Subvenciones para el fomento de los contratos de relevo

Actualizado el 26 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Ofrecer subvenciones a empresas y entidades sin ánimo de lucro para fomentar la contratación de personas a través de contratos de relevo, especialmente en puestos no manufactureros.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas y entidades sin ánimo de lucro con centro de trabajo en Navarra que contraten personas desempleadas mediante contrato de relevo.

Requisitos principales

  • Tener centro de trabajo en Navarra.
  • Estar legalmente constituidas y con personalidad jurídica.
  • No estar incurso en prohibiciones según la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones.
  • Las personas trabajadoras contratadas deben estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo.

Plazos

El plazo para presentar solicitudes es del 8 de febrero de 2025 al 31 de octubre de 2025.

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

Las subvenciones tienen el carácter de "ayudas de minimis" según el Reglamento 2023/2831. La ayuda total de minimis no debe exceder de 300.000 euros durante cualquier período de tres años.

Resumen

Este trámite ofrece subvenciones para fomentar la contratación a través de contratos de relevo, dirigidas a empresas y entidades sin ánimo de lucro con centro de trabajo en Navarra.

Quién puede usar este servicio:

Empresas y entidades sin ánimo de lucro que contraten personas desempleadas mediante contrato de relevo.

Antes de empezar:

  • Asegúrate de cumplir con los requisitos establecidos.
  • Reúne la documentación necesaria.
  • Ten a mano tu certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve para realizar la tramitación online.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Solicitud de subvención cumplimentada telemáticamente.
  • Certificación de empresa de jubilación parcial presentada y validada por la Tesorería de la Seguridad Social.
  • Contrato de trabajo entre la entidad y la persona desempleada (relevista).
  • Declaración del número de trabajadores fijos en la empresa en el mes de contratación y en el mismo mes del año anterior (Anexo IV).
  • Declaración del cumplimiento de lo establecido en la base 3.3 de la convocatoria (Anexo V).
  • Declaración responsable de la empresa sobre los requisitos de los artículos 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones (Anexo I).
  • Declaración de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos obtenidos o solicitados para la misma finalidad (Anexo II).
  • Declaración de obligaciones de transparencia (Anexo III).
  • En caso de estar sujeto a la obligación de Transparencia, completar y enviar los siguientes anexos: Declaración sobre la composición de órganos y dedicación (Declaración sobre la composición de órganos y dedicación) y Declaración sobre las retribuciones de los cargos (Declaración sobre las retribuciones de los cargos).

Requisitos previos:

  • Tener centro de trabajo en Navarra.
  • Estar legalmente constituidas y con personalidad jurídica.
  • No estar incurso en prohibiciones según la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones.
  • Las personas trabajadoras contratadas deben estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo.

Costes y plazos:

  • El trámite es gratuito.
  • El plazo para presentar solicitudes es del 8 de febrero de 2025 al 31 de octubre de 2025.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Accede a la plataforma de tramitación online.
  3. Completa el formulario de solicitud con la información requerida.
  4. Adjunta la documentación solicitada.
  5. Firma y presenta la solicitud de forma telemática.

Información sobre cada etapa:

  • La solicitud se realiza de forma telemática a través del enlace proporcionado.
  • Es necesario disponer de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve para realizar la tramitación online.

Tiempos de espera:

  • No se especifica el tiempo de espera para la resolución de la solicitud.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Una vez presentada la solicitud, se procederá a su análisis y valoración.
  • Se comunicará la resolución de la solicitud a través de los medios indicados en la misma.

Plazos de resolución:

  • No se especifica el plazo de resolución.

Siguiente pasos:

  • En caso de concesión de la subvención, se procederá al abono de la misma.
  • En caso de denegación, se indicarán los motivos de la misma y los posibles recursos.

Ayuda

Contacto:

Sección de Fomento del Empleo e Igualdad de Oportunidades. Parque Tomás Caballero, 1, 2.ª planta Edificio Fuerte del Príncipe II 31005 Pamplona / Iruña Correo electrónico: fomentoempleo@navarra.es

Recursos adicionales:

Normativa:


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