Gobierno de Navarra

  • Contrato predoctoral destinado a la formación inicial de investigadores/as y a la realización de la tesis doctoral, durante el periodo 2015-2018

  • Este procedimiento ordinario permite a los aspirantes docentes que se encuentran en listas de contratación temporal del Departamento de Educación acceder a la "Adjudicación telemática de plazas".

    Plazo

    Abierto todo el año.

    Las convocatorias se realizarán los lunes, miércoles y viernes durante el curso.

    Presentación

    Dirigido a

    Aspirantes que se encuentran en las listas de contratación temporal de personal docente del Departamento de Educación.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Contratación temporal de personal docente: Adjudicación telemática de plazas (ATP)

    Puede tramitar de dos formas:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013576.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    La contratación se realiza sólo por internet en la aplicación ATP.

    Normativa

    Orden Foral 51/2018, de 7 de junio, de la Consejera de Educación, por la que se aprueban las normas de gestión de las relaciones de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, de puestos de trabajo docentes al servicio del Departamento de Educación.

    Resolución 403/2017, de 2 de febrero, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se determina el procedimiento por el que se rigen los llamamientos de participación voluntaria para la provisión, mediante contratación temporal, de puestos de trabajo docentes, de conformidad con la Orden Foral 55/2016, de 29 de abril, del Consejero de Educación.

    Contacto

    Negociado de Información y Documentación

    Teléfonos:

    848 42 65 16
    848 42 66 16
    848 42 64 00

    Organismo responsable - convocante
    Departamento de Educación


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  • Plazo

    Abierto todo el año.

    En el apartado sobre documentación y tramitación se indican los plazos específicos para la presentación de los distintos documentos de presentación obligatoria.

    Presentación

    Dirigido a

    • Titulares de instalaciones de depuración de aguas residuales que produzcan lodos cuyo destino vaya a ser la agricultura.
    • Entidades dedicadas a la explotación agrícola de lodos que intervengan en la distribución de lodos de depuradora para su posterior utilización en la agricultura.
    • Agricultores en cuyas parcelas de cultivo se utilicen lodos de depuradora.

    Más información

    • Controlar el cumplimiento de la normativa en materia utilización de lodos de depuración en la agricultura en la Comunidad Foral de Navarra.
    • Comprobar que únicamente se utilizan como fertilizantes, lodos que han recibido los tratamientos exigidos y que cumplen con las condiciones establecidas por la normativa.
    • Mantener un registro de información relativa a la utilización de lodos de depuración en parcelas agrícolas en Navarra, así como de los productores, distribuidores y usuarios de estos lodos.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    Estaciones depuradoras de aguas residuales.

    Gestores que realicen la aplicación de los lodos de depuradora tratados.

    Agricultores.

    • Los agricultores en cuyas parcelas de cultivo se utilicen lodos de depuradora, serán responsables de llevar un Registro Utilizacion Lodos. Podrán delegar la presentación de este registro a la entidad productora o gestora de los lodos, siempre que lo conserven actualizado.
    • Además, deberán conservar en su poder, durante al menos tres años, el documento de aplicación de lodos que le facilitará el gestor para cada una de las aplicaciones, y los boletines de análisis de los lodos y suelos que se hayan realizado.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Solicitud

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    En las oficinas

    • Registro del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.
      C/ González Tablas nº 9, planta baja
      31005 Pamplona (Navarra)
    • Oficinas de Área del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

    Otros lugares de presentación.

    Pasos siguientes

    • Recepción y registro de la información relativa a la utilización agrícola de lodos.
    • Control del cumplimiento de la normativa sobre utilización agrícola de lodos.
      Remisión de la información al Registro Nacional de Lodos adscrito al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

    Normativa

    Contacto

    • Servicio de Agricultura
      Sección de Producción y Sanidad Vegetal
      C/ González Tablas nº 9, 1ª planta
      31005 Pamplona (Navarra)
      Teléfono: 848 426 661 / 848 424 852
      Fax: 848 425 784
      Correo electrónico: pdiezhug@cfnvarra.es
    • Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a:
      Teléfono: 948 013 555
      Correo electrónico: soportec@navarra.es

    Organismo responsable - convocante
    Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local
    Dirección General de Agricultura y Ganadería


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    • Titulares de explotaciones agrarias.
    • Cualquier persona o entidad que requiera la aplicación de productos fitosanitarios en ámbitos profesionales distintos al agrario.

