Los edificios de residencia colectiva de 50 o más años deben disponer de un Informe de Evaluación sobre su estado general de conservación, grado de accesibilidad y certificación energética.
El técnico competente realiza el informe por medios informáticos y entrega a los propietarios o a la comunidad de propietarios un código de acceso. Con este código se accede al documento digital del IEE. Los propietarios o comunidades de propietarios pueden pedir una copia en papel del informe.
Los propietarios o la comunidad de propietarios deben entregar el código de acceso al IEE en el ayuntamiento donde se ubique el edificio. Para que el ayuntamiento admita a trámite la versión impresa del informe, debe entregarse con la firma del técnico que lo suscribe.
Consulta (destinado a toda la ciudadanía): no se requiere documentación ni certificado para realizar una consulta.
Descarga de un IEE (destinado a personas interesadas en un IEE): código de acceso. El código lo facilita el técnico que ha redactado el IEE a quien se lo ha encargado (comunidad de propietarios, propietario de un edificio...).
Código de acceso al Informe de Evaluación del Edificio. Lo facilita quienes lo hubieran encargado (comunidad de propietarios, propietario de un edificio...).
Una vez firmado el IEE, la aplicación genera un código identificativo del informe. El código se entrega al propietario del edificio para que pueda solicitar el registro del IEE. En la solicitud debe indicar el código.
Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos Servicio de Vivienda (Sección de Edificación) C/ Alhóndiga 1 1º 31002, Pamplona (Navarra) Correo electrónico: vivienda@navarra.es
Para cuestiones relacionadas con la gestión de altas/bajas de usuarios para Entidades Locales: Servicio de Organización Correo electrónico: alcalmod@navarra.es InfoLocal
3.-Solicitud de consulta de instalaciones en el ámbito de la seguridad industiral:
Procedimiento para la consulta de los registros existentes de las instalaciones en el ámbito de seguridad industrial en los casos de modificación o regularización
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, del Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias. (BOE nº 211 de 4/9/2006) modificado parcialmente por el Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo (BOE nº 125 de 22/05/2010)
Consulte aquí:
Circular procedimiento para el cambio de suministro de combustible a GN canalizado de instalaciones suministradas con GLP canalizado y viceversa.
Circular procedimiento de registro de instalaciones de centros de almacenamiento y distribución de envases de gases licuados del petróleo (GLP) de 5ª categoría: con capacidad nominal de contenido total hasta 500 kg, en estaciones de servicio o en locales comerciales.
Circular sobre Inspecciones periódicas a calderas estancas sin toma de muestras para análisis de combustión (aparatos tipo C de tiro forzado).
Contacto
Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial Parque Tomás Caballero, nº 1, 5ª Planta 31005 Pamplona (Navarra)
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial Dirección General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3
Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@cfnavarra.es
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial Dirección General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3
Inscripción en el Registro de todos los laboratorios agroalimentarios, públicos y privados, de la Comunidad Foral de Navarra que realicen análisis y controles de los productos agroalimentarios, utilizados tanto en alimentación humana como en la alimentación animal, así como en los medios de producción agrícola.
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
Todos los laboratorios agroalimentarios públicos o privados que desarrollen la actividad objeto de registro ubicados en la Comunidad Foral de Navarra.
Más información
La inscripción en el Registro tendrá una vigencia de tres años.
Transcurrido este plazo, los titulares deberán solicitar la renovación de la inscripción.
En caso de que no se solicite en los tres meses siguientes a la fecha de caducidad, se producirá, automáticamente, la baja en el Registro.
Fotocopia de la licencia municipal de actividades.
Fotocopia de la licencia fiscal.
Dirección, teléfono, fax y correo electrónico del laboratorio.
Memoria donde se indique:
- Descripción del laboratorio en relación con la propiedad, organización y la actividad. - Croquis y descripción de las diferentes instalaciones. Mapa o croquis de acceso al laboratorio. - Relación de aparatos analíticos. - Dispositivos y certificaciones de seguridad. - Fotocopia compulsada de la titulación académica del director técnico y relación del personal que presta servicio en el laboratorio, con indicación de su categoría profesional y organigrama. - Relación de los grupos de actividades para las que se solicita la inscripción, de las que se señalan a continuación:
Análisis básico de componentes de productos alimentarios, con su enumeración.
