Provisión de medidas judiciales de apoyo y autorizaciones judiciales para personas mayores de edad con discapacidad

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Este trámite permite solicitar medidas judiciales de apoyo o autorizaciones judiciales para personas mayores de edad con discapacidad que no pueden tomar decisiones por sí mismas.

¿Quién puede solicitarlo?

Familiares (cónyuges, hijos, padres, hermanos), otras personas interesadas (vecinos, amigos) o profesionales de servicios sociales que conozcan la situación de la persona con discapacidad. También los guardadores de hecho pueden solicitar autorizaciones judiciales.

Requisitos principales

  • Que la persona tenga una enfermedad, deficiencia o trastorno permanente e irreversible que le impida gobernarse por sí misma.
  • Que la persona necesite apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica.

Plazos

Agosto es mes inhábil, por lo que las solicitudes se reciben pero no se tramitan hasta septiembre.

Duración del trámite

Variable, dependiendo del caso.

Información adicional

El procedimiento es gratuito si se solicita a través del Servicio Social de Justicia y se tramita ante la Fiscalía, o directamente en el Juzgado Decano, en el caso de las autorizaciones. Existe la posibilidad de instar su tramitación a través de abogado y procurador, lo que puede conllevar un coste.

Resumen

Este trámite permite solicitar medidas judiciales de apoyo y autorizaciones judiciales para personas mayores de edad con discapacidad que no pueden tomar decisiones por sí mismas debido a una enfermedad, deficiencia o trastorno permanente e irreversible.

Quién puede usar este servicio

  • Familiares (cónyuges, hijos/hijas, padres/madres, hermanos/hermanas) de la persona con discapacidad.
  • Otras personas interesadas (vecinos, amistades).
  • Profesionales de servicios sociales.
  • Guardadores de hecho (para autorizaciones judiciales).

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Impreso de solicitud de provisión de medidas judiciales de apoyo (para medidas de apoyo).
  • Impreso de solicitud de autorización judicial (para autorizaciones judiciales).
  • Fotocopia del DNI de la persona para la que se solicita el trámite y de quien lo solicita.
  • Partida de nacimiento literal de la persona interesada, expedida por el Registro Civil.
  • Documento que acredite el grado de minusvalía reconocido (certificado de discapacidad), si lo hubiera.
  • Informe médico detallado sobre la enfermedad, su irreversibilidad y su impacto en la capacidad de la persona.
  • Informe social que justifique la necesidad del procedimiento.
  • Copia de poderes generales o preventivos otorgados por la persona interesada, si existen.
  • En algunos casos, información sobre las cuentas corrientes de la persona.

Requisitos previos

  • La persona debe tener una enfermedad, deficiencia o trastorno permanente e irreversible que le impida gobernarse por sí misma.
  • Debe existir una necesidad de apoyo que no pueda ser cubierta por otros medios (poderes preventivos, guarda de hecho).

Costes y plazos

  • El procedimiento es gratuito si se solicita a través del Servicio Social de Justicia.
  • Si se utilizan abogado y procurador, puede haber costes asociados.
  • Agosto es mes inhábil, por lo que las solicitudes se reciben pero no se tramitan hasta septiembre.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Solicitar cita previa en el Servicio Social de Justicia (teléfonos: 848 423 376 / 848 421 387 / 848 426 811, correo electrónico: ofidel@navarra.es).
  2. Presentar la solicitud y la documentación requerida en la oficina del Servicio Social de Justicia (Palacio de Justicia de Pamplona, Plaza de Juez Elío, nº 1, planta baja).

Ayuda

Contacto

Servicio Social de Justicia Sección asistencia a víctimas del delito y colaboración con órganos judiciales Palacio de Justicia, Plaza Juez Elío s/n. 31011 Pamplona Teléfonos: 848 423 376 / 848 421 387 / 848 426 811 Correo electrónico: ofidel@navarra.es

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