Gobierno de Navarra

  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Dirigido a

    Jóvenes que tengan concedida la Renta Básica de Emancipación y que han visto modificadas sus circunstancias:

    • Cualquier cambio en la documentación de identidad del solicitante.
    • Cambios en el contrato de arrendamiento por abandono de la vivienda.
    • Cambio del número de titulares del contrato de arrendamiento.
    • Cambios referentes a los datos del arrendador.
    • Datos de identificación de la vivienda.
    • Domicilio a efectos de notificación.
    • Importe de la renta.
    • Cambios en el número de cuenta.

    Más información

    Más información

    Documentación y tramitación

    Documentación

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Trámite

    Puede tramitar de dos formas:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Para solicitar información y entregar la documentación es necesario solicitar CITA PREVIA, bien en www.nasuvinsa.es o bien en el teléfono 012.

    • PAMPLONA
      Avenida San Jorge, 8 bajo
      Horario de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.
    • TUDELA
      J. A. Fernández 41 (Edificio Codés)
      Horario de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.

    Otros lugares de presentación.

    Pasos siguientes

    • El solicitante recibirá una notificación con la nueva resolución.
    • Deberá llevarla a la entidad financiera con el fin de que la misma sea tramitada de nuevo.

    Normativa

    Contacto

    Navarra de Suelo y Vivienda, S.A. (NASUVINSA)
    Teléfono: 012
    Correo electrónico: rentaemancipacion@nasuvinsa.es
    Horario de atención al público:
    de lunes a viernes de 8:30 a 14:30


  • Constituye uno de los requisitos necesarios para mantener el régimen fiscal especial regulado en la Ley Foral 10/1996, de 2 de julio, reguladora del régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio.

    Tramitar

    Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Fundaciones inscritas.

    Tiene como objetivos:

    • Informar de las modificaciones que hayan tenido lugar en la escritura constitutiva de una Fundación, ya sea en el Acta Fundacional, ya sea en sus Estatutos.
    • Mantener actualizada la información registral y dar publicidad a las personas fundadoras, a los/as miembros del Patronato y a la ciudadanía en general, de los aspectos fundamentales de las fundaciones inscritas.
    • Dar garantía de las fundaciones inscritas frente a otros Registros de Fundaciones.

    Más información

    1. Las Fundaciones inscritas comunicarán al Registro para su inscripción, todas las modificaciones que haya aprobado el órgano competente conforme a sus Estatutos que afecten al contenido del Acta Fundacional o a los Estatutos (domicilio, dotación inicial, fines, composición y/o funcionamiento del Patronato, etcétera....).
    2. La inscripción es una obligación de la Fundación para mantener actualizada la información registral.
    3. Además, para aquellas que disfrutan del régimen tributario especial, la información registral actualizada es, además, un requisito que habrán de cumplir para mantener dichas ventajas fiscales.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    1. Instancia general
    2. Escritura Pública de modificación, en su caso, de la escritura fundacional inicial, o posteriores.
      La escritura será copia autenticada notarialmente o copia compulsada administrativamente a partir de la copia auténtica.
      En caso de que se amplíe la dotación inicial, documento que acredite la realidad de la aportación de la dotación inicial (Certificado bancario o similar).
      Si la ampliación de la dotación fundacional fuese no dineraria, valoración realizada por un/a experto/a independiente en el que constarán: la descripción de cada una de las aportaciones no dinerarias con sus correspondientes datos registrales; en su caso; el título o concepto de la aportación; y por último, los criterios de valoración adoptados. A efectos de las modificaciones, puede ser de utilidad el modelo de estatutos.
    3. Escritura Pública de modificación total o parcial, en su caso, de los Estatutos que rigen la Fundación. A efectos de las modificaciones, puede ser de utilidad este modelo de estatutos.
      La escritura será copia autenticada notarialmente o copia compulsada administrativamente a partir de la copia auténtica.
      Si la modificación implica un cambio del ámbito territorial, de forma que la Fundación ya no permanecerá inscrita en el Registro de Fundaciones de Navarra, sino en el de otra Comunidad Autónoma o en el Estatal, junto a la inscripción de la modificación se solicitará el traslado del expediente al Registro competente en función de dicho ámbito territorial.
    4. En ambos casos, las escrituras contendrán el Certificado que acredite el acuerdo de modificación adoptado por el órgano competente, firmado por el/la Secretario/a y con el Visto Bueno del/de la Presidente/a, con todas las determinaciones necesarias para acreditar que la modificación se ajusta a los Estatutos y que se ha adoptado conforme al procedimiento regulado en los mismos para dicha modificación.
    5. En ambos casos, si la composición del Patronato ha variado respecto al que consta inscrito en el Registro, se tramitará la inscripción de la renovación del Patronato.
    6. Carta de pago de la tasa de inscripción.

