Tiene por objeto el establecimiento de las normas que regulan la inscripción en el Registro de Organizaciones de Consumidores de La Rioja de las asociaciones de consumidores.
Requisitos
Aquellas asociaciones de consumidores que reúnan los requisitos necesarios conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de la defensa de los consumidores en la Comunidad Autónoma de La Rioja de acuerdo con lo establecido en su artículo 32.2 presentarán la solicitud de Instancia General firmada por su representante legal de forma telemática o presencial dirigida a la Dirección General competente en materia de consumo y deberá acompañar la documentación acreditativa de los requisitos para la inscripción y establecida en el Decreto 6/2017, de 17 de febrero, por el que se regula el registro de organizaciones de consumidores de La Rioja.
Documentación
Aportación de documentos junto con la solicitud:
La solicitud se deberá acompañar de la siguiente documentación:
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Solicitud ( 60.5 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
El plazo máximo para notificar la resolución es de tres meses desde que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.
El plazo para resolver se interrumpirá cuando se haya requerido a la asociación interesada la subsanación de requisitos, por el tiempo que medie entre la notificación del requerimiento y su efectivo cumplimiento por el destinatario.
Más información
Ley 5/2013, de 12 de abril, para la Defensa de los Consumidores en la comunidad Autónoma de La Rioja
Decreto 6/2017, de 17 de febrero, por el que se regula el registro de organizaciones de consumidores de La Rioja
Positivo
Alzada
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Tiene como objeto servir de instrumento de garantía y conocimiento de las empresas o entidades acreditadas como Servicio de Prevención Ajenos o Auditorías, y demás interesados, sobre los técnicos en prevención inscritos en el mismo que hayan obtenido la correspondiente certificación para ejercer las funciones establecidas en los artículos 36 y 37 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
Profesionales obligados
Las solicitudes de Inscripción al Registro pueden ser formuladas por los profesionales que ostenten certificación expedida:
La solicitud, deacuerdo al modelo de impreso oficial, deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Aportación de documentos junto con la solicitud
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
No sujeto a plazo específico de solicitud.
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
Orden TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en lo referido a la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas.
Decreto 39/2001, de 20 de septiembre, por el que se crea el registro de los profesionales que ostenten certificación para ejercer las funciones establecidas en los artículos 36 y 37 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención.
Orden de 27 de septiembre de 2001, de la Consejería de Hacienda y Economía por la que se regula el registro de los profesionales que ostenten certificación para ejercer las funciones establecidas en los artículos 36 y 37 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención.
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Tiene como objeto servir de instrumento de garantía y conocimiento de las empresas o entidades acreditadas como Servicio de Prevención Ajenos o Auditorías, y demás interesados, sobre los técnicos en prevención inscritos en el mismo que hayan obtenido la correspondiente certificación para ejercer las funciones establecidas en los artículos 36 y 37 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
Requisitos
Profesionales obligados
Las solicitudes de Inscripción al Registro pueden ser formuladas por los profesionales que ostenten certificación expedida:
Documentación
La solicitud, deacuerdo al modelo de impreso oficial, deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Solicitud de inscripción ( 35.5 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
No sujeto a plazo específico de solicitud.
Más información
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
Orden TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en lo referido a la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas.
Decreto 39/2001, de 20 de septiembre, por el que se crea el registro de los profesionales que ostenten certificación para ejercer las funciones establecidas en los artículos 36 y 37 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención.
Orden de 27 de septiembre de 2001, de la Consejería de Hacienda y Economía por la que se regula el registro de los profesionales que ostenten certificación para ejercer las funciones establecidas en los artículos 36 y 37 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención.
Positivo
Alzada
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Inscripción de los datos publicados por la imposición de sanciones firmes muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, conforme a lo preceptuado en el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social
Requisitos
Acceso al registro
El registro es de carácter público. Cualquier persona física o jurídica que lo solicite tendrá derecho de acceso a los datos inscritos en el mismo.
Datos que se inscriben en este Registro
Documentación
No procede aportar ningún documento distinto de la Solicitud.
Modelo de solicitud de certificado ( 49 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Procedimiento no sujeto a plazo específico.
Más información
Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
Decreto 4/2010, de 22 de enero, por el que se regula la publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales y el procedimiento de emisión de certificaciones de cumplimiento del objetivo "siniestralidad cero" en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
No tiene
Alzada
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Sección de Infracciones y Sanciones
Laura López Lalinde
Establecer las prescripciones técnicas a las que han de ajustarse las instalaciones destinadas al suministro de combustibles y carburantes, así como las instalaciones mixtas con otras formas de energía técnicamente disponibles para el suministro a vehículos
Requisitos
Los establecidos en el Real Decreto 706/2017, de 7 de julio.
