Gobierno de la Rioja

  • Tiene por objeto el establecimiento de las normas que regulan la inscripción en el Registro de Organizaciones de Consumidores de La Rioja de las asociaciones de consumidores.

    Requisitos

    Aquellas asociaciones de consumidores que reúnan los requisitos necesarios conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de la defensa de los consumidores en la Comunidad Autónoma de La Rioja de acuerdo con lo establecido en su artículo 32.2 presentarán la solicitud de Instancia General firmada por su representante legal de forma telemática o presencial dirigida a la Dirección General competente en materia de consumo y deberá acompañar la documentación acreditativa de los requisitos para la inscripción y establecida en el Decreto 6/2017, de 17 de febrero, por el que se regula el registro de organizaciones de consumidores de La Rioja.

    Documentación

    • Solicitud, escrito o comunicación
    • Aportación de documentos junto con la solicitud:

      La solicitud se deberá acompañar de la siguiente documentación:

    1. Copia de los Estatutos y del Acta de constitución según corresponda.
    2. Certificado del Secretario de la asociación, con el visto bueno de su Presidente, en el que consten los siguientes datos:
      1. Denominación de la asociación, Número de Identificación Fiscal (NIF), dirección de la sede y delegaciones, horario de atención al público y, en su caso, página web, dirección de correo electrónico de la misma u otros medios en soporte digital.
      2. Asociaciones, Uniones o Federaciones a las que está vinculada y, en su caso, Oficinas de Información al Consumidor que gestiona, junto con el horario de atención al público y dirección de éstas.
      3. Nombre, Número de Identificación Fiscal (NIF), cargo y domicilio de los miembros de los órganos de gobierno.
      4. Designación de representante titular y suplentes de la asociación en el Consejo Riojano de Consumo para cuando le corresponda representación en el mismo según el sistema de turno rotatorio establecido.
      5. Número efectivo de asociados al corriente de pago.
      6. Cuantía de las cuotas que están obligados a satisfacer.
      7. Indicación de las actividades del año anterior, enumeración de actividades para el año en que se presenta la solicitud, e ingresos y gastos de la asociación, referidos al año en que se presente la solicitud y el año anterior.
      8. En el caso de cooperativas, será necesario adjuntar a la solicitud el detalle en los presupuestos de la aplicación del 10% de los excedentes netos de cada ejercicio al fondo social para la información, educación y formación de los socios en materia de consumo y de que las operaciones con tercerso no socios no superan el 25% de la actividad total de dicho ejercicio.
    3. Declaración responsable del órgano que ostente la representación de la asociación en la que manifieste que la misma no incurre en los supuestos que impiden la inscripción en el Registro recogidos en el artículo 2 del Decreto 6/2017, de 17 de febrero, por el que se regula el registro de organizaciones de consumidores de La Rioja.

    Si se hace de manera electrónica

    Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

    Solicitud ( 60.5 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de resolución y notificación

      El plazo máximo para notificar la resolución es de tres meses desde que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.

    • Otros plazos

      El plazo para resolver se interrumpirá cuando se haya requerido a la asociación interesada la subsanación de requisitos, por el tiempo que medie entre la notificación del requerimiento y su efectivo cumplimiento por el destinatario.

    Más información

    • Normativa:

      Ley 5/2013, de 12 de abril, para la Defensa de los Consumidores en la comunidad Autónoma de La Rioja

      Decreto 6/2017, de 17 de febrero, por el que se regula el registro de organizaciones de consumidores de La Rioja

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Positivo

    • Recurso que procede:

      Alzada

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Asistencia técnica

  • Tiene como objeto servir de instrumento de garantía y conocimiento de las empresas o entidades acreditadas como Servicio de Prevención Ajenos o Auditorías, y demás interesados, sobre los técnicos en prevención inscritos en el mismo que hayan obtenido la correspondiente certificación para ejercer las funciones establecidas en los artículos 36 y 37 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

    Requisitos

    Profesionales obligados

    Las solicitudes de Inscripción al Registro pueden ser formuladas por los profesionales que ostenten certificación expedida:

    • Por la Autoridad Laboral de otra Comunidad Autónoma distinta de La Rioja, por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo u órgano administrativo competente par la adquisición de funcionario público.
    • Por las Entidades Públicas o Privadas autorizadas por la Autoridad Laboral de otras Comunidades Autónomas para desarrollar y certificar actividades formativas para ejercer, las funciones establecidas en los artículos 36 y 37 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

    Documentación

    • Solicitud
    • La solicitud, deacuerdo al modelo de impreso oficial, deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

      • Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.
      • Copia compulsada de la certificación objeto de inscripción.
      • Documentación acreditativa de que la actividad formativa desarrollada ha sido autorizada por la Autoridad Laboral correspondiente.
      • En el caso de certificación correspondiente a Nivel Superior, se aportará copia compulsada de la titulación universitaria del solicitante.

