Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (modelo 349)
En la declaración recapitulativa se consignarán los datos de identificación de los proveedores y adquirentes, así como, en su caso, la base imponible relativa a las operaciones intracomunitarias declaradas.
Plazo
Abierto todo el año.
- El período de presentación de la declaración recapitulativa comprenderá, con carácter general, las operaciones realizadas en cada mes natural, y se presentará durante los veinte primeros días naturales del mes inmediato siguiente al correspondiente período mensual.
- No obstante, la presentación deberá ser trimestral o bimestral en los siguientes supuestos:
- a. Trimestral: Cuando ni durante el trimestre de referencia ni en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores, el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios que deban consignarse en la declaración recapitulativa sea superior a 50.000 euros. Si, a pesar de no haber superado la cifra anterior en los cuatro trimestres naturales anteriores, ésta se supera en el primer mes del trimestre de referencia, se deberá presentar declaración mensual por ese mes y los siguientes.
- b. Bimestral: Cuando esa cifra de 50.000 euros en un trimestre, se rebasara al final del segundo mes de un trimestre natural, se presentará declaración bimestral por esos dos meses y se continuará presentando mensualmente.
Presentación
Dirigido a
Los sujetos pasivos del Impuesto sobre el Valor Añadido que realicen las operaciones que de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido (Decreto Foral 86/1993, de 8 de marzo), obligan a presentar la declaración intracomunitaria.
Documentación y tramitación
Documentación
Modelo 349. Debe presentarse por internet (ver "Tramitación online").
¿Cómo tramitar?
Por internet
Trámite
La tramitación será:
a) Las declaraciones que contengan menos de 12.000 registros, deberán presentarse por vía telemática a través de Internet. Puede acceder a la aplicación que le permitirá realizar la tramitación on line desde aquí.
Diseños lógicos y físicos del modelo
b) Las declaraciones que contengan 12.000 registros o más, deberán presentarse en soporte directamente legible por ordenador y deberán cumplir las siguientes características:
- Tipo: CD-R (Compact Disc Recordable) de 12 cm.
- Capacidad: Hasta 700 MB.
- Formato ISO/IEC DIS 9660:1999, con extensión o sin extensión Joliet.
- No multisesión
Ayuda para tramitación telemática
Normativa
- Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, Artículos 67, 68, 69 y 70
- Acceso a la normativa que regula el modelo 349
Contacto
- Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a:
Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152
Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es - Para la resolución de problemas informáticos:
Teléfono de soporte técnico: 948 013 555
Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es
Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).
Organismo responsable - convocante
Hacienda Tributaria de Navarra.