Gobierno de la Rioja

  • Subvenciones para la formación de trabajadores desempleados y ocupados. Programa dirigido prioritariamente a personas con necesidades formativas especiales o con dificultades para su inserción o recualificación profesional, independientemente de su situación laboral.

    Requisitos

    Beneficiarios

    Ser una de las entidades de formación que hayan resultado beneficiarias.

    Documentación

    • Solicitud, escrito o comunicación
    • Junto al modelo de solicitud, se presentará la siguiente documentación:

    1. Solicitud de anticipo 25% (modelo disponible en SIGFE-EVAFOR).
    2. Solicitud de anticipo 35% (modelo disponible en SIGFE-EVAFOR).
    3. Declaración responsable de gastos (modelo disponible en SIGFE-EVAFOR).
    4. Resto de documentación, de acuerdo la convocatoria y la guía para la gestión de acciones formativa.
    5. Otros documentos.

    Aportación de documentos junto con la solicitud

    Documentación en soporte digital firmada electrónicamente de forma que su autenticidad e integridad puedan ser verificadas en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, de interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.

    Instancia para presentación de documentación ( 109 Kb)

    Cómo tramitarlo

    Cómo tramitarlo

    La presentación del modelo de solicitud junto con el resto de documentación se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar, en la pestaña Documentación a anexar.

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazo de presentacion de documentación: Hasta la liquidación final del expediente

    Plazos

    Más información

    • Normativa:

      Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral

      Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación

      Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Según normativa aplicable

    • Recurso que procede:

      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • Sonia Rodriguez Marco
    • Jesús Villanueva

    Asistencia técnica

  • Subvenciones para la formación de jóvenes inscritos en el Fichero Nacional de Garantía Juvenil (Modalidad 3 Programa 2)

    Requisitos

    Beneficiarios

    Atendiendo a lo previsto en el artículo 6.5.b) de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, podrán ser beneficiarias de estas acciones formativas para trabajadores desempleados las entidades de formación que cumplan los requisitos de acreditación y/o inscripción conforme a la normativa vigente, y estén inscritas en el registro de entidades de formación de la Consejería de Educación, Formación y Empleo.

    Documentación

    • Solicitud, escrito o comunicación
    • Las solicitudes de subvención se cumplimentarán en el modelo de solicitud establecido en la aplicación informática SIGFE- EVAFOR.

      El Anexo III "Solicitud de subvención" de la convocatoria consta de los siguientes documentos generados en SIGFE-EVAFOR:

    1. Solicitud de subvención (formato Pdf)
    2. Documentación Proyecto de presupuesto: uno por cada acción solicitada (formato Word).

    Aportación de documentos junto con la solicitud

    Firme electrónicamente la documentación que corresponda desde la Utilidad para firmar ficheros y adjúntela a la solicitud:

    1. Documentación Proyecto de presupuesto: debe firmarse uno por cada acción solicitada (se cumplimentarán a través de la aplicación informática SIGFE-EVAFOR)
    2. En su caso, Anexo III.B) "Compromiso a cumplimentar para valoración de criterios técnicos" (se cumplimentará a través de la aplicación informática SIGFE-EVAFOR).
    3. En su caso, Anexo III.C) "Compromiso de Contratación por Terceros" que puede descargar desde el apartado de "Formularios" de SIGFE-EVAFOR.
    4. En su caso, otros documentos (Declaración Responsable de copia fiel del original que deberá ir firmada electrónicamente, Certificación en sistemas de gestión de calidad, etc.).

    Anexo III_Modelo de solicitud (no válido para la presentación) ( 596.7 Kb)

    Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Quince días hábiles a partir del siguiente a la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación: 2 de Noviembre de 2018)

      El plazo comienza el 5 de noviembre y finaliza el 23 de noviembre de 2018, ambos incluídos.

    • Plazo de resolución y notificación

      SEIS MESES, contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. La publicación se realizará en el Boletín Oficial de La Rioja.

    Más información

    • Normativa:

      Orden 24/2009, de 11 de mayo, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se regulan la formación de oferta, las acciones de formación en intercambio de investigación, Desarrollo e innovación (I+D+i) y las de Acciones de apoyo y acompañamiento a la formación y estudios y acciones de sensibilización y difusión y se establecen las bases reguladoras del procedimiento de concesión y justificación de subvenciones destinadas a tal fin, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja

      Resolución de 8 de octubre de 2018, del Consejero de Educación, Formación y Empleo de 8 de octubre de 2018 de aprobación de la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de acciones formativas presenciales dirigidas a jóvenes inscritos en el Fichero Nacional de Garantía Juvenil, dentro de la formación de oferta de la modalidad 3 Programa 2 para el año 2018 (Texto íntegro)

      de 8 de octubre de 2018, Resolución de convocatoria (extracto)

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Negativo

    • Recurso que procede:

      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • Elena Serón Arnaiz
    • María Angeles Espinosa Cenzano

    Asistencia técnica

  • Subvenciones para la formación de trabajadores desempleados y ocupados. Programa dirigido prioritariamente a personas con necesidades formativas especiales o con dificultades para su inserción o recualificación profesional, independientemente de su situación laboral.

    Requisitos

    Beneficiarios

    Atendiendo a lo previsto en el artículo 6.5.b) de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, podrán ser beneficiarias de estas acciones formativas las entidades de formación que cumplan los requisitos de acreditación y/o inscripción conforme a la normativa vigente, y estén inscritas en el registro de entidades de formación de la Consejería de Educación, Formación y Empleo.

    Documentación

    • Las solicitudes de subvención se cumplimentarán e imprimirán en el modelo de solicitud establecido en la aplicación informática EVAFOR II, o en los modelos que establezcan las convocatorias.

      Con carácter general, los interesados presentarán, junto con la solicitud, la siguiente documentación:

    1. Ficha de alta a terceros, es decir, certificación de la entidad financiera en la que se domicilia el pago de la subvención, acreditativa de los veinte dígitos que identifican la cuenta corriente y de la titularidad de la misma (nombre o razón social y NIF o CIF).
    2. Autorización para recabar, tanto de la Administración del Estado como de la Comunidad Autónoma de La Rioja, las certificaciones acreditativas de que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias frente a la Administración Estatal y Autonómica así como de sus obligaciones económicas frente a la Tesorería General de la Seguridad Social. Cuando la entidad fuere una comunidad de bienes o agrupación sin personalidad jurídica propia, deberá ser suscrita por todos y cada uno de sus miembros. Esta autorización podrá estar recogida en el modelo de solicitud.
    3. Declaración responsable del representante legal de la entidad solicitante de no hallarse la misma incursa en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Asimismo, cuando la entidad fuere una comunidad de bienes o agrupación sin personalidad jurídica propia, deberá ser suscrita por todos y cada uno de sus miembros. Esta declaración podrá figurar en el modelo de solicitud.

    Con excepción de la documentación referida en los párrafos 2 y 3, que habrá de presentarse en cada convocatoria, si los documentos que han de acompañar a la solicitud se hubieran presentado en convocatorias anteriores, no será necesario aportarlos nuevamente cuando estuvieren ya en poder de la Administración, siempre que se indique la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados, conforme a lo establecido en el artículo 23.4 del Decreto 23/2008, de 28 de marzo, por el que se modifican el Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja y el Decreto 37/1988, de 29 de julio, por el que se regula el procedimiento de coordinación de la actividad de la Administración de la Comunidad Autónoma en relación