Servicio prestado en una vivienda normalizada, donde la dinámica de relación y convivencia es de tipo familiar. Se presta con carácter garantizado dependiendo del grado de discapacidad de la persona solicitante.
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
Personas con una edad comprendida entre los 18 y los 65 años con discapacidad física y/o intelectual y/o daño cerebral, que cumplan los siguientes requisitos:
Tener autonomía de funcionamiento en medio normalizado.
Requerir supervisión y tutela para la realización de las actividades básicas de la vida diaria.
Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 55% para el servicio garantizado y un grado de discapacidad igual o superior al 33% para el servicio no garantizado.
Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante el año anterior a la solicitud.
Llevar a cabo una actividad en un centro de estudios, centro o unidad ocupacional, centro especial de empleo, contrato de trabajo en empleo ordinario o cualquier otra actividad aceptada por la Agencia Navarra para la Autonomía de las Personas.
Informe de idoneidad de la Agencia Navarra para la Autonomía de las Personas (ANAP).
Más información
Se trata de un servicio de atención residencial cuya garantía depende del grado de discapacidad reconocido.
Se presta las 24 horas del día, todos los días del año.
No será necesario presentar la documentación exigida en esta base cuando ya estuviera en poder de la Administración de la Comunidad Foral. En este caso, los solicitantes podrán identificar el expediente que contenga dicha documentación. Asimismo, el órgano instructor podrá requerir a los interesados los datos necesarios.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
La ANAP elaborará un informe de idoneidad. Si del informe se determinan derechos garantizados, se procederá a la comprobación de la situación económica de la persona interesada notificándole:
El piso en donde será atendida, y la fecha de ingreso.
El valor de la aportación económica que debe realizar (copago).
En su caso, la ayuda vinculada a ese servicio que se le concede.
Si del Informe de idoneidad no se derivan derechos garantizados se notificará a la persona interesada:
El piso en donde será atendida, de existir plazas disponibles.
El valor de la aportación económica que debe realizar (copago).
Servicio de carácter permanente prestado en una vivienda normalizada, donde la dinámica de relación y convivencia es de tipo familiar.
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
Personas con una edad comprendida entre los 18 y los 65 años con trastorno mental grave, que cumplan los siguientes requisitos:
Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante el año anterior a la solicitud.
Llevar a cabo una actividad en un centro de estudios, centro o unidad ocupacional, centro especial de empleo, contrato de trabajo en empleo ordinario o cualquier otra actividad aceptada por la Agencia Navarra para la Autonomía de las Personas (ANAP).
Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 55% para el servicio garantizado y un grado de discapacidad igual o superior al 33% para el servicio no garantizado.
Fotocopia del DNI de los convivientes. (Sólo para los recursos dirigidos a personas menores de 65 años).
Informe médico/psiquiátrico actual constando: diagnóstico, tratamiento, historia médica y necesidad del recurso, así como cualquier dato relevante relativo a conductas, lesiones y/o problemas de movilidad o sensoriales.
Informe social actual constando: composición familiar e historia social, situación laboral del solicitante y de sus familiares, situación económica (ingresos, procedencia y cuantía), nivel de funcionamiento (actividades básicas e instrumentales de la vida diaria, habilidades sociales y ocio y tiempo libre), situación vivienda (barreras internas y externas), relaciones familiares y nivel de apoyatura (cobertura sanitaria). En el caso de los ingresos temporales deberá justificar, además de lo ya reseñado, la necesidad de atención residencial durante este periodo debido a circunstancias de la propia persona (convalecencia, vacaciones...) o del cuidador (enfermedad, vacaciones, etc.).
La documentación económica para la comprobación de los datos aportados, en caso de considerarla necesaria, le será requerida con posterioridad.
No será necesario presentar la documentación exigida en esta base cuando ya estuviera en poder de la Administración de la Comunidad Foral. En este caso, los solicitantes podrán identificar el expediente que contenga la documentación. Asimismo, el órgano instructor podrá requerir a los interesados la identificación de dicho expediente.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
A través del Centro de Salud Mental correspondiente al domicilio de la persona interesada, el cual elaborará un informe de idoneidad para el acceso a este recurso.
