Gobierno de Navarra

  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    A las personas (físicas o jurídicas) que planeen ejecutar cierres en fincas lindantes con carreteras.

    • En tramo interurbano: en caso de estar la vía incluida en la Red de Carreteras de Navarra y afectar a sus zonas de protección.
    • En tramo urbano:
      • Exclusivamente en caso de afectar de alguna forma a la realidad física de la calzada (banda de circulación de vehículos) o a las superficies anejas.
      • En el caso de no afectar a la realidad física de la calzada (banda de circulación de vehículos) o a las superficies anejas, la autorización debe solicitarse a la Entidad Local.

    Más información

    Condiciones generales a cumplir en el caso de:

    Infracciones y Sanciones:
    En el caso de no cumplir la normativa vigente y las condiciones generales descritas anteriormente se aplicarán sanciones vigentes en la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra (TITULO VII).

    Documentación y tramitación

    Documentación

    • Impreso de solicitud en castellano y en euskera.
    • Fotografías de la situación actual del tramo a cerrar en relación con la carretera.
    • Plano o croquis de planta de las características del acceso

    A continuación se incluyen varios croquis modelo susceptibles de utilización:

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Solicitud de autorización

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Registro de la Dirección General de Obras Públicas

    Avda. San Ignacio, 3
    31002 Pamplona

    Otros lugares de presentación.

    Pasos siguientes

    • Aprobación de la autorización por Resolución
    • Pago de la tasa (en su caso)
    • Depósito de la fianza (en su caso)
    • Aviso al Centro de Conservación de Carreteras de la zona para el replanteo de la obra de cierre

    La autorización se resolverá por Resolución y se notificará individualmente al solicitante junto con el condicionado para su ejecución

    Normativa

    Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, (BON nº 42 de 04/04/2007; corr. err., BON 22/06/2007) de Carreteras de Navarra.

    Contacto

    Centro de Conservación de Carreteras (Consulte cuál es su Centro de Conservación):

    Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Las personas (físicas o jurídicas) que planeen ejecutar cierres en fincas lindantes con carreteras.

    • En tramo interurbano: en caso de estar la vía incluida en la Red de Carreteras de Navarra y afectar a sus zonas de protección.
    • En tramo urbano:
      • Exclusivamente en caso de afectar de alguna forma a la realidad física de la calzada (banda de circulación de vehículos) o a las superficies anejas.
      • En el caso de no afectar a la realidad física de la calzada (banda de circulación de vehículos) o a las superficies anejas, la autorización debe solicitarse la Entidad local.

    Más información

    Condiciones generales a cumplir en el caso de:

    Infracciones y Sanciones:
    En el caso de no cumplir la normativa vigente y las condiciones generales descritas anteriormente se aplicarán sanciones vigentes en la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra (TITULO VII).

    Documentación y tramitación

    Documentación

    • Impreso de solicitud en castellano y en euskera.
    • Fotografías de la situación actual del tramo a cerrar en relación con la carretera.
    • Planos o croquis del tipo de cierre y planta de la colocación en relación con la carretera.
    • Plano de planta de situación de acceso.

    A continuación se incluyen varios croquis modelo susceptibles de utilización:

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Solicitud de autorización

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Registro de la Dirección General de Obras Públicas

    Departamento de Desarrollo Económico
    Avda. San Ignacio, 3
    31002 Pamplona.

    Otros lugares de presentación.

    Pasos siguientes

    • Aprobación de la autorización por Resolución
    • Pago de la tasa (en su caso)
    • Aviso al Centro de Conservación de Carreteras de la zona para el replanteo de la obra de cierre

    La autorización se resolverá por Resolución y se notificará individualmente al solicitante junto con el condicionado para su ejecución

    Normativa

    Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, (BON nº 42 de 04/04/2007; corr. err., BON 22/06/2007) de Carreteras de Navarra.

    Contacto

    Centro de Conservación de Carreteras (Consulte cuál es su Centro de Conservación):

    Lunes a Viernes de 8:30 a 14:30 horas

    Organismo responsable - convocante
    Sección de Explotación
    Departamento de Desarrollo Económico


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Las personas (físicas o jurídicas) que planeen colocar señalización informativa sin publicidad en áreas lindantes con carreteras

    • En tramo interurbano: en caso de estar la vía incluida en la Red de Carreteras de Navarra y afectar a sus zonas de protección.
    • En tramo urbano:
      • Exclusivamente en caso de afectar de alguna forma a la realidad física de la calzada (banda de circulación de vehículos) o a las superficies anejas.
      • En el caso de no afectar a la realidad física de la calzada (banda de circulación de vehículos) o a las superficies anejas, la autorización debe solicitarse a la entidad local.