    En el caso de entidades o usuarios profesionales, que además de realizar tratamientos en su propia explotación realicen aplicaciones a terceros, deberán cumplimentar el Registro de transacciones para dichas aplicaciones.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    • Cuaderno de explotación (Registro de tratamientos fitosanitarios en el ámbito agrario). Los titulares de explotaciones agrarias deben cumplimentar dicho cuaderno y mantenerlo actualizado, bien sea en soporte informático o en papel.
    • Registro de tratamientos fitosanitarios en ámbitos no agrarios. Cualquier persona o entidad que requiera la aplicación de productos fitosanitarios en ámbitos profesionales distintos al agrario, debe cumplimentar dicho registro y mantenerlo actualizado, bien soporte informático o en papel.
    • Conservar durante tres años los siguientes documentos:
      • Facturas u otros documentos que justifiquen la adquisición de los productos fitosanitarios utilizados.
      • Contratos con las empresas que hayan realizado los tratamientos fitosanitarios.
      • Certificados de inspección de los equipos de aplicación.
      • Justificantes de entrega de envases vacíos.
      • Boletines de análisis de residuos de productos fitosanitarios realizados sobre sus cultivos y producciones.
      • Documentos relativos al asesoramiento recibido.
      • Albaranes de entrega o facturas de venta de la cosecha.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Trámite

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Tramitación presencial (cuando así se requiera por el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local):

    • Registro del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local:
      C/ González Tablas nº 9, planta baja
      31005 Pamplona (Navarra)
    • Oficinas de Área del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local

    Otros lugares de presentación.

    Pasos siguientes

    • Disponibilidad del Cuaderno de explotación o Registro de tratamientos, según corresponda, y de los documentos señalados, durante un periodo mínimo de 3 años contados a partir de la finalización de cada campaña agrícola, y a disposición de la autoridad competente.
    • Controles oficiales para comprobar el correcto cumplimiento de las disposiciones en materia de utilización de productos fitosanitarios.
    • En caso de incumplimiento, será de aplicación la Ley Foral de Sanidad Vegetal, sin perjuicio de las reducciones de las ayudas a percibir que se deriven por incumplimiento de lo exigido en las condiciones.

    Normativa

    Contacto

    • Servicio de Agrigultura
      Sección de Producción y Sanidad Vegetal
      Negociado de Sanidad Vegetal
      C/ González Tablas nº 9, 1ª planta
      31005 Pamplona
      Teléfono: 848 424 852 / 848 423 798
      Fax: 848 425 784
      Correo electrónico: jjimenge@cfnavarra.es

  • Plazo

    Abierto todo el año.

    El registro de transacciones con producto fitosanitarios deberá presentarse cuando sea solicitado por los servicios de control oficial.

    Presentación

    Dirigido a

    • Productores, suministradores, distribuidores, importadores y exportadores de productos fitosanitarios de uso profesional.
    • Las entidades cuyas actividades comprendan la prestación de servicios de tratamientos fitosanitarios.
    • Los usuarios profesionales que realicen tratamientos fitosanitarios para terceros como prestación de servicios.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    • Registro de transacciones con productos fitosanitarios. El destinatario debe cumplimentar dicho registro y mantenerlo actualizado, bien sea en soporte informático o en papel.
    • Conservar durante cinco años los siguientes documentos:
      • Facturas de compra y de venta de los productos fitosanitarios.
      • Contratos de tratamientos fitosanitarios.

    ¿Cómo tramitar?

    En las oficinas

    Entregar preferentemente en:

    • Registro del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.
      C/ González Tablas nº 9, planta baja
      31005 Pamplona
    • Oficinas de Área del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local

    Otros lugares de presentación.

