Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Registro General del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local. C/ González Tablas nº 9, planta baja. 31005 Pamplona (Navarra).
También puede presentar sus instancias en cualquier oficinas de área.
Decreto Foral 94/1997, por el que se crea el Catálogo de flora amenazada en Navarra y se adoptan medidas para la conservación de la flora silvestre catalogada. (BON nº 47, de 18/04/1997).
Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soportec@navarra.es
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Solicitud / Eskaera en la que se haga constar la naturaleza de la actividad, fecha, hora, lugar de celebración, número aproximado de participantes y datos de la empresa organizadora, acompañando la documentación que figura en el Anexo.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Decreto Foral 36/1994, de 14 de febrero: regula la práctica de actividades organizadas motorizadas y la circulación libre de vehículos de motor en suelo no urbanizable (BON nº 24, de 25/02/1994).
Tramitación de la autorización territorial/urbanística previa a la licencia municipal
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
Entidades locales.
Ciudadanos.
Más información
El procedimiento se encuentra regulado por el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002 de Ordenación del Territorio y Urbanismo
En el caso de que las actividades solicitadas estén sujetas a Autorización Ambiental Integrada, Autorización Afecciones Ambientales, o a licencia municipal de actividad clasificada con el previo informe del Departamento competente en Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental. y a su Reglamento de desarrollo, la autorización de actividades autorizables en suelo no urbanizable se integra en la resolución de dichos procedimientos. En dichos casos la tramitación de las solicitudes ha de ajustarse a lo establecido en la citada Normativa.
Documentación y tramitación
Documentación
Impreso de solicitud cumplimentado. Instancia General, para la presentación en formato físico.
Las solicitudes (telemáticas o no), deben acompañarse de la documentación técnica suficiente que permita, según las condiciones de la actividad y uso a desarrollar, conocer sus características, su ubicación y las obras a realizar. El contenido de esta documentación se regula en el artículo 119 de la Ley Foral 35/2002 de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Para el análisis y valoración de las solicitudes se podrán solicitar informes complementarios a otras instituciones u organismos por posibles afecciones territoriales.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Presentación de la documentación por parte del interesado en el ayuntamiento correspondiente.
El ayuntamiento, en el plazo de dos meses, deberá hacerla llegar al Registro del Departamento de Fomento. Transcurrido este plazo sin haberse remitido la documentación al citado Departamento, el interesado podrá solicitar directamente la autorización ante el Departamento competente en materia de Ordenación del Territorio.
Análisis y valoración, para lo que se podrán solicitar informes complementarios a otras áreas de la Administración Foral, por posibles afecciones territoriales.
Resolución y notificación al interesado y al Ayuntamiento.
Decreto Foral 84/1990, de 5 de abril, por el que se regula la implantación territorial de polígonos y actividades industriales en Navarra
Contacto
Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo Sección de Ordenación del Territorio c/ Alhóndiga, 1-1º 31002 Pamplona (Navarra) Horario de atención: lunes a viernes de 8:30h a 14:30h Teléfonos: 848 42 75 53 y 848 42 76 06 Correo electrónico: asuntosurbanisticos@navarra.es
Organismo responsable - convocante Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo
Para conocer las actuaciones sobre las que se puede solicitar autorización, ver apartado "Más información".
Más información
Actuaciones sobre las que se puede solicitar autorización:
Modificación de trazado de una vía pecuaria
Circulación de vehículos motorizados que no sean de carácter agrícola
Aprovechamiento de frutos o productos de las vías pecuarias no utilizables por el ganado.
Actuaciones de construcción o de instalación/mantenimiento de infraestructuras sobre terrenos por el que discurre una cañada o su zona de servidumbre de 3 metros
Actividades, construcciones e instalaciones relacionadas con el acondicionamiento, mantenimiento y mejora de las vías pecuarias.
Plantaciones lineales, cortavientos y ornamentales
Ocupaciones de carácter temporal o instalaciones desmontables
La corta o tala de árboles existentes en vías pecuarias
Otras...
También por este medio se podrán realizar solicitudes de información o consultas así como solicitud de clasificación/deslinde de Vías Pecuarias.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
En las oficinas
Para las actuaciones de los nº 1, 2, 3 y 9 puede presentarse una instancia en el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local , junto con una Memoria o proyecto donde se concrete la actividad o actuación sobre la que solicita la autorización.
