Gobierno de Navarra

  • Se convoca un máximo de 30 plazas para el alumnado de los modelos A, G, A/G, A/D y A/G/D, y un máximo de 5 plazas para el alumnado del modelo D.

  • Intercambios recíprocos de 16 semanas entre alumnos de 3º de ESO de centros escolares de modelo D de Navarra y alumnos de centros escolares de Francia.

  • Se convoca un máximo de 34 ayudas para cursos de formación durante el verano de 2017 en el extranjero, dirigidas al profesorado que imparte lenguas extranjeras o en lenguas extranjeras.


  • Plazo

    Del 28-03-2017 al 31-10-2017

    Presentación

    Dirigido a

    • Jóvenes que realicen por primera vez cursos de monitores o directores de tiempo libre.
    • Ser natural o residir en Navarra en el momento de la matriculación en el curso correspondiente.
    • No haber cumplido los 31 años en el momento de la concesión de la ayuda.
    • Estar matriculado/a de forma efectiva en cursos de monitores o directores de tiempo libre organizados e impartidos por las Escuelas de Tiempo Libre oficialmente reconocidas.

    Más información

    • El importe de la ayuda a conceder para cada persona que realice el curso de Monitor/a de Tiempo Libre, será del 50% del coste de matriculación abonado por el solicitante, con el límite máximo por ayuda, en todo caso, de 125 euros.
    • El importe de la ayuda a conceder para cada persona que realice el curso de Director/a de Tiempo Libre, será del 50% del coste de matriculación abonado por el solicitante, con el límite máximo por ayuda, en todo caso, de 250 euros.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    Impreso solicitud

    • Documento de inscripción/matriculación en el Curso correspondiente suscrito por el alumno/a, en el que deberá constar el coste económico de la misma y la fecha de inscripción del alumnado y justificación del abono realizado.
    • Fotocopia del DNI de la persona participante en el curso.Justificante de empadronamiento en Navarra.
    • Solicitud de abono por transferencia (en caso de no haberla enviado).

    ¿Cómo tramitar?

    En las oficinas

    Instituto Navarro de Deporte y Juventud
    Calle Arrieta, 25.
    31002 Pamplona

    Otros lugares de presentación.

    Pasos siguientes

    • Recepción de las solicitudes

    • Resolución de concesión-denegación de las ayudas

    • Notificación a los/as interesados/as

    • Abono de las ayudas

    Normativa

    Orden Foral 22/2017, de 14 de marzo (BON Nº 61 de 28 de marzo)

    Anexo Bases

    Contacto

    Subdirección de Juventud
    C/ Yanguas y Miranda, nº 27
    31003 Pamplona
    Tfno 848423900

    Organismo responsable - convocante
    Instituto Navarro de Deporte y Juventud


  • Ayudas para personas jóvenes que realicen cursos de monitores o directores de tiempo libre

    Plazo

    Del 21-07-2016 al 31-10-2016

    Presentación

    Dirigido a

    • Jóvenes que realicen por primera vez cursos de monitores o directores de tiempo libre.
    • Ser natural o residir en Navarra en el momento de la matriculación en el curso correspondiente.
    • No haber cumplido los 31 años en el momento de la concesión de la ayuda.
    • Estar matriculado/a de forma efectiva en cursos de monitores o directores de tiempo libre organizados e impartidos por las Escuelas de Tiempo Libre oficialmente reconocidas-

    Más información

    • El importe de la ayuda a conceder para cada persona que realice el curso de Monitor/a de Tiempo Libre, será del 50% del coste de matriculación abonado por el solicitante, con el límite máximo por ayuda, en todo caso, de 125 euros.
    • El importe de la ayuda a conceder para cada persona que realice el curso de Director/a de Tiempo Libre, será del 50% del coste de matriculación abonado por el solicitante, con el límite máximo por ayuda, en todo caso, de 250 euros.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    Impreso solicitud

    • Documento de inscripción/matriculación en el Curso correspondiente suscrito por el alumno/a, en el que deberá constar el coste económico de la misma y la fecha de inscripción del alumnado y justificación del abono realizado.
    • Fotocopia del DNI de la persona participante en el curso.Justificante de empadronamiento en Navarra.
    • solicitud de abono por transferencia (en caso de no haberla enviado),

