Subvención para realizar acciones ordinarias en el ámbito de la prevención de riesgos laborales

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Esta subvención apoya la mejora de la seguridad y salud en el trabajo en empresas de Navarra con menos de 50 empleados, financiando actividades que promuevan estas condiciones.

¿Quién puede solicitarlo?

Organizaciones mencionadas en el artículo 12 de la Ley 31/1995, organizaciones empresariales y sindicales representativas en su sector, y fundaciones u otras entidades constituidas por estas para alcanzar sus fines.

Requisitos principales

  • Ser una organización a la que se refiere el artículo 12 de la Ley 31/1995, una organización empresarial o sindical representativa en su ámbito sectorial, o una fundación u otra entidad constituida por estas para la consecución de sus fines.
  • Realizar actividades en la Comunidad Foral de Navarra que promuevan la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo en empresas con plantilla inferior a 50 personas trabajadoras.

Plazos

La justificación del proyecto debe presentarse antes del 30 de junio de 2024.

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

El contenido de esta página tiene carácter informativo; las condiciones válidas son las publicadas en la normativa correspondiente.

Resumen

Subvención destinada a organizaciones para realizar actividades que mejoren la seguridad y salud en el trabajo en empresas de Navarra con menos de 50 personas.

Quiénes pueden solicitarla:

  • Organizaciones mencionadas en el artículo 12 de la Ley 31/1995.
  • Organizaciones empresariales y sindicales representativas.
  • Fundaciones u otras entidades constituidas por las anteriores.

Lo que necesitas

Documentación a presentar:

  • Para solicitar la ayuda:
    • Solicitud y proyecto (según las bases 6 y 9 de la convocatoria).
  • Tras la concesión:
    • Declaración de transparencia: presentar en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución de concesión (botón "Presentar").
  • Para justificar:
    1. Las beneficiarias deberán justificar el proyecto realizado antes del 30 de junio de 2024, inclusive. Para ello deberán presentar de manera telemática a través de esta ficha de ayudas (botón "Justificar") la siguiente documentación:

      • Memoria técnica en la que se justifique la realización del proyecto y el grado de consecución de la finalidad perseguida, incluyendo un conjunto de indicadores para cada una de las acciones financiadas que permitan evaluar los resultados obtenidos, tanto en su contenido técnico, como de su eficacia, eficiencia y economía. Asimismo, los indicadores deberán permitir conocer, entre otros, el número de usuarios que han recibido cada acción subvencionada y su grado de satisfacción (de 1 a 6) con el resultado.

      Si hay gastos de difusión se presentará el contenido del material difundido y documentación que acredite su difusión y recepción.

      • Declaración responsable del gasto realizado por la beneficiara en la ejecución del proyecto. A estos efectos, se entiende por gasto realizado aquel en el cual ha incurrido la beneficiaria para la ejecución del proyecto, aunque aún no haya sido pagado.
    2. Antes del 30 de junio de 2024, inclusive, las beneficiarias deberán presentar la justificación económica de la subvención de manera telemática, a través de esta ficha de ayudas:

      • Memoria económica, que incluya:

        • Relación nominal de las personas que han realizado las acciones del proyecto, detallando jornada, horas trabajadas y el porcentaje de imputación al coste del proyecto.
        • Nóminas que se imputen al proyecto, así como copia de las transferencias y del extracto bancario que refleje el pago efectivo tanto de las nóminas como de las cotizaciones sociales.
        • Listado de los gastos por desplazamiento con identificación de la nómina en la que se abonan.
        • Listado numerado de facturas que se presentan detalladas por conceptos y su correlativa relación con los justificantes de pago de las mismas.
        • Facturas emitidas hasta el 30 de junio de 2024 y sus justificantes de pago, que deberán estar a nombre de quien solicite la subvención.
      • En el supuesto de que la beneficiaria esté exenta o no sujeta al pago del impuesto sobre el valor añadido (IVA) lo demostrará mediante la presentación de la documentación oficial correspondiente.

Cómo hacerlo

Para solicitar la ayuda:

  1. Preparar la solicitud y el proyecto según las bases 6 y 9 de la convocatoria.
  2. Presentar la solicitud y el proyecto de forma telemática a través de la ficha de ayudas.

Tras la concesión:

  1. Presentar la declaración de transparencia en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución de concesión.

Para justificar:

  1. Justificar el proyecto realizado antes del 30 de junio de 2024, presentando la memoria técnica y la declaración responsable del gasto.
  2. Presentar la justificación económica de la subvención antes del 30 de junio de 2024, incluyendo la memoria económica y los documentos justificativos correspondientes.

Ayuda

Contacto:

Servicio de Trabajo Parque Tomás Caballero, 1, 1.ª planta Edificio Fuerte del Príncipe II 31006 Pamplona Teléfonos: 848 42 79 25/ 848 425 631 Correo electrónico: ayudas.trabajo@navarra.es

Ayuda para tramitar:

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Normativa


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