2002507-Declaración de cotos regionales de caza
Tramita por Internet
Consiste en
Obtener autorización para la constitución de cotos regionales de caza en el Principado de Asturias a petición de entidades locales o sociedades de cazadores.
Requisitos
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La superficie mínima de los terrenos que integran un coto regional debe ser de 3.000 Ha.
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Las sociedades han de estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
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Los terrenos integrantes del coto deberán ser un todo continuo (ver Otros Datos de Interés).
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Su duración no podrá ser inferior a cinco años ni superior a diez.
Necesitas
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Memoria justificativa de: Certificación del acuerdo corporativo o social por el que se solicite la declaración. Fines que se persiguen. Plano a escala 1:50.000. Superficie planimétrica en hectáreas.
Te interesa saber
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CONTINUIDAD DEL TERRENO
No se considerará interrumpida la continuidad del terreno por la existencia de cercados rurales que tengan prohibida la entrada y estén debidamente señalizados, terrenos dentro de un coto cuyos titulares hayan manifestado expresamente su intención de que no sean incluidos en él y los hayan señalizado cumpliendo lo establecido, arroyos, ríos, caminos de uso público, ferrocarriles, canales o cualquier otra construcción de características semejantes.
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RECEPCIÓN DEL SERVICIO
Si la tramitación se inicia de oficio, el silencio de la Administración, transcurrido el plazo máximo de resolución, debe entenderse como desestimación.
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COTOS REGIONALES DE CAZA
Se podrá solicitar su constitución sobre terrenos de aprovechamiento cinegético común o sobre los que, estando sometidos a régimen cinegético especial, debieran pasar a ser de aprovechamiento cinegético común. La solicitud debe presentarse en un plazo no superior a los dieciocho meses previos a la caducidad del coto existente. La constitución de los cotos puede ser promovida igualmente por la Administración, que inicia la tramitación de oficio.
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INFORMACION PÚBLICA
La petición o iniciativa para la declaración de un terreno como coto regional será sometida a información pública por plazo de un mes, mediante anuncios en el BOPA y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos afectados. Durante dicho plazo, los titulares afectados por la declaración que lo deseen podrán manifestar expresamente la intención de que sus terrenos no sean incluidos en el coto y su compromiso de proceder, en el plazo que se fije, a señalizarlos de acuerdo con las prescripciones que se dispongan.
Plazo de solicitud
Todo el año
Cómo solicitarlo
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
Te respondemos mediante
- Notificación por correo certificado con acuse de recibo
- BOPA
Tu solicitud será tramitada por
Servicio de Caza y Pesca
Tu solicitud será resuelta por
CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE
Código: 2002507
Más información
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Instituto Nacional de Silicosis
Calle La Minería 1, 33011, Oviedo
Tel. 985108009
Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana
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Consejería de Empleo, Industria y Turismo
Plaza España 1, 33007, Oviedo
Servicio de Salud del Principado de Asturias
Plaza Del Carbayón 1 y 2, 33001, Oviedo
Consejería de Servicios y Derechos Sociales
Calle Alferez Provisional S/N, 33005, Oviedo
Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales
Calle Coronel Aranda 2, 33005, Oviedo
Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada"
Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo
Tel. 985108400
Consejería de Educación y Cultura
Calle Coronel Aranda 2, 33071, Oviedo