    En caso de realizar el trámite online, se aportarán para su calificación registral las copias escaneadas de los originales del Acta Fundacional, de los Estatutos y, en su caso, del resto de documentación requerida. Una vez que la documentación sea calificada como correcta, para proceder a la inscripción deberán presentar los documentos originales debidamente firmados (firmas manuscritas o electrónicas) por todas las personas obligadas a esas firmas. Información sobre firma de archivos PDF proporcionada por Adobe Reader.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Tramitar Ayuda para tramitación telemática

    Trámite

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Pago

    En las oficinas

    Negociado de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales.
    Avda. Carlos III, 2 bajo.
    31002 Pamplona/Iruña

    Otros lugares de presentación.

    Pasos siguientes

    1. Análisis de la solicitud: el Registro de Fundaciones podrá requerir a la Fundación la subsanación de los documentos aportados, con suspensión del plazo para resolver. Si transcurrido el plazo otorgado no se ha llevado a cabo la subsanación, se procederá al archivo de las actuaciones y a la caducidad del procedimiento.
    2. Resolución de la solicitud: el plazo de resolución de la solicitud de inscripción será de tres meses desde la fecha de su entrada en el registro del órgano competente para resolver sobre la misma.
    3. Falta de resolución en plazo: transcurrido el plazo de inscripción sin que se haya notificado resolución expresa, se entenderá estimada la solicitud de inscripción.

    Normativa

    Contacto

    Negociado de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales
    Avda. Carlos III, 2 bajo
    31002 PAMPLONA/IRUÑA
    Teléfonos: 848 42 66 45 / 848 42 51 36
    Correo electrónico: asociaciones@navarra.es


  • Permite inscribir en el Registro las modificaciones estatutarias de las asociaciones.

    Tramitar

    Plazo

    Abierto todo el año.

    La solicitud de inscripción deberá presentarse en el Registro en el plazo de un mes desde que se acordó por la Asamblea General. Si se solicita una vez transcurrido ese plazo, se deberá aportar un certificado en el que se ratifique la vigencia de la modificación acordada.

    Presentación

    Dirigido a

    Asociaciones inscritas en el Registro

    Más información

    1. Las Asociaciones podrán modificar en cualquier momento el contenido de sus Estatutos.
    2. Las modificaciones pueden ser totales o parciales, según afecten a la mayor parte o a todos los artículos, o bien afecten únicamente a algunos de los artículos.
    3. El procedimiento para la modificación habrá de ajustarse a lo establecido en los propios Estatutos y en cualquier caso requerirá acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria, si afecta al contenido esencial de los Estatutos previsto en el artículo 7 de la Ley Orgánica.
    4. A los efectos de la tramitación registral, tanto el Acta como el Certificado deberán contener los siguientes extremos:
      • Acuerdo de modificación indicando si la modificación estatutaria es total o parcial, en caso de ser parcial se incluirá una relación de los artículos modificados.
      • El quórum de asistencia y el resultado de la votación.
    5. Las modificaciones que afecten al contenido previsto en el artículo 7 de la Ley Orgánica sólo producirán efectos, tanto para las personas asociadas como para terceras personas, desde que se haya procedido a su inscripción en el Registro. Las restantes modificaciones producirán efectos para las personas asociadas desde el momento de su adopción y para terceras personas desde el momento de su inscripción en el Registro.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    1. Solicitud, debidamente cumplimentada y firmada por el/la Presidente/a o el Secretario/a
    2. Certificado del acuerdo de modificación o Acta de la reunión de la Asamblea General, firmados por el/la Secretario/a con el visto bueno del Presidente/a.
    3. Estatutos: 2 ejemplares originales del texto íntegro de los Estatutos conteniendo los artículos modificados, firmados por el/la Presidente/a y el/la Secretario/a. En ellos se hará constar mediante diligencia que han quedado redactados con la inclusión de las modificaciones acordadas en la Asamblea General y la fecha en que la que se acordaron.
    4. Resguardo carta de pago de la tasa de inscripción.
    5. Si la Junta Directiva vigente no está registrada, deberán promover simultáneamente su inscripción.