    Pasos siguientes

    • Recepción de las solicitudes

    • Resolución de concesión-denegación de las ayudas

    • Notificación a los/as interesados/as

    • Abono de las ayudas

    Normativa

    Orden Foral 53/2016, de 23 de junio ( BON nº 141 de 21 de julio de 2016)

    Contacto

    Subdirección de Juventud
    C/ Yanguas y Miranda, nº 27
    31003 Pamplona
    Tfno 848423900

    Organismo responsable - convocante
    Instituto Navarro de Deporte y Juventud


  • Permite inscribirse en el curso de habilitación para ejercer las funciones de asesoramiento y evaluación en el procedimiento de reconocimiento y acreditación de las competenias profesionales

  • Se convoca hasta un máximo de 250 plazas para la realización de cursos de inglés de los niveles B2 y C1 en la EOIDNA, en la EOIP y en la EOIT durante el curso 2016-17.

  • Plazo

    Del 24-06-2016 al 31-12-2016

    El plazo de solicitud está CERRADO, sólo permanece abierto para aportación de justificantes.

    Presentación

    Dirigido a

    Asociaciones sin ánimo de lucro

    Más información

    Actuaciones subvencionables:

    Se subvencionarán los proyectos sobre riesgos laborales que cumplan las siguientes condiciones:

    a) Que se consideren prioritarios por estar dirigidos a las empresas que desarrollen alguna de las siguientes actividades:

    - Tipo A): proyectos sobre riesgos laborales de la actividad de la construcción (nº 41 y 43 CNAE 2009).

    - Tipo B): proyectos sobre riesgos laborales del resto de actividades (nº 10, 22, 24, 25, 28, 29, 49 y 87 CNAE 2009).

    b) Que incluyan acciones en materia de prevención de riesgos laborales, dirigidas a la sensibilización, asesoramiento y formación de las empresas sobre seguridad laboral.

    c) Que se desarrollen en Navarra entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2016 incluido.

    d) Que se realicen en empresas con una plantilla inferior a 25 personas.

    Gastos subvencionables:

    Se subvencionarán los siguientes gastos realizados (facturados y pagados) desde el 1 de enero al 30 de noviembre incluido:

    a) Los gastos del personal técnico directamente dedicado a la ejecución del proyecto. El coste horario máximo subvencionable será de 40 euros.

    b) Los gastos de desplazamiento del citado personal para la realización de las acciones del proyecto.

    c) La edición de material relacionado con las acciones del proyecto presentado.

    Importe de la subvención:

    - 40.000 euros para el mejor proyecto tipo A) sobre riesgos laborales de la actividad de la construcción.

    - 20.000 euros, 10.000 euros y 5.000 euros para los tres primeros proyectos tipo B) sobre riesgos laborales del resto de actividades.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    • Proyecto sobre riesgos laborales prioritarios.

    • Documentación acreditativa de experiencia en los últimos 3 años en materia de prevención.

    • Documentación acreditativa de contratación y titulación de personal técnico.

    • Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Incorporar justificantes

    Para tramitar por internet:

    1. Consulte la Guía para tramitar por internet con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Se tramitará obligatoriamente por vía telemática.

    Pasos siguientes

    • Presentación de declaración de transparencia en el plazo de un mes, a contar desde la notificación de la concesión de la subvención.

    • Presentación de documentación justificativa antes del 30 de noviembre de 2016 incluido.

    Normativa

    Contacto

    • Servicio de Trabajo
      Parque Tomás Caballero, nº 1, 1ª Planta
      Edificio "Fuerte del Príncipe II"
      31006 - Pamplona (Navarra)
      Teléfono: 848 42 79 27

    • Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a:
      Teléfono: 948 013 555
      Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@cfnavarra.es

    Organismo responsable - convocante
    Servicio de Trabajo
    Sección de Relaciones Laborales y Prevención de Riesgos


  • Fomentar y promover el desarrollo de acciones y programas dirigidos a minimizar y extinguir las situaciones de riesgo de los colectivos atendidos.

    Plazo

    Del 01-02-2019 al 14-03-2019

    - El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BON.

    - Sea cual fuere la fecha de inicio, las actividades objeto de subvención deberán finalizar antes del 1 de diciembre del 2019.

    Presentación

    Dirigido a

    Personas jurídicas que carezcan de fines de lucro, realicen la actividad subvencionada en territorio de la Comunidad Foral de Navarra y tengan como fines institucionales, según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas y dirigidas a menores en situación de riesgo de desprotección o la prevención de la desprotección.

