Tramitación y registro administrativo de instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Este trámite permite la tramitación y el registro administrativo de instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica en Navarra.

¿Quién puede solicitarlo?

Titulares de instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica.

Requisitos principales

  • Ser titular de una instalación de autoconsumo de energía eléctrica.

Plazos

No especificado

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

Para instalaciones que deban inscribirse en el Registro de Autoconsumo (no aplica a instalaciones de menos de 100 kW conectadas en baja tensión), se ha de presentar el formulario correspondiente indicado en el apartado "Documentación a presentar".

Resumen

Este trámite permite a los titulares de instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica realizar la tramitación y el registro administrativo necesario en la Comunidad Foral de Navarra.

Quién puede usar este servicio

Titulares de instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica.

Antes de empezar

Es importante tener clara la documentación necesaria y el tipo de instalación de autoconsumo (con o sin excedentes) para completar el proceso correctamente.

Lo que necesitas

Documentación requerida

Requisitos previos

Ser titular de una instalación de autoconsumo de energía eléctrica.

Costes y plazos

No se especifican costes ni plazos para este trámite.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Inscripción en el Registro de Autoconsumo (si aplica): Para instalaciones de potencia superior a 100 kW, completar el formulario correspondiente.
  2. Tramitación online: Pulsar "Registrar" e incorporar el formulario cumplimentado.
  3. Tramitación presencial: Presentar la documentación en el Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras energéticas y Minas o en las oficinas de registro del Gobierno de Navarra.

Información sobre cada etapa

  • La tramitación online requiere certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
  • La presentación presencial puede realizarse en las oficinas indicadas o en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Tiempos de espera

No se especifican tiempos de espera para este trámite.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez realizada la inscripción, la información de la instalación quedará registrada en el Registro Administrativo de Autoconsumo.

Plazos de resolución

No se especifican plazos de resolución para este trámite.

Siguiente pasos

Consultar el Registro Administrativo de Autoconsumo de Navarra (última actualización: marzo 2025) y los datos estadísticos (última actualización: marzo 2025).

Ayuda

Contacto

Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas Parque Tomás Caballero, 1, 5.ª planta 31005 Pamplona / Iruña Correo electrónico: autoconsumo@navarra.es

Recursos adicionales

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