Documentación
Solicitud ( 59.5 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Consulte la normativa aplicable
Más información
Real Decreto 706/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la instrucción técnica complementaria MI-IP 04 "Instalaciones para suministro a vehículos" y se regulan determinados aspectos de la reglamentación de instalaciones petrolíferas.
No tiene
El contenido de la información recogida en este documento tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
La Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias tiene la finalidad de promover y favorecer la igualdad real y efectiva de las mujeres en el medio rural, a través del reconocimiento jurídico y económico de su participación en la actividad agraria.
Requisitos
Serán objeto de inscripción en el Registro de titularidad compartida las explotaciones agrarias ubicadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Los dos titulares de la explotación de titularidad compartida deben cumplir los siguientes requisitos:
Documentación
Una vez obtenido el NIF provisional en la Agencia Tributaria, se aportará, junto con la solicitud, la documentación necesaria para proceder a la inscripción en el Registro de Titularidad Compartida de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que consta de:
Tras la comprobación del cumplimiento de los requisitos y cotejo de toda la información, se procederá a la inscripción en el Registro de Titularidad Compartida y se enviará al solicitante el correspondiente certificado de inscripción el cual deberá presentarse en la Agencia Tributaria en el plazo de un mes para la obtención del NIF definitivo de la Titularidad Compartida.
El NIF definitivo se deberá aportar al Registro de Titularidad Compartida de la Comunidad Autónoma de La Rioja para dar por finalizado el trámite de inscripción.
Solicitud de inscripción: declaración conjunta ( 249.5 Kb)
Acreditación de la representación ( 132 Kb)
Acuerdo de voluntades ( 44 Kb)
Ficha de alta a terceros ( 64.5 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes para las personas físicas se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar (en la parte superior de esta página).
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
Durante todo el año.
3 meses
Si los solicitantes de Titularidad Compartida realizan, a título individual, la Solicitud Única de la PAC, tendrán que tener en cuenta lo siguiente:
Más información
Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias
Decreto 16/2019, de 10 de mayo, por el que se regula el Registro de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Positivo
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Amaya González González-Cuevas
Remisión, a través de medios electrónicos, de escritos, solicitudes y comunicaciones dirigidas a la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja
Requisitos
Rellene el formulario y adjunte en su caso la documentación que considere oportuna.
Documentación
Salvo que presente documentos orginales, escanee los documentos que desee aportar.
Instancia general electrónica ( 98 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Plazos
Más información
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Según normativa aplicable
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Agencia de desarrollo económico
El objetivo de este registro es regular el procedimiento de autorización a aquellas personas físicas y jurídicas cuyas instalaciones están ubicadas en La Rioja y que, disponiendo de los medios necesarios, realizan operaciones de acondicionamiento de grano con destino exclusivo a la siembra.
Requisitos
Beneficiarios
Deben incribirse en este registro las personas físicas o jurídicas interesadas en realizar las actividades de acondicionamiento de granos para siembra, como servicios a terceros y, en el caso de cooperativas o SAT, para sus asociados.
Vigencia de las autorizaciones
La vigencia de las autorizaciones será de dos años, a partir de la fecha del otorgamiento, pudiéndose renovar por iguales periodos de tiempo, previa solicitud del interesado, que deberá realizarse como fecha límite cuatro meses antes de que finalice la autorización en vigor.
Libro de Registro
Los almacenes autorizados deberán llevar un sistema de registro de entradas y salidas de todas y cada una de las partidas, que consistirá en un Libro de Registro diligenciado y sellado por el Servicio de Investigación y Desarrollo Tecnológico Agroalimentario.
El Libro de Registro se puede descargar en la pestaña "Más información".
Para la apertura y sellado de libros se presentará copia del justificante de abono de la tasa 05.04.2. por importe de 7,58 ? a ingresar en la cuenta Nº: ES46 2038 7494 816000 202064 de Bankia.
Documentación
Los beneficiarios deberán solicitar la autorización presentando la siguiente documentación:
Solicitud de autorización o renovación ( 48.5 Kb)
Solicitud de baja ( 656.7 Kb)
Cambio de titularidad ( 83.5 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
Además de descargar los impresos, la solicitud se puede obtener en:
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
Abierto todo el año.
Más información
Real Decreto 1709/1997, de 14 de noviembre, por el que se regula el acondicionamiento de granos destinados a la siembra.
Orden nº 40/1998, de 18 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de autorización de las actividades de acondicionamiento de granos para siembra.
