Renta Garantizada
Prestación básica, económica y periódica de naturaleza complementaria y subsidiaria de cualquier otro recurso o prestación
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
Personas que no tienen cubiertas sus necesidades básicas y que cumplan los requisitos previstos en la Ley Foral.
Requisitos de acceso:
a) Personas mayores de 18 años o menores emancipados.
En el caso de tener entre 18 y 24 años sin menores a cargo, deberán haber vivido de forma independiente durante al menos dos años antes de la solicitud de Renta Garantizada.
b) Residir en la Comunidad Foral de Navarra al menos con dos años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud o un año en los casos en los que en la unidad familiar haya menores o personas dependientes o con una discapacidad superior al 65%.
c) Carecer de medios suficientes para cubrir sus necesidades básicas. Se considera que existe carencia cuando la capacidad económica de quien la solicita y de los demás integrantes de la unidad familiar sea inferior, en conjunto a la cuantía de la Renta Garantizada que pueda corresponder a dicha unidad.
d) Haber solicitado previamente de cualquiera de las Administraciones competentes las prestaciones, pensiones o subsidios de toda índole que le pudieran corresponder así como ejercer las acciones legales para el establecimiento y pago de pensiones por alimentos y/o compensatorias.
Más información
Solicitante y unidad familiar:
Para la determinación del derecho a la prestación y su importe se considerará a toda la unidad familiar de la persona solicitante. La unidad familiar en los términos establecidos en la Ley Foral por la que se regulan los derechos a la Inclusión Social y a la Renta Garantizada.
Determinación de la cuantía:
El importe de Renta Garantizada será la diferencia entre la cuantía establecida según el número de miembros de la unidad familiar y los ingresos mensuales de los que dispone la misma.
Cuantías en 2019:
1 miembro: 623,63
2 miembros: 841,9
3 miembros: 997,81
4 miembros: 1.091,35
5 miembros: 1.184,9
6 o más miembros: 1.247,25
Obligaciones de las personas que perciban la Renta Garantizada
Estímulos al empleo
Con el objetivo de estimular el acceso al empleo durante el periodo de percepción de la Renta garantizada, quedará excluida una parte de los ingresos provenientes de actividades laborales sobrevenidas.
Documentación y tramitación
Documentación
Solicitud en impreso específico (que se facilitará en los Servicios Sociales de Base) debidamente cumplimentada y firmada por la persona solicitante y verificada por el Servicio Social de Base correspondiente.
Fotocopia de DNI/NIE o documentación que acredite identidad y residencia legal de la persona solicitante y en su caso Pasaporte de todos los miembros de la unidad familiar
Fotocopia del libro de familia o documento equivalente en el caso de personas de origen extranjero
Volante de empadronamiento y convivencia que acredite la antigüedad de residencia en Navarra y en el que consten todas las personas que conviven en el mismo domicilio.
Justificación documental de ingresos económicos y patrimonio del solicitante y de todos las personas de la Unidad Familiar:
- En caso de trabajadores por cuenta ajena: Contrato de trabajo y últimas 6 nóminas
- En caso de trabajadores por cuenta propia (autónomos):
1) Declaración del pago fraccionado del IRPF de los dos últimos trimestres anteriores a la solicitud y Balance de ingresos y gastos del último semestre Certificados de pensiones contributivas
2) Contrato de arrendamiento para justificar los Ingresos provenientes de arrendamientos
3) Otros ingresos atípicos (herencias y legados, indemnizaciones por despido o de cualquier naturaleza, etc.): Justificante del ingreso correspondiente con documento oficial
4) Certificado bancario con el saldo actual de todas las cuantas de las que sean titulares
En supuestos de separación o divorcio: Demanda de separación o sentencia firme si ya la tienen o justificante de inicio del trámite en su caso y, en su caso convenio regulador o o justificante de inicio del trámite.
Solicitud de abono por transferencia debidamente cumplimentada por la entidad bancaria.
¿Cómo tramitar?
En las oficinas
Servicio social de base correspondiente al domicilio del solicitante
Pasos siguientes
El Servicio de Garantía de Ingresos y Cooperación al Desarrollo verificará el cumplimiento de los requisitos por parte del interesado y emitirá informe favorable o no de concesión.
A las unidades familiares solicitantes por primera vez de la Renta Garantizada se les informará y orientará, desde los Servicios Sociales De Base, para que puedan ejercer el derecho a un proceso personalizado de inclusión social.
En el caso de que la unidad familiar haya sido perceptora de Renta Garantizada por un periodo superior a un año ininterrumpido y que no haya habido ninguna modificación de la renta percibida por razón de cambio en su situación económica, con la finalidad de incentivar y promover su inclusión activa, se deberá llevar a cabo el proceso personalizado de inclusión social.
Si el periodo de percepción de Renta Garantizada es de al menos veinticuatro meses, la Administración Pública correspondiente deberá ofertarle, en su caso, al menos la posibilidad de participar en un programa de Empleo Social Protegido u otra opción de empleo y/o formación.
Normativa
- Ley Foral 15/2016, de 11 de noviembre de 2016, por la que se regulan los derechos a la Inclusión Social y a la Renta Garantizada (BON Nº 223, de 18/11/2016; corr. err., BON 25/11/2016)
- Decreto Foral 26/2018, de 25 de abril, de desarrollo de los derechos a la Inclusión Social y a la Renta Garantizada (BON Nº 107, de 05/06/2018)
- Orden Foral 10/2019, de 16 de enero, por la que se actualiza la cuantía de Renta Garantizada para 2019 (BON Nº 23, de 04/02/2019)
Contacto
Departamento de Derechos Sociales
C/ González Tablas, 7
31005 Pamplona
Teléfonos: 848 426 900
Fax: 948 240 108
Correo electrónico: info.derechossociales@navarra.es
Organismo responsable - convocante
Sección de Garantía de Ingresos y Prestaciones Económicas
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