Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA (modelo 340)
Presentar una relación con las operaciones incluidas en los libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Plazo
Abierto todo el año.
- La declaración deberá presentarse durante los veinte primeros días naturales del mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación mensual.
- Las declaraciones correspondientes al mes de junio, julio y diciembre, podrán presentarse hasta los días 5 de agosto, 20 de septiembre y 31 de enero, respectivamente.
Presentación
Dirigido a
Deberán presentar este modelo los sujetos pasivos inscritos en el Registro de Devolución Mensual, siempre que deban tributar exclusivamente a la Comunidad Foral de Navarra o cuando, debiendo tributar a la Administración del Estado y a la de la Comunidad Foral de Navarra, tengan su domicilio fiscal en territorio navarro, salvo que hubieran realizado en el ejercicio anterior en territorio de régimen común el 75 por 100 o más de sus operaciones totales, de acuerdo con lo establecido en el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral.
Más información
Relación de operaciones:
- Operaciones anotadas en el libro registro de facturas expedidas durante el periodo de liquidación.
- Operaciones anotadas en el libro registro de facturas recibidas durante el periodo de liquidación.
- Operaciones anotadas en el libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias durante el periodo de liquidación.
Igualmente se deberá informar, en su caso, de la realización de las operaciones siguientes:
- Percepción de subvenciones
- Arrendamientos de locales de negocios
- Cobros de honorarios
- Recepción de importes en metálico superiores a 6.000 euros
- Transmisiones de inmuebles sujetas a IVA
- Operaciones de compensaciones agrícolas con recibo
- Otras operaciones detalladas
La declaración informativa correspondiente al último periodo de liquidación del año incluirá, en su caso, además las operaciones anotadas en el Libro registro de bienes de inversión durante todo el ejercicio.
¿Cómo tramitar?
Por internet
Trámite
- Las declaraciones que contengan menos de 12.000 registros, deberán presentarse por vía telemática.
- Las declaraciones que contengan a partir de 12.000 registros deberán presentarse en soporte directamente legible por ordenador.
Puede acceder mediante:
- Certificado digital válido o DNI electrónico (consulte la guía para tramitar por internet), o
- NIF (Número de Identificación Fiscal) + PIN (clave de acceso que se le entregó durante la confección de la declaración de la renta del pasado ejercicio)
Ayuda para tramitación telemática
En las oficinas
No se admite la presentación en soporte papel del modelo 340
Normativa
Acceso a la normativa que regula el modelo 340
Contacto
- Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a:
Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152
Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es - Para la resolución de problemas informáticos:
Teléfono de soporte técnico: 948 013 555
Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es
Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).
Organismo responsable - convocante
Economía y Hacienda
Hacienda Tributaria de Navarra