Comunicación del desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional
Tramitar
Plazo
Abierto todo el año.
La comunicación debe realizarse antes del inicio de la prestación de servicios trasnacional.
Presentación
Dirigido a
Empresas establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o en un Estado signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que desplacen temporalmente a sus trabajadores a España, en el marco de una prestación de servicios transnacional, con exclusión de las empresas de la marina mercante respecto de su personal navegante.
Más información
El empresario que desplace trabajadores a España en el marco de una prestación de servicios transnacional deberá comunicar el desplazamiento, antes de su inicio y con independencia de su duración, a la autoridad laboral española competente por razón del territorio donde se vayan a prestar los servicios.
Documentación y tramitación
Documentación
El formulario de comunicación de desplazamiento deberá incorporar la siguiente información:
- Identificación de la empresa que desplaza al trabajador.
- Domicilio fiscal de dicha empresa y su número de identificación a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Datos personales y profesionales de los trabajadores desplazados.
- Identificación de la empresa o empresas y, en su caso, del centro o centros de trabajo donde los trabajadores desplazados prestarán sus servicios.
- Fecha de inicio y la duración previstas del desplazamiento.
- Determinación de la prestación de servicios que los trabajadores desplazados van a desarrollar en España.
¿Cómo tramitar?
Por internet
Tramitar Ayuda para tramitación telemática
Comunicación de desplazamiento
Puede tramitar:
- Con certificado digital o DNI electrónico.
- Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
- Con Cl@ve.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Subsanar o incorporar nueva documentación
Puede tramitar:
- Con certificado digital o DNI electrónico.
- Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
- Con Cl@ve.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
En las oficinas
Registro del Servicio de Trabajo
Parque Tomás Caballero nº 1, 1ª planta
31006 Pamplona (Navarra)
Otros lugares de presentación.
Pasos siguientes
Una vez presentada la comunicación del desplazamiento, la autoridad laboral la remite a Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social.
Normativa
Artículo 5 de la Ley 45/1999, de 29 de noviembre, (BOE nº 286 de 30/11/1999)
Contacto
- Servicio de Trabajo
Sección de Relaciones Laborales y Prevención de Riesgos
Parque Tomás Caballero, 1-1ª planta
31006 Pamplona (Navarra)
Teléfono: 848 427 906
Correo electrónico: rlaboral@navarra.es - Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a:
Teléfono: 948 013 555
Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es