Gobierno de Navarra

  • Permite a los profesionales del ámbito de Justicia y otros intervinientes presentar escritos y recibir comunicaciones electrónicas de los procesos judiciales en los que participan

    Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Profesionales del ámbito de Justicia: procuradores, abogados, graduados sociales, letrados del Gobierno de Navarra, abogados del Estado, etc.

    Otros intervinientes: cuerpos policiales, administraciones públicas, otros colectivos (sanidad pública y privada, administradores concursales, registradores, universidades,...), además de personas físicas y jurídicas.

    Más información

    El portal permite iniciar procedimientos judiciales, acceder a los expedientes y recibir notificaciones de los procesos en los que intervienen a través de internet.

    1) Protocolo de presentación de escritos de inicio y trámites

    Modelos para presentar escritos:

    - Modelo 001. Tipos de representante
    - Modelo 002. Receptores de escritos de inicio
    - Modelo 003. Índice de documentos anexos remitidos telemáticamente
    - Modelo 004. Copias para las partes
    - Modelo 005. Aportación de documentos en papel
    - Modelo 006. Escritos de inicio en papel

    2) Preguntas frecuentes

    3) Guías de uso

    - Guía de configuración y preguntas frecuentes
    - Manual de usuario

    4) Localización y descarga de documentos digitales, a través del código CSV y el localizador.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Realizar trámites con los juzgados y tribunales de Navarra

    Para acceder se requiere de certificado digital o DNI electrónico.

    En caso de ser un profesional colegiado de fuera de Navarra debe comprobar que accede a los trámites en el botón Tramitar y, en caso de no acceder, debe solicitar el alta aquí.

    En caso de problemas informáticos, se debe llamar al 948 013 581. Horario: de lunes a jueves, de 8.30 a 17.30 horas, y los viernes de 8.30 a 14.30 horas. Durante los meses de verano el horario será de lunes a viernes, de 8:30 a 14:30 horas.

    Ayuda para tramitación telemática


  • Permite al contribuyente rechazar o anular la propuesta de declaración de renta que le remite la Hacienda Tributaria de Navarra

    Plazo

    Del 04-04-2019 al 24-06-2019

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Cualquier contribuyente navarro

    Más información

    • La tramitación puede ser:
    • Si se rechaza o anula la propuesta de declaración, debe entonces presentarse la declaración por los cauces habituales, si está obligado a ello.

    Normativa

    Contacto

    Horario telefónico: lunes a jueves de 8:30 a 17:30; viernes y de julio a septiembre de 8:30 a 15:00.

    Organismo responsable - convocante
    Hacienda Tributaria de Navarra


  • Permite rechazar o revocar el rechazo de la propuesta de autoliquidación.

    Plazo

    Abierto todo el año.

    • El rechazo realizado antes de los tres últimos días hábiles del plazo establecido reglamentariamente para cada uno de los trimestres, implicará que no se produzca el cargo por domiciliación. En caso contrario, será necesario dirigirse a su entidad bancaria para devolver el recibo.
    • La revocación realizada durante los meses de enero o febrero surtirá efectos para el año en que se realice.

    Presentación

    Dirigido a

    Todos aquellos contribuyentes que:

    • Habiendo recibido una propuesta de pagos fraccionados a cuenta del IRPF quieran rechazar el sistema.
    • Habiendo realizado el rechazo al sistema, puedan volver a ser incluidos como candidatos en él.

    Más información

    A través de esta aplicación se pueden realizar las siguientes acciones en relación con las propuestas de pagos fraccionados a cuenta del IRPF:

    • Rechazar el sistema de propuestas.
    • Revocar el rechazo previamente realizado.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Trámite

    Puede acceder mediante:

    • Certificado digital válido o DNI electrónico (consulte la guía para tramitar por internet), o
    • NIF (Número de Identificación Fiscal) + PIN (clave de acceso que se le entregó durante la confección de la declaración de la renta del pasado ejercicio)

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    La tramitación puede ser telemática, telefónica o presencial:

    • Tramitación presencial: En cualquiera de las oficinas de Hacienda Tributaria para lo que será necesario facilitar en todo caso el DNI y el PIN del interesado.
    • Tramitación telefónica: En el 948 50 51 52, para lo que será necesario facilitar en todo caso el DNI y el PIN del interesado.

    Normativa

    Contacto

    • Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a:
      Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152
      Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
    • Para la resolución de problemas informáticos:
      Teléfono de soporte técnico: 948 013 555
      Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es
      Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).

    Organismo responsable - convocante
    Economía y Hacienda
    Hacienda Tributaria de Navarra


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    La reclamación económico-administrativa se interpondrá por escrito en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto recurrido o, en su caso, al de la desestimación tácita del recurso de reposición.