    Más información

    • Condiciones generales a cumplir en el caso de señalización sin publicidad
    • Infracciones y sanciones. En el caso de no cumplir la normativa vigente y las condiciones generales descritas anteriormente se aplicarán sanciones vigentes en la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra (Título VII).

    Documentación y tramitación

    Documentación

    • Impreso de solicitud en castellano o en euskera
    • Fotografías de la situación actual del punto de emplazamiento del elemento señalizador en relación con la carretera
    • Tipo de señal

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Solicitud de autorización

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Registro del Departamento de Fomento
    Avenida San Ignacio, 3
    31002 Pamplona

    Otros lugares de presentación.

    Pasos siguientes

    • Aprobación de la autorización por Resolución
    • Pago de la tasa (en su caso)
    • Aviso al Centro de Conservación de Carreteras de la zona para el replanteo de la ubicación del elemento señalizador

    La autorización se resolverá por Resolución y se notificará individualmente al solicitante junto con el condicionado para su ejecución.

    Normativa

    Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, (BON nº 42 de 04/04/2007; corr. err., BON 22/06/2007) de Carreteras de Navarra.

    Contacto

    Centro de Conservación de Carreteras (Consulte cuál es su Centro de Conservación):

    Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    • Entidades locales.
    • Particulares con terrenos de su propiedad.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Solicitud

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    • Registro del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local
      C/ González Tablas nº 9, planta baja
      31005 Pamplona (Navarra)
    • Oficinas de Área del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local

    Otros lugares de presentación.

    Normativa

    Contacto

    • Servicio de Medio Natural
      C/ González Tablas nº 9, planta baja
      31005 Pamplona (Navarra)
      Teléfono: 848 426733
    • Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a:
      Teléfono: 948 013 555
      Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@cfnavarra.es

    Organismo responsable - convocante
    Departamento de Desarrollo Rural Medio Ambiente y Administración Local
    Dirección General de Medio Ambiente y Agua


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Las personas (físicas o jurídicas) que planeen ejecutar cruces aéreos sobre carreteras.

    • En tramo interurbano: en caso de estar la vía incluida en la Red de Carreteras de Navarra Orden Foral 34/2010, de 12 de mayo, de la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones y afectar a sus zonas de protección.
    • En tramo urbano:
      • Exclusivamente en caso de afectar de alguna forma a la realidad física de la calzada.
      • En el caso de no afectar a la realidad física de la calzada, la autorización debe solicitarse al Ayuntamiento de la localidad.

    Más información

    • Condiciones generales que cumplir: cruce áereo
    • Infracciones y sanciones: inicio de obras sin autorización en calzada, zonas de protección de la carretera, etc. Consultar la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra (Título VII).

    Documentación y tramitación

    Documentación

    Debe entregar la siguiente documentación:

    • Impreso de solicitud cumplimentado: castellano o euskera
    • Fotografías de la situación actual del punto o tramo de la actuación, en relación con la carretera
    • Planos o croquis de situación del cruce y ubicación de postes en relación con la carretera: modelo de croquis.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Solicitud

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    En las Oficinas de Registro de Gobierno de Navarra.

    Otros lugares de presentación.

    Pasos siguientes

    • Aprobación de la autorización por Resolución.
    • Pago de la tasa (en su caso).
    • Depósito de la fianza (en su caso).
    • Aviso al Centro de Conservación de Carreteras de la zona para el replanteo de la alineación del cruce y ubicación de los postes y arquetas.

    La autorización se resolverá por Resolución y se notificará individualmente al solicitante junto con el condicionado para su ejecución.

    Normativa

    Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, (BON nº 42 de 4/04/2007; corr. err., BON 22/06/2007) de Carreteras de Navarra.

    Contacto

    Centro de Conservación de Carreteras (Consulte cuál es su Centro de Conservación):

    Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Las personas (físicas o jurídicas) que planeen ejecutar cruces subterráneos con hinca lindantes con carreteras.

