Subvenciones a los servicios de información juvenil de asociaciones para personal y equipamiento 2025

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Apoyar económicamente a los servicios de información juvenil de las asociaciones para cubrir gastos de personal y equipamiento.

¿Quién puede solicitarlo?

Asociaciones que forman parte de la Red de Servicios de Información Juvenil, oficialmente reconocidos.

Requisitos principales

  • Formar parte de la Red de Servicios de Información Juvenil.
  • Estar oficialmente reconocido.

Plazos

Pendiente de convocar

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

Después de la concesión y con fecha límite 15 de octubre, las asociaciones beneficiarias deberán justificar la actuación realizada.

Resumen

Esta convocatoria de subvenciones tiene como objetivo colaborar con los servicios de información juvenil (SIJ) de las asociaciones, financiando gastos de personal y equipamiento durante el año 2025.

Quién puede usar este servicio:

  • Asociaciones que forman parte de la Red de Servicios de Información Juvenil, oficialmente reconocidos.

Lo que necesitas

Documentación a presentar:

  • Impreso general de solicitud y declaración responsable (Anexo II).
  • Presupuesto con la previsión de los gastos salariales del personal que desarrolla las labores de información juvenil desde el 1 de enero al 31 de octubre de 2025 (Anexo III).
  • Presupuesto de los gastos de personal desde la fecha de su reconocimiento oficial hasta el 31 de octubre de 2025 (Anexo III).
  • Presupuestos y/o facturas de las empresas proveedoras en los que figure el material que se pretenda adquirir o se ha adquirido y de un resumen de los mismos según figura en el Anexo IV.

Después de hacerlo

Después de la concesión y con fecha límite 15 de octubre, las asociaciones beneficiarias deberán justificar la actuación realizada.

La justificación del gasto total del proyecto subvencionado, se realiza mediante la presentación de certificado expedido por la presidencia de la asociación, que deber incluir la declaración de las actuaciones de personal (Anexo V) y de equipamiento (Anexo VI) subvencionadas y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos producidos en su desarrollo. Este certificado se debe acompañar de las correspondientes facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente, así como de las nóminas, en su caso, del personal asignado al proyecto. (Anexo VI).

Las asociaciones beneficiarias de las subvenciones a equipamiento están obligadas a destinarlas a los fines para los que se concedan por un periodo mínimo de dos años (Anexo VII) y justificar documentalmente su aplicación, así como admitir y facilitar las comprobaciones requeridas por el INJ, conforme a la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones.

Ayuda

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Instituto Navarro de la Juventud Teléfono: 848 427 877 Correo electrónico: infojuve@navarra.es


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