o el incumplimiento de la normativa sanitaria vigente, si las repercusiones han tenido una incidencia escasa o sin trascendencia directa para la salud pública.
- Las cometidas por simple negligencia, siempre que la alteración o riesgo sanitarios producidos fueren de escasa entidad.
- Las que, en razón de los criterios contemplados, merezcan la calificación de leves o no proceda su calificación como faltas graves o muy graves.
- La sanción por infracciones leves conlleva una multa de hasta 3.000 euros
- Las infracciones leves prescriben al año.
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INFRACCIONES GRAVES
- La realización de conductas u omisiones que puedan producir un riesgo o un daño grave para la salud de la población, cuando ésta no sea constitutiva de infracción muy grave.
- La denegación de apoyo, auxilio o colaboración y el incumplimiento de los requerimientos específicos que formulen las autoridades sanitarias, siempre que se produzcan por primera vez.
- El incumplimiento de las instrucciones recibidas de la autoridad competente, si comporta daños para la salud, cuando no sea constitutivo de infracción muy grave.
- La resistencia o la obstrucción de aquellas actuaciones que fueren exigibles, de acuerdo con lo previsto en la Ley 33/2011.
- El incumplimiento de comunicación de información y resto de obligaciones conforme a lo dispuesto en el Título I de la Ley 33/2011, cuando revista carácter de gravedad.
- Las que reciban expresamente dicha calificación en la normativa especial aplicable en cada caso.
- Las que se produzcan por falta de controles y precauciones exigibles en la actividad, servicio o instalación de que se trate.
- La resistencia a suministrar datos, facilitar información o prestar colaboración a las autoridades sanitarias o a sus agentes.
- Las que sean concurrentes con otras infracciones sanitarias leves, o hayan servido para facilitarlas o encubrirlas.
- Las que, en razón de los elementos contemplados en este artículo, merezcan la calificación de graves o no proceda su calificación como faltas leves o muy graves.
- La reincidencia en la comisión de infracciones leves, en los últimos doce meses.
- La sanción por infracciones graves conlleva una multa de 3.001 hasta 60.000 euros
- Las infracciones graves prescriben a los 3 años.
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INFRACCIONES MUY GRAVES
- La realización de conductas u omisiones que produzcan un riesgo o un daño muy grave para la salud de la población.
- El incumplimiento, de forma reiterada, de las instrucciones recibidas de la autoridad competente, o el incumplimiento de un requerimiento de esta, si este comporta daños graves para la salud.
- Las que reciban expresamente dicha calificación en la normativa especial aplicable en cada caso.
- Las que se realicen de forma consciente y deliberada, siempre que se produzca un daño grave.
- Las que sean concurrentes con otras infracciones sanitarias graves, o hayan servido para facilitar o encubrir su comisión.
- El incumplimiento reiterado de los requerimientos específicos que formulen las autoridades sanitarias.
- La negativa absoluta a facilitar información o prestar colaboración a los servicios de control e inspección.
- La resistencia, coacción, amenaza, represalia, desacato o cualquier otra forma de presión ejercida sobre las autoridades sanitarias o sus agentes.
- Las que, en razón de los elementos contemplados en los correspondientes artículos de estas leyes y su grado de concurrencia, merezcan la calificación de muy graves o no proceda su calificación como faltas leves o graves.
- La reincidencia en la comisión de faltas graves en los últimos cinco años.
- La sanción por infracciones muy graves conlleva una multa de 60.001 hasta 600.000 euros, pudiendo rebasar esta cuantía hasta alcanzar el quíntuplo del valor del mercado de los productos o servicios objeto de la infracción.
- Las infracciones muy graves prescriben a los 5 años.
Plazo de solicitud
Todo el año
Cómo solicitarlo
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
Te respondemos mediante
1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
Tu solicitud será tramitada por
Servicio de Farmacia
Tu solicitud será resuelta por
Consejería de Sanidad
Código: 2003141
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