Ejecución de acciones formativas bien de iniciativa privada o bien vinculadas a contratos para la formación y el aprendizaje.
Requisitos
Ser una de las entidades de formación autorizadas para impartir estas acciones formativas.
Documentación
Aportación de documentos junto con la solicitud
Documentación en soporte digital firmada electrónicamente de forma que su autenticidad e integridad puedan ser verificadas en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, de interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.
Modelo de solicitud ( 120.5 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Más información
Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral
Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad
Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación
Según normativa aplicable
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Sonia Rodriguez Marco
Las entidades de formación que deseen realizar acciones de formación para el empleo no financiadas con fondos públicos deberán comunicar, con una antelación no inferior a treinta días a la fecha de inicio, las acciones formativas que van a impartir para su autorización por la Dirección General competente en materia de Empleo.
Requisitos
Documentación
Previamente a la introducción de datos será necesario ponerse en comunicación con los teléfonos o correos electrónicos indicados en "contacto" para que se autorice la apertura del sistema informático. A continuación la entidad deberá completar la información que le solicite el sistema informático, en la pestaña "Programación", (en caso de no haber cumplimentado en la fase de acreditación de la especialidad formativa, los siguientes datos, habrá que introducirlos)
La solicitud debidamente cumplimentada se presentará en la oficina electrónica y se acompañará de la documentación justificativa que corresponda.
Modelo de solicitud ( 280 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación del modelo de solicitud junto con el resto de documentación se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar, en la pestaña Documentación a anexar.
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
TRES MESES a contar desde la presentación de la solicitud
Más información
Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral
Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación
Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
Positivo
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Concesión derivada de explotación de recursos de la sección C) o D)
Requisitos
Los que acrediten el derecho de aprovechamiento cuando el yacimiento se encuentre en terrenos de propiedad privada (Inscripción en el Registro de la Propiedad, Escritura pública del contrato de compra-venta, arrendamiento o cesión de los terrenos, etc).
Los que acrediten el derecho de aprovechamiento cuando el yacimiento se encuentre en terrenos patrimoniales del Estado, provincia o municipio, o en terrenos de dominio público y su explotación se haga por cesión de derechos o autorización, en su caso, de la autoridad que los administre.
Documentación
Solicitud. Instancia general ( 52 Kb)
Autoliquidación Tasa 09.19. Tarifa 1 ( 48.5 Kb)
Autoliquidación Tasa 09.17. Tarifa 4 ( 48.5 Kb)
Título V del Reglamento General para el Régimen de Minería ( 146.6 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Fecha inicio plazo: Dentro del plazo de vigencia del permiso de investigación
60 días
Más información
Ley 22/1973, de 21 de julio, de minas.
Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería.
Negativo
Alzada
La solicitud se debe realizar siempre dentro del plazo de vigencia del permiso de investigación sobre la totalidad o parte del terreno comprendido en el permiso de investigación tan pronto como la investigación demuestre de un modo suficiente la existencia de un recurso o recursos de la sección C) O D)
Si la resolución es denegatoria y el plazo del permiso de investigación hubiese vencido durante su tramitación, el titular dispondrá del plazo de un mes, a contar de la notificación de la resolución denegatoria, para solicitar la prórroga excepcional del permiso de investigación.
Modos de pago:
Número de Cuenta: ES6020387494806000189348
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Servicio de Ordenación del Territorio
Concesión directa de explotación de recursos de la sección C) o D)
Requisitos
Los que acrediten el derecho de aprovechamiento cuando el yacimiento se encuentre en terrenos de propiedad privada (Inscripción en el Registro de la Propiedad, Escritura pública del contrato de compra-venta, arrendamiento o cesión de los terrenos, etc).
Los que acrediten el derecho de aprovechamiento cuando el yacimiento se encuentre en terrenos patrimoniales del Estado, provincia o municipio, o en terrenos de dominio público y su explotación se haga por cesión de derechos o autorización, en su caso, de la autoridad que los administre.
Documentación
Documentación a presentar una vez aprobada la tramitación como concesión de explotación directa
Solicitud. Instancia general ( 52 Kb)
Autoliquidación Tasa 09.19. Tarifa 1 ( 48.5 Kb)
Autoliquidación Tasa 09.17. Tarifa 4 ( 48.5 Kb)
Título V del Reglamento General para el Régimen de Minería ( 146.6 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Abierto todo el año.
8 meses.
Más información
Ley 22/1973, de 21 de julio, de minas.
Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería.
Negativo
Alzada
Podrá solicitarse la concesión directa de terrenos francos y registrables, sin necesidad de un permiso de investigación previo, cuando este de manifiesto un recurso de la sección C) o D) suficientemente conocido y cuyo aprovechamiento racional sea viable o cuando sobre recursos suficientemente reconocidos en derechos cadudados existan datos y pruebas que permitan definir su explotación, como consecuencia de mejoras tecnológicas o de nuevas perspectivas de mercado.
Modos de pago:
Número de Cuenta: ES6020387494806000189348
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Servicio de Ordenación del Territorio
Permisos de exploración de recursos de la sección C) o D).
Requisitos
Los que acrediten el derecho de aprovechamiento cuando el yacimiento se encuentre en terrenos de propiedad privada (Inscripción en el Registro de la Propiedad, Escritura pública del contrato de compra-venta, arrendamiento o cesión de los terrenos, etc).
Los que acrediten el derecho de aprovechamiento cuando el yacimiento se encuentre en terrenos patrimoniales del Estado, provincia o municipio, o en terrenos de dominio público y su explotación se haga por cesión de derechos o autorización, en su caso, de la autoridad que los administre.
