Las entidades titulares de los Centros Especiales de Empleo que tengan personalidad jurídica y figuren inscritas como tales en el Registro de la Comunidad Foral de Navarra.
El 50% del salario mínimo interprofesional vigente, por puesto de trabajo ocupado por persona con discapacidad.
El 75% del salario mínimo interprofesional vigente, por puesto de trabajo ocupado por persona con discapacidad con especiales dificultades para su inserción laboral de los Centros Especiales de Empleo sin ánimo de lucro.
Los beneficiarios de las subvenciones reseñadas son los centros especiales de empleo, legalmente constituidos y reconocidos, o sus promotores. Si desea realizar una solicitud de calificación vaya al siguiente enlace: Solicitud Calificación CEE
Documentación y tramitación
Documentación
Solicitud de Subvención
Memoria ampliada. Antecedentes de la entidad.
Ampliación justificaciones técnica y financiera.
Detalle del plan de inversiones y su financiación.
Acreditar la obtención del crédito y de otras fuentes financieras.
Estados financieros dos últimos años y previsionales.
Estudio económico-financiero de viabilidad del proyecto.
Financiación del coste de los preparadores laborales que proporcionan apoyo a las personas con discapacidad contratadas en empresas del mercado ordinario de trabajo.
Ayudas a familias con hijos/as menores de 18 años diagnosticados/as de daño cerebral infantil, dirigidas a costear gastos derivados de valoración neuropsicológica, terapia ocupacional, rehabilitación de la deglución y productos de apoyo para la autonomía personal, realizados entre octubre del año 2018 y septiembre del año 2019.
Plazo
Del 02-09-2019 al 30-09-2019
Presentación
Dirigido a
Menores que padezcan daño cerebral adquirido que residan de forma estable en Navarra.
Justificación del gasto realizado mediante facturas y acreditación del pago.
Documentación que acredite la representación legal del o de la menor (si no se ha presentado con anterioridad)
En su caso, Resolución de concesión de la Renta de Inclusión Social/Renta Garantizada o acreditación de la condición de víctima de violencia de género.
Pasos siguientes
Comprobación por la Comisión del cumplimiento de los requisitos por parte de los/las solicitantes y propuesta de la cantidad a conceder
Concesión de las subvenciones mediante Resolución
Abono de las subvenciones.
Normativa
Resolución 1523E/2018,de 8 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras (BON nº 198, de 11 de octubre)
Contacto
Sección de Ciudadanía Sanitaria, Aseguramiento y Garantías
Departamento de Salud C/Amaya 2 A, 3ª planta 31002 Pamplona
Teléfono: 848 42 35 22 ; 848 42 55 26
Organismo responsable - convocante Servicio de Ciudadanía Sanitaria, Aseguramiento y Garantías
Subvención dirigida a equilibrar el presupuesto de aquellos centros especiales de empleo que carezcan de ánimo de lucro y sean de utilidad pública e imprescindibilidad.
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
Los beneficiarios de las subvenciones reseñadas son los centros especiales de empleo, legalmente constituidos y reconocidos, o sus promotores.
Convocatoria de subvenciones para realización de festivales y certámenes de artes escénicas y musicales organizados por empresas y profesionales, que se celebren en Navarra entre el 10 de noviembre de 2016 hasta el 1 de noviembre de 2017
Las solicitudes deberán presentarse antes del comienzo de la realización de las inversiones y concluirá el 30 de septiembre de 2016. A partir de esta fecha sólo se podrán seguir tramitando subsanaciones y presentación de justificantes.
Excepcionalmente, para las inversiones realizadas en 2016 con anterioridad a la publicación de esta convocatoria, el plazo para presentar solicitudes será de dos meses desde el día de la publicación en el BON.
Presentación
Dirigido a
Empresas que empleen a menos de 150 personas, que vayan a realizar las inversiones en sus centros de trabajo ubicados en Navarra.
Más información
Gastos subvencionables:
Se subvencionarán las inversiones realizadas en el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2016.
Importe de las subvenciones:
El importe de la subvención será del 25% del gasto subvencionable, IVA excluído, sin que en ningún caso la cuantía de la misma supere la cantidad de 100.000 .
La cuantía de la ayuda será del 30% si se adoptan medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.
Documentación y tramitación
Documentación
Documentación obligatoria
Memoria detallada de la inversión.
Presupuesto o factura proforma detallada de la inversión.
Justificación de la elección del proveedor: cuando el gasto subvencionable (IVA excluido) supere el importe de 12.000 por suministro de bienes o 30.000 por obra, el solicitante deberá acreditar que la elección del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía. Para ello presentará un mínimo de dos ofertas y justificará la elección de la oferta seleccionada.
Copia de evaluación de riesgos y planificación anual de la actividad preventiva.
Resto de documentación prevista en la base 4 de la convocatoria para cada tipo de inversión.
Declaración de transparencia (únicamente la deberán presentar aquellas empresas beneficiarias de la ayuda en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la resolución de concesión).
Documentación opcional
En el caso de que se solicite ayuda del 30% del gasto subvencionable por adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, presentar aprobación de Plan de Igualdad, acta o documento de negociación de medidas de promoción de la igualdad o reconocimiento distintivo en materia de igualdad de género.
Declaración de transparencia: únicamente la deberán presentar aquellas empresas beneficiarias de la ayuda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la resolución de concesión.
Presentación de justificantes de la inversión hasta el 30/11/2016 inclusive.
