Programa MOVES de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible 2019
Información Rápida
Objetivo
Incentivar la movilidad eficiente y sostenible mediante ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas y la implantación de infraestructuras de recarga.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas, profesionales autónomos, comunidades de propietarios, personas jurídicas, sector público y otras entidades.
Requisitos principales
- Cumplir con los requisitos específicos establecidos en la normativa para cada tipo de actuación subvencionable.
- Presentar la solicitud de ayuda antes de realizar la inversión.
- Justificar la inversión realizada dentro de los plazos establecidos.
Plazos
Hasta el 31 de diciembre de 2019 o hasta que se agote el presupuesto disponible.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la tramitación y resolución.
Información adicional
Las solicitudes se atenderán por orden de presentación hasta agotar el presupuesto disponible.
Resumen
El Programa MOVES de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible 2019 está actualmente en resolución. Este programa ofrece ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas y la implantación de infraestructuras de recarga.
Quién puede usar este servicio: Personas físicas, profesionales autónomos, comunidades de propietarios, personas jurídicas, sector público y otras entidades.
Antes de empezar: Consulta las Preguntas frecuentes sobre el programa MOVES y la Información sobre protección de datos de carácter personal.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Obligación de las beneficiarias: Presentar en el plazo de un mes desde la notificación de la concesión la declaración relativa a la obligación de transparencia. Utiliza la Plantilla de la Declaración de obligación de transparencia.
- Plantilla de solicitud de abono
- Información sobre las actuaciones subvencionables, la documentación requerida para realizar la solicitud y la justificación posterior de la actuación realizada, y cuantía de la ayuda:
- Formularios de solicitud:
Requisitos previos: Es necesario realizar la solicitud de ayudas antes que las inversiones. Las solicitudes serán atendidas por orden de presentación.
Costes y plazos: No especificado.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la documentación necesaria según la actuación que se va a realizar.
- Presentar la solicitud telemáticamente a través de la plataforma del Gobierno de Navarra.
- Realizar la inversión una vez presentada la solicitud.
- Justificar la inversión realizada dentro de los plazos establecidos.
Justificación:
- Plazo: Hasta 31 de diciembre de 2019 o hasta que se agote el presupuesto disponible.
- Se puede tramitar con las siguientes credenciales:
- Certificado digital o DNI electrónico
- Cl@ve
- Justificar
- Otras formas de tramitar:
- Sólo personas físicas: Registro del Departamento, Parque Tomás Caballero, 1 - Edificio Fuerte del Príncipe II, 31005 Pamplona-Iruña
- Las entidades deben presentar la solicitud obligatoriamente de manera telemática.
- También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.
Después de hacerlo
Qué sucede después: Se revisará la documentación presentada y se resolverá la solicitud según los criterios establecidos en la normativa.
Plazos de resolución: No especificado.
Siguiente pasos: En caso de concesión de la ayuda, se procederá al abono de la misma una vez justificada la inversión.
Ayuda
Contacto:
Sección de Plan Energético Parque Tomás Caballero, 1, 5.ª planta 31005 Pamplona / Iruña Teléfono: 848 429 700 Correo electrónico: energia@navarra.es (indicar en el asunto del correo el nombre de la convocatoria y realizar un resumen de la consulta)
Recursos adicionales:
- Resolución 75E/2019 por la que se aprueba la convocatoria de la subvención
- Real Decreto 72/2019 por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES)
- Vehículos elegibles
Resultados:
- Resolución 241E/2020, de 31 de diciembre (cuarta concesión)
- Resolución 122E/2020, de 25 de septiembre (tercera concesión)
- Resolución 165E/2019, de 18 de noviembre (segunda concesión)
- Resolución 6E/2019, de 25 de septiembre (primera concesión)
Ayuda para tramitar:
- Qué días son inhábiles
- Cómo obtener las credenciales para tramitar: cl@ve y certificado digital
- Cómo pagar, consultar las notificaciones, y firmar, adjuntar y comprobar la autenticidad de los documentos
¿Problemas informáticos? Te atendemos de lunes a jueves, de 8:00 a 17:30 horas; y los viernes y meses de verano (julio-septiembre), de 8:00 a 15:00 horas.