Programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) 2021

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

El programa MOVES III ofrece ayudas para la compra de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible, así como para la instalación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas, profesionales autónomos, comunidades de propietarios, personas jurídicas, sector público y otras entidades.

Requisitos principales

  • Cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 51E/2021 y en el Real Decreto 266/2021.
  • Presentar la documentación requerida en los plazos establecidos.

Plazos

El plazo de presentación de solicitudes finalizó. El plazo máximo para justificar las actuaciones es de 18 meses desde la notificación de la resolución de concesión.

Duración del trámite

El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla es de 6 meses, aunque debido al elevado número de solicitudes, este plazo podría no cumplirse.

Información adicional

Existen deducciones fiscales por inversiones en vehículos eléctricos, híbridos enchufables y sistemas de recarga. Más información disponible en el enlace proporcionado.

Resumen

El Programa MOVES III ofrece incentivos para impulsar la movilidad eléctrica en Navarra, apoyando la adquisición de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga.

Quién puede usar este servicio:

  • Personas físicas
  • Profesionales autónomos
  • Comunidades de propietarios
  • Personas jurídicas
  • Sector público
  • Otras entidades

Importante: El plazo de presentación de solicitudes ha finalizado.

Lo que necesitas

Documentación requerida:

Costes y plazos:

  • El trámite no tiene coste.
  • Plazo para justificar las actuaciones: 18 meses desde la notificación de la concesión.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Consultar la documentación requerida en la Resolución 51E/2021 y los resúmenes de cada actuación:
  2. Preparar la documentación necesaria.
  3. Presentar la solicitud telemáticamente a través de la plataforma de la Administración de Navarra.

Formularios de solicitud:

Importante: La falta de algún documento en la solicitud inicial no es subsanable y conllevará el archivo de la solicitud.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Se revisará la solicitud y la documentación presentada.
  • Se emitirá una resolución de concesión o denegación de la ayuda.
  • El plazo máximo para emitir la resolución es de 6 meses, aunque podría no cumplirse.

Siguientes pasos:

  • En caso de concesión, las personas jurídicas y administraciones públicas con actividad económica deben presentar la declaración de transparencia en el plazo de un mes desde la notificación.
  • Justificar la actuación realizada en un plazo máximo de 18 meses desde la notificación de la resolución de concesión.

Ayuda

Contacto:

Sección de Ayudas a la Transición Energética Parque Tomás Caballero, 1, 4.ª planta Edificio Fuerte del Príncipe II 31005 Pamplona / Iruña Teléfono: 848 42 97 00 Correo electrónico: transicionenergetica@navarra.es (indicar en el asunto del correo el nombre de la convocatoria y realizar un resumen de la consulta)

Recursos adicionales:

Resultados

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Preguntas frecuentes


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