Análisis de etiquetado de los productos alimenticios.
Análisis de metales en el nivel de trazas.
Análisis de residuos de plaguicidas.
Análisis de aguas.
Microbiología alimentaria.
Análisis de medios de la producción agraria, con su enumeración.
Materiales de contacto directo con alimentos.
Aditivos alimentarios.
Productos para alimentación animal.
Premezclas.
Contaminantes orgánicos.
Productos para uso veterinario.
Diagnóstico de enfermedades en animales.
Residuos en alimentos, animales y piensos.
Otros grupos.
- Adjuntar mapa o croquis de acceso al laboratorio.
Inscripción Laboratorios Acreditados:
En el caso de tener acreditadas algunas determinaciones analíticas deberán aportar además la siguiente documentación:
Declaración jurada del representante legal del laboratorio privado de independencia respecto a entidades o empresas para las que realice determinaciones analíticas.
Declaración del cumplimiento de las Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) o de la ISO 17.025.
Acreditación de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) del cumplimiento de la norma EN - 45001
Relación de los programas o ensayos interlaboratorios en los cuales participa.
Modificación de los datos registrales:
Deberá ser notificada al órgano encargado del Registro en el plazo máximo de un mes desde que se produzca la modificación, a través de Instancia general.
Para solicitar la renovación:
Es obligatoria cada 3 años y presentará la misma documentación que para la inscripción.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Inscripción y autorizaciones para actuar en Navarra a Organismos de control responsables de actividades de certificación, ensayo, inspección o auditoría en el ámbito reglamentario en materia de seguridad industrial.
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
Son destinatarios:
Organismos de control
Empresas y particulares
Más información
Los datos presentados se inscribirán de oficio en el Registro Integrado Industrial.
1. Inscripción de organismos de control que inicien su actividad o radiquen sus instalaciones en la Comunidad Foral de Navarra. Para ello, deberán presentar previo al ejercicio de la actividad:
Sólo en el caso de querer obtener certificado o acreditación de la inscripción en el Registro Industrial se deberá presentar justificante de abono de tasas (30 )
2. Para colaborar con la Administración en la tramitación de las instalaciones los Organismos de Control deberán presentar:
Certificado de Acreditación emitido por Entidad Nacional de Acreditación, en el área o áreas reglamentarias objeto de tramitación.
Acreditar que se dispone de al menos un local abierto al público ubicado en Navarra
Relación de medios técnicos y humanos por campo de actuación en Navarra
Deberán suscribir un protocolo con la Dirección General de Industria, Energía e Innovación, que tendrá por objeto asegurar la correcta realización de los trámites y, en su caso, garantizar la protección de los datos de carácter personal y la confidencialidad de la información manejada.
3. Los Organismos de control de fuera de la Comunidad Foral de Navarra con intención de actuar en nuestra comunidad deberán comunicarlo al Ministerio de Industria, Turismo y Energía junto con la siguiente documentación:
Razón social, CIF y domicilio social
Persona y datos de contacto
Campos reglamentarios en los que está autorizado y sobre los que desea actuar
¿Cómo tramitar?
Por internet
Registro de Organismos de control en el ámbito de la seguridad industrial
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Orden Foral 60/2015, de 5 de marzo, por la que se regula el procedimiento que deben seguir los diferentes agentes y los titulares de las instalciones sujetas a normas y reglamento de seguridad industrial
Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial.
Decreto Foral 326/1998, de 9 de noviembre, por el que se regulan las actuaciones en materia de seguridad industrial y control reglamentario en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra (BON nº 146 de 7/12/1998)
Para resolución de cuestiones tecnológicas e Informáticas, puede dirigirse a Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@cfnavarra.es
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial Dirección General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Servicio de Ganadería Sección de Producción Animal Negociado de Desarrollo Ganadero (Ref. 31027) C/ González Tablas nº 9, planta baja 31005 Pamplona (Navarra) Teléfonos: 848 426 390 / 848 426 420 Fax.: 848 423932 Correo electrónico: produccion.animal@navarra.es
Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@cfnavarra.es
Organismo responsable - convocante Servicio de Ganadería
Constituye uno de los requisitos necesarios para mantener el régimen fiscal especial regulado en la Ley Foral 10/1996, de 2 de julio, reguladora del régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio.
