Las entidades deberán solicitar antes del mes de marzo de cada año, la concesión de la subvención del período del 1 de noviembre del año anterior al 31 de octubre del año en curso.
Presentación
Dirigido a
Titulares de los Centros Especiales de Empleo que figuren en el Libro de Registro de CEE de la Comunidad Foral de Navarra y cuenten con la correspondiente declaración de utilidad pública e imprescindibilidad.
Más información
Las subvenciones se destinarán a financiar la actividad derivada de la contratación indefinida de los trabajadores de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los Centros Especiales de Empleo, para el desarrollo de las funciones descritas en la convocatoria.
Las destinatarias finales de las unidades de apoyo serán personas con discapacidad que trabajen en los CEE y que tengan especiales dificultades de inserción laboral. Deberán encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:
Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.
Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%.
La cuantía de las subvenciones se establece en 1.200 euros anuales por cada persona trabajadora con el tipo y grado de discapacidad indicados contratada por tiempo indefinido o mediante contrato temporal de duración igual o superior a seis meses por el Centro Especial de Empleo, con el límite de los costes laborales y de Seguridad Social de las unidades de apoyo.
La subvención de 1.200 euros se reducirá proporcionalmente en función de la jornada en el supuesto de que el contrato sea a tiempo parcial así como en función del tiempo que la persona esté contratada durante el periodo subvencionado.
Memoria descriptiva de las funciones que va a desarrollar la unidad de apoyo a la actividad profesional y cada una de las personas que la integran.
Relación de las personas destinatarias finales con contrato por tiempo indefinido o mediante contrato temporal de duración igual o superior a seis meses, con indicación del tipo y grado de discapacidad, que estén contratadas por el Centro el 31 de octubre del año anterior a la solicitud.
Presupuesto de gastos relativos a los costes salariales y de Seguridad Social de las personas trabajadoras con contrato indefinido de las unidades de apoyo por las que se solicita la subvención, referido al período subvencionable, desglosado por personas trabajadoras.
Acreditación del cumplimiento de encontrarse al corriente de las obligaciones con la Hacienda Pública y frente a la Seguridad Social.
Declaración del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
Declaración de percepción de otras ayudas con la misma finalidad compatibles con las señaladas en la convocatoria y compromiso de comunicarlo al Servicio Navarro de Empleo.
Declaración de si la entidad se encuentra o no sujeta a la obligación de transparencia.
Documentación que debe acompañar a la solicitud en los meses de marzo, junio y septiembre para el abono de la subvención correspondiente al trimestre anterior:
Informe con la actividad realizada por las unidades apoyo.
Relación de las personas que han realizado las labores de unidades de apoyo en el trimestre.
Comunicación de las modificaciones de plantilla (personas con discapacidad destinatarias finales de esta subvención y técnicos y encargados de unidades de apoyo) habidas en el trimestre.
Acreditación del cumplimiento de encontrarse al corriente de las obligaciones con la Hacienda Pública y frente a la Seguridad Social.
Documentación a adjuntar, hasta el día 15 de diciembre, junto a la solicitud del abono del último trimestre y para realizar la liquidación final de la subvención:
Memoria descriptiva de las actividades realizadas por las unidades de apoyo durante el período objeto de subvención.
Certificado justificando los costes laborales y de seguridad social, acompañado de las nóminas y seguros sociales de los técnicos y encargados de todo el año.
Relación de las personas destinatarias de esta subvención con desglose de los días y jornadas trabajados en el periodo subvencionado.
Copia de los contratos de trabajo de las altas de técnicos y encargados producidas en el periodo subvencionado.
Acreditación del cumplimiento de encontrarse al corriente de las obligaciones con la Hacienda Pública y frente a la Seguridad Social.
Sección de Programas de Empleo Inclusivo Negociado de Apoyo para la Inserción Laboral Teléfono: 848 42 44 61/ 46/ 51 Fax: 848 424 470 Correo electrónico: empleoydiscapacidad@navarra.es
Organismo responsable - convocante Servicio Navarro de Empleo - Nafar Lansare Servicio de Orientación, Fomento del Empleo y Servicios a Empresas
Ayudas a los programas de rendimiento de las Federaciones Deportivas de Navarra realizados en el período del 1 de septiembre de 2016 al 31 de agosto de 2017.
Subvencionar los programas de rendimiento de las Federaciones Deportivas de Navarra realizados en el período del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2015..
La cuantía de la subvención se destinará a financiar las actuaciones previstas en la solicitud de subvención.
El importe de la subvención será de: a) 50 euros por cada nuevo contrato realizado en campañas agrícolas a personas desempleadas residentes en Navarra, con un máximo de 45.000 euros. b) Por el asesoramiento e información laboral a las personas recogidas en el apartado anterior, 20 euros por cada persona asesorada o informada, con un máximo de 15.000 euros.
Escritura o acta de constitución, acompañada de los estatutos, de la entidad, así como apoderamiento suficiente de quien actúe en representación de la entidad solicitante, salvo que dicho poder derivara de los propios estatutos.
Declaración del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
Solicitud de abono por transferencia, si es la primera vez que solicita subvención al Gobierno de Navarra.
Certificación o declaración responsable, donde conste que el total de subvenciones previstas no supera el coste total de los gastos de personal.
Contratos y titulación de las personas que están imputadas al proyecto.
que hayan realizado acciones encuadradas dentro de las bases reguladoras de la presente convocatoria, en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de octubre de 2017.
Más información
Dotación presupuestaria:
290.000 euros para asociaciones turísticas.
365.000 euros para consorcios y entes locales.
Subvenciones a fondo perdido de entre un 15 y un 80%, dependiendo del ente promotor y del proyecto presentado.
Asociaciones turísticas: subvención entre el 25 y el 80% del presupuesto aprobado, dependiendo del proyecto presentado. Importe máximo de subvención: entre 6.000 y 30.000 euros.
Entidades Locales: subvención entre el 15 y el 80% del presupuesto aprobado, dependiendo del proyecto presentado. Importe máximo de subvención: 6.000 euros.
Consorcios turísticos: subvención entre el 25 y el 70% del presupuesto aprobado, dependiendo del proyecto presentado. Importe máximo de subvención: 125.000 euros.
Acciones realizadas (facturadas y pagadas) entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de octubre de 2017.
Declaración de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en la LF 11/2005, de 9 de noviembre de Subvenciones (a señalar en el formulario de solicitud)
Declaración de subvenciones solicitadas y/o concedidas (indicar en el formulario de solicitud)
Las declaraciones señaladas en este apartado y que se incluyen en el formulario específico de la solicitud de la subvención, deberán señalarse en el propio formulario y no es necesario presentarlas en documento a parte.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR TRAS LA CONCESIÓN
Declaración de personas beneficiarias (transparencia)
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada.
En las oficinas
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente de manera telemática a través del botón "Tramitar" de la presente ficha.
Si la solicitud se presenta de cualquier otra forma, distinta a la señalada anteriormente, ésta se tendrá por no presentada sin perjuicio de que pueda presentarse dicha solicitud posteriormente de manera telemática. En este caso, la única fecha de entrada válida será la de presentación telemática.
Decreto Foral 59/2013, de 11 de septiembre, por el que se regulan las obligaciones de transparencia de las personas beneficiarias.
Contacto
Sección de Ordenación del Comercio y de la Artesanía y de Ayudas Económicas C/Navarrería, 39 31001 Pamplona (Navarra) Teléfono 848 42 46 25 - 848 42 77 38