Publicación de listado provisional de personas admitidas: 11 de diciembre.
Reclamaciones: 12 de diciembre a 14 de diciembre (hasta las 14:00 h.)
Publicación del listado definitivo nº 1 de personas admitidas: 15 de diciembre.
Matrícula de personas admitidas correspondientes al listado definitivo nº 1 de personas admitidas: 18 al 19 de diciembre (hasta las 14:00 h.)
FASE SEGUNDA DEL PLAZO ORDINARIO
Publicación del listado definitivo nº 2 de personas admitidas: 20 de diciembre.
Matrícula de personas admitidas correspondientes al listado definitivo nº 2: 21 y 22 de diciembre (hasta las 12:00 h.)
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DE VACANTES (PAV).
Presentación de solicitudes para el PAV: 8 al 9 de enero (hasta las 14:00 h.).
Publicación del listado de admitidos del PAV: 10 de enero.
Matrícula del alumnado admitido en el listado de admitidos del PAV: 11 a 12 de enero (hasta las 14:00 h.).
Normativa
Resolución 530/2017, de 8 de noviembre, por la que se aprueban las instrucciones y el calendario del procedimiento de admisión del alumnado en centros públicos para realizar el curso de acceso a ciclos de grado superior en Navarra para el curso académico 2017-2018 (BON 224, de 21 de noviembre de 2017).
Resolución 151/2016, de 6 de mayo, por la que se regulan las materias voluntarias organizadas con carácter experimental en un curso denominado Curso de Acceso a ciclos de grado superior, en Navarra (BON 107, de 3 de junio de 2016).
Orden Foral 54/2016, del 29 de abril, por que se aprueban las bases que van a regular la admisión a ciclos de Formación Profesional, enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, así como al curso de acceso a ciclos de grado superior, en centros públicos y concertados de Navarra, para el curso 2016-2017.
Decreto Foral 40/2011, de 9 de mayo, por el que se crea y regula la Comisión General de Escolarización de Navarra y las Comisiones Locales de Escolarización.
Decreto Foral 31/2007, de 2 de abril, por el que se regula la admisión del alumnado en los centros públicos y privados concertados de la Comunidad Foral de Navarra que imparten enseñanzas no universitarias.
Decreto Foral 8/2015 por el que se modifica el Decreto Foral 31/2007, de 2 de abril, por el que se regula la admisión del alumnado en los centros públicos y privados concertados de la Comunidad Foral de Navarra que imparten enseñanzas no universitarias.
Orden Foral 112/2013, de 13 de diciembre, por la que se aprueban instrucciones dirigidas a los centros docentes públicos no universitarios en relación con progenitores o tutores que se encuentren en situación de separación, divorcio o discrepancia.
Se convocan 48 plazas para asistir a cursos residenciales de inglés, de 4 días de duración, repartidos en dos fines de semana diferentes (viernes y sábado) que se celebrarán en el Albergue Santo Cristo de Otadia de Alsasua, los días 17 y 18 de marzo y 19 y 20 de mayo.
Cursos para la preparación de las pruebas de evaluación de competencias clave nivel 2 del Servicio Navarro de Empleo, cuya superación permite acceder a los cursos de Certificados de Profesionalidad de Nivel 2 a las personas que no poseen las titulaciones académicas requeridas.
Plazo
Del 15-12-2016 al 08-02-2017
El plazo se puede reducir o ampliar en función de la marcha de las inscripciones en los diferentes centros
Presentación
Dirigido a
Personas mayores de 18 años, o que cumplan esta edad en el año que inician el módulo, que no posean ninguna de las siguientes titulaciones o acreditaciones:
Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Un Certificado de profesionalidad de nivel 2 completo.
Un certificado de profesionalidad de nivel 1 de la misma familia y área profesional.
Cumplir el requisito académico de acceso a los ciclos formativos de grado medio, o bien haber superado las correspondientes pruebas de acceso reguladas por las administraciones educativas.
Prueba de acceso superada a la universidad para mayores de 25 o de 45 años.