    Pasos siguientes

    • Disponibilidad del Registro de transacciones con productos fitosanitarios, y de los documentos señalados, durante un periodo mínimo de 5 años contados a partir de la finalización de cada campaña agrícola, y a disposición de la autoridad competente.
    • Controles pertinentes para comprobar el correcto cumplimiento de las disposiciones en materia de utilización y comercialización de productos fitosanitarios.
    • En caso de incumplimiento, será de aplicación la Ley Foral 4/2007, de 23 de marzo, de Sanidad Vegetal, sin perfuicio de las reducciones de las ayudas a percibir que se deriven por incumplimiento de lo exigido en las condiciones de las ayudas.

    Normativa

    Contacto

    Servicio de Agricultura
    Sección de Producción y Sanidad Vegetal
    Negociado de Sanidad Vegetal
    C/ González Tablas nº 9, 1ª planta
    31005 Pamplona (Navarra)

    Teléfono: 848 424 852 / 848 426 662
    Fax: 848 425 784
    Correo electrónico: jjimenge@cfnavarra.es


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Profesionales sanitarios, centros sanitarios públicos y privados

    Más información

    Cada 5 años será necesaria la convalidación de la autorización de funcionamiento del centro o servicio sanitario a la que se acompañará la documentación requerida.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Deben adjuntar la documentación indicada en la ficha.

    Tramitar

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Sistema Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555 de 8:30 a 17:30 h. de lunes a jueves. Los viernes y de julio a septiembre el horario será de 8:30 a 15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Sección de Inspección de Actividades Sanitarias
    Departamento de Salud
    C/ Amaya 2 A, 2ª planta
    31002 Pamplona

    Normativa

    • Decreto Foral 214/97 por el que se regulan las autorizaciones para la creación, modificación, traslado y funcionamiento de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
    • Orden Foral 37/99 por la que se establecen los requisitos técnico- sanitarios mínimos para las autorizaciones de centros, servicios y establecimientos sanitarios sin internamiento.
    • Real Decreto 1277/2003 por el que se establecen las bases generales de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

    Contacto

    Sección de Inspección de Actividades Sanitarias
    Departamento de Salud
    C/ Amaya 2 A, 2ª planta
    31002 Pamplona
    Teléfonos: 848 423 534 - 848 423 511
    Correo electrónico: inspeccion.centros@navarra.es

    Organismo responsable - convocante
    Departamento de Salud
    Servicio de Ciudadanía Sanitaria, Aseguramiento y Garantías


  • Ayudas para incentivar a las entidades de gestión de las figuras de calidad alimentaria a la realización de acciones de información y promoción de sus productos amparados

    Plazo

    Del 16-12-2017 al 15-01-2018

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Entidades de gestión (Consejo Regulador, Consejo o asociación para la gestión) de las siguientes figuras de calidad:
    - DOP "Pimiento del Piquillo de Lodosa".
    - DOP "Queso Roncal".
    - DOP "Queso Idiazabal".
    - DOP " Aceite de Navarra"
    - DOP "Navarra"
    - DOCa "Rioja"
    - DOCa "Cava"
    - IG "Tres Riberas"
    - IG "Ribera del Queiles"
    - IGP "Espárrago de Navarra"
    - IGP "Alcachofa de Tudela"
    - IGP "Ternera de Navarra"
    - IGP "Cordero de Navarra"
    - Producción de Agricultura Ecológica contemplada en el Reglamento (CE) nº 834/2007 del Consejo