Tramitar
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
Fundaciones inscritas.
Tiene como objetivos:
Informar de la composición del Patronato, así como los cambios que sucesivamente hayan acaecido en dicha composición
Mantener actualizada la información registral y dar publicidad a las personas fundadoras, a los/as miembros del Patronato y a la ciudadanía en general, de las personas que forman en cada momento el órgano de gobierno, administración y representación de la Fundación, así como de sus funciones y atribuciones.
Dar garantía de las fundaciones inscritas frente a otros Registros de Fundaciones.
Más información
La Fundaciones inscritas comunicarán al Registro para su inscripción, todos aquellos cambios que tengan lugar en el Patronato, por cualquiera de las causas establecidas en los estatutos, dando cuenta de los ceses y nombramientos de sus miembros y de la designación para ocupar los cargos del Patronato (presidente/a, vicepresidente/a...)
La inscripción es una obligación de la Fundación para mantener actualizada la información registral.
Además, para aquellas que disfrutan del régimen tributario especial, la información registral actualizada es, además, un requisito que habrán de cumplir para mantener dichas ventajas fiscales.
La renovación del Patronato podrá ser total o parcial.
El procedimiento para la renovación del Patronato se ajustará a los estatutos, y cumplirá los requisitos establecidos (causas de cese, comunicación de la renuncia, elección de los/as nuevos/as miembros, duración del mandato, etc...).
Si el Patronato tiene miembros con cargos vitalicios (la duración de su mandato es indefinida), la renovación de dichas/os miembros deberá hacerse siempre en escritura pública, al tratarse de una modificación del Acta Fundacional.
En caso de que los/as patronos/as sean natos/as (en razón de un cargo político y/o administrativo), o su elección provenga de un determinado grupo (por ejemplo, en representación de los vecinos del pueblo), se indicará la razón o procedencia de su nombramiento.
La inscripción que se haga después de cada cambio contendrá la composición actualizada y completa del Patronato (relación pormenorizada de todos los/as miembros, con sus nombres y apellidos y el cargo que ocupan en el Patronato).
Certificado del acuerdo adoptado por el órgano competente, firmado por el/la secretario/a y con el visto bueno de el/la Presidente/a, con todos los datos necesarios para acreditar que la renovación se ajusta a los Estatutos y que se ha adoptado conforme al procedimiento regulado en los mismos.
En su caso, certificado de tracto registral que acredite los distintos Patronatos habidos desde el último registrado hasta el que se pretende registrar.
En el caso de que la renovación afecte a patronos/as vitalicios/as, escritura pública de modificación del Acta Fundacional, o las posteriores que modificaron aquella. Esta obligación de elevarlo a escritura pública también se requerirá si así lo disponen los Estatutos que rigen la Fundación.
Si el/la patrono/a es una persona jurídica, acreditación del acuerdo adoptado por el órgano competente de dicha persona jurídica.
Acreditación de la aceptación o renuncia al nombramiento y/o a los cargos de los/as miembros en el Patronato, en caso de que no esté incluida en el Certificado o en la Escritura Pública.
En caso de realizar el trámite online, se aportarán para su calificación registral las copias escaneadas de la documentación requerida. Una vez que la documentación sea calificada como correcta, para proceder a la inscripción deberán presentar los documentos originales debidamente firmados (firmas manuscritas o electrónicas) por todas las personas obligadas a esas firmas. Información sobre firma de archivos PDF proporcionada por Adobe Reader.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Pago
En las oficinas
Negociado de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales. Avda. Carlos III, 2 bajo. 31002 Pamplona/Iruña
Análisis de la solicitud: el Registro de Fundaciones podrá requerir a la Fundación la subsanación de los documentos aportados, con suspensión del plazo para resolver. Si transcurrido el plazo otorgado no se ha llevado a cabo la subsanación, se procederá al archivo de las actuaciones y a la caducidad del procedimiento.
