Gobierno de Navarra

  • Prestar apoyo a las empresas navarras para reforzar su presencia internacional mediante la exportación de sus productos o servicios a nuevos mercados o para implantarse en el extranjero.

  • Prestar apoyo a las empresas navarras para reforzar su presencia internacional mediante la exportación de sus productos o servicios a nuevos mercados o para implantarse en el extranjero.

  • Se subvencionan actuaciones que potencien la cooperación y la agrupación entre empresas navarras con el fin de:

  • Se subvencionan actuaciones que potencien la cooperación y la agrupación entre empresas navarras con el fin de:

  • Convocatoria dirigida a entidades culturales navarras sin ánimo de lucro

  • Ayudas a familias con hijos menores de 16 años diagnosticados de parálisis cerebral o procesos afines, que hayan recibido tratamiento por el método Petö durante el año 2016

    Plazo

    Del 15-11-2016 al 05-12-2016

    Presentación

    Dirigido a

    Menores de 16 años diagnosticados de parálisis cerebral, o procesos afines, que residan de forma estable en Navarra y hayan recibido tratamiento por el método Petö durante el año 2016

    Documentación y tramitación

    Documentación

    • Acreditación de la residencia efectiva en Navarra durante al menos los 2 años anteriores a la solicitud.
    • Informe médico con juicio clínico que especifique la conveniencia del tratamiento.
    • Descripción del tratamiento rehabilitador propuesto y evaluación detallada sobre los resultados obtenidos en la evaluación del niño.
    • Solicitud de abono por transferencia cumplimentada por la entidad bancaria (si no se ha aportado anteriormente y no han variado los datos bancarios).
    • Declaración de otras subvenciones.
    • Justificación del gasto realizado, mediante facturas originales conformadas.
    • En su caso, Resolución de concesión de la renta de inclusión social o acreditación de la condición de víctima de violencia de género.

    Pasos siguientes

    • Comprobación por la Comisión del cumplimiento de los requisitos por parte de los solicitantes y propuesta de la cantidad a conceder
    • Concesión de las subvenciones mediante Resolución
    • Abono de las subvenciones.

    Normativa

    Resolución 1260/2016, de 26 de octubre, del Director General de Salud (BON nº 219 de 14/11/2016)

    Contacto

    Sección de Ciudadanía Sanitaria, Aseguramiento y Garantías

    Departamento de Salud,
    C/Amaya 2 A, 3ª planta
    31002 Pamplona

    Teléfono: 848 42 31 92; 848 42 35 22

    Organismo responsable - convocante
    Servicio de Ciudadanía Sanitaria, Aseguramiento y Garantías


  • Ayudas para menores de 18 años diagnosticados de trastornos del espectro autista que hayan recibido tratamiento durante el año 2016

    Plazo

    Del 15-11-2016 al 05-12-2016

    Presentación

    Dirigido a

    Menores de 18 años diagnosticados de trastornos del espectro autista, que residan de forma estable en Navarra y hayan recibido tratamiento homologado y de probada eficacia, impartido por profesionales titulados en psicología, magisterio, pedagogía, fisioterapia, logopedia, terapia ocupacional, enfermeria o trabajo social y en centros autorizados para el desarrollo de su actividad.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    • Acreditación de la residencia efectiva en Navarra durante al menos los 2 años anteriores a la solicitud.
    • Informe médico que incluya juicio clínico o sospecha diagnóstica
    • Informe del profesional que ha realizado el tratamiento, indicando la descripción del mismo y la evaluación de resultados.
    • Solicitud de abono por transferencia cumplimentada por la entidad bancaria (si no se ha aportado anteriormente y no han variado los datos bancarios).
    • Declaración otras subvenciones.
    • Justificación del gasto realizado, mediante facturas originales conformadas.
    • En su caso, Resolución de concesión de la renta de inclusión social o acreditación de la condición de víctima de violencia de género.

    Pasos siguientes

    • Comprobación por la Comisión del cumplimiento de los requisitos por parte de los solicitantes y propuesta de la cantidad a conceder
    • Concesión de las subvenciones mediante Resolución
    • Abono de las subvenciones.

    Normativa

    Resolución 1261/2016, de 26 de octubre, del Director General de Salud (BON nº 219 de 14/11/2016)

    Contacto

    Sección de Ciudadanía Sanitaria, Aseguramiento y Garantías

    Departamento de Salud,
    C/Amaya 2 A, 3ª planta
    31002 Pamplona

    Teléfono: 848 42 31 92; 848 42 35 22

    Organismo responsable - convocante
    Servicio de Ciudadanía Sanitaria, Aseguramiento y Garantías


  • Solicitud por oficinas de farmacia y servicios de farmacia de "Talonario oficial de vales de entregas de estupefacientes, almacenes y laboratorio"

    Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Farmacéuticos con oficina de farmacia abierta al público, responsables de un servicio de farmacia o directores técnicos farmacéuticos de almacenes de distribución.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    • Impreso de solicitud del talonario.
    • Tras la recepción del talonario, remitir el recibo (mitad de la primera página) firmada.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Solicitud

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Sección de Inspección Farmacéutica
    Departamento de Salud
    C/ Amaya 2 A, 3ª planta
    31002 Pamplona
    Teléfonos: 848 42 35 11 - 848 42 35 07
    Correo electrónico: inspeccion.farmacia@navarra.es

    Otros lugares de presentación.

    Pasos siguientes

    Tras la recepción del talonario, remitir el recibo (mitad de la primera página) firmada.