    Presentación

    Dirigido a

    Obligados tributarios ante la Hacienda Foral de Navarra y cualquier otra persona cuyos intereses legítimos resulten afectados por el acto administrativo de gestión.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    Instancia general de la reclamación o del recurso, que exprese el nombre y apellidos del recurrente y el domicilio a efectos de notificaciones, firmado por el recurrente o por quien ostente y acredite su representación:

    • Deberá identificarse el acto administrativo que se recurre y/o aportarse copia.
    • Deberán concretarse de forma concisa y separada los hechos que motiven la reclamación, formulando con claridad y precisión la petición correspondiente.
    • Podrán acompañarse los documentos que sirven de base a la pretensión que se ejercita.
    • Además, si se solicitara la suspensión del acto impugnado, a dicha solicitud se acompañarán, en su caso, los justificantes de las garantías constituidas. Modelo de aval solidario para la suspensión de ejecución de deudas.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Solicitud

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    • Registro General del Gobierno de Navarra
      Avenida Carlos III, 2
      31002 Pamplona
    • Registro del Tribunal Económico-Administrativo Foral de Navarra
      C/ Iturrama, 10 (entrada por calle Esquíroz)
      31007 Pamplona
    • Ante el órgano que dictó el acto impugnado.

    Otros lugares de presentación.

    Normativa

    Contacto

    TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO FORAL DE NAVARRA
    Calle Iturrama, 10 (entrada por calle Esquíroz)
    31007 Pamplona (Navarra)
    Teléfono: 848 42 36 01
    Fax: 848 42 36 32
    Correo electrónico: teafn@navarra.es

    Organismo responsable - convocante
    Economía y Hacienda
    Tribunal Económico-Administrativo Foral de Navarra


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Dirigido a

    Ciudadanía en general.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    Para tramitar la solicitud deberá entregar el impreso rellenado completamente y acompañarlo de documento/s que justifiquen la deuda.

    ¿Cómo tramitar?

    En las oficinas

    • La demanda se presenta en el juzgado decano del domicilio del demandado.
    • No son necesarias las intervenciones del abogado ni del procurador.

    Normativa

    Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

    • Juicio Verbal. Artículos 437 a 447.
    • Proceso Monitorio. Artículos 812 a 818.

    Contacto

    Juzgado decano
    C/ San Roque, 4 ? Planta Baja
    31011 Pamplona
    Centralita: 848 424 137
    Fax: 848 424 141

    Organismo responsable - convocante
    Dirección General de Presidencia y Justicia.


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Documentación y tramitación

    Documentación

    La demanda se presenta en el juzgado decano del domicilio o residencia del deudor, presentando la siguiente documentación.

    • Impreso debidamente cumplimentado
    • Certificación del acuerdo de la junta con la aprobación del importe de la deuda, certificada por el secretario de la junta y con el visto bueno del presidente de la comunidad.
    • Documento acreditativo de la notificación del importe de la deuda al deudor.
    • Documento que acredite la condición de presidente o administrador de la comunidad, acompañada de autorización para formular la reclamación.
    • Justificantes de los gastos ocasionados por el previo requerimiento de pago.
    • Presentar tantas copias como deudores.

    ¿Cómo tramitar?

    En las oficinas

    Juzgados decanos de Navarra.

    Normativa

    Ley 1/2000, de 7 de enero, de enjuiciamiento civil. Del proceso monitorio - artículo 812.

    Contacto

    Juzgado decano
    C/ San Roque, 4 ? 1ª Planta
    31011 Pamplona
    Centralita: 848 424 137
    Fax: 848 424 141

    Organismo responsable - convocante
    Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.
    Dirección General de Presidencia y Justicia.


  • Formular una reclamación por responsabilidad patrimonial, con el fin de obtener la reparación o indemnización, cuando se sufra algún daño o perjuicio en los bienes o derechos de los ciudadanos imputable a cualquiera de los Departamentos de la Administración Foral de Navarra o a sus organismos autónomos.

    Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Público en general

    Documentación y tramitación

    Documentación

    • Escrito de reclamación en castellano o euskera dirigido al órgano competente, acompañado de las alegaciones, documentos e informaciones que se estimen oportunos, así como los que acrediten hechos y la petición formulada.
      En el supuesto de que se actúe en representación del perjudicado deberá acreditarse conforme a lo previsto en el art. 32 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
    • La indemnización solicitada deberá justificarse.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Solicitud

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Registro General del Gobierno de Navarra
    Avda. de Carlos III, 2
    31002 Pamplona.

    Otros lugares de presentación.

    Pasos siguientes

    • La tramitación del expediente corresponde a las Secretarías Generales Técnicas del Departamento correspondiente o al organismo autónomo de que se trate
    • La resolución, al consejero titular del Departamento o al director gerente de organismo autónomo.