Resolución de la solicitud: el plazo de resolución de la solicitud de inscripción será de tres meses desde la fecha de su entrada en el registro del órgano competente para resolver sobre la misma.
Falta de resolución en plazo: transcurrido el plazo de inscripción sin que se haya notificado resolución expresa, se entenderá estimada la solicitud de inscripción.
La inscripción en el registro es un requisito obligatorio para ejercer las actividades de suministro, realización de tratamientos fitosanitarios, asesoramiento y manipulación de productos fitosanitarios.
Tramitar
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
Toda persona física o jurídica que vaya a ejercer cualquiera de las actividades siguientes (con carácter comercial, industrial o corporativo):
Suministro de los medios de defensa fitosanitaria, excepto los equipos y maquinaria de aplicación, incluyendo la fabricación o producción, comercialización, logística, almacenamiento, distribución y venta o cesión en general. Se exceptúa a quienes comercialicen exclusivamente productos fitosanitarios autorizados para usos no profesionales.
Realización de tratamientos fitosanitarios tanto por medios terrestres como aéreos, o en almacenes u otros locales, cuando se trate de:
Prestación de servicios, tanto por empresas como por cooperativas y otras entidades, con su propio personal.
Desinfección de simientes y tratamientos poscosecha con carácter industrial o corporativo, mediante instalaciones o equipos fijos.
Asesoramiento, en concepto de prestación de servicios a explotaciones agrarias, a entidades o a particulares.
Manipulación y utilización de productos fitosanitarios de uso profesional.
Más información
La inscripción en el Registro Oficial de Productores y Operadores (ROPO) de medios de defensa fitosanitarios es un requisito obligatorio para ejercer las actividades de suministro, realización de tratamientos fitosanitarios, asesoramiento y manipulación de productos fitosanitarios.
Documentación y tramitación
Documentación
Para solicitar la inscripción, la documentación que hay que presentar será diferente dependiendo del sector para el que se realice la inscripción:
Fotocopia de la Licencia de Actividad Clasificada y/o Licencia de Apertura. (De no constar expresamente en el documento la autorización municipal para la fabricación, el almacenamiento y/o venta, según corresponda, de fitosanitarios deberá complementarse con un informe aclaratorio de la autoridad municipal correspondiente).
Croquis de las instalaciones, especificando la ubicación de los fitosanitarios, y su situación respecto a viviendas o locales habitados.
Modelo de registro de transacciones.
Lista de los productos que se va o se está almacenando o comercializando.
Fotocopia de la titulación universitaria habilitante del técnico (Ing.Agrónomo, Ing.Tec.Agrícola, Ing.Montes, Ing.Tec.Forestal). Para el resto de las titulaciones universitarias, además: certificado, del centro emisor del título, del cumplimiento de los créditos establecidos en la parte 1 del anexo II del RD1311/2012.
En el caso de haber obtenido el carné de manipulador de fitosanitarios fuera de Navarra:
Fotocopia del carné de identidad o documento de identificación equivalente.
Fotocopia del carné de manipulador de fitosanitarios.
Justificante de abono de la tasa de inscripción en el registro (se abonará una vez obtenida la conformidad por parte de la Sección de Producción y Sanidad Vegetal).
Fotocopia de la Licencia de Actividad Clasificada y/o Licencia de Apertura.
Croquis de las instalaciones, especificando la ubicación de los fitosanitarios, y su situación respecto a viviendas o locales habitados.
Lista de los productos que se va o se está almacenando o utilizando.
En el caso de haber obtenido el carné de manipulador de fitosanitarios fuera de Navarra:
Fotocopia del carné de identidad o documento de identificación equivalente.
Fotocopia del carné de manipulador de fitosanitarios.
Modelo de contrato, factura u otro documento a utilizar en el que conste la información obligatoria que hay que dar al contratante (productos fitosanitarios y dosis aplicadas o a aplicar en el tratamiento y plazos de seguridad).
Modelo de registro de transacciones.
