Subvención a entidades sin ánimo de lucro y a empresas para la ejecución de proyectos en materia de igualdad de género y conciliación 2025
Información Rápida
Objetivo
Ofrecer apoyo financiero a entidades sin ánimo de lucro y empresas para desarrollar proyectos que promuevan la igualdad de género y la conciliación en Navarra.
¿Quién puede solicitarlo?
Entidades sin ánimo de lucro y empresas con centros de trabajo en Navarra que cumplan los requisitos especificados en la convocatoria.
Requisitos principales
- Entidades sin ánimo de lucro (subvenciones Anexo II).
- Entidades sin ánimo de lucro y empresas con centros de trabajo ubicados en Navarra con una plantilla de entre 5 y 150 personas trabajadoras (subvenciones Anexo III).
Plazos
Plazos de justificación: Anexo II: hasta el 30 de noviembre de 2025. Anexo III: hasta el 8 de noviembre de 2025.
Duración del trámite
Variable, dependiendo del proyecto y los plazos de justificación.
Información adicional
Se subvencionarán proyectos de implantación, desarrollo y aplicación de metodologías en materia de conciliación o de integración de la igualdad de género (Anexo II), y proyectos de ejecución de acciones en materia de igualdad (Anexo III).
Resumen
Esta convocatoria ofrece subvenciones a entidades sin ánimo de lucro y empresas para la ejecución de proyectos que fomenten la igualdad de género y la conciliación en Navarra.
Quién puede usar este servicio:
- Entidades sin ánimo de lucro.
- Empresas con centros de trabajo en Navarra con una plantilla de entre 5 y 150 personas.
Antes de empezar:
Es importante revisar la normativa aplicable y la documentación requerida para cada tipo de proyecto (Anexo II y Anexo III).
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Subvenciones Anexo II:
- Proyecto.
- Memoria económica y presupuesto.
- Declaración responsable sobre las cuestiones objeto de valoración.
- Subvenciones Anexo III:
- Proyecto.
- Memoria económica y presupuesto.
- Documentación para acreditar la formación en igualdad.
- Declaración responsable sobre las cuestiones objeto de valoración.
- Declaración sobre la ejecución del proyecto.
- Actas que acrediten la negociación con la representación de las y los trabajadores.
- Acta de constitución de la Comisión del artículo 41.4 del ET.
- Resolución de abono de subvención para la elaboración o reactivación del Plan de Igualdad.
- Cualquier otra documentación que considere pertinente para acreditar los criterios de valoración de la base 6.
Requisitos previos:
- Cumplir con los requisitos específicos detallados en la convocatoria según el tipo de entidad y proyecto.
- En caso de que la solicitud sea presentada por una consultora, acreditar la representación mediante el formulario correspondiente o documento privado de autorización.
Costes y plazos:
- Los costes subvencionables y los plazos de justificación varían según el tipo de proyecto (Anexo II o Anexo III). Consultar la convocatoria para detalles específicos.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la documentación requerida según el tipo de proyecto (Anexo II o Anexo III).
- Presentar la solicitud a través de la sede electrónica de Navarra.
- Realizar el seguimiento del expediente.
- Presentar la declaración de transparencia en el plazo indicado.
- Justificar la subvención dentro de los plazos establecidos.
Información sobre cada etapa:
- La valoración de los proyectos se realizará según los criterios establecidos en la base 6 de la convocatoria.
- La resolución de concesión o denegación se notificará a los solicitantes.
- La justificación de la subvención deberá realizarse aportando la documentación que acredite la realización del proyecto y los gastos incurridos.
Tiempos de espera:
- Los plazos para la resolución y notificación de la concesión o denegación de la subvención se indicarán en la convocatoria.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Una vez justificada la subvención, se procederá al pago de la misma.
- Las entidades beneficiarias deberán cumplir con las obligaciones específicas establecidas en la convocatoria.
Plazos de resolución:
- Los plazos de resolución se indicarán en la convocatoria.
Siguiente pasos:
- En caso de incumplimiento de las obligaciones, se podrá proceder al reintegro de la subvención.
Ayuda
Contacto:
Servicio de Trabajo Parque Tomás Caballero, 1, 1.ª planta Edificio Fuerte del Príncipe II 31006 Pamplona / Iruña Teléfonos: 848 425 625 / 848 421 389 Correo electrónico: responsabilidadsocial@navarra.es
Recursos adicionales:
- Qué días son inhábiles
- Cómo obtener las credenciales para tramitar: cl@ve y certificado digital
- Cómo pagar, consultar las notificaciones, y firmar, adjuntar y comprobar la autenticidad de los documentos
- soportec@navarra.es
- 948 013 555
Normativa:
- Orden Foral 1098E/2024, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención.
- Real Decreto 902/2020, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.
- Real Decreto 901/2020, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
- Ley Foral 5/2018, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
- Ley Orgánica 3/2018, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
- Ley Foral 11/2005, de subvenciones.