Retención por arrendamientos (modelo 180)
Presentación de una relación de rentas y rendimientos del capital inmobiliario y de actividades económicas procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos sometidos a retención o ingreso a cuenta correspondientes a perceptores que tengan la consideración de contribuyentes del IRPF, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la renta de no Residentes (establecimientos permanentes).
Plazo
Abierto todo el año.
Debe presentarse entre el 1 de enero y el 5 de febrero de cada año, en relación con las cantidades retenidas y los ingresos a cuenta efectuados que correspondan al año natural inmediato anterior
Presentación
Dirigido a
Personas físicas, jurídicas y demás entidades, incluidas las Administraciones Públicas obligadas a retener o a ingresar a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes), satisfacen las rentas o rendimientos sujetos a retención o ingreso a cuenta en el caso de que correspondan a la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con lo establecido en el Convenio Económico suscrito con el Estado.
Más información
- Los rendimientos procedentes del subarrendamiento de inmuebles urbanos sometidos a retención o ingreso a cuenta que generen para sus perceptores, contribuyentes del IRPF, rendimientos del capital mobiliario deben declararse en el modelo 193.
- Se presentará también una relación de los contribuyentes del IRPF, el Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes) que hayan obtenido las rentas o rendimientos declaradas en este modelo.
Documentación y tramitación
Documentación
Impreso modelo 180.
¿Cómo tramitar?
Por internet
Acceso al trámite
Puede acceder mediante:
- NIF (Número de Identificación Fiscal) + PIN (clave de acceso que se le entregó durante la confección de la declaración de la renta del pasado ejercicio) o
- Certificado digital válido o DNI electrónico (consulte la guía para tramitar por internet)
Ayuda para tramitación telemática
En las oficinas
- Entregar en cualquiera de las oficinas de Hacienda Tributaria o en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras donde se haya realizado el pago.
- La presentación deberá realizarse obligatoriamente por vía telemática en aquellas declaraciones que contengan más de 15 personas relacionadas.
Normativa
Acceso a la normativa que regula el modelo 180
Presentación telemática
- Orden Foral 132/2009 (BON nº 100 de 14/08/2009)
Contacto
- Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a:
Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152
Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es - Para resolver problemas informáticos:
Teléfono: 948 013 555
Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es
Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).
Organismo responsable - convocante
Economía y Hacienda
Hacienda Tributaria de Navarra.