Documentación
Documentación a presentar en un plazo de 30 días prorrogable otros 30 días:
Solicitud ( 52 Kb)
Tasa 09.19. Tarifa 1 ( 48.5 Kb)
Tasa 09.17. Tarifa 2 ( 48.5 Kb)
Título V del Reglamento General para el Régimen de Minería ( 146.6 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Procedimiento no sujeto a plazo.
Más información
Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.
Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería.
Negativo
Alzada
No alteran sustancialmente la configuración del terreno y otorgan prioridad en la petición de permisos de investigación o concesiones directas de explotación.
Modos de pago:
Número de Cuenta: ES6020387494806000189348
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Permisos de investigación de recursos de la sección C) o D).
Requisitos
Los que acrediten el derecho de aprovechamiento cuando el yacimiento se encuentre en terrenos de propiedad privada (Inscripción en el Registro de la Propiedad, Escritura pública del contrato de compra-venta, arrendamiento o cesión de los terrenos, etc).
Los que acrediten el derecho de aprovechamiento cuando el yacimiento se encuentre en terrenos patrimoniales del Estado, provincia o municipio, o en terrenos de dominio público y su explotación se haga por cesión de derechos o autorización, en su caso, de la autoridad que los administre.
Documentación
Documentación a presentar en un plazo de 60 días desde la entrega de la solicitud
Solicitud ( 52 Kb)
Tasa 09.19. Tarifa 1 ( 48.5 Kb)
Tasa 09.17. Tarifa 3 ( 48.5 Kb)
Título V del Reglamento General para el Régimen de Minería ( 146.6 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Abierto todo el año.
Más información
Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.
Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería.
Negativo
Alzada
Modos de pago:
Número de Cuenta: ES6020387494806000189348
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Autorización de explotación de recursos mineros de la sección A.
Requisitos
Documentación
Solicitud. Instancia general ( 52 Kb)
Autoliquidación Tasa 09.19. Tarifa 1 ( 48.5 Kb)
Autoliquidación Tasa 09.17. Tarifa 1 ( 48.5 Kb)
Título III del Reglamento General para el Régimen de Minería ( 38.6 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Abierto todo el año.
Más información
Ley 22/1973, de 21 de julio, de minas.
Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería.
Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Negativo
Alzada
Modos de pago:
Número de Cuenta: ES6020387494806000189348
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Servicio de Ordenación del Territorio
Autorización de aprovechamiento de yacimientos de origen no natural como recursos mineros de la sección B).
Requisitos
Documentación
Documentación posterior a la información pública a presentar em el plazo de 2 meses desde que se decida continuar con la tramitación:
Solicitud. Instancia general ( 52 Kb)
Autoliquidación Tasa 09.19. Tarifa 1 ( 48.5 Kb)
Autoliquidación Tasa 09.17. Tarifa 1 ( 48.5 Kb)
Título IV del Reglamento General para el Régimen de Minería ( 72.5 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Antes de 6 meses desde que se notifique a sus titulares que ha sido presentada por teceros una solicitud de aprovechamiento del yacimiento y calificado éste como recurso de la sección B).
Más información
Ley 22/1973, de 21 de julio, de minas.
Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería.
Negativo
Alzada
Derecho preferente del titular del derecho minero. Si están en terrenos de derechos caducados la prioridad corresponde al propietario o poseedor legal de los terrenos, siempre que no el titular del derecho no lo haya ejercido o transmitido. Si los residuos proceden de establecimientos de beneficio, la prioridad corresponde al titular del mismo.
Modos de pago:
Número de Cuenta: ES6020387494806000189348
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Servicio de Ordenación del Territorio
Autorización de utilización de estructuras subterráneas de la Sección B.
Requisitos
Documentación
Solicitud. Instancia general ( 52 Kb)
Autoliquidación Tasa 09.17. Tarifa 1 ( 48.5 Kb)
Autoliquidación Tasa 09.19. Tarifa 1 ( 48.5 Kb)
Título IV del Reglamento General para el Régimen de Minería ( 72.5 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Máximo 2 meses desde la calificación de la estructura subterránea.
Más información
Ley 22/1973, de 21 de julio, de minas.
Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería.
Negativo
Alzada
El artículo 54 del Reglamento General de Régimen para la minería regula los derechos que otorga esta autorización.
Modos de pago:
Número de Cuenta: ES6020387494806000189348
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Servicio de Ordenación del Territorio
Autorización o concesión de aprovechamiento de las aguas minerales naturales o de manantial
Requisitos
La declaración de la condición de mineral de unas aguas determinadas será requisito previo para la autorización de su aprovechamiento como tales, pudiendo acordarse de oficio o a solicitud de cualquier persona que reúna las condiciones establecidas en el Título VIII.
El solicitante habrá de cumplir los requisitos exigidos en el Título VIII de la Ley de Minas y su Reglamento para poder ser titular de derechos mineros.
Documentación
Solicitud ( 52 Kb)
Tasa 09.19. Tarifa 1 ( 48.5 Kb)
Tasa 09.17. Tarifa 1 ( 48.5 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
Además de descargar los impresos, la solicitud se puede obtener en:
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
Fecha de inicio del plazo: máximo 18 meses desde la declaración de agua mineral.
Tres meses.
Más información
Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas
Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para consumo humano.
Negativo
Alzada
Modos de pago:
Número de Cuenta: ES6020387494806000189348
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.