    Más información

    - Ayudas dirigidas a mejorar la competitividad de los productores primarios, integrándolos prevalentemente en la cadena agroalimentaria a través de regímenes de calidad, y consecuentemente, añadir valor a los productos agrícolas.
    - Las entidades beneficiarias deben presentar un plan de acción que recoja el programa de actuaciones a desarrollar en el ámbito de la información y promoción de sus productos.
    - Las acciones previstas deben estar perfectamente descritas, presupuestadas y programadas en el tiempo. Además, deben asegurar el respeto de la legislación nacional aplicalbe en el Estado miembro en el que se lleva a cabo la actividad y excluir actividades relacionadas con la promoción de marcas comerciales.
    -Se consideran gastos subvencionables los realizados entre la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda y el 31 de octubre de 2018.
    -La ayuda consitirá en una subvención directa en forma de reembolso de costes subvencionables.
    - La ayuda será del 60% de los gastos subvencionables del Plan de Acción. No obstante esta intensidad de ayuda está condicionada a la aprobación por la Comisión Europea de la modificación de esta submedida con anterioridad al 30 de junio de 2018. En caso de que la modificación no se produzca con anterioridad a dicha fecha, la intensidad de ayuda aplicable será del 70%.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    Documentación obligatoria

    Documentación para solicitar el PAGO:

    Plantilla Solicitud de pago 2018
    Plantilla Detalle Facturación 2018
    Informe resúmen de las acciones

    Documentación obligatoria para solicitar la subvención:
    1- Solicitud 2018
    2- NIF o CIF de la entidad solicitante
    3- Plan de Acción
    4- Certificado de la entidad del número de operadores registrados, diferenciando los registrados en Navarra y los de otras comunidades autónomas, a fecha de publicación de las bases reguladoras de la ayuda.
    5- Listado con las explotaciones productoras agrarias, ubicadas en nuestra comunidad, identificando estas con el DNI y/o CIF de su titular, a fecha de publicación de las presentes bases reguladoras.
    6- Ultimo presupuesto anual aprobado por la entidad beneficiaria.
    7- En el caso de las figuras con ámbito superior al de la Comunidad Foral de Navarra, certificado del porcentaje de producción correspondiente a esta Comunidad Foral.
    8- Declaración responsable, donde se indique la conformidad del material de información y promoción y el cumplimiento de la normativa de aplicación correspondiente.
    9- En caso de acogerse a la excepción contemplada en el punto 6 de la Base 6 de las bases reguladoras de la ayuda, certificado de ser sujeto pasivo de IVA.

    Documentación opcional

    Formulario de modificación de concesión de la Ayuda

    Normativa

    Resolución 1470/2017, convocatoria y Bases reguladoras (BON 239 de 15/12/2017)

    Resolución 882/2018, de modificación de la Resolución 1470/2017 (BON 144 de 26/07/2018)

    Reglamento (UE) 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, del 17 de diciembre de 2013

    Contacto

    Sección de Explotaciones Agrarias y Asociacionismo Agrario
    González Tablas 9- 3ª planta
    31005 Pamplona
    Tfno 848 424870- 848 424885
    email: fomenexp@navarra.es


  • La finalidad de esta subvención es fomentar la acción colaborativa de las empresas de Navarra y su participación en proyectos ligados a clústeres para mejorar su competitividad.

    Plazo

    Del 01-07-2017 al 31-12-2017

    El plazo de presentacion de solicitudes está cerrado.

    Solo se pueden presentar subsanaciones a la documentación presentada en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la notificación del requerimiento de documentación.

    La fecha límite para la presentación de documentación justificativa por parte de los beneficiarios de la subvención es el 31 de octubre de 2017.

    No se admitirán subsanaciones a la documentación presentada en fecha posterior al 31 de diciembre de 2017.

    Presentación

    Dirigido a

    Clústeres de Navarra y empresas de Navarra

    Más información

    La política de clústeres en Navarra se establece en el documento: Definición de clústeres en Navarra

    Actuaciones subvencionables

    1. Las actuaciones subvencionables han de encuadrarse en las áreas económicas priorizadas por la Estrategia de Especialización Inteligente 2016-2030 (S3) de Navarra: Automoción y mecatrónica, Cadena alimentaria, Energías renovables y recursos, Salud, Turismo integral e Industrias creativas y digitales.

    2. Las líneas de actuación subvencionables serán las siguientes:

    • Línea A. Consolidación de clústeres incipientes.
    • Línea B. Proyectos de mejora de la competitividad.
    • Línea C. Adhesión a clústeres de fuera de Navarra.