    En caso de realizar el trámite online, se aportarán para su calificación registral las copias escaneadas de los originales de los Estatutos y, en su caso, del resto de documentación requerida. Una vez que la documentación sea calificada como correcta, para proceder a la inscripción deberán presentar los documentos originales debidamente firmados (firmas manuscritas o electrónicas) por todas las personas obligadas a esas firmas. Información sobre firma de archivos PDF proporcionada por Adobe Reader.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Tramitar Ayuda para tramitación telemática

    Tramitación

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Pago

    Las copias escaneadas del Certificado o del Acta y de los Estatutos originales (PDF), en todo caso, deberán ser autenticadas con la firma digital del Presidente/a o Secretario/a de la Asociación. A estos efectos, ver información sobre firma de archivos PDF proporcionada por Adobe Reader.

    En las oficinas

    Negociado de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales
    Avda. Carlos III, 2 bajo
    31002 Pamplona/Iruña

    Otros lugares de presentación.

    Pasos siguientes

    1. Análisis de la solicitud: el Registro de Asociaciones podrá requerir a la Asociación la subsanación de los documentos aportados, con suspensión del plazo para resolver. Si transcurrido el plazo otorgado no se ha llevado a cabo la subsanación, se procederá al archivo de las actuaciones y a la caducidad del procedimiento.
    2. Resolución de la solicitud: el plazo de resolución de la solicitud de inscripción será de tres meses desde la fecha de su entrada en el registro del órgano competente para resolver sobre la misma.
    3. Falta de resolución en plazo: transcurrido el plazo de inscripción sin que se haya notificado resolución expresa, se entenderá estimada la solicitud de inscripción.

    Normativa

    Contacto

    Negociado de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales
    Avda. Carlos III, 2 bajo
    31002 PAMPLONA/IRUÑA

    Teléfonos: 848 42 66 45 / 848 42 51 36
    Correo electrónico: asociaciones@navarra.es


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Empresas inscritas en el Registro de empresas de juego de la Comunidad Foral de Navarra.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    Modificación:

    Cancelación:

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Trámite

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Servicio de Desarrollo de las Políticas de Seguridad
    Carretera de Zaragoza, km. 3,5
    31191 Cordovilla (Navarra)

    Horario de atención al público: lunes a viernes de 08h30 a 14h30.

    Otros lugares de presentación.

    Normativa

    Contacto

    Sección de Juego y Espectáculos Públicos
    Ctra. de Zaragoza, km. 3,5.
    31191 Cordovilla
    Teléfonos: 848 426 869 - 848 426 969
    Fax: 848 426 870
    Correo electrónico: jepar@navarra.es

    Horario de atención al público:
    Lunes a viernes, de 8:30 horas a 14:30 horas


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    El propio contribuyente o su representante (a través de certificado digital)

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Trámite

    La presentación se realizará obligatoriamente por vía telemática.

    Ayuda para tramitación telemática

    Pasos siguientes

    Puede acceder mediante:

    • Certificado digital válido o DNI electrónico (consulte la guía para tramitar por internet), o
    • NIF (Número de Identificación Fiscal) + PIN (clave de acceso que se le entregó durante la confección de la declaración de la renta del pasado ejercicio)

    Normativa

    Orden Foral 140/2009 de 14 de agosto (BON nº 112 de 11/9/2009)

    Contacto

    • Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a:
      Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152
      Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
    • Para la resolución de problemas informáticos:
      Teléfono de soporte técnico: 948 013 555
      Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es
      Horario: lunes a jueves de 8:30 a 17:30 (viernes, julio, agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).