    Normativa

    Ley Foral 12/2000, de 26 de noviembre, de Atención Farmacéutica (BON nº 143 de 27/11/2000)

    Contacto

    Sección de Inspección Farmacéutica
    Departamento de Salud
    C/ Amaya 2 A, 3ª planta
    31002 Pamplona
    Teléfonos: 848 42 35 11 - 848 42 35 07
    Correo electrónico: inspeccion.farmacia@navarra.es

    Organismo responsable - convocante
    Departamento de Salud
    Servicio de Ciudadanía Sanitaria, Aseguramiento y Garantías


  • Tarjeta que acompañará a los équidos en los movimientos dentro del territorio nacional, en sustitución de la guía sanitaria

    Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Propietarios de ganado equino. La emisión de la tarjeta será voluntaria para todos los équidos y se emitirá a solicitud del propietario.

    Más información

    1. La tarjeta acompañará a los équidos en los movimientos dentro del territorio nacional, en sustitución de la guía sanitaria, en los siguientes desplazamientos:
      a) Con fines turísticos, recreativos, culturales o aprovechamiento de pastos que retornen a la explotación de origen en un plazo inferior a treinta días naturales, siempre que no supongan un cambio de titularidad del animal.
      b) Con fines deportivos o concursos morfológicos que retornen a la explotación de origen en un plazo inferior a treinta días naturales, siempre que no supongan un cambio de titularidad del animal.
      En estos casos no se comunicará el desplazamiento al Registro General de Movimientos (REMO), si bien los movimientos de salida de la explotación y de retorno a las misma así como los de entrada y salida en la de destino temporal, deberán quedar registrados en el Libro de registro de la explotación, conforme se establece en el Real Decreto 804/2011, de 10 de junio, por el que se regula la ordenación zootécnica, sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones equinas y establece el plan sanitario equino.
    2. Lo dispuesto en el apartado 1 no eximirá de ninguna de las obligaciones relacionadas con la exigencia de que los équidos vayan acompañados del pasaporte o documento de identificación equina (DIE).
    3. En ningún caso podrá utilizarse la TME para amparar movimientos de animales que presenten síntomas clínicos de enfermedad infectocontagiosa, o lesiones que afecten al bienestar de los mismos durante el transporte, salvo cuando sean movidos o transportados en una situación de emergencia relacionada con su salud o bienestar.
    4. La TME no podrá ser utilizada en sustitución de la guía sanitaria o documento de traslado citados en el apartado 1, cuando el destino final del animal sea el matadero. Los équidos enviados al matadero deberán ir acompañados de la correspondiente guía o documento de traslado, del pasaporte y de la tarjeta equina, si disponen de ella, para ser destruida o invalidada junto con el documento de identificación equina.
    5. Tasa emisión TME: 25 euros/tarjeta

    Documentación y tramitación

    Documentación

    1. Solicitud de la Tarjeta de Movimiento Equina
    2. Pasaporte o documento de identificación equina (DIE)
    3. Fotografía o reseña a color del équido, en fichero digital (el nombre del fichero debe ser el nº de UELN del animal) y con las siguientes características exigidas por la normativa:
      • Fotografía en color, realizada con luz natural y con la iluminación necesaria para distinguir adecuadamente al animal en su totalidad
      • El caballo se presentará de perfil visto lateralmente desde el lado izquierdo
      • Se deberá poder ver al animal en su totalidad incluyendo cabos y extremos
      • La imagen del animal debe de ocupar la mayor porción posible de la foto y deberá contrastar adecuadamente con el fondo, empleando fondos claros para animales de capas oscuras y fondos oscuros para animales de capa clara
      • El animal se fotografiará sin ensillar, y se evitará en general cualquier elemento que cubra al animal dificultando la identificación de este
      • Tamaño en pixeles de la foto: 567x378
      • Tamaño máximo en disco: 50KB
      • Formato: JPG Standard Baseline

    ¿Cómo tramitar?

    En las oficinas

    Entregar en:

    Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente
    C/ González Tablas nº 9, planta baja
    31005 Pamplona (Navarra)

    De lunes a viernes de 8:30 h a 14:30 h.

    Normativa

    Real Decreto 577/2014, de 4 de julio, (BOE nº 183 de 29/07/2014).

    Contacto

    Sección de Producción Animal
    C/ González Tablas nº 9, 2ª planta
    31005 Pamplona (Navarra)
    Teléfonos: 848 426 394; 848 426 777
    Fax: 848 423 932
    Correo electrónico: produccion.animal@navarra.es

    Organismo responsable - convocante
    Servicio de Ganadería


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    El ingreso de la tasa ha de ser previo a la entrega de los cartones que sólo se efectuará contra la presentación de los justificantes de pago.

    Presentación

    Dirigido a

    Los destinatarios son los sujetos pasivos de la tasa fiscal sobre el juego (salas de bingo)

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Trámite

    La tramitación debe ser obligatoriamente telemática.
    Puede acceder a la aplicación que le permitirá realizar la tramitación on line pulsando la opción "Tramitar"

    Ayuda para tramitación telemática

    Normativa

    Ley Foral 7/2001 (BON nº 40 de 30 de marzo)

    Contacto

    • Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a:
      Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152
      Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
    • Para la resolución de problemas informáticos:
      Teléfono de soporte técnico: 948 013 555
      Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es
      Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).

    Organismo responsable - convocante
    Economía y Hacienda
    Hacienda Tributaria de Navarra


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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.