Más información
Tipos de módulos
Se ofertan los siguientes módulos formativos de competencias clave N-2 cuatrimestrales (duración y horario semanal):
Comunicación en lengua castellana N-2 (64 h. - 4 h. semanales)
Matemáticas N-2 (64 h. - 4 h. semanales)
Tecnología N-2 (48 h. - 3 h. semanales)
Ciencias N-2 (32 h. - 2 h. semanales)
Digital N-2 (32 h. - 2 h.semanales)
Las personas interesadas se podrán inscribir en más de un módulo formativo, siempre y cuando sean diferentes y los horarios sean compatibles.
Valoración inicial
A las personas inscritas se les realizará una prueba de valoración inicial para determinar si poseen las conocimientos mínimos para seguir el curso con aprovechamiento. Aquellas personas que no la superen serán orientadas a realizar otros cursos de formación básica impartidos por el Centro.
Evaluación y certificación
Para obtener la certificación de APTO en las competencias clave de Comunicación en lengua castellana N2 y de Matemáticas N2 deberá superar la correspondientes pruebas de cada competencia clave, que se realizará al finalizar el curso.
La certificación de APTO en las competencias clave de matemáticas y lengua castellana N2 permite la inscripción en todos los cursos de Certificados de Profesionalidad de Nivel 2 (CPN2).
No es obligatorio poseer la certificación de las competencias en Tecnología, Ciencias o Digital para acceder a la formación de CPN2. Sin embargo, se recomienda a las personas que no poseen las titulaciones de acceso a los CPN2, tener esta competencia (o realizar este curso) para aprovechar mejor la formación de certificados con contenidos relacionados con dichas competencias.
Las personas en desempleo deben tener la tarjeta de demanda de empleo actualizada y vigente.
A la prueba de valoración inicial deberán acudir con el DNI, NIE o pasaporte.
Pasos siguientes
Las personas inscritas deberán presentarse en los centros o aulas a realizar la valoración inicial en las fechas señaladas en la ficha informativa de cada curso.
Normativa
Resolución 221/2013, de 29 de abril, que regula los módulos formativos de competencias clave N-2.
Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.
Real Decreto 189/2013, de 15 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.
Contacto
Negociado de Formación Permanente Cuesta de Santo Domingo s/n 31001 Pamplona (Navarra)
La Escuela Navarra de Actividades con Jóvenes (ENAJ) se ocupa de la formación de técnicos/as cualificados/as en materia de juventud y de la preparación de personas que promueven actividades para jóvenes en el tiempo libre.
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
Jóvenes
Técnicos de juventud
Personas que realizan actividades en torno a los jóvenes
Más información
La oferta de cursos se puede consultar en la página de formación, que muestra los cursos activos de Juventud.
Estos cursos permiten:
Formar técnicos/as y especialistas en materia de Juventud.
Expedir las titulaciones, diplomas y certificaciones de los cursos promovidos por la Escuela Navarra de Actividades con Jóvenes (ENAJ) y por las Escuelas de Tiempo Libre oficialmente reconocidas.
Establecer los programas de los cursos de las titulaciones en el ámbito de las actividades propias de juventud.
Formar, reciclar y actualizar al personal cualificado para formación en los temas específicos de Juventud.
Planificar, coordinar y organizar el desarrollo y la petición de los cursos para la formación de técnicos/as especialistas y formadores en los campos en que se desenvuelven las actividades con jóvenes.
Coordinar la redacción, preparación y actualización del material necesario, programa multimedia y otras publicaciones didácticas para su utilización en los cursos de formación.
Colaborar con otros departamentos del Gobierno de Navarra, administraciones públicas, instituciones o entidades relacionadas con las actividades propias de juventud.
Conceder y revocar el reconocimiento oficial a las Escuelas de Tiempo Libre.
Velar por el nivel técnico de la formación impartida por las Escuelas de Tiempo Libre oficialmente reconocidas. (Controlar, velar y supervisar para que los cursos impartidos por las Escuelas de Tiempo Libre oficialmente reconocidas, se ajusten a la normativa vigente).