    • En tramo interurbano: en caso de estar la vía incluida en la Red de Carreteras de Navarra Orden Foral 38/2012, de 31 de agosto y afectar a sus zonas de protección.
    • En tramo urbano:
      • Exclusivamente en caso de afectar de alguna forma a la realidad física de la calzada.
      • En el caso de no afectar a la realidad física de la calzada, la autorización debe solicitarse al Ayuntamiento de la localidad.

    Más información

    • El cruce subterráneo con hinca será el único tipo de cruce autorizable en todos los casos, excepto en las carreteras locales con antigüedad del pavimento superior a 5 años
    • Infracciones y sanciones: inicio de obras sin autorización en calzada, zonas de protección de la carretera, etc. Consultar la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra (TITULO VII).

    Documentación y tramitación

    Documentación

    • Impreso de solicitud cumplimentado: castellano o euskera
    • Fotografías de la situación actual del punto o tramo de la actuación, en relación con la carretera
    • Planos o croquis de situación del cruce y ubicación de arquetas en relación con la carretera

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Solicitud

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    • En las Oficinas de Registro de Gobierno de Navarra.
    • En aquellos lugares establecidos por la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Artículo 16.4)

    Pasos siguientes

    • Aprobación de la autorización por Resolución.
    • Pago de la tasa (en su caso).
    • Depósito de la fianza (en su caso).
    • Aviso al Centro de Conservación de Carreteras de la zona para el replanteo de la alineación de aspersores más próxima a la carretera.

    La autorización se resolverá por Resolución y se notificará individualmente al solicitante junto con el condicionado para su ejecución

    Normativa

    Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra.

    Contacto

    Centro de Conservación de Carreteras (Consulte cuál es su Centro de Conservación):

    Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Las personas (físicas o jurídicas) que planeen ejecutar cruces subterráneos o conducciones en paralelismo lindantes con carreteras.

    Más información

    En todas las carreteras, excepto en las locales con antigüedad del pavimento superior a 5 años, se denegarán todas las solicitudes de autorización para el Cruce subterráneo estándar (cruce subterráneo y conducción en paralelismo). El único cruce subterráneo que se puede autorizar es el Cruce subterráneo con hinca.

    Condiciones generales que cumplir:

    Infracciones y sanciones: inicio de obras sin autorización en calzada, zonas de protección de la carretera, etc. Consultar la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra (TITULO VII).

    Documentación y tramitación

    Documentación

    Debe entregar la siguiente documentación:

    • Impreso de solicitud cumplimentado: castellano o euskera
    • Fotografías de la situación actual del punto o tramo de la actuación, en relación con la carretera
    • Planos o croquis de situación del cruce y ubicación de arquetas en relación con la carretera
    • Planos o croquis de situación del/os paralelismo/s y ubicación de arquetas

    Puede utilizar los siguientes documentos como modelo para los croquis:

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Solicitud

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    • En las Oficinas de Registro de Gobierno de Navarra.
    • En aquellos lugares establecidos por la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Artículo 16.4)

    Pasos siguientes

    • Aprobación de la autorización por Resolución
    • Pago de la tasa (en su caso)
    • Depósito de la fianza (en su caso)
    • Aviso al Centro de Conservación de Carreteras de la zona para el replanteo de la obra de cierre

    La autorización se resolverá por Resolución y se notificará individualmente al solicitante junto con el condicionado para su ejecución.

    Normativa

    Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra.

    Contacto

    Centro de Conservación de Carreteras (Consulte cuál es su Centro de Conservación):

    Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas


  • Permite a los titulares de explotaciones ganaderas extensivas depositar cadáveres de bovinos, equinos, ovinos y caprinos en zonas de protección.

    Plazo

    Abierto todo el año.

    Con la finalidad de adaptar las necesidades de las poblaciones de especies necrófagas de interés comunitario y los recursos tróficos ofertados, se podrán habilitar períodos extraordinarios de solicitud.

