Gobierno de Navarra

  • Plazo

    Abierto todo el año.

    El plazo ordinario para efectuar la declaración y el ingreso será entre el 1 y el 20 de noviembre siguiente a la fecha de devengo del impuesto (devengo: 1 de enero o fecha de apertura si es posterior).

    El plazo extraordinario (cuando la apertura sea posterior al 20 de noviembre) será del 1 al 31 de enero inmediato siguiente al día en que se produjo la apertura.

    El plazo de regularización (en caso de cierre del gran establecimiento comercial o modificación de los elementos base para la liquidación del impuesto con posterioridad al 20 de noviembre y antes de la finalización del periodo impositivo) será del 1 al 31 de enero inmediato siguiente al día en que se produjo el cierre o la modificación. En estos casos deberá marcarse la opción declaración sustitutiva.

    Presentación

    Dirigido a

    • Grandes establecimientos comerciales, ya sean individuales o colectivos, que dispongan de una superficie útil para venta y exposición de productos superior a 2.000 metros cuadrados
    • Serán sujetos pasivos las personas físicas o jurídicas o las entidades sin personalidad jurídica a que se refiere el artículo 25 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria que sean titulares de un gran establecimiento comercial, ya sea individual o colectivo.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Acceso a la presentación por internet

    Puede acceder mediante:

    Ayuda para tramitación telemática

    Normativa

    • Artículo undécimo Ley Foral 30/2018, de 27 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias (BON nº 250, de 31/12/2018).
    • Orden Foral 19/2019, de 12 de febrero, del Consejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se aprueba el modelo 910 "Impuesto sobre las grandes establecimientos comerciales. Autoliquidación" (BON nº 66, de 04/04/2019)

    Contacto

    • Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a:
      Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152
      Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
    • Para la resolución de problemas informáticos:
      Teléfono de soporte técnico: 948 013 555
      Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es
      Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).

    Organismo responsable - convocante
    Economia, Hacienda, Industria y Empleo
    Hacienda Tributaria de Navarra


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    La presentación de la declaración se efectuará durante los 20 primeros días naturales del mes de enero.

    Presentación

    Dirigido a

    Están obligados a presentar la declaración resumen anual las entidades aseguradoras cuando hayan realizado en el ejercicio operaciones gravadas por el Impuesto y, en calidad de sustitutos del contribuyente, los representantes fiscales de las entidades aseguradoras domiciliadas en otro Estado miembro del Espacio Económico Europeo, siempre que de acuerdo en lo establecido en el Convenio Económico, corresponda a la Comunidad Foral su exacción.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Trámite

    Puede acceder mediante:

    • Certificado digital válido o DNI electrónico (consulte la guía para tramitar por internet), o
    • NIF (Número de Identificación Fiscal) + PIN (clave de acceso que se le entregó durante la confección de la declaración de la renta del pasado ejercicio)

    Ayuda para tramitación telemática

    Normativa

    Contacto

    • Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a:
      Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152
      Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
    • Para la resolución de problemas informáticos:
      Teléfono de soporte técnico: 948 013 555
      Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es
      Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).

    Organismo responsable - convocante
    Economía y Hacienda
    Hacienda Tributaria de Navarra.


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Puede consultar los plazos en el Calendario del Contribuyente de Hacienda Tributaria

    Presentación

    Dirigido a

    Sujetos pasivos definidos en el artículo 8 de la Ley Foral 20/1992 de 30 de Diciembre, que operen con productos con un grado alcohólico volumétrico adquirido superior a 1,2% vol. e igual o inferior a 22%, clasificados con los códigos NC 2204, 2205 y 2206 y que no estén comprendidos dentro del ámbito objetivo del Impuesto sobre la Cerveza ni del Impuesto sobre el Vino y Bebidas Fermentadas.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Trámite

    Puede acceder mediante:

    • Certificado digital válido o DNI electrónico (consulte la guía para tramitar por internet), o
    • NIF (Número de Identificación Fiscal) + PIN (clave de acceso que se le entregó durante la confección de la declaración de la renta del pasado ejercicio)

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Deberá realizarse obligatoriamente por vía telemática.

    Así se establece en la Orden Foral 337/2002, del Consejero de Economía y Hacienda (B.O.N. nº 152, de 18/12/2002), para las declaraciones que deban presentarse a partir de enero de 2.003.

    Los pagos que, en su caso, procedan, se realizarán en las entidades bancarias colaboradoras.

    Normativa

    Contacto

    • Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a:
      Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152
      Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
    • Para la resolución de problemas informáticos:
      Teléfono de soporte técnico: 948 013 555
      Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es
      Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).

    Organismo responsable - convocante
    Economía y Hacienda.
    Hacienda Tributaria de Navarra.


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    • La declaración se presentará entre el primer día del quinto mes y el vigésimo quinto día natural del séptimo mes siguientes a la conclusión del período impositivo.
    • No obstante, aquellos sujetos pasivos cuyo plazo de declaración hubiera concluido con anterioridad al vigésimo quinto día natural siguiente a la entrada en vigor de las órdenes forales por la que cada año se aprueban respectivamente los modelos 200 y 220, podrán presentar la declaración en el período comprendido entre el primero y el vigésimo quinto día natural siguientes a dicha entrada en vigor.