    Normativa

    • Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
    • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    • Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo por el que se aprueba el reglamento de los procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas.

    Contacto

    Registro General del Gobierno de Navarra
    Avda. de Carlos III, 2
    31002 Pamplona.


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Víctimas de violencia de género que desean acceder a la reseva de viviendas protegidas, en régimen de compra o de arrendamiento, previstas en la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    Documentación obligatoria

    La solicitud deberá formularse por escrito en el modelo oficial previsto en el anexo I de la Orden Foral 234/2015, de 13 de abril, acompañando los siguienes documentos:

    1. Fotocopia del DNI de la solicitante. Las personas que carezcan de nacionalidad española deberán aportar, en su lugar, fotocopia de la autorización de residencia o de la autorización de trabajo.
    2. Certificado de empadronamiento, expedido como máximo un mes antes de la solicitud.
    3. Documentación que acredite la condición de víctima de violencia de género, según lo señalado en el artículo 3 de la Orden Foral 234/2015, de 13 de abril:
      • A efectos de acceso a vivienda en propiedad:
        • Sentencia firme condenatoria por hechos constitutivos de violencia de género que deberá haber sido dictada en los cinco años anteriores a la fecha en que se inicie el procedimiento de adjudicación en el que la persona víctima de violencia de género haya resultado adjudicataria de la vivienda.
      • A efectos de acceso a vivienda en régimen de alquiler:
        • Sentencia firme condenatoria por hechos constitutivos de violencia de género que deberá haber sido dictada en los cinco años anteriores a la fecha en que se inicie el procedimiento de adjudicación en el que la persona víctima de violencia de género haya resultado adjudicataria de la vivienda.
        • Orden de protección o resolución judicial que hubiera acordado la adopción de medidas cautelares de protección a la víctima, en vigor.
        • Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la parte demandante es víctima de violencia de género, hasta tanto se dicte la orden de protección.
        • Informe técnico que recoja el dictamen profesional acerca de la condición de víctima de violencia de género de la solicitante.
          Será necesario que la intervención esté motivada por la condición de víctima de violencia de género y que se haya producido o se esté producienco dentro de los cinco años anteriores a la solicitud,debiendo quedar así reflejado en el informe.
          Este informe deberá ser emitido específicamente para acompañar a la solicitud, aunque se refiera a hechos ocurridos en los cinco años anteriores a la fecha de la solicitud, y puede ser emitido por:
          • Los Servicios Sociales de Atención Primaria.
          • Los Servicios Sanitarios de Atención Primaria.
          • Los Centros de Salud Mental.
          • los Recursos de Acogida de Víctimas de Violencia de Género de la Comunidad Foral.
          • Los Equipos de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género del Gobierno de Navarra.
          • Los servicios municipales de atención a mujeres que cuenten con profesionales para una intervención integral y multidisciplinar con mujeres víctimas de violencia de género.

    Documentación opcional

    ¿Cómo tramitar?

    En las oficinas

    Instituto Navarro para la Igualdad / Nafarroako Berdintasunerako Institutua

    C/ Alhóndiga, 1, 2º. / Alondegi Kalea, 1-2 solairua.
    31002 Pamplona - Iruña
    Teléfono: 848 42 15 88
    Correo Electrónico: inigualdad1@cfnavarra.es
    Web: www.igualdaddegenero.navarra.es

    Horario de atención: De lunes a viernes, de 8.00 a 14.30 horas

    Otros lugares de presentación.

    Pasos siguientes

    El Instituto Navarro para la Igualdad emitirá el reconocimiento si la documentación es correcta y se cumplen las condiciones requeridas.

    El documento acreditativo de la condición de víctima de violencia de género contendrá la información pertinente en relación con el acceso a vivienda en régimen de propiedad y arrendamiento o exclusivamente en arrendamiento.

    Normativa

    Contacto

    Instituto Navarro para la Igualdad / Nafarroako Berdintasunerako Institutua
    Sección de Violencia contra las Mujeres.

    C/ Alhóndiga, 1, 2º. / Alondegi Kalea, 1-2 solairua.
    31002 Pamplona - Iruña Teléfono: 848 42 15 88
    Correo electrónico: inigualdad1@navarra.es

    Web: www.igualdaddegenero.navarra.es

    Organismo responsable - convocante:

    Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales.

    Instituto Navarro para la Igualdad / Nafarroako Berdintasunerako Institutua

    Organismo responsable - convocante
    Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales
    Instituto Navarro para la Igualdad / Nafarroako Berdintasunerako Institutua


  • Autorización a entidades sin ánimo de lucro para ejercer actividades de información juvenil, a través de Oficinas de Información Juvenil o Puntos de Información Juvenil, e inscripción en el Registro de la Red Navarra de Servicios de Información Juvenil

    Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Dirigido a

    • Asociaciones.
    • Empresas.
    • Personas jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro, ubicadas en la Comunidad Foral de Navarra.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    • Solicitud cumplimentada.
    • Justificación de la conveniencia de la existencia de un servicio de información juvenil en el ámbito territorial de actuación.
    • Certificado del Secretario de la Entidad Local dónde el servicio de información se ubique.
    • Presupuesto anual y previsiones de financiación.
    • Acreditación de la personalidad jurídica de la entidad solicitante.
    • Acreditación del cumplimiento de requisitos mínimos de infraestructura y funcionamiento.
    • Acreditación de prestación, en su caso, de servicios secundarios.
    • Un compromiso de la entidad titular por el que se acepten las obligaciones de la normativa.
    • Compromiso escrito de sumarse a los principios recogidos en la Carta Eryca.
    • Acreditación de haber realizado Curso Básico de Información Juvenil (impartido por ENAJ) para el personal que dirija el Servicio.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Instancia para solicitar el reconocimiento de un servicio de información juvenil

    1. Para tramitar necesita un ordenador con Windows y navegador Chrome, Explorer o Firefox.
    2. Debe instalar un certificado digital o DNI electrónico.
    3. Debe instalar el runtime Java 1.6, el plugin Java y el componente Siaval. El componente Siaval se instala de forma automática la primera vez que se tramita por internet. Pulse "Aceptar" cuando el navegador le pida confirmar. No es necesario volver a instalar Siaval para las tramitaciones siguientes.
    4. Pulse "Tramitar". Incorpore a la solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Registro del Instituto Navarro de Deporte y Juventud
    Calle Arrieta nº 25-Bajos
    31002 Pamplona

    Otros lugares de presentación.

    Normativa

    Decreto Foral 109/2005, de 22 de agosto. (BON nº 112 de 19/9/2005)

    Contacto

    Negociado de Información y Formación
    Calle Yanguas y Miranda, 27-Bajos. 31002 Pamplona
    Tfno.: 848 427 844
    Correo electrónico: infojuve@navarra.es

    Organismo responsable - convocante
    Subdirección General de Juventud
    Sección de Planificación y Observatorio Joven


  • Las donaciones realizadas por contribuyentes a las entidades reconocidas conllevan beneficios fiscales para estas

    Plazo

    Abierto todo el año.

    Acceso: abierto todo el año.

    Mantenimiento: ocho primeros meses de cada año.

    Presentación

    Dirigido a

    Entidades del ámbito de los servicios sociales, la cooperación al desarrollo o de la igualdad entre mujeres y hombres.

    Las entidades reconocidas tendrán que acreditar el cumplimento de una serie de requisitos para obtener el preceptivo reconocimiento del régimen de mecenazgo social. En todo caso, deberán ser entidades:

    • Sin fines lucrativos
    • Con fines sociales, de cooperación al desarrollo o por la igualdad entre mujeres y hombres
    • Con actividad en Navarra en los últimos cuatro años anteriores a la solicitud en alguno de los ámbitos especificados
    • Que dediquen al menos el 70% de sus ingresos a sus fines de interés general
    • Que cumplan con las obligaciones de transparencia establecidas para aquellas beneficiarias de subvenciones públicas establecidas en el Decreto Foral 59/2013

    Más información

    Portal de Transparencia -> Mecenazgo Social

    Documentación y tramitación

    Documentación

    Acceso:

    Mantenimiento:

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Reconocimiento de entidades beneficiarias del régimen de mecenazgo social

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Registro del Departamento de Derechos Sociales
    C/González Tablas, 7
    31005 Pamplona

    Otros lugares de presentación.

    Pasos siguientes

    Una vez obtenido el reconocimiento, la entidad beneficiaria deberá acreditar, en los ocho primeros meses de cada año, el mantenimiento del cumplimiento de los requisitos establecidos para el acceso al régimen de mecenazgo social.

    Normativa

    Ley Foral 25/2016, de 28 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias (BON nº 251, de 31/12/2016)
    Disposición adicional 10ª de la Ley Foral 10/1996, de 2 de julio, reguladora del régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio (BON nº 86, de 17/07/1996; corr. err., BON nº, de 9/10/1996)
    Decreto Foral 59/2013, de 11 de septiembre, por el que se regulan las obligaciones de transparencia de los beneficiarios de subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra (BON N.º 187, de 27/09/2013)

    Contacto

    Sección de Planificación, Evaluación y Calidad
    González Tablas, 7
    31005 Pamplona

    Teléfonos
    902 165 170
    848 426 900
    Fax: 948 240 108
    Correo electrónico: calidad@navarra.es


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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.