    Gastos subvencionables y periodo de ejecución

    1.1. En las líneas A y B, los gastos realizados por el clúster solicitante o alguno de sus miembros por los siguientes conceptos:

    • a) Costes salariales del personal adscrito a la ejecución de la actuación subvencionada.
    • b) Gastos de viaje. Los costes de kilometraje no podrán superar 0,30 ? por kilómetro.
    • c) Contratación de servicios externos de consultoría técnica, de gestión o de conocimiento.

    1.2. En la línea C, la primera cuota de adhesión de empresas a clústeres de fuera de Navarra.

    Si el coste de la colaboración externa supera el importe de 12.000 euros por consultoría o asistencia (IVA excluido), las beneficiarias deberán acreditar que la elección del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía, presentando para ello un mínimo de tres ofertas y justificando la elección de la oferta seleccionada en el formulario Justificación de la elección del proveedor

    Criterios de concesión

    En la Línea A. Consolidación de clústeres incipiente se considerarán:

    • Actuaciones propuestas ( máx. 3 puntos)
    • Orientación hacia consolidación (máx. 3 puntos)
    • Presupuesto de las actuaciones (máx. 3 puntos)
    • Otros ( máx. 1 punto)

    En la Línea B. Proyectos de mejora de la competitividad se considerarán:

    • Ambición del proyecto (máx 3 puntos)
    • Fomento de la competitividad (máx 3 puntos)
    • Presupuesto de las actuaciones propuestas (máx 2 puntos)
    • Carácter colaborativo (máx 2 puntos)

    En la línea C, Adhesión a clústeres de fuera de Navarra se considerarán:

    • Interés del clúster para Navarra (máx 5 puntos)
    • Interés del clúster para la empresa (máx 5 puntos)

    Presupuesto de la convocatoria: 335.000 euros

    Ayuda máxima Linea A:

    • 50.000 euros para las áreas (S3): Automoción, Cadena Alimentaria, Energías Renovables y recursos
    • 20.000 euros para las áreas (S3): Salud, Turismo integral e Industrias creativas y digitales

    Ayuda máxima Linea B: 60.000 euros por clúster

    Ayuda máxima Linea C: 1.000 euros por empresa

    Ayuda máxima por clúster para las Lineas A y B de forma conjunta: 60.000 euros

    Documentación y tramitación

    Documentación

    Documentación obligatoria

    1. Documentación que hay que presentar obligatoriamente al realizar la solicitud:

    En la solicitud se deberá señalar que se desea recibir las notificaciones por medios telemáticos, para lo que es obligatorio disponer de Dirección Electrónica Habilitada (DEH), que se podrá obtener en la forma señalada en la base 12 "Comunicaciones por medios electrónicos".

    La documentación que debe acompañar a la solicitud es la siguiente según la línea de que se trate y deberá presentarse escaneada en documentos separados y debidamente identificados con su nombre (Ej. "Estatutos"):

    Para las actuaciones de las líneas A y B:

    • a) Formulario Solicitud líneas A y B
    • b) El directorio de miembros o entidades promotoras del clúster, donde se indicará nombre, actividad, tipología (PYME, gran empresa, centro de conocimiento, etc.), facturación aproximada, número de personal y año de incorporación al clúster.
    • c) El documento o acta de constitución del clúster.
    • d) Los estatutos de la organización.
    • e) El plan estratégico.
    • f) El acuerdo de ejecución del proyecto firmado por las partes implicadas con los compromisos adquiridos, especificando el contenido señalado en la base 3.4.
    • g) En el caso de las actuaciones de la línea A, se deberá presentar el plan de actuación del clúster para el año en curso y para el que se solicita ayudas, que incluirá el contenido específico señalado en la ficha de las ayudas.
    • h) En el caso de las actuaciones de la línea B, se deberá presentar una memoria de cada uno de los proyectos colaborativos para los que se solicita ayuda. Cada memoria deberá incluir el contenido específico señalado en la ficha de las ayudas.

