Permuta de vivienda protegida
Autorización a los propietarios de vivienda protegida para permutarla por otra vivienda protegida propiedad de otro particular, siempre y cuando hayan transcurrido más de tres años desde la calificación definitiva de ambas viviendas.
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
Personas físicas propietarias de una vivienda protegida.
Más información
- Únicamente se autorizará la permuta de viviendas protegidas aunque sean de distinto tipo. No se podrá autorizar la permuta de una vivienda protegida con otra libre.
- Requisitos y detalle
Documentación y tramitación
Documentación
- Impreso de notificación de la operación cumplimentado
- Fotocopia del DNI.
- Fotocopias de las escrituras de las viviendas cuya permuta se solicita.
- En su caso, copia de la carta de pago de la devolución de las ayudas.
- Fotocopia de la última Declaración de IRPF cuyo plazo de presentación haya concluido, de todos los propietarios de las viviendas que se van a pemutar.
¿Cómo tramitar?
Por internet
Solicitud
Puede tramitar:
- Con certificado digital o DNI electrónico.
- Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
- Con Cl@ve.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Ayuda para tramitación telemática
En las oficinas
Registro del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos
Serivio de Vivienda
C/ Alhóndiga, 1-1º
31002 Pamplona
Otros lugares de presentación.
Pasos siguientes
- Únicamente se autorizará la permuta de viviendas protegidas, aunque sean de distinto tipo. No se podrá autorizar la permuta de una vivienda protegida con otra libre.
- La solicitud de autorización de permuta deberá resolverse en el plazo máximo de 40 días hábiles. Transcurrido este plazo sin que se hubiera notificado la Resolución correspondiente, la autorización se podrá entender otorgada.
Normativa
- Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo del Derecho a la Vivienda en Navarra (BON N.º 60 de 17/05/2010)
- Decreto Foral 25/2011, de 28 de marzo por el que se regula el Censo de solicitantes de vivienda protegida (BON N.º 64 de 1/04/2011)
Contacto
Sección de Ayudas y Planificación
C/ Alhóndiga 1, 1º
31002 Pamplona
Teléfono: 848 42 75 70
Correo electrónico: vivienda@navarra.es