    Para acceder a las subvenciones previstas en esta convocatoria, las entidades deberán cumplir los siguientes requisitos:

    • Ser persona jurídica, legalmente constituida e inscrita en los registros correspondientes.
    • Realizar la actividad subvencionada en Navarra.
    • Carecer de fines de lucro.
    • Tener como fines institucionales, según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas y dirigidas a menores en situación de riesgo de desprotección o la prevención de la desprotección.
    • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus organismos autónomos.
    • No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.

    Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.

    Más información

    Bases reguladoras de la convocatoria.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    Documentación obligatoria

    a) Formulario de solicitud (Instancia general)

    b) Documentación general relativa a la entidad solicitante:

    - Estatutos de la Entidad.

    - Documento que acredite la representación de quien firma la solicitud de subvención, así como documento nacional de identidad de dicha persona.

    - Acreditación de haber efectuado las correspondientes inscripciones en los Registros oportunos: Registro de Asociaciones, dependiente del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, o cualquier otra inscripción que corresponda.

    - Tarjeta de identificación fiscal.

    - Solicitud de abono por transferencia (enlace a información sobre la solicitud de abono por transferencia).

    - Declaración responsable, otorgada por el/la representante de la entidad, haciendo constar que ni ésta, ni sus administradores o representantes, se encuentran incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarios/as de subvenciones, previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.

    - Certificado que acredite que la entidad se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social, o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos autónomos, emitido con fecha no superior a dos meses a la presentación de la solicitud.

    c) Memoria técnica relativa al programa para el cual se solicita subvención con descripción del mismo.

    d) Documentación económica:

    - Presupuesto total de gastos e ingresos del programa, desglosado por conceptos: acciones concretas a realizar y personal que efectúa las acciones.

    - En su caso, otros recursos con los que se cuenta para la financiación del programa total, teniendo en cuenta que los ingresos a obtener, incluidos la posible subvención a percibir, no pueden superar el coste total del programa.

    - En su caso, y a fin de obtener el anticipo total de la subvención, informe justificativo con declaración jurada en el que se acredite que la entidad no tiene ánimo de lucro y que no dispone de recursos suficientes para financiar transitoriamente la ejecución de la actividad subvencionada.

    Documentación opcional

    Cualquier otra documentación escrita o gráfica que se desee aportar voluntariamente, que avale la buena marcha o ejecución de los servicios de la entidad.

    Pasos siguientes

    - Si la solicitud no reúne los requisitos indicados, se requerirá a la entidad interesada que proceda a su subsanación en el plazo máximo de 15 días naturales, con la indicación de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistida de su petición.
    - La valoración de las solicitudes se realizará por una comisión técnica formada por el subdirector de Familia y Menores, la jefa de la Sección de valoración de las situaciones de desprotección y la jefa de Gestión la guarda y ejecución de medidas judiciales.
    - Valorados los programas, el órgano de instrucción elevará al órgano competente para la concesión de una propuesta de resolución.
    El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. La valoración técnica y posterior propuesta de informe y resolución se realizará con un plazo de 3 meses.

    Normativa

    - Orden Foral 490/2018, de 27 de diciembre (BON nº 21, de 31/01/2019)
    - Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre (BON nº 152, de 20/12/2006)
    - Ley Foral 7/2009, de 5 de junio (BON nº 73, 15/06/2009)
    - Decreto Foral 172/2015, de 3 de septiembre (BON nº 176, de 04/09/2015; corr. err., BON 8/09/2015, BON 7/10/2015)
    - Decreto Foral 128/2015, de 28 de agosto (BON nº 170, de 31/08/2015)
    - Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre (BON nº 136, de 14/11/05)
    - Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo (BON nº 98, de 23/05/2018)

    Contacto

    Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas
    Subdirección de Familia y Menores
    C/ Abejeras, 9
    31007 Pamplona
    848 42 12 10


  • Plazo

    Del 11-03-2017 al 30-03-2017

    Presentación

    Dirigido a

    Entidades sin ánimo de lucro que tengan como fines expresos en sus estatutos la intervención social en el ámbito de la inclusión social y que desarrollen durante el año proyectos dirigidos a personas que simultáneamente estén en situación de exclusión social y se encuentren desempleadas

    Más información

    La convocatoria cuenta con un importe de 881.457,00 euros. Esta cuantía se distribuirá en función de las siguientes modalidades de actuación:

    • Modalidad 1. Proyectos integrales de incorporación laboral, dirigidos prioritariamente a aquellas personas que debido a carencias formativas o insuficiencia de las mismas, déficit de competencias personales, situación administrativa irregular, etc. no tienen acceso a los recursos ordinarios en materia de formación y/o empleo.
      Los proyectos presentados al amparo de esta modalidad podrán incluir:
      1. Itinerarios personalizados de inserción-sociolaboral
      2. Acciones ocupacionales de carácter pre-laboral
      3. Acciones de capacitación personal
      4. Formación ocupacional y prácticas en empresas

    Para esta modalidad se reservarán 352.583,00 euros, siendo la cuantía máxima solicitada por proyecto de 60.000 euros.

    • Modalidad 2. Proyectos que contemplen prioritariamente la contratación de personas beneficiarias de Renta de Inclusión Social/Renta Garantizada, jóvenes menores de 30 años en situación o riesgo de exclusión social.

    Para esta modalidad se reservarán 528.874,00 euros.

    Cada entidad solicitante podrá presentar una única solicitud de subvención para cada modalidad de proyecto

    Documentación y tramitación

    Documentación

    Documentación obligatoria

    1. Solicitud técnica

    2. Solicitud económica

    • A) Documentación de la entidad solicitante:
      1. Estatutos de la entidad.
      2. Certificados u otro documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro que reglamentariamente le corresponda. En caso de que la entidad tenga su domicilio social fuera de Navarra, Certificado que haga expresa mención a la apertura de delegación en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra; la mención podrá ser sustituida por un certificado complementario de otro Registro Administrativo que avale la existencia de tal delegación o en el caso de Fundaciones de documento notarial. Dicho certificado o certificados habrán sido expedidos con menos de un año de antigüedad contado desde la fecha de publicación de esta convocatoria.
      3. Tarjeta de identificación fiscal.
      4. Declaración responsable, otorgada por el representante de la entidad, haciendo constar que ni ésta, ni sus administradores o representantes, se encuentran incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
      5. Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativo de hallarse al corriente en el pago de las obligaciones de la Seguridad Social que le imponen las disposiciones vigentes, expedido con una antelación no superior a un mes.
      6. Certificado expedido por el Gobierno de Navarra y/o Agencia Tributaria Española acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, expedido con una antelación no superior a un mes.
      7. Documento que acredite la representación de quien firma la solicitud de subvención, así como Documento Nacional de Identidad de dicha persona.
      8. Solicitud de abono por transferencia si fuese la primera vez que se solicitan subvenciones al Gobierno de Navarra o se modificase la cuenta bancaria en la que se han consignado subvenciones anteriores.

    B) Documentación para la valoración:

    1. Memoria del proyecto en formulario oficial, en soporte papel y en soporte informático, que estará a disposición de las mismas en las oficinas centrales de la Dirección General de Inclusión y Protección Social
    2. Cuanta documentación gráfica, técnica, económica (facturas pro forma, presupuestos profesionales, etc.) y de otra índole que se estime necesaria para la correcta comprensión del proyecto. Toda esta documentación tendrá la consideración de Anexos a la memoria.

    Documentación opcional

    • En su caso, y en relación con lo dispuesto en la Base 14ª, informe justificativo de la necesidad de provisión anticipada de fondos para el cumplimiento de los fines de la subvención, así como en lo dispuesto en la base sexta punto a.7 "gastos financieros".
    • Con carácter voluntario, las entidades solicitantes podrán presentar, junto con la solicitud de subvención, la información requerida para dar cumplimiento a la obligación de transparencia regulada en la base decimoctava de la presente convocatoria. En caso de no optar por presentar la referida información junto con la solicitud, las entidades que resulten beneficiarias de la subvención procederán según lo dispuesto en la citada base, debiendo presentar la información en el plazo de un mes contado desde la notificación o, en su caso, fecha de publicación de la resolución de concesión de la subvención.

    Normativa

    ORDEN FORAL 5E/2017, de 16 de febrero (BON nº 49, 10 de marzo de 2017)

    Contacto

    Servicio de Atención Primaria e Inclusión Social
    González Tablas 7-31005 Pamplona
    Tel.: 848 425 491

    Organismo responsable - convocante
    Servicio de Atención Primaria e Inclusión Social


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