Documentación y tramitación
Documentación
Programación La propuesta para realizar cursos se presentará en el documento:
Preinscripciones La entidad encargada (ENAJ, Dime, ayuntamiento u otra) recoge los datos de cada pesona interesada en el curso junto con la documentación correspondiente:
Informe final El coordinador y/o el ponente preparan un informe final recogiendo la información relevante y documentos realizados durante el curso. Deberá recoger obligatoriamente:
Resumen del programa del curso junto con una valoración del mismo.
Incidencias surgidas en el desarrollo del curso.
Listado de alumnos/as aptos/as y no aptos/as que incluyan a todos los inscritos en el curso y los motivos de exclusión.
Factura del curso: sólo se recibirá después de completar la documentación del curso anteriormente citada.
Modelo de factura orientativo Es un ejemplo orientativo con varios supuestos y puede tener información no actualizada.
Recuerda: Antes de realizar el pago, oligatoriamente hay que realizar la preinscripción en el curso por la entidad encargada, que es la que te indicará que procedas (o no) al pago y que entregues la documentación completa en el plazo previsto.
Una vez reservada la plaza, ésta será confirmada definitivamente cuando se haya realizado el abono del pago (si procede) a través del Dime... Oficina de Información Juvenil (o la entidad encargada del trámite), en el plazo de 24 horas desde la inscripción. De no ser así se perderá el derecho.
Pago del curso
El pago debe realizarse enviando el resto de documentación exigida y no da derecho a la realización efectiva del curso si no ha sido confirmado previamente.
Escuela Navarra de Actividades con Jóvenes (ENAJ) C/ Yanguas y Miranda, 27 Bajos 31003 Pamplona Teléfono: 848 42 78 44 Horario: de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas
* En caso de ser otra entidad encargada la que tramite el curso, en la ENAJ te informarán de dónde debes dirigirte.
Pasos siguientes
Expedición de diplomas Con la documentación obtenida el Director firma un acta que designa la aptitud y no aptitud de los alumnos; dándoles número, si procede, se imprimen y envían o entregan.
Jóvenes que realizan los cursos de monitor/a o director/a de tiempo libre.
Escuelas de Tiempo Libre oficialmente reconocidas de Navarra
Técnicos/as de Juventud
Personas que realizan actividades en torno a las personas jóvenes
Más información
Los cursos se imparten por las Escuelas de Tiempo Libre oficialmente reconocidas.
Los cursos de monitor de tiempo libre capacitan para ejecutar actividades formativas y de animación infantil y juvenil en el tiempo libre, tanto dentro del ámbito urbano como en la naturaleza.
Los cursos de director de tiempo libre capacitan para diseñar, dirigir y coordinar actividades formativas y de animación infantil y juvenil en el tiempo libre, tanto en el ámbito urbano como en la naturaleza, y los equipos humanos que trabajen en dichas actividades.
Cursos de Monitor/a de Actividades de Tiempo Libre
Duración: 270 horas.
Periodos formativos:
Periodo teórico-práctico:
Duración mínima de 120 horas lectivas.
No inferior a 20 días ni superior a 9 meses. En ningún caso se podrán impartir más de 8 horas diarias de clase, ya sean teóricas o prácticas.
Asistencia mínima del 90% de las horas lectivas, pasar la prueba escrita e individual que realiza la escuela y la evaluación permanente de sus alumnos/as.
Periodo de prácticas:
Duración mínima de 120 horas.
Podrán realizarse en cualquier entidad pública o privada que tenga un programa de tiempo libre infantil o juvenil. También podrá realizarse en un campamento, colonia o campo de trabajo siempre que tenga una duración mínima de 10 días.
Todas las escuelas están obligadas a informar a la ENAJ del lugar en que cada alumno o alumna realizará sus prácticas.
La evaluación de la etapa práctica corresponderá a cada Escuela; no superará este periodo el alumnado que, a juicio del personal formador de la Escuela y la persona responsable de la entidad en que se realicen las prácticas, carezcan del perfil psicológico exigible a un/a monitor/a de tiempo libre.
Memoria final:
Valoración equivalente a 30 horas de trabajo lectivo.
Diseño del programa mensual de actividades de una asociación juvenil, en su sede, y
Programación de la salida a un entorno natural, y durante un fin de semana, de un grupo de diez jóvenes
Cursos de Director/a de Actividades de Tiempo Libre
Duración: 340 horas.