    Para la actuación de la línea C:

    • a) El Formulario Solicitud línea C
    • b) El presupuesto de la actuación.
    • c) La descripción del clúster al que se desean adherir, haciendo constar la inexistencia de clúster o preclúster de similares características en Navarra, así como el detalle de los servicios incluidos con la adhesión y la solicitud de incorporación al mismo.

    Para las actuaciones de las líneas A y B solamente se podrá presentar una solicitud de ayudas por clúster, donde se desglosará las actividades de cada línea. Para la línea C, sólo se admitirá una solicitud por empresa.

    2.- Documentación a presentar despues de la concesión.

    Documentación opcional

    La subvención se abonará en la cuenta bancaria de la benericiaria. Por tanto, deberá constar en la Sección de Tesorería del Departamento de Hacienda y Política Financiera el impreso: Solicitud de abono por transferencia

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Subsanación / Aportación de documentación justificativa

    Puede tramitar de dos formas:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN

    Pulse "Subsanar/Justificar". Incorpore a su solicitud de subsanación o de justificar la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    El codigo del expediente se deberá introducir con los guiones y sin espacios antes o después de dicho código. ej:"0011-1486-2017-0000XX"

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    La tramitación se hará sólo de forma telemática

    Normativa

    Resolución 180E/2017, de 7 de abril, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo

    Contacto

    Sección de Proyectos Estratégicos y Convenios

    Pedro Garcia Sotro

    Teléfono: 848 42 61 03

    correo-e:proyest@navarra.es

    Organismo responsable - convocante
    Servicio de Política Económica


  • La finalidad de esta subvención es fomentar la acción emprendedora en Navarra para generar empleo y contribuir al desarrollo económico y social de la Comunidad Foral, mediante la ayuda para los gastos iniciales de las empresas de nueva creación y de las que trasladen su domicilio social y la actividad a Navarra.

    Plazo

    Del 01-07-2017 al 31-12-2017

    El plazo de presentación de solicitudes está cerrado. Está abierto únicamente el plazo para subsanar.

    Presentación

    Dirigido a

    Empresas constituidas o que hayan trasladado su actividad y domicilio social a Navarra entre el 1 de julio de 2016 y el 30 de junio de 2017

    Más información

    La cuantía de la convocatoria es de 295.000,00 euros

    Importe de la subvención

    • a) Con carácter general: 1.500 euros.

    Adicionalmente se subvencionará el 50% de los gastos señalados a continuación: (Base 3 y Base 4 b).

    Gasto subvencionable

    Ayuda máxima

    Contratación para formación

    200 euros

    Contratación de consultoría

    200 euros

    Registro de patentes y marcas

    200 euros

    Reparación o conservación de locales

    1.000 euros

    Esta subvención se podrá incrementar con el cumplimiento de los criterios de la Base 4 c) y hasta los límites que allí se establecen.

    Criterio

    Ayuda adicional

    • 1. Tener personas no socias contratadas

    200 euros

    • 2. Tener personas no socias contratadas con contrato indefinido

    100 euros por cada contrato indefinido

    • 3. La presencia de mujeres en el capital de la empresa

    200 euros

    • 4. La empresa pertenezca a uno de los sectores identificados como prioritarios por el Gobierno de Navarra en la RIS3 (1)

    200 euros

    • 5. La presencia de accionistas o personal contratado con discapacidad

    200 euros

    Documentación y tramitación

    Documentación

    La documentación que debe acompañar a la solicitud es la siguiente (que deberá presentarse escaneada en documentos separados y debidamente identificados con su nombre):

    • Formulario de solicitud
    • Copia de la escritura de constitución, o en su caso modificación, de la empresa debidamente inscrita en el registro correspondiente.
    • Una memoria que deberá tener, como mínimo, el siguiente contenido:

    - Una breve descripción de la empresa y las actividades a desarrollar o los productos y servicios a realizar.

    - Una descripción de las actividades desarrolladas por los socios y socias en los dos años anteriores a la creación de la nueva empresa.