      Aportación de documentos junto con la solicitud

      Si el trámite se hace de forma presencial

      Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.

      El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

      Si se hace de manera electrónica

      Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      No sujeto a plazo específico de solicitud.

    Más información

    • Normativa:

      Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

      Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

      Orden TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en lo referido a la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas.

      Decreto 39/2001, de 20 de septiembre, por el que se crea el registro de los profesionales que ostenten certificación para ejercer las funciones establecidas en los artículos 36 y 37 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención.

      Orden de 27 de septiembre de 2001, de la Consejería de Hacienda y Economía por la que se regula el registro de los profesionales que ostenten certificación para ejercer las funciones establecidas en los artículos 36 y 37 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención.

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):
      Positivo
    • Recurso que procede:
      Alzada
  • Tasas: No tiene tasa

Notificaciones

Organismo

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Concepción Miranda Moreno

  • Tiene como objeto servir de instrumento de garantía y conocimiento de las empresas o entidades acreditadas como Servicio de Prevención Ajenos o Auditorías, y demás interesados, sobre los técnicos en prevención inscritos en el mismo que hayan obtenido la correspondiente certificación para ejercer las funciones establecidas en los artículos 36 y 37 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

    Requisitos

    Profesionales obligados

    Las solicitudes de Inscripción al Registro pueden ser formuladas por los profesionales que ostenten certificación expedida:

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Asistencia técnica

  • Inscripción de los datos publicados por la imposición de sanciones firmes muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, conforme a lo preceptuado en el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social

    Requisitos

    Acceso al registro

    El registro es de carácter público. Cualquier persona física o jurídica que lo solicite tendrá derecho de acceso a los datos inscritos en el mismo.

    Datos que se inscriben en este Registro

    1. Nombre o razón social de la empresa sancionada.
    2. Sector de actividad a la que se dedica.
    3. Número de Documento Nacional de Identidad de las personas físicas o Código de Identificación Fiscal de las personas jurídicas.
    4. Domicilio social.
    5. Infracción cometida.
    6. Sanción económica impuesta, incluyendo la cuantía de la misma, así como las demás sanciones impuestas con carácter principal o accesorio, si las hubiera.
    7. Fecha de extensión del acta de infracción.
    8. Fecha en la que la sanción adquiere firmeza.
    9. Fecha de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

  • Tasas:
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Sección de Infracciones y Sanciones

    Laura López Lalinde

    Asistencia técnica

  • Establecer las prescripciones técnicas a las que han de ajustarse las instalaciones destinadas al suministro de combustibles y carburantes, así como las instalaciones mixtas con otras formas de energía técnicamente disponibles para el suministro a vehículos

    Requisitos

    Los establecidos en el Real Decreto 706/2017, de 7 de julio.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Asistencia técnica

  • La Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias tiene la finalidad de promover y favorecer la igualdad real y efectiva de las mujeres en el medio rural, a través del reconocimiento jurídico y económico de su participación en la actividad agraria.

    Requisitos

    Serán objeto de inscripción en el Registro de titularidad compartida las explotaciones agrarias ubicadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    Los dos titulares de la explotación de titularidad compartida deben cumplir los siguientes requisitos:

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes para las personas físicas se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar (en la parte superior de esta página).

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Plazos

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Amaya González González-Cuevas

    Esther Rojo del Río

    Asistencia técnica

  • Remisión, a través de medios electrónicos, de escritos, solicitudes y comunicaciones dirigidas a la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja

    Requisitos

    Rellene el formulario y adjunte en su caso la documentación que considere oportuna.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar

    Plazos

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Agencia de desarrollo económico

    Asistencia técnica

  • El objetivo de este registro es regular el procedimiento de autorización a aquellas personas físicas y jurídicas cuyas instalaciones están ubicadas en La Rioja y que, disponiendo de los medios necesarios, realizan operaciones de acondicionamiento de grano con destino exclusivo a la siembra.

    Requisitos

    Beneficiarios

    Deben incribirse en este registro las personas físicas o jurídicas interesadas en realizar las actividades de acondicionamiento de granos para siembra, como servicios a terceros y, en el caso de cooperativas o SAT, para sus asociados.

