20022771-Registro de Cajas de Ahorro del Principado de Asturias
Tramita por Internet
Consiste en
Se inscribirán en este registro todas las Cajas de Ahorro que tengan su domicilio social en el Principado y aquellas que, sin estar domiciliadas en esta Comunidad Autónoma, tengan abiertas oficinas en su territorio.
Requisitos
-
VARIACIONES EN LA INSCRIPCIÓN
Cajas de Ahorro con domicilio social en el Principado de Asturias:
- Las variaciones en los estatutos y normativa interna requieren autorización de la Consejería de Economía y Hacienda.
- La apertura, cierre o traslado de oficinas deben comunicarse con una antelación previa de al menos quince días respecto de la fecha de la efectividad de la apertura, cierre o traslado.
Cajas de Ahorro con domicilio social fuera del Principado de Asturias:
- Las variaciones en los estatutos y normativa interna deben comunicarse en el plazo de quince días contados desde el día siguiente al de la adopción del acuerdo por el órgano competente, acompañando la preceptiva autorización.
- La apertura, cierre o traslado de oficinas deben comunicarse con una antelación previa de al menos quince días respecto de la fecha de la efectividad de la apertura, cierre o traslado.
-
PRIMERA INSCRIPCIÓN
Cajas de Ahorro con domicilio social en el Principado de Asturias:
- Que la escritura fundacional y los estatutos hayan sido aprobados por el Consejo de Gobierno (inscripción provisional).
- Sujetarse dos años al régimen especial de control que reglamentariamente se determine sin haber incurrido en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 8.1 de la ley de Cajas de Ahorro del Principado de Asturias (inscripción definitiva).
Cajas de Ahorro con domicilio social fuera del Principado de Asturias:
- Comunicar la fecha prevista para la apertura de su primer establecimiento con una antelación de al menos 15 días.
Necesitas
-
Autorizaciones administrativas previas de otras Administraciones.
-
Escritura de protocolización de estatutos y normativa interna.
-
Escritura fundacional.
-
Relación de oficinas de la entidad.
Te interesa saber
-
EFECTOS DE LA INSCRIPCIÓN
En defecto de inscripción en el Registro de Cajas de Ahorro del Principado de Asturias, está prohibida la utilización dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de las denominaciones "Caja de Ahorro" o "Monte de Piedad", u otras que puedan inducir a confusión.
-
FUSIÓN
En el supuesto de fusión por absorción, se procederá a cancelar de oficio la inscripción de la Caja absorbente, con las variaciones que procedan como consecuencia de dicha fusión, variaciones que se acreditarán mediante certificación del asiento registral practicado. Cuando de la fusión resulte la creación de nueva entidad, se cancelará de oficio la inscripción de las Cajas de Ahorro fusionadas y se inscribirá de oficio la nueva entidad, siempre que su domicilio social radique en el Principado de Asturias.
Plazo de solicitud
Todo el año
Cómo solicitarlo
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
Te respondemos mediante
1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
Recursos
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Tu solicitud será tramitada por
Servicio de Supervisión Financiera y Seguros
Tu solicitud será resuelta por
Consejería de Hacienda y Sector Público
Código: 20022771
Más información
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Instituto Nacional de Silicosis
Calle La Minería 1, 33011, Oviedo
Tel. 985108009
Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana
Calle Suárez de la Riva 11, 33007, Oviedo
Consejería de Empleo, Industria y Turismo
Plaza España 1, 33007, Oviedo
Servicio de Salud del Principado de Asturias
Plaza Del Carbayón 1 y 2, 33001, Oviedo
Consejería de Servicios y Derechos Sociales
Calle Alferez Provisional S/N, 33005, Oviedo
Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales
Calle Coronel Aranda 2, 33005, Oviedo
Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada"
Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo
Tel. 985108400
Consejería de Educación y Cultura
Calle Coronel Aranda 2, 33071, Oviedo