    Presentación

    Dirigido a

    Explotaciones ganaderas extensivas registradas el Registro de Explotaciones Ganaderas de Navarra con las siguientes clasificaciones zootécnicas:

    • Bovino: Reproducción para la producción de carne, excluyendo las clasificadas como lidia.
      • En caso de muerte de bovinos mayores de 48 meses los ganaderos deberán comunicar la baja de manera inmediata a Nasertic al teléfono: 848 426 200 para la toma de muestras del programa de vigilancia de las encefalopatías.
      • El Documento de Identificación Bovino (DIB) del animal muerto debe entregarse en la Oficina Agraria o a Nasertic en el caso de bovinos mayores de 48 meses.
    • Ovino/Caprino: Reproducción para la producción de carne.
      Reproducción para la producción de leche y la raza principal sea Latxa.
    • Equino: Reproducción para producción de carne.

    Más información

    • Condiciones que deben cumplir las explotaciones:
      • Tener calificación sanitaria B4 o M4 para brucelosis.
      • Tener calificación sanitaria T3 para tuberculosis
      • Que las explotaciones no estén sometidas a seguimiento o restricción por EETs y que no hayan tenido focos de EETs en los últimos cinco años.
      • En todo caso las explotaciones no deberán estar sometidas a ninguna medida específica de restricción del movimiento pecuario por motivos de sanidad animal.
    • Los municipios que se detallan en el siguiente listado, (sesión de Gobierno del 28/08/2000), quedarán excluidos de la posibilidad de abandonar los cadáveres para la alimentación de las aves de interés comunitario.
    • Todas las explotaciones ganaderas ubicadas en los municipios de influencia del aeropuerto estarán obligadas a entregar a un gestor autorizado los cadáveres de animales generados en su explotación.
    • Condiciones para el depósito de los cadáveres

    Documentación y tramitación

    Documentación

    La solicitud puede tramitarse a través de la Oficina Virtual Ganadera.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Acceso a la solicitud (mediante la "Oficina virtual ganadera")

    Para tramitar por internet:

    1. Consulte la Guía para tramitar por internet con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    • Registro del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente
      C/ González Tablas nº 9, planta baja
      31005 Pamplona (Navarra)
    • Oficinas de Área del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente

    Otros lugares de presentación.

    Pasos siguientes

    • Recepción y estudio de la solicitud
    • Aprobación o denegación
    • Comunicación al interesado

    Normativa

    Contacto

    Servicio de Ganadería
    Sección de Sanidad Animal
    C/ González Tablas nº 9, 2ª planta
    31005 Pamplona (Navarra)

    Teléfonos: 848 426 210
    Fax: 848 423 932
    Correo electrónico: sanidad.animal@navarra.es

    Organismo responsable - convocante
    Servicio de Ganadería


  • Autorizar a los propietarios de viviendas protegidas para desocupar temporalmente sus vivienda protegida por un plazo máximo de 3 años, o su uso por un familiar de hasta 2º grado de consaguinidad, siempre y cuando no se perciba precio o renta alguna como contraprestación.

    Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Personas físicas propietarias de una vivienda protegida.

    Más información

    • Las causas que motiven la solicitud deben darse con posterioridad a la fecha en que se hubiera elevado a escritura pública el contrato de adjudicación o compraventa de la vivienda protegida que se pretende desocupar.

    • La autorización para la desocupación se otorga por un plazo máximo de 3 años. Si transcurrido los 3 años persistiese la causa que motivó la autorización, u otra distinta, la vivienda deberá obligatoriamente alquilarse ya sea directamente por su propietario o mediante la inclusión en la Bolsa de Alquiler que gestiona NASUVINSA.

    • La autorización no supone la devolución de las ayudas públicas que se hubieran otorgado por la adjudicación o compra de la vivienda, aunque la petición se produzca dentro de los cinco años.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    • Instancia general
    • Fotocopia del DNI
    • En su caso, documentación acreditativa de la causa de desocupación que se alegue
    • En su caso, identificación del familiar que va a ocupar la vivienda y declaración responsable en la que se indique que no se a abonar precio alguno por la ocupación de la vivienda

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Solicitud

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Registro del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos
    Calle Alhóndiga, 1-1º
    31002 Pamplona (Navarra)

    Otros lugares de presentación.

    Pasos siguientes

    • Las solicitudes se resuelven en el plazo máximo de 3 meses.
    • La autorización solicitada se podrá entender otorgada cuando transcurra el plazo de 3 meses sin que la persona solicitante hubiera obtenido respuesta del Departamento competente en materia de vivienda.

    Normativa

    Contacto

    Sección de Ayudas y Planificación
    Teléfono: 848 42 75 70
    Correo electrónico: vivienda@navarra.es


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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.