Periodos formativos:
Periodo teórico-práctico:
Duración mínima de 100 horas lectivas.
No inferior a 14 días ni superior a 9 meses. En ningún caso se podrán impartir más de 8 horas diarias de clase, ya sean teóricas o prácticas.
Asistencia mínima del 90% de las horas lectivas, pasar la prueba escrita e individual que realiza la escuela y la evaluación permanente de sus alumnos/as.
Periodo de prácticas:
Duración mínima de 200 horas.
Se realizarán en programas de tiempo libre infantil o juvenil, de carácter continuado, promovidos por entidades públicas o privadas.
Será obligatorio hacer prácticas como director/a de un campamento que tenga una duración mínima de 10 días.
Todas las escuelas están obligadas a informar a la ENAJ del lugar en que cada alumno realizará sus prácticas.
La evaluación de la etapa práctica corresponderá a cada Escuela; no superarán este periodo el alumnado que, a juicio del s formador/a de la Escuela y de la persona responsable de la entidad en que se realicen las prácticas, carezcan del perfil psicológico exigible a un director/a de tiempo libre.
Memoria final:
Valoración equivalente a 40 horas de trabajo lectivo.
Diseño del programa trimestral de actividades de una asociación juvenil, en su sede, y
Programación de la salida a un entorno natural, y durante una semana, de un grupo de treinta jóvenes.
Documentación y tramitación
Documentación
Programación Antes del 1º de septiembre o 15 días antes del comienzo del curso se presentará el documento:
Inscripciones al curso Al inicio del curso (a más tardar, 15 días desde su comienzo) las escuelas presentarán los datos de los/las participantes al curso junto con la documentación correspondiente:
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Expedición de diplomas Una vez recibida la documentación de las escuelas declarando apto al alumnado en las tres fases formativas, la ENAJ procederá a la expedición del diploma acreditativo.
Normativa
Orden Foral 34/2004, de 20 de febrero (BON nº 50 de 26/04/2004), por la que se regulan los cursos de Director y Monitor de Tiempo Libre impartidos por las escuelas de tiempo libre oficialmente reconocidas.
Orden Foral 17/2002, de 20 de febrero (BON nº 41 de 03/04/2002), por la que se establecen las normas para el reconocimiento de las Escuelas de Tiempo Libre.
Para resolver problemas técnicos (tramitación por internet con certificado digital): Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soportec@navarra.es Horario: de 8:30 a 17:30, de lunes a jueves; de 8:30 a 15:00, viernes y de julio a septiembre.
Organismo responsable - convocante Subdirección General de Juventud Sección de Planificación y Observatorio Joven
Ley Foral 2/2012, de 14 de febrero por la que se establece con carácter temporal un gravamen complementario en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifican determinadas retenciones e ingresos a cuenta. (BON nº 37 de 22/02/2012)
Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a: Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152 Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
Para la resolución de problemas informáticos: Teléfono de soporte técnico: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).
Se prevé que el plazo de presentación sea del 30 de noviembre al 10 de diciembre
Presentación
Dirigido a
Operadores del sector vitivinícola de Navarra
Más información
Productores obligados a realizar declaraciones según el artículo 5, apartado 3, del Real Decreto 739/2016, de 31 de julio, y Real Decreto 313/2016, de 29 de julio.
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local Dirección General de Agricultura y Ganadería
Productores obligados a realizar declaraciones según el artículo 5, apartado 3, del Real Decreto 739/2016, de 31 de julio, y Real Decreto 313/2016, de 29 de julio.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555 de 8:30 a 17:30 h. de lunes a jueves. Los viernes y de julio a septiembre el horario será de 8:30 a 15:00 h.
Decreto Foral 86/2018, de 24 de octubre, por el que se establecen las condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad de las piscinas de la Comunidad Foral de Navarra (publicado en BON nº 221 de 15/11/2018)
Documento a rellenar por agentes según Real Decreto 1088/2015, de 4 de diciembre, para asegurar la legalidad de la comercialización de madera y productos de la madera
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Más información
Se puede enviar el documento debidamente cumplimentado a la dirección de correo electrónico: gestionforestal@navarra.es
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.