Pasos siguientes
Si como consecuencia del informe de idoneidad, procede emitir resolución favorable (garantizada), se notificará a la persona solicitante:
El piso en donde será atendida, y la fecha de ingreso.
El valor de la aportación económica que debe realizar (copago).
En su caso, la ayuda vinculada a ese servicio que se le concede.
Si del informe de idoneidad no se derivan derechos garantizados, se notificará a la persona interesada:
El piso en donde será atendida, de existir plazas disponibles.
El valor de la aportación económica que debe realizar (copago).
El Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra tiene una limitación de 20 MB por documento, de forma que pueden presentarse varios documentos (en principio no hay límite) siempre y cuando cada uno de ellos no supere el citado tamaño de 20 MB. Si es preciso presentar algún documento de mayor tamaño, existen dos alternativas:
Partir o trocear dicho documento en varios, de forma que cada parte ocupe menos de 20 MB.
Utilizar la herramienta CONSIGNA, desarrollada específicamente para estos casos, y comunicar en la instancia el número de localizador y la clave que ofrece dicho programa tras almacenar los documentos.
Si algún plano supera los 20 MB, no puede usarse CONSIGNA, ya que sólo permite adjuntar pdf. En tal caso, contactar con el órgano competente en minería para buscar la solución más adecuada.
¿Cómo tramitar?
Por internet
Este trámite se puede realizar únicamente de forma electrónica.
Una vez presentada la solicitud inicial, se puede añadir documentación, bien a iniciativa del solicitante, o bien a requerimiento de la Administración, pulsando en la opción "Subsanar" que aparece dentro del botón "Tramitar". Es preciso indicar el código de expediente.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Presentar el plan anual de labores y documento de seguridad y salud de un permiso de investigación
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Subsanar solicitud
Añadir documentación a un expediente en trámite, bien a iniciativa de la entidad solicitante o a requerimiento de la Administración. Es preciso indicar el código de expediente
Pulse "Subsanar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555 de 8:30 a 17:30 h. de lunes a jueves. Los viernes y de julio a septiembre el horario será de 8:30 a 15:00 h.
Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería.
Real Decreto 863/1985, de 2 de abril (BOE 12/6/1985), por el que se aprueba el Reglamento General de Normas básicas de Seguridad Minera, y sucesivas Ordenes Ministeriales por las que se aprueban diversas instrucciones Técnicas Complementarias que desarrollan el anterior Reglamento.
Real Decreto 1389/1997, de 5 de septiembre, por el que se aprueban las Disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y salud de los trabajadores en las actividades mineras.
Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.
Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.
Orden ITC/101/2006, de 23 de enero, por la que se regula el contenido mínimo y estructura del documento sobre seguridad y salud para la industria extractiva (BOE nº 25 de 30/1/2006).
Real Decreto 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas (BOE nº 265 de 5/11/2005).
Para la resolver cuestiones tecnológicas e Informáticas, puede dirigirse a: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soportec@navarra.es
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial Dirección General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3
El Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra tiene una limitación de 20 MB por documento, de forma que pueden presentarse varios documentos (en principio no hay límite) siempre y cuando cada uno de ellos no supere el citado tamaño de 20 MB. Si es preciso presentar algún documento de mayor tamaño, existen dos alternativas:
Partir o trocear dicho documento en varios, de forma que cada parte ocupe menos de 20 MB.
Utilizar la herramienta CONSIGNA, desarrollada específicamente para estos casos, y comunicar en la instancia el número de localizador y la clave que ofrece dicho programa tras almacenar los documentos.
Si algún plano supera los 20 MB, no puede usarse CONSIGNA, ya que sólo permite adjuntar pdf. En tal caso, contactar con el órgano competente en minería para buscar la solución más adecuada.
¿Cómo tramitar?
Por internet
Este trámite se puede realizar únicamente de forma electrónica.