    Vigencia de las autorizaciones

    La vigencia de las autorizaciones será de dos años, a partir de la fecha del otorgamiento, pudiéndose renovar por iguales periodos de tiempo, previa solicitud del interesado, que deberá realizarse como fecha límite cuatro meses antes de que finalice la autorización en vigor.

    Libro de Registro

    Los almacenes autorizados deberán llevar un sistema de registro de entradas y salidas de todas y cada una de las partidas, que consistirá en un Libro de Registro diligenciado y sellado por el Servicio de Investigación y Desarrollo Tecnológico Agroalimentario.

    El Libro de Registro se puede descargar en la pestaña "Más información".

    Para la apertura y sellado de libros se presentará copia del justificante de abono de la tasa 05.04.2. por importe de 7,58 ? a ingresar en la cuenta Nº: ES46 2038 7494 816000 202064 de Bankia.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    Además de descargar los impresos, la solicitud se puede obtener en:

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Plazos

    Más información

  • Tasas:

    Modos de pago:

    Número de Cuenta: ES4620387494816000202064

  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Asistencia técnica

  • Para establecimientos públicos o privados, fijos o ambulantes y en mercados o ferias de cualquier tipo que se dediquen a la importación, almacenamiento o comercialización o puesta en el mercado de semillas o plantas de vivero en el territorio de la Comunidad Autónoma.

    Requisitos

    Beneficiarios

    Se entiende por comerciante a cualquier persona física o jurídica que realiza la actividad de importación, almacenamiento o comercialización o puesta en el mercado de semillas o plantas de vivero en el territorio de la Comunidad Autónoma.

    Inscripción

    En el Registro deben figurar inscritos los comerciantes que vayan a ejercer su actividad en el ámbito geográfico de La Rioja en establecimientos públicos o privados, fijos o ambulantes y en mercados o ferias de cualquier tipo, así como los productores que vayan a comercializar especies distintas de las que estén autorizados a producir. Todos ellos cumplirán los requisitos y comunicarán su actividad al órgano correspondiente.

    La inscripción será permanente mientras no varíen las circunstancias.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

  • Tasas:

    Modos de pago:

    Número de Cuenta: ES4620387494816000202064

  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Asistencia técnica

  • Todos los productores de semillas y de plantas de vivero deberán estar autorizados por la Comunidad Autónoma donde radique su sede social.

    Requisitos

    Beneficiarios

    Cualquier persona física o jurídica que pretenda ejercer la actividad de producción de semillas y/o de plantas de vivero y tenga su sede social en La Rioja.

    Inscripción

    La inscripción en el registro se efectuará, para la especie o grupo de especies solicitadas, de acuerdo con los grupos establecidos en el Anexo del Real Decreto 1891/2008, de 14 de noviembre y, en su caso, con la categoría de productor que corresponda.

    Con la inscripción en el registro se adjudicará al titular un código individual que facilitará su identificación.

    La autorización tendrá efectos en todo el territorio nacional y será remitida al MAGRAMA para que sea incluida en el Registro Nacional de Productores.

    Los productores de vegetales y productos vegetales que sean potenciales propagadores de plagas de cuarentena deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Productores, Comerciantes e Importadores de Vegetales y Productos Vegetales (ROPCIV).

    Los productores de semillas y plantas de vivero deberán realizar, cuando el correspondiente Reglamento Técnico lo exija, una declaración de cultivo.

    Documentación

    1. Fotocopia del NIF.
    2. Fotocopia de la Escritura de Constitución de la Sociedad y de los Estatutos.
    3. Fotocopia del I.A.E. o Declaración Censal relativa al ejercicio de la actividad.
    4. Memoria descriptiva, adaptada a las actividades y especies que se pretendan producir (según el Art. 4.6, R.D. 1891/2008) conteniendo como mínimo los siguientes puntos:
  • Documentación suficiente para justificar que se cumplen los requisitos para la concesión de la autorización que se solicita, de acuerdo con lo que se indica en el art. 4 del R.D. 1891/2008.
  • Solicitud de inscripción ( 141 Kb)

    Solicitud de baja ( 656.7 Kb)

    Cambio de titularidad ( 83.5 Kb)

    Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)

    Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

    Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)

    Cómo tramitarlo

    Además de descargar los impresos, la solicitud se puede obtener en:

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Plazos

    Más información

  • Tasas:

    Modos de pago:

    Número de Cuenta: ES4620387494816000202064

  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Asistencia técnica

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