Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Pagos fraccionados (impuesto medioambiental: modelo 583)
Plazo
Abierto todo el año.
Entre los días 1 y 20 de los meses de mayo, septiembre, noviembre y febrero siguientes a la finalización de cada trimestre del año natural.
Si el valor de la producción (incluidas todas las instalaciones) no supera los 500.000 euros en el año natural anterior, se presentará únicamente el pago fraccionado cuyo plazo de liquidación está comprendido entre los días 1 y 20 del mes de noviembre.
Presentación
Dirigido a
Están obligados a presentar el modelo 583 las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 25 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, que realicen el hecho imponible del impuesto:
- Cuando radique en Navarra la instalación de producción de energía eléctrica.
- Cuando, radicando en territorio navarro y en territorio común, sea la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la competente para autorizar dicha instalación.
Más información
Más información:
Consulte aquí las Preguntas frecuentes IVPEE
Documentación y tramitación
Documentación
- Modelo 583 Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Pagos fraccionados (ver "Tramitación online").
- Carta de pago número 767.
Ayuda para tramitar el modelo 583
¿Cómo tramitar?
Por internet
Trámitar
Puede acceder mediante:
- Certificado digital válido o DNI electrónico (consulte la guía para tramitar por internet).
Ayuda para tramitación telemática
En las oficinas
El modelo se presenta exclusivamente por vía telemática a través de internet, tal y como señala el artículo 1.4 de la Orden Foral 10/2015.
Normativa
- Orden Foral 10/2015, de 12 de agosto, del Consejero de Hacienda y Política Financiera por la que se aprueba el modelo 583, "Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica. Autoliquidación y Pagos fraccionados" y el modelo 588 "Impuesto sobre el Valor de Producción de la Energía Eléctrica. Autoliquidación por cese de actividad de enero a octubre".
- Artículo primero de la Ley Foral 11/2015, de 18 de marzo, por la que se regulan el Impuesto sobre el Valor de la Producción de le Energía Eléctrica, el Impuesto de Gases Fluorados de Efecto Invernadero y el Impuesto sobre los depósitos en las Entidades de Crédito.
Contacto
- Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a:
Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152
Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@cfnavarra.es - Para la resolución de problemas informáticos:
Teléfono de soporte técnico: 948 013 555
Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@cfnavarra.es
Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).