    Organismo responsable - convocante
    Economía y Hacienda
    Hacienda Tributaria de Navarra


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Documentación y tramitación

    Documentación

    • Certificado de empadronamiento o convivencia del ayuntamiento. Si es de Pamplona, puede llamar al teléfono 010 y se lo remitirán directamente en su domicilio.
    • Certificado de nacimiento obtenido en el Registro Civil de su lugar de nacimiento. Traducido, si fuera necesario y legalizado con la Apostilla de la Haya (adherida), o bien, con el sello del Ministerio de Asuntos Exteriores de su país y visto bueno del consulado. Podrá ser sustituido por acreditación de buena conducta cívica.
    • Fotocopia de la tarjeta de Residencia Extranjeros (NIE).
    • Certificado de inscripción consular o pasaporte completo.
    • Certificado de nacimiento de los hijos menores de edad, debidamente legalizados.
    • Fotocopias de documentos que acrediten integración en la sociedad española.
    • Certificado literal de matrimonio.
    • Certificado literal de nacimiento del español/española.
    • Fotocopia del libro de familia.

    No es necesario ni la certificación de la residencia legal en España ni los antecedentes penales de España (los aporta el Ministerio de Justicia, artículo 63 de la ley de registro civil).

    ¿Cómo tramitar?

    En las oficinas

    • Ser residente legal en España durante un año ininterrumpido desde que se ha contraído matrimonio con el español o la española.
    • La residencia ha de ser efectiva al tiempo de la solicitud y no puede haber separación legal o de hecho (cese efectivo de la convivencia conyugal) cuando se solicita la nacionalidad española por el extranjero. No importa que durante la tramitación del expediente o después, el matrimonio se separe.
    • Comparecer el esposo/esposa identificado con DNI (aportar fotocopia), para notificarle la existencia del expediente y mostrar su conformidad.
    • Asistir con dos testigos mayores de edad, no familiares, identificados con DNI o pasaporte o NIE, en el caso de que los testigos sean extranjeros (aportar fotocopia).

    Normativa

    Contacto

    • Registro Civil de Pamplona
      Avda. Sancho el Fuerte, 8
      31007 PAMPLONA
      Teléfono 848 424 008
      recivpam@cfnavarra.es
    • Registro Civil de Tudela
      Calle Pablo Sarasate, 4
      31500 TUDELA
      Teléfono: 948 827 502
    • Registro Civil de Tafalla
      Avenida Severino Fernández, 60
      31300 TAFALLA
      Teléfono: 948 700 629
    • Registro Civil de Estella
      Plaza de San Martín, 4
      31200 ESTELLA
      Teléfono: 948 550 294
    • Registro Civil de Aoiz
      Calle nueva, 13
      31430 AOIZ
      Teléfono: 948 336 085

    Organismo responsable - convocante
    Presidencia, Justicia e Interior.
    Dirección General de Presidencia y Justicia.


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Más información

    • Para los países iberoamericanos, Filipinas, Andorra, Portugal y Guinea Ecuatorial, ser residente legal en España durante dos años ininterrumpidos, anteriores a la solicitud.
    • Para los ciudadanos de los demás países, diez años de residencia legal.
    • Un año para el nacido en territorio español, el casado con español/la y no separado, que originariamente hayan sido españoles.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    • Certificado de empadronamiento del ayuntamiento. Si es de Pamplona, puede llamar al teléfono 010 y se lo remiten directamente a su domicilio.
    • Certificado de nacimiento obtenido en el registro civil de su lugar de nacimiento, traducido en su caso y legalizado con la Apostilla de la Haya (adherida), o bien, con el sello del Ministerio de Asuntos Exteriores de su país y visto bueno del consulado. Podrá ser sustituido por acreditación de buena conducta cívica.
    • Fotocopia de la tarjeta de Residencia Extranjeros (NIE).
    • Certificado de inscripción consular o pasaporte completo.
    • Certificado de nacimiento de los hijos menores de edad, debidamente legalizados.
    • Fotocopias de documentos que acrediten integración en la sociedad española.