    • Informe de vida laboral de cada uno de los socios o socias de la empresa, expedido por la Seguridad Social.
    • Justificante del alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas) y certificado del Ayuntamiento donde se acredite que está al corriente de sus obligaciones tributarias.
    • Copia de las facturas de los gastos subvencionables y documentos justificativos de su pago, que deberán estar a nombre de la empresa solicitante. Se entenderá como justificante de pago el efectuado a través de entidad financiera y cargado en la cuenta de la solicitante. No se admitirán los ingresos en metálico en la cuenta del proveedor.

    Para justificar el gasto de patentes y marcas, se deberá aportar una copia de la solicitud de nombre o marca. Respecto a los justificantes del pago de estos gastos, se adjuntará la copia de la carta de pago validada por el banco o, en el caso de presentación electrónica, se remitirá la copia del justificante bancario del pago.

    • En el caso de solicitar la ayuda para gastos de reparación y conservación de locales, deberá presentarse el contrato de alquiler o la escritura de propiedad del local.
    • Cuando los gastos de las letras a) y b) de apartado 1 de la Base 3. "Gastos subvencionables" superen el importe de 12.000 euros (IVA excluido) o los de la letra d) de la Base 3. superen los 30.000 euros (IVA excluido), la beneficiaria deberá acreditar que la elección del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía, presentando para ello un mínimo de tres ofertas y justificando la elección de la oferta seleccionada en el formulario "Justificación de la elección del proveedor" disponible en la ficha de las ayudas.

    Las beneficiarias no estarán obligadas a adjuntar tres ofertas cuando por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o cuando el gasto se hubiese realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. En todo caso, deberán justificar estos extremos presentando el mencionado formulario.

    • La Declaración de transparencia exigida en el Decreto Foral 59/2013, de 11 de septiembre, por el que se regulan las obligaciones de transparencia de los beneficiarios de subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra.

    La no presentación de esta declaración impedirá la concesión y abono de la subvención.

    • En el supuesto de que nunca antes se hubieran recibido subvenciones del Gobierno de Navarra, se deberá presentar el impreso cumplimentado de "Solicitud de abono por transferencia".

    En caso de solicitar la ayuda adicional prevista en la Base 4. "Importe de la subvención" letra c), deberán presentar además la siguiente documentación:

    • Para comprobar los criterios 1 y 2, sobre personas contratadas: Informe de vida laboral de la empresa de un código cuenta de cotización expedido dentro de los 10 días naturales antes de la presentación de la solicitud de la ayuda.
    • Para comprobar el criterio 3, de presencia de las mujeres en el capital de la empresa: La documentación señalada en el apartado 1.a) de la Base 4.
    • Para comprobar el criterio 4, de la pertenencia a un sector estratégico: Copia del alta en el IAE.
    • Para comprobar el criterio 5, sobre la presencia de personas con discapacidad en el accionariado o en la plantilla de la empresa: Informe de vida laboral de la empresa de un código cuenta de cotización expedido dentro de los 10 días naturales antes de la presentación de la solicitud de la ayuda en el caso de personas contratadas, y la documentación que acredite el grado de discapacidad en el caso de los socios o socias.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Subsanación

    Puede tramitar de dos formas:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN

    Pulse "Subsanar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    Normativa

    Resolucion 158- 2017 de 17 de enero de la Directora General de Politica Economica y Empresarial y Trabajo

    Extracto de la Resolución 158/2017, de 17 de enero, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo por la que se aprueba la convocatoria de 2017 de subvenciones de gastos iniciales a empresas.

    Contacto

    Servicio de Política Económica
    Sección de Proyectos Estratégicos y Convenios
    Parque Tomás Caballero nº1, 4ª planta
    Edificio "Fuerte del Príncipe II"
    31005 Pamplona (Navarra)

    Teléfonos: 848 42 35 95

    Correo electrónico: nuevas.empresas@navarra.es

    Para resolver problemas informáticos, puede dirigirse a:
    Teléfono: 948 01 35 55
    Correo electrónico: soportec@navarra.es

    Organismo responsable - convocante
    Sección de Proyectos Estratégicos y Convenios

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    Servicio de Política Económica


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