Negativo
Modos de pago:
Número de Cuenta: ES4620387494816000202064
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Para establecimientos públicos o privados, fijos o ambulantes y en mercados o ferias de cualquier tipo que se dediquen a la importación, almacenamiento o comercialización o puesta en el mercado de semillas o plantas de vivero en el territorio de la Comunidad Autónoma.
Requisitos
Beneficiarios
Se entiende por comerciante a cualquier persona física o jurídica que realiza la actividad de importación, almacenamiento o comercialización o puesta en el mercado de semillas o plantas de vivero en el territorio de la Comunidad Autónoma.
Inscripción
En el Registro deben figurar inscritos los comerciantes que vayan a ejercer su actividad en el ámbito geográfico de La Rioja en establecimientos públicos o privados, fijos o ambulantes y en mercados o ferias de cualquier tipo, así como los productores que vayan a comercializar especies distintas de las que estén autorizados a producir. Todos ellos cumplirán los requisitos y comunicarán su actividad al órgano correspondiente.
La inscripción será permanente mientras no varíen las circunstancias.
Documentación
Los comerciantes que vayan a desarrollar su actividad en La Rioja deberán realizar comunicación previa al ejercicio de la actividad y deberá acompañarse de la siguiente documentación:
a) Copia de la Escritura de Constitución de la Sociedad o de los Estatutos. En caso de que en la anterior documentación no conste la representación legal de la persona jurídica, será necesario presentar documentación acreditativa de la representación legal que ostenta la persona que suscribe la solicitud en nombre de la empresa.
b) Copia del Impuesto de Actividades Económicas o Declaración Censal relativa al ejercicio de la actividad.
c) Licencia municipal o declaración responsable de inicio actividad, según proceda.
d) Plano o croquis de las instalaciones de los diferentes establecimientos indicando los datos catastrales correspondientes a municipio, polígono y parcela.
Solicitud de alta, ampliación o modificación ( 141 Kb)
Solicitud de baja ( 656.7 Kb)
Cambio de titularidad ( 83.5 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Abierto todo el año.
Más información
Decreto 37/2018, de 26 de octubre, por el que se regula el Registro de Comerciantes de Semillas y Plantas de Vivero en la Comunidad Autónoma de La Rioja
Positivo
Alzada
Modos de pago:
Número de Cuenta: ES4620387494816000202064
Notificaciones
Las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la administración, están obligados a presentar el modelo de comunicación previa por medios electrónicos de acuerdo con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, así como los casos de solicitud voluntaria de notificación electrónica, presentándose los modelos de comunicación previa en la oficina electrónica que se encuentra en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org).
Para facilitar la recepción de las notificaciones electrónicas es necesario disponer de una dirección electrónica habilitada en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración. Si el interesado no dispone de dirección electrónica habilitada en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, deberá tramitar directamente el alta en la dirección (www.larioja.org/notificaciones), o bien, solicitarle al órgano competente en el modelo de comunicación previa que tramite dicha alta, para lo cual debe indicar una cuenta de correo electrónico personal para el aviso de la puesta a disposición de una notificación.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Todos los productores de semillas y de plantas de vivero deberán estar autorizados por la Comunidad Autónoma donde radique su sede social.
Requisitos
Beneficiarios
Cualquier persona física o jurídica que pretenda ejercer la actividad de producción de semillas y/o de plantas de vivero y tenga su sede social en La Rioja.
Inscripción
La inscripción en el registro se efectuará, para la especie o grupo de especies solicitadas, de acuerdo con los grupos establecidos en el Anexo del Real Decreto 1891/2008, de 14 de noviembre y, en su caso, con la categoría de productor que corresponda.
Con la inscripción en el registro se adjudicará al titular un código individual que facilitará su identificación.
La autorización tendrá efectos en todo el territorio nacional y será remitida al MAGRAMA para que sea incluida en el Registro Nacional de Productores.
Los productores de vegetales y productos vegetales que sean potenciales propagadores de plagas de cuarentena deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Productores, Comerciantes e Importadores de Vegetales y Productos Vegetales (ROPCIV).
Los productores de semillas y plantas de vivero deberán realizar, cuando el correspondiente Reglamento Técnico lo exija, una declaración de cultivo.
Documentación
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Solicitud de inscripción ( 141 Kb)
Solicitud de baja ( 656.7 Kb)
Cambio de titularidad ( 83.5 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
Además de descargar los impresos, la solicitud se puede obtener en:
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
Abierto todo el año.
Más información
Real Decreto 1891/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para la autorización y registro de los productores de semillas y plantas de vivero y su inclusión en el Registro nacional de productores.
Positivo
Modos de pago:
Número de Cuenta: ES4620387494816000202064
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.