20022788-Reembolso de los costes de los avales
Tramita por Internet
Consiste en
Obtener el reembolso del coste de las garantías (avales) aportadas para suspender la ejecución de una deuda tributaria en cuanto ésta sea declarada improcedente.
Requisitos
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Declaración de deuda tributaria improcedente por sentencia o resolución administrativa y dicha declaración adquiera firmeza.
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Que las garantías, prestadas de conformidad con la normativa vigente, hayan sido aceptadas para la suspensión de la ejecución de deudas tributarias.
Necesitas
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AVALES
Certificado expedido por la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca concedente del aval, haciendo constar las cantidades satisfechas a la misma por la concesión, mantenimiento y cancelación del aval,devengadas hasta los treinta días siguientes a la notificación al interesado de la correspondiente resolución o sentencia, con expresión de la cantidad avalada, así como copia del aval presentado.
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Copia de la resolución administrativa o judicial, por la que se declare improcedente total o parcialmente el acto administrativo cuya ejecución se suspendió con mención de su firmeza.
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DEPÓSITO DE DINERO
Acreditación de la fecha de constitución del depósito.
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Declaración expresiva del medio elegido por el que haya de efectuarse el reembolso, pudiendo optar por: transferencia bancaria, cheque nominativo y conformado o certificado por la entidad librada, en fecha y forma, y compensación en los términos previstos en el Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 939/2005, de 29 de julio).
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HIPOTECAS Y PRENDAS
Acreditación del pago efectivo de los gastos derivados de la intervención del fedatario público, de los gastos registrales, de los impuestos derivados de la constitución de la garantía y, en su caso, de su cancelación y de los gastos derivados de la tasación de los bienes ofrecidos en garantía.
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OTRAS GARANTÍAS
Acreditación del pago efectivo de los gastos de formalización, mantenimiento y cancelación.
Plazo de solicitud
Todo el año
Cómo solicitarlo
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
Te respondemos mediante
1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
Recursos
1.Recurso potestativo de reposición o reclamación económico-administrativa
Tu solicitud será tramitada por
Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias
Tu solicitud será resuelta por
Consejería de Hacienda y Sector Público
Código: 20022788
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