    Presentación

    Dirigido a

    Entidades, sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades en Navarra, pero que, según el Convenio Económico, deben aplicar normativa de régimen común.

    Más información

    • Recoger un resumen de los datos de las declaraciones de sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes de establecimientos permanentes y de los grupos de fiscales, que según el Convenio Económico entre el Estado y Navarra, deban tributar conjuntamente a ambas Administraciones y apliquen normativa distinta de la Navarra.
    • Se pueden presentar las declaraciones a través de esta ficha (ver "Tramitación online") o enviando los correspondientes ficheros del Impuesto de normativa común.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Trámite

    Puede acceder mediante:

    • NIF (Número de Identificación Fiscal) + PIN (clave de acceso que se le entregó durante la confección de la declaración de la renta del pasado ejercicio) o
    • Certificado digital válido o DNI electrónico (consulte la guía para tramitar por internet)

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    La tramitación se hace por internet.

    Normativa

    Contacto

    • Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a:
      Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152
      Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
    • Para resolver problemas informáticos:
      Teléfono: 948 013 555
      Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es
      Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).

  • Plazo

    Abierto todo el año.

    El plazo para presentar la declaración e ingreso será el de los 20 primeros días naturales siguientes a cada trimestre, salvo en el caso de las declaraciones correspondientes al segundo y cuarto trimestre, cuyos plazos finalizan los días 5 de agosto y 31 de enero respectivamente.
    Los vencimientos que coincidan con sábado o festivo se trasladarán al primer día hábil siguiente

    Presentación

    Dirigido a

    Sujetos pasivos que de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Convenio Económico, deban tributar a Navarra, por las transmisiones onerosas en las que el contribuyente sea un empresario o profesional y que tengan por objeto bienes muebles adquiridos a particulares para su reventa (excepto valores mobiliarios y medios de transporte usados no destinados a su achatarramiento).

    La autoliquidación comprenderá de forma agregada todas las adquisiciones realizadas dentro del periodo de liquidación.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    El modelo 601 se presentará obligatoriamente por vía telemática, a través de internet

    Trámite

    Puede acceder mediante:

    • Certificado digital válido
    • NIF (Número de Identificación Fiscal) + PIN (clave de acceso que se le entregó durante la confección de la declaración de la renta)

    Ayuda para tramitación telemática

    Normativa

    Acceso a la consulta de la normativa

    Contacto

    • Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a:
      Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152
      Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
    • Para resolver problemas informáticos:
      Teléfono: 948 013 555
      Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es
      Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).

    Organismo responsable - convocante
    Economía y Hacienda.
    Hacienda Tributaria de Navarra.


  • Declarar e ingresar a Hacienda Tributaria de Navarra la cuota resultante de la actualización monetaria de valores contables.

    Plazo

    Abierto todo el año.

    • Para sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se presentará e ingresará conjuntamente con la declaración del Impuesto correspondiente al periodo impositivo 2012.
    • Del mismo modo, para sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades y contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente, será coincidente con la declaración de estos Impuestos relativa al periodo impositivo al que corresponda el balance en el que constan las operaciones de actualización.

    Presentación

    Dirigido a

    • Sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
    • Sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades
    • Contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente

    Más información

    • Los sujetos pasivos o los contribuyentes que practiquen la actualización deberán satisfacer un gravamen único del 5 por ciento sobre el saldo acreedor de la cuenta "Reserva de revalorización de la Ley Foral de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias aprobada el 20 de diciembre de 2012".
    • Tratándose de sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que estuvieran obligados a llevar los libros registro de su actividad empresarial o profesional, el gravamen único recaerá sobre el incremento neto de valor de los elementos patrimoniales actualizados.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Trámite

    Puede acceder mediante:

    • Certificado digital válido o DNI electrónico (consulte la guía para tramitar por internet), o
    • NIF (Número de Identificación Fiscal) + PIN (clave de acceso que se le entregó durante la confección de la declaración de la renta del pasado ejercicio)

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Deberá realizarse obligatoriamente por vía telemática

    Normativa

    • Orden Foral 180/2013 de 28 de mayo sobre el Gravamen único sobre revalorización de activos de la Ley Foral 21/2012 (BON nº 108 de 7/06/2013).
    • La Disposición adicional primera de la Ley Foral 21/2012, de 26 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias

    Contacto

    • Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a:
      Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152
      Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
    • Para la resolución de problemas informáticos:
      Teléfono de soporte técnico: 948 013 555
      Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es
      Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).

    Organismo responsable - convocante
    Economia y Hacienda.
    Hacienda Tributaria de Navarra.


  • Permite inscribir la integración o separación de asociaciones a una Federación inscrita en el Registro.

    Tramitar

    Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Las Federaciones inscritas que han de promover ante el Registro la inscripción de las asociaciones que han causado alta o baja en las mismas.

