Subvención a entidades sin ánimo de lucro y a empresas para la ejecución de proyectos en materia de igualdad de género y conciliación 2025

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Ofrecer apoyo financiero a entidades sin ánimo de lucro y empresas para desarrollar proyectos que promuevan la igualdad de género y la conciliación en Navarra.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades sin ánimo de lucro y empresas con centros de trabajo en Navarra que cumplan los requisitos especificados en la convocatoria.

Requisitos principales

  • Entidades sin ánimo de lucro (subvenciones Anexo II).
  • Entidades sin ánimo de lucro y empresas con centros de trabajo ubicados en Navarra con una plantilla de entre 5 y 150 personas trabajadoras (subvenciones Anexo III).

Plazos

Plazos de justificación: Anexo II: hasta el 30 de noviembre de 2025. Anexo III: hasta el 8 de noviembre de 2025.

Duración del trámite

Variable, dependiendo del proyecto y los plazos de justificación.

Información adicional

Se subvencionarán proyectos de implantación, desarrollo y aplicación de metodologías en materia de conciliación o de integración de la igualdad de género (Anexo II), y proyectos de ejecución de acciones en materia de igualdad (Anexo III).

Resumen

Esta convocatoria ofrece subvenciones a entidades sin ánimo de lucro y empresas para la ejecución de proyectos que fomenten la igualdad de género y la conciliación en Navarra.

Quién puede usar este servicio:

  • Entidades sin ánimo de lucro.
  • Empresas con centros de trabajo en Navarra con una plantilla de entre 5 y 150 personas.

Antes de empezar:

Es importante revisar la normativa aplicable y la documentación requerida para cada tipo de proyecto (Anexo II y Anexo III).

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Subvenciones Anexo II:
    • Proyecto.
    • Memoria económica y presupuesto.
    • Declaración responsable sobre las cuestiones objeto de valoración.
  • Subvenciones Anexo III:
    • Proyecto.
    • Memoria económica y presupuesto.
    • Documentación para acreditar la formación en igualdad.
    • Declaración responsable sobre las cuestiones objeto de valoración.
    • Declaración sobre la ejecución del proyecto.
    • Actas que acrediten la negociación con la representación de las y los trabajadores.
    • Acta de constitución de la Comisión del artículo 41.4 del ET.
    • Resolución de abono de subvención para la elaboración o reactivación del Plan de Igualdad.
    • Cualquier otra documentación que considere pertinente para acreditar los criterios de valoración de la base 6.

Requisitos previos:

  • Cumplir con los requisitos específicos detallados en la convocatoria según el tipo de entidad y proyecto.
  • En caso de que la solicitud sea presentada por una consultora, acreditar la representación mediante el formulario correspondiente o documento privado de autorización.

Costes y plazos:

  • Los costes subvencionables y los plazos de justificación varían según el tipo de proyecto (Anexo II o Anexo III). Consultar la convocatoria para detalles específicos.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparar la documentación requerida según el tipo de proyecto (Anexo II o Anexo III).
  2. Presentar la solicitud a través de la sede electrónica de Navarra.
  3. Realizar el seguimiento del expediente.
  4. Presentar la declaración de transparencia en el plazo indicado.
  5. Justificar la subvención dentro de los plazos establecidos.

Información sobre cada etapa:

  • La valoración de los proyectos se realizará según los criterios establecidos en la base 6 de la convocatoria.
  • La resolución de concesión o denegación se notificará a los solicitantes.
  • La justificación de la subvención deberá realizarse aportando la documentación que acredite la realización del proyecto y los gastos incurridos.

Tiempos de espera:

  • Los plazos para la resolución y notificación de la concesión o denegación de la subvención se indicarán en la convocatoria.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Una vez justificada la subvención, se procederá al pago de la misma.
  • Las entidades beneficiarias deberán cumplir con las obligaciones específicas establecidas en la convocatoria.

Plazos de resolución:

  • Los plazos de resolución se indicarán en la convocatoria.

Siguiente pasos:

  • En caso de incumplimiento de las obligaciones, se podrá proceder al reintegro de la subvención.

Ayuda

Contacto:

Servicio de Trabajo Parque Tomás Caballero, 1, 1.ª planta Edificio Fuerte del Príncipe II 31006 Pamplona / Iruña Teléfonos: 848 425 625 / 848 421 389 Correo electrónico: responsabilidadsocial@navarra.es

Recursos adicionales:

Normativa:


Preguntas frecuentes


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