Justificante de abono de la tasa de inscripción en el registro (se abonará una vez obtenida la conformidad por parte de la Sección de Producción y Sanidad Vegetal).
SECTOR ASESORAMIENTO EN GESTIÓN INTEGRADA DE PLAGAS
Fotocopia del carné de identidad o documento de identificación equivalente.
Fotocopia de la titulación habilitante (Ingeniero Agrónomo o de Montes, Técnico Agrícola o Forestal, Técnico Superior en Paisajismo y Medio Rural o en Gestión Forestal y Medio Natural).
En el caso de otras titulaciones deben aportar además: certificado, del centro emisor del título, del cumplimiento de los créditos establecidos en la parte 1 del anexo II del RD1311/2012.
Certificado de la empresa o entidad en la que está encuadrado actualmente.
SECTOR DE USUARIO PROFESIONAL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS
Fotocopia del carné de identidad o documento de identificación equivalente.
En el caso de haber obtenido el carné de manipulador de fitosanitarios fuera de Navarra, fotocopia del carné de manipulador de fitosanitarios.
Para solicitar la renovación de la inscripción: presentar la correspondiente solicitud de inscripción con la información actualizada y la documentación pertinente en caso de haberse producido algún cambio.
Para solicitar la modificación de los datos de inscripción: instancia general en la que se solicite la modificación de los datos de inscripción, aportando la justificación correspondiente.
Para solicitar la baja en el Registro: instancia general con los datos del titular solicitando la baja motivada en el Registro.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
En las oficinas
Entregar preferentemente en el Registro del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local. C/ González Tablas nº 9, planta baja 31005 Pamplona
Oficinas de Área del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.
Cualquier persona física o jurídica que pretenda ejercer la actividad de:
Comercialización de semillas o de plantas de vivero y tengan instalaciones comerciales en Navarra.
Producción o importación de vegetales, productos vegetales u otros objetos que puedan suponer un riesgo de introducción o de propagación de organismos nocivos de cuarentena.
Carta de pago debidamente cumplimentada y con las indicaciones de la entidad bancaria que justifiquen que el pago ha sido realizado.
Modificación y baja:
Si se desea solicitar el cambio de algún aspecto de la inscripción, o se desea solicitar la baja, se presentará una Instancia general indicando claramente el motivo de la solicitud y aportando, en su caso, la documentación complementaria que lo justifique adecuadamente.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Pago
En las oficinas
Registro del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local C/ González Tablas nº 9, planta baja 31005 Pamplona
Oficinas de Área del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local
Productores, almacenes colectivos, centros de expedición e importadores de vegetales, productos vegetales u otros objetos que puedan suponer un riesgo de introducción o de propagación de organismos nocivos de cuarentena son:
Servicio de Agricultura Sección de Producción y Sanidad Vegetal C/ González Tablas nº 9, 1ª planta 31005 Pamplona Teléfono: 848 426 713 Fax: 848 425 784 Correo electrónico: jresanoe@navarra.es
Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@cfnavarra.es
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local Dirección General de Agricultura y Ganadería
Acta de constitución y Estatutos por duplicado y firmados por los socios. En el caso de aportar a la sociedad bienes inmuebles, deberá elevarse a escritura pública, aportando copia autorizada y copia simple.
Solicitud, concretando la información que se solicita y el modo de obtención: expedición de certificación, fotocopia autenticada, nota simple informativa, o manifestación de dicha información.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555 de 8:30 a 17:30 h. de lunes a jueves. Los viernes y de julio a septiembre el horario será de 8:30 a 15:00 h.
En las oficinas
Entregar preferentemente en:
Servicio de Trabajo Sección de Economía Social, Trabajo Autónomo y Registros Públicos Laborales Parque Tomás Caballero, 1-1ª planta 31006 Pamplona (Navarra)
Servicio de Trabajo Sección de Economía Social, Trabajo Autónomo y Registros Públicos Laborales Parque Tomás Caballero nº 1 31006 Pamplona (Navarra) Teléfonos: 848 427 918 y 848 427 917 Correo electrónico: ecsocial@navarra.es
Para resolver problemas informáticos (identificación con certificado digital o DNI electrónico): Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es