    No es necesario ni la certificación de la residencia legal en España ni los antecedentes penales de España (los aporta el Ministerio de Justicia, artículo 63 de la ley de registro civil).

    ¿Cómo tramitar?

    Normativa

    Contacto

    • Registro Civil de Pamplona
      Avda. Sancho el Fuerte, 8
      31007 PAMPLONA
      Teléfono 848 424 008
    • Registro Civil de Tudela
      Calle Pablo Sarasate, 4
      31500 TUDELA
      Teléfono: 948 827 502
    • Registro Civil de Tafalla
      Avenida Severino Fernández, 60
      31300 TAFALLA
      Teléfono: 948 700 629
    • Registro Civil de Estella
      Plaza de San Martín, 4
      31200 ESTELLA
      Teléfono: 948 550 294
    • Registro Civil de Aoiz
      Calle nueva, 13
      31430 AOIZ
      Teléfono: 948 336 085

    Organismo responsable - convocante
    Presidencia, Justicia e Interior.
    Dirección General de Presidencia y Justicia.


  • Posibilita a los propietarios de vivienda protegida alquilar alguna de sus habitaciones, garaje o anejos vinculados.

    Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Propietarios de vivienda protegida que deseen alquilar alguna de sus habitaciones, su garaje o los anejos vinculados, siempre que el propietario la siga destinando a domicilio habitual y permanente.

    Más información

    • No se exige la devolución de subvención alguna.
    • El inquilino no debe reunir ningún requisito o condición.
    • Como máximo puede alquilarse al precio fijado por el Gobierno de Navarra para cada tipo de vivienda. El precio máximo por habitación sería el resultante de dividir el precio máximo al que podría alquilarse la vivienda completa (sin anejos) entre el número de dormitorios (independientemente de su superficie).
    • El contrato debe presentarse ante el Servicio de Vivienda del Gobierno de Navarra para su autorización.
    • Más información sobre alquiler de dormitorios.
    • Mas información sobre alquiler de plaza de garaje o trastero.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    • Impreso de solicitud cumplimentado
    • Fotocopia de la escritura de propiedad de la vivienda.
    • Fotocopia del contrato de alquiler a formalizar

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Solicitud

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Registro del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos

    C/ Alhóndiga, 1 - 1º
    31002 Pamplona (Navarra)

    Otros lugares de presentación.

    Pasos siguientes

    • Gobierno de Navarra responde en el plazo de tres meses
    • El silencio administrativo es positivo: si en ese plazo no se recibe notificación, se considera que el alquiler es efectivo.

    Normativa

    Contacto

    Sección de Ayudas y Planificación
    Teléfono: 848 42 49 20
    Correo electrónico: vivienda@navarra.es

    Organismo responsable - convocante
    Sección Ayudas y Planificación


  • Comunicación al Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Adminisitración Local del método de control utilizado en la eliminación de las especies plaga.

    Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    • Entidades locales.
    • Particulares propietarios de terrenos.

    Más información

    Especies de la fauna silvestre declaradas como plaga (Orden Foral 198/2008, de 5 de mayo).

    Documentación y tramitación

    Documentación

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Notificación de caza de especies plaga

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Registro del Departamento de Desarrollo Rural Medio Ambiente y Administración Local
    C/ Gonzalez Tablas, 9
    31005 Pamplona (Navarra)

    Otros lugares de presentación.

    Normativa

    Contacto

    Servicio de Medio Natural
    C/ González Tablas nº 9, planta baja
    31005 Pamplona
    Telefono. 848 426733

    Datos dependiendo de la demarcación del municipio:

    Organismo responsable - convocante
    Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local
    Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Empresas alimentarias que producen o comercializan complementos alimenticios.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Tramitar por internet

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra
    Oficina de Registro
    Calle Leyre, 15
    31003 Pamplona (Navarra)

    Otros lugares de presentación.

    Normativa

    Contacto

    Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra
    Sección de Seguridad Alimentaria
    (Unidad de Apoyo Técnico y Registro)
    Teléfonos: 848 423 508 / 848 423 482
    Fax: 848 428 505
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