Subvenciones a las Empresas de Inserción Sociolaboral por asistencia técnica previstas en el Decreto Foral 94/2016, de 26 de octubre, mediante el régimen de evaluación individualizada
Actualizado el 21 de mayo de 2020
Ver en la web de la administración
Plazo
Abierto todo el año.
- El plazo para solicitar la concesión y el abono de la subvención mensual será de un mes a partir de la finalización del mes anterior.
- Las subvenciones correspondientes a los meses comprendidos entre noviembre de 2016, inclusive, hasta la publicación oficial de estas bases reguladoras, podrán solicitarse en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el BON (del 14/03/2017 al 18/04/2017).
Presentación
Dirigido a
- Los centros de inserción sociolaboral calificados provisionalmente de oficio como empresas de inserción por el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare.
- Las empresas de inserción sociolaboral que lleven al menos 2 años de funcionamiento desde su calificación provisional.
Más información
- El importe de la subvención podrá ascender hasta 18.000 euros anuales por cada técnico a jornada completa, o su equivalente en proporción a la jornada efectivamente trabajada, en concepto de salarios y seguridad social, o la parte proporcional del tiempo trabajado en el año.
- En el caso de contrato de trabajo a jornada parcial, ésta deberá ser de al menos el 50% de la jornada completa.
- El máximo a abonar por cada mes será de 1.500 euros o la parte proporcional a la jornada trabajada. Solo se podrá sobrepasar dicho tope en el caso de que en el mes anterior no se haya abonado el máximo establecido.
Documentación y tramitación
Documentación
- Instancia de solicitud de concesión y abono de asistencia técnica.
- Resumen justificación mensual de asistencia técnica.
- Parte de variaciones de técnicos.
- Declaración sobre el cumplimiento de requisitos del art. 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
- Declaración acerca de otras ayudas.
- Solicitud de abono por transferencia, debidamente cumplimentada.
¿Cómo tramitar?
Por internet
Solicitud
Para tramitar por internet:
- Sólo se puede tramitar telemáticamente con Internet Explorer o Mozilla Firefox 51 (o versiones anteriores).
- Consulte la Guía para tramitar por internet con certificado digital o DNI electrónico.
- Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada.
Ayuda para tramitación telemática
En las oficinas
Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare.
Parque Tomás Caballero, 1
Edificio "Fuerte del Príncipe" II
31005 Pamplona
Otros lugares de presentación.
Normativa
- Decreto Foral 94/2016, de 26 de octubre (BON nº 223, de 18/11/2016)
- Resolución 476/2017, de 24 de febrero (BON nº 50, de 13/03/2017)
Contacto
Negociado de Apoyo para la Inserción Laboral
insercionsociolaboral@navarra.es
Teléfono 848 424443 - 848 424464
Organismo responsable - convocante
Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare
Servicio de Orientación, Fomento del Empleo y Servicios a Empresas