    Más información

    Documento informativo

    Documentación y tramitación

    Documentación

    1. Solicitud, firmada por el/la Presidente/a o el/la Secretario/a.
    2. Certificado de la Federación firmado por el/la Secretario/a con el visto bueno del/de la Presidente/a, en el que se acredite que el órgano competente de la Federación conforme a los Estatutos, ha acordado la incorporación o separación de una Asociación de la misma, o darse por enterada de la separación de una Asociación por tener comunicación de la misma de su disolución.
    3. Certificado expedido por el/la Secretario/a con el visto bueno del/de la Presidente/a, en el que se acredite, el acuerdo válidamente adoptado por la Asociación en orden a la integración o separación por baja voluntaria de una Federación.
    4. Resguardo carta de pago de la tasa
    5. Si las Juntas Directivas vigentes de la Federación o de las Asociaciones no están registradas, deberán promover simultáneamente esas inscripciones.

    En caso de realizar el trámite online, se aportarán para su calificación registral las copias escaneadas de los originales de los Certificados o de las Actas y, en su caso, del resto de documentación requerida. Una vez que la documentación sea calificada como correcta, para proceder a la inscripción deberán presentar los documentos originales debidamente firmados (firmas manuscritas o electrónicas) por todas las personas obligadas a esas firmas. Información sobre firma de archivos PDF proporcionada por Adobe Reader.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Tramitar Ayuda para tramitación telemática

    Trámite

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Pago

    En las oficinas

    Negociado de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales.
    Avda. Carlos III, 2 bajo.
    31002 Pamplona/Iruña

    Otros lugares de presentación.

    Pasos siguientes

    1. Análisis de la solicitud: el Registro de Asociaciones podrá requerir a la Federación la subsanación de los documentos aportados, con suspensión del plazo para resolver. Si transcurrido el plazo otorgado no se ha llevado a cabo la subsanación, se procederá al archivo de las actuaciones y a la caducidad del procedimiento.
    2. Resolución de la solicitud: el plazo de resolución de la solicitud de inscripción será de tres meses desde la fecha de su entrada en el registro del órgano competente para resolver sobre la misma.
    3. Falta de resolución en plazo: transcurrido el plazo de inscripción sin que se haya notificado resolución expresa, se entenderá estimada la solicitud de inscripción.

    Normativa

    Contacto

    Negociado de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales
    Avda. Carlos III, 2 bajo
    31002 PAMPLONA/IRUÑA

    Teléfonos: 848 42 66 45 / 848 42 51 36
    Correo electrónico: asociaciones@navarra.es


  • Se procede a la apertura de listas específicas mediante incorporación periódica de aspirantes en determinadas especialidades e idiomas, para el desempeño, mediante contratación temporal, de puestos de trabajo docentes al servicio del Departamento de Educación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

  • Es imprescindible completar y firmar la instancia de participación para incorporarse a estas listas para impartir diferentes especialidades

  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Los interesados deberán dirigir su solicitud en los siguientes plazos:

    • En las concentraciones parcelarias de secano durante el año siguiente a la entrega de las obras.
    • En los casos de transformación a regadío durante el año siguiente a la declaracion de puesta en riego.
    • En los casos de modernización de regadíos durante el año siguiente a la entrega de las obras.

    Presentación

    Dirigido a

    Afectados por actuaciones en infraestructuras agrícolas, que no tengan en los nuevos lotes de reemplazo una producción equivalente de cultivos permanentes.

    Más información

    • Se indemniza por valor del 40% de la producción bruta anual hasta 3 años.
    • Los propietarios de cultivos permanentes deberán arrancar las plantas y destoconar dejando la parcela en condiciones de cultivo.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    1. Para tramitar necesita un ordenador con Windows y navegador Internet Explorer o Mozilla Firefox.
    2. Debe instalar un certificado digital o DNI electrónico.
    3. Debe instalar el runtime Java 1.6, el plugin Java y el componente Siaval. El componente Siaval se instala de forma automática la primera vez que se tramita por internet. Pulse "Aceptar" cuando el navegador le pida confirmar. No es necesario volver a instalar Siaval para las tramitaciones siguientes.
    4. Pulse "Tramitar". Incorpore a la solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada.
    5. Si desea obtener respuesta telemática deberá disponer de una Dirección Electrónica Habilitada (DEH).
      Además deberá suscribirse a los Procedimientos del Gobierno de Navarra y seleccionar la casilla de respuesta telemática en la instancia de solicitud.

    Solicitud

    Puede realizar su solicitud pulsando el botón Tramitar.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    • Registro del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente
      C/ González Tablas nº 9, planta baja
      31005 Pamplona
    • Oficinas de Área del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente

    Otros lugares de presentación.

    Normativa

    Decreto Foral 49/2009, de 4 de mayo (BON nº 63, 22/05/2009)

    Contacto

    • Servicio de Infraestructuras Agrarias (Ref.16003)
      C/ González Tablas nº 9, 3ª planta
      31005 Pamplona
      Teléfono 848 426 173
      Fax 848 426 102
    • Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a:
      Teléfono: 948 013 555
      Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@cfnavarra.es

    Organismo responsable - convocante
    Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente
    Dirección General de Desarrollo Rural


Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.