Normativa
Resolución 250E/2016, de 12 de mayo, (BON nº 102, de 27/05/2016) por la que se aprueba la convocatoria de la subvención de 2016.
Decreto Foral 59/2013, de 11 de septiembre, por el que se regulan las obligaciones de transparencia de los beneficiarios de subvenciones con cargo a los presupuestos generales de Navarra.
Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.
Contacto
Servicio de Trabajo Parque Tomás Caballero, nº 1, 1ª Planta Edificio "Fuerte del Príncipe II" 31005 - Pamplona (Navarra) Teléfono: 848 42 79 27
Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@cfnavarra.es
Organismo responsable - convocante . Servicio de Trabajo Parque Tomás Caballero, nº 1, 1ª Planta Edificio "Fuerte del Príncipe II" 31006 Pamplona (Navarra) Teléfono: 848 42 79 27 . Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@cfnavarra.es
El plazo de solicitud está cerrado. Sólo está abierto el plazo para subsanar o incorporar justificantes.
Plazo
Del 11-05-2017 al 31-10-2017
Las solicitudes deberán presentarse antes del comienzo de la realización de las inversiones y concluirá a los cuatro meses del día del mes equivalente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BON (10 de agosto). A partir de esta fecha sólo se podrán seguir tramitando subsanaciones y presentación de justificantes hasta el 31 de octubre de 2017 inclusive.
Excepcionalmente, para las inversiones realizadas en 2017 con anterioridad a la publicación de esta convocatoria, el plazo para presentar solicitudes será de un mes a contar desde la publicación en el BON.
Presentación
Dirigido a
Empresas que empleen a menos de 150 personas, que vayan a realizar las inversiones en sus centros de trabajo ubicados en Navarra.
Más información
Gastos subvencionables:
Se subvencionarán las inversiones realizadas en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2017 inclusive.
Importe de las subvenciones:
El importe de la subvención será del 25% del gasto subvencionable, IVA excluido, sin que en ningún caso la cuantía de la misma supere la cantidad de 30.000 ?.
La cuantía de la ayuda será del 30% si se adoptan medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres o si la beneficiaria está reconocida como una entidad asociativa prioritaria o está integrada en una entidad asociativa prioritaria.
Documentación y tramitación
Documentación
Documentación obligatoria
Memoria justificativa del proyecto de inversión (contenido básico).
Presupuesto o factura proforma detallada de la inversión.
Justificación elección proveedor: cuando el gasto subvencionable (IVA excluido) supere el importe de 12.000 ? por suministro de bienes o 30.000 ? por obra, el solicitante deberá acreditar que la elección del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía. Para ello presentará un mínimo de tres ofertas y justificará la elección de la oferta seleccionada.
Declaración de transparencia (únicamente la deberán presentar aquellas empresas beneficiarias de la ayuda en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la resolución de concesión).
Hasta el 31 de octubre de 2017 se deberá presentar la documentación obligatoria para justificar la realización de la inversión: A) Memoria explicativa de la inversión realizada en la que se enumeren los documentos justificativos de gasto y pago realizados B) Documentos justificativos de gasto y pago realizados C) Documentación justificativa específica para cada tipo de inversión. Para la declaración indicada en el apartado g) deberá presentar la Declaración de cumplimiento del art. 4.2 del Real Decreto 39/1997 D) En el caso de que la inversión se haya realizado mediante contrato de arrendamiento financiero (leasing), se deberá aportar copia del contrato de leasing en el que figure el compromiso firme de adquirir el activo al finalizar el mismo, el cuadro de amortización de arrendamiento financiero y justificante de pago de la totalidad del IVA de la operación.
Documentación opcional
En el caso de que se solicite ayuda del 30% del gasto subvencionable por adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, presentar aprobación de Plan de Igualdad, acta o documento de negociación de medidas de promoción de la igualdad o reconocimiento distintivo en materia de igualdad de género.
Pasos siguientes
Declaración de transparencia: Únicamente la deberán presentar aquellas empresas beneficiarias de la ayuda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la resolución de concesión.
Presentación de justificantes de la inversión hasta el 31/10/2017 inclusive conforme a la base 8:
a) Memoria explicativa de la inversión realizada en la que se enumeren los documentos justificativos de gasto y pago realizados.
b) Documentos justificativos de gasto y pago realizados.
d) En el caso de que la inversión se haya realizado mediante contrato de arrendamiento financiero (leasing), se deberá aportar copia del contrato de leasing en el que figure el compromiso firme de adquirir el activo al finalizar el mismo, el cuadro de amortización de arrendamiento financiero y justificante de pago de la totalidad del IVA de la operación.
Normativa
Resolución 179E/2017, de 29 de marzo de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo por la que se aprueba la convocatoria para 2017 de la subvención para inversiones en adaptación de equipos y lugares de trabajo (BON nº 70 de 10 de abril de 2017).
Orden Foral 36/2011, de 3 de febrero, que obliga a la tramitación electrónica (BON nº 30, de 14/02/2011).
Decreto Foral 59/2013, de 11 de septiembre, por el que se regulan las obligaciones de transparencia de los beneficiarios de subvenciones con cargo a los presupuestos generales de Navarra.
Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.
Contacto
Servicio de Trabajo Parque Tomás Caballero, nº 1, 1ª Planta Edificio "Fuerte del Príncipe II" 31005 - Pamplona (Navarra) Teléfono: 848 42 79 27
Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soportec@navarra.es
Organismo responsable - convocante Servicio de Trabajo