Una vez presentada la solicitud inicial, se puede añadir documentación, bien a iniciativa del solicitante, o bien a requerimiento de la Administración, pulsando en la opción "Subsanar" que aparece dentro del botón "Tramitar". Es preciso indicar el código de expediente.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Presentar el plan anual de labores y documento de seguridad y salud de un permiso de investigación
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Subsanar solicitud
Añadir documentación a un expediente en trámite, bien a iniciativa de la entidad solicitante o a requerimiento de la Administración. Es preciso indicar el código de expediente
Pulse "Subsanar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555 de 8:30 a 17:30 h. de lunes a jueves. Los viernes y de julio a septiembre el horario será de 8:30 a 15:00 h.
Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería.
Real Decreto 863/1985, de 2 de abril (BOE 12/6/1985), por el que se aprueba el Reglamento General de Normas básicas de Seguridad Minera, y sucesivas Ordenes Ministeriales por las que se aprueban diversas instrucciones Técnicas Complementarias que desarrollan el anterior Reglamento.
Real Decreto 1389/1997, de 5 de septiembre, por el que se aprueban las Disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y salud de los trabajadores en las actividades mineras.
Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.
Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.
Orden ITC/101/2006, de 23 de enero, por la que se regula el contenido mínimo y estructura del documento sobre seguridad y salud para la industria extractiva (BOE nº 25 de 30/1/2006).
Real Decreto 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas (BOE nº 265 de 5/11/2005).
Para la resolver cuestiones tecnológicas e Informáticas, puede dirigirse a: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soportec@navarra.es
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial Dirección General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3
Trabajadores, técnicos de prevención, representantes de organizaciones empresariales y sindicales, profesionales de la salud y todos los interesados en la seguridad y salud laboral.
¿Cómo tramitar?
Por internet
Trámite
Se ofrece un listado de acciones formativas, a través del cual se accede al programa y ficha de inscripción de cada una de ellas.
Se ofrece un listado de acciones formativas, a través del cual se accede al programa y ficha de inscripción de cada una de ellas.
Contacto
Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra Polígono de Landaben, Calles E y F 31012 Pamplona Teléfono: 848 423 717 Fax 848 423 730 Correo electrónico: mlrivasb@navarra.es
Organismo responsable - convocante Salud Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra
Comunicar a la Administración los datos necesarios con el fin de comprobar el cumplimiento de los requisitos sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades.
Tramitar
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
Empresas cuya actividad genere emisiones de compuestos orgánicos volátiles debido al uso de disolventes.
Más información
El Plan de gestión de disolventes persigue los siguientes objetivos:
Verificar el cumplimiento de los valores límite de emisión o de los requisitos del sistema de reducción de emisiones implantado en la instalación.
Identificar nuevas opciones de reducción de emisiones.
Posibilitar la disponibilidad de información al público sobre consumo de disolventes, emisiones de disolventes y cumplimiento del Real Decreto 117/2003.
Documentación y tramitación
Documentación
Información utilizada para elaborar el Plan de gestión de disolventes:
Informe de medición de emisión en chimenea (puede utilizarse el último informe reglamentario siempre que no se hayan producido cambios en el proceso productivo ni en los productos utilizados).
Informe de contenido de disolventes en los residuos.
Informe de consumo de materias primas y contenido en disolvente de las mismas (fichas de seguridad)
Informe de contenido de disolvente en los productos.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Solicitud mediante correo electrónico
Pulse "Tramitar" y adjunte al correo electrónico la documentación necesaria.
En las oficinas
Registro del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local C/ González Tablas nº 9, planta baja. 31005 Pamplona (Navarra) Horario: lunes a viernes, de 8:00 a 14:30 horas
Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades (BOE nº 33, de 07/02/2003).
Contacto
Servicio de Economía Circular y Agua Sección de Planificaicón Estratégica y Control en Economía Circular. C/ González Tablas nº 9, planta baja 31005 Pamplona (Navarra) Teléfono: 848 427577
Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@cfnavarra.es
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Presentación de una relación de las aportaciones, contribuciones o cantidades abonadas, correspondientes a: planes, fondos de pensiones, sistemas alternativos, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia
Plazo
Abierto todo el año.