Para el resto de actuaciones (actuaciones 4, 5, 6, 7 y 8) las autorizaciones se tramitan de acuerdo con el procedimiento de autorizaciones en suelo no urbanizable.:
Presentación de la documentación por parte del interesado en el ayuntamiento correspondiente.
El ayuntamiento en el plazo de dos meses, deberá hacerla llegar al Registro del Departamento de Fomento. Transcurrido este plazo sin haberse remitido la documentación al citado Departamento, el interesado podrá solicitar directamente la autorización ante el Departamento de Fomento.
Análisis y valoración, para lo que se podrán solicitar informes complementariios a otras áreas de la Administración Foral, por posibles afecciones territoriales.
Resolución y notificación al interesado y al Ayuntamiento.
Ley Foral 19/1997, de 15 de diciembre, de vías pecuarias de Navarra.
Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de ordenación del territorio y urbanismo
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contacto
Servicio de Medio Natural
Negociado de Planes y Programas del Medio Natural c/ González Tablas 9, planta baja 31005. Pamplona (Navarra) correo electrónico: planificacion.estrategica@navarra.com Tfno.: 848 426262
Para resolver problemas informáticos (certificado digital o DNI electrónico): Tfno. 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre de 8:30 a 15:00)
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrollo, Medio Ambiente y Administración Local Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Para resolver problemas informáticos (certificado digital o DNI electrónico): Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrollo, Medio Ambiente y Administración Local Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Autorización del inicio del funcionamiento de una instalación industrial tras comprobar que se cumplen las condiciones establecidas en la autorización ambiental integrada.
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
Empresas.
Titulares de instalaciones industriales sujetas a autorización ambiental integrada.
Más información
La comprobación y la autorización se puede realizar tras la obtención de una nueva autorización o tras llevar a cabo una modificación significativa de las condiciones que establece la autorización.
Certificado de adecuación de la instalación al proyecto aprobado.
Planos definitivos de la instalación.
Acreditación del municipio de que las obras se ajustan a la licencia de obras concedida.
Certificación justificativa de la implementación de las medidas correctoras impuestas en la autorización y de las mediciones y comprobaciones prácticas efectuadas.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27/11/1992)
Contacto
Servicio de Economía Circular y Agua Sección de Prevención de la Contaminación C/ González Tablas nº 9 31005 Pamplona (Navarra) Teléfono: 848 42 75 87 Correo electrónico: jsantesg@cfnavarra.es
Para resolver problemas informáticos (certificado digital o DNI electrónico): Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Farmacéuticos que deseen abrir una nueva oficina de farmacia, trasladar una ya abierta al público o modificar su titularidad.
Más información
La apertura, traslado o modificación de titularidad (total o parcial) de una oficina de farmacia está sujeta a autorización por parte del Departamento de Salud, una vez comprobado que se cumplen los requisitos que marca la ley.
Título de licenciado en Farmacia, fotocopia compulsada o mención a que el título está registrado en el Departamento de Salud, especificando libro y folio (no es necesario para traslado).
Documento acreditativo del acuerdo para la modificación de la titularidad.
Designación de local donde pretenda ubicarse la oficina de farmacia (no es necesario para modificación de la titularidad), acompañando la siguiente documentación:
Certificado oficial emitido por técnico competente y visado por el correspondiente colegio profesional, con mención del estado de construcción, superficie útil, características del local, incluyendo número de plantas y su altura, condiciones de acceso a la vía pública y distancia a otras oficinas de farmacia abiertas y/o autorizadas.
Planos de situación, de medición de distancias (preferible a escala 1:500) y del local, con detalle de la distribución actual y la prevista.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555 de 8:30 a 17:30 h. de lunes a jueves. Los viernes y de julio a septiembre el horario será de 8:30 a 15:00 h.
Decreto Foral 129/2003, de 26 de mayo, por el que se establece el horario de atención al público, el servicio de guardia y el cierre temporal por vacaciones de las oficinas de farmacia (BON nº 75, de 16/06/2003).
Contacto
Sección de Inspección Farmacéutica Departamento de Salud C/ Amaya, 2 A - 3ª planta 31002 Pamplona Teléfonos: 848 42 35 11 - 848 42 35 07 Correo electrónico: inspeccion.farmacia@cfnavarra.es
Organismo responsable - convocante Departamento de Salud Servicio de Ciudadanía Sanitaria, Aseguramiento y Garantías
Forman parte de la sección A los yacimientos cuyo único aprovechamiento sea el de obtener fragmentos de tamaño y forma apropiados para su utilización directa en obras de infraestructura y construcción y otros usos que no exijan más operaciones que las de arranque, quebrantado y calibrado.
También se incluyen los yacimientos de escaso valor económico y, al mismo tiempo, de comercialización geográfica restringida.
En cuanto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental que debe seguir el proyecto, si está encuadrado en el Anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se somete a procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinario; y si no, a procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada.
NOTA: Se entiende como calibrado la mera clasificación por tamaños.
Aquellos documentos que deban ir firmados deben adjuntarse firmados digitalmente o escaneados tras haberse firmado en papel.
El Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra tiene una limitación de 20 MB por documento, de forma que pueden presentarse varios documentos (en principio no hay límite) siempre y cuando cada uno de ellos no supere el citado tamaño de 20 MB. Si es preciso presentar algún documento de mayor tamaño, existen dos alternativas:
Partir o trocear dicho documento en varios, de forma que cada parte ocupe menos de 20 MB.
Utilizar la herramienta CONSIGNA, desarrollada específicamente para estos casos, y comunicar en la instancia el número de localizador y la clave que ofrece dicho programa tras almacenar los documentos.
Si algún plano supera los 20 MB, no puede usarse CONSIGNA, ya que sólo permite adjuntar pdf. En tal caso, contactar con el órgano competente en minería para buscar la solución más adecuada.
Plan de Restauración según lo establecido en el Real Decreto 975/09 de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras. (BOE 143, de 13/06/2009)
Documento de Seguridad y Salud: Documento de Seguridad y Salud, según lo dispuesto en el art. 3.2 del Real Decreto 1389/1997, de 5 de septiembre, por el que se aprueban las Disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y salud de los trabajadores en las actividades mineras. Así como lo dispuesto en la ITC 02.2.01 Contenido mínimo y estructura del Documento de Seguridad y Salud.
Documentación ambiental
Independientemente del tipo de procedimiento de evaluación de impacto ambiental que deba seguir el proyecto, tan sólo se debe presentar documentación ante el órgano competente en minería. Esto es debido a que el procedimiento de evaluación ambiental es un procedimiento instrumental respecto del de autorización de proyectos, es decir, se realiza dentro de la tramitación de la autorización minera.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Este trámite se puede realizar únicamente de forma electrónica.
Una vez presentada la solicitud inicial, se puede añadir documentación, bien a iniciativa del solicitante, o bien a requerimiento de la Administración. Para ello, se debe pulsar el botón "Tramitar" y, en la solicitud, indicar la fecha de presentación y titular del expediente que se quiere subsanar.
Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas básicas de Seguridad Minera, y sucesivas Ordenes Ministeriales por las que se aprueban diversas instrucciones Técnicas Complementarias que desarrollan el anterior Reglamento (BOE nº 140, de 12/06/1985).
Real Decreto 1389/1997, de 5 de septiembre, por el que se aprueban las Disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y salud de los trabajadores en las actividades mineras. (BOE nº 240, de 07/10/1997).
Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras. (BOE nº 143, de 13/06/2009).
ORDEN ITC/101/2006, de 23 de enero, por la que se regula el contenido mínimo y estructura del documento sobre seguridad y salud para la industria extractiva (BOE nº 25, de 30/01/2006)
Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial Sección de Energías y Minas Parque Tomás Caballero, nº 1, 5ª Planta 31005 Pamplona (Navarra) Teléfono: 848 426 467 Fax: 848 426 484 Correo electrónico: minas@navarra.es
Para resolución de cuestiones tecnológicas e Informáticas, puede dirigirse a: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial Dirección General de Industria, Empresa y Proyectos Estratégicos S3