Deberá presentarse entre el 1 de enero y el 5 de febrero de cada año, en relación con las aportaciones, contribuciones o cantidades abonadas que correspondan al año natural inmediato anterior.
Presentación
Dirigido a
Las entidades gestoras de fondos de pensiones
Promotores de planes de pensiones
Las empresas o entidades acogidas a sistemas alternativos
Las mutualidades de previsión social
Las entidades aseguradoras que comercialicen los planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial, los seguros de dependencia o los planes individuales de ahorro sistemático cuando se trate de entidades que deban tributar exclusivamente a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o en caso de tributar a la Administración del Estado y a la de la Comunidad Foral, cuando su domicilio fiscal esté en territorio navarro, siempre que el volumen de operaciones realizado durante el ejercicio anterior en territorio de régimen común no alcance el 75% del total.
Nota: Este modelo se presentará obligatoriamente de forma telemática en aquellas declaraciones que contengan más de 15 y menos de 49.999 declarados o correspondan a obligados tributarios cuyo volumen de operaciones en el año anterior supere los 300.000 euros o que estén de alta en el Regisro de Devolución Mensual. Las declaraciones que contengan más de 49.999 registros deberán presentarse en soporte directamente legible por ordenador.
NIF (Número de Identificación Fiscal) + PIN (clave de acceso que se le entregó durante la confección de la declaración de la renta del pasado ejercicio)
Entregar en cualquiera de las oficinas de Hacienda Tributaria el impreso debidamente cumplimentado o en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras donde se haya realizado el correspondiente pago.
Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a: Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152 Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@cfnavarra.es
Referido a terrenos carentes de conflictos de propiedad o titularidad.
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
Personas físicas o jurídicas que sean titulares o gestores de terrenos forestales de titularidad privada.
Más información
Para facilitar la planificación y certificación forestal a propietarios forestales privados, el Gobierno de Navarra ha elaborado un documento (Plan de Actuaciones Forestales - PAF) que se pone a disposición de todos los propietarios forestales privados interesados en planificar y certificar sus terrenos.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local. Sección de Medio Natural C/ González Tablas nº 9, planta baja. 31005 Pamplona (Navarra)
Oficinas del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.
Colegio de Ingenieros Técnicos Forestales (Navarra) Xabier Santesteban Insausti Teléfono: 690 82 01 78 Correo electrónico: navarra@forestales.net
Para resolver problemas informáticos (certificado digital o DNI electrónico): Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Adjudicación de 25 plazas de residentes deportistas con el fin de mejorar las condiciones de entrenamiento de los deportistas de rendimiento de Navarra. La estancia se realizará entre la fecha de adjudicación de la plaza y el 31 de julio de 2017.
Plazo
Del 05-07-2016 al 26-07-2016
Presentación
Dirigido a
Esta convocatoria está dirigida a deportistas de rendimiento de Navarra, que tengan entre 14 y 30 años, ambos inclusive.
Si una vez resuelta la convocatoria quedaran plazas vacantes, se podrán ocupar estas plazas por deportistas aficionados de clubes navarros.
Si siguiese habiendo plazas vacantes, podrán cubrirse por deportistas con licencia federativa en vigor expedida por la Federación Navarra o Española.
Más información
El nº de plazas disponibles es de 25 deportistas.
Los residentes deportistas de rendimiento de Navarra estarán exentos del pago de las cuotas del alojamiento.
Los residentes deberán hacer frente al pago de las cuotas de alimentación, aunque se podrá establecer posteriormente una convocatoria de ayudas dirigidas exclusivamente a los deportistas de alto nivel y alto rendimiento.
Los deportistas de clubes navarros y/o con licencia deportiva deberán hacer frente siempre a los costes de alojamiento y manutención.
La estancia se realizará entre la fecha de adjudicación de la plaza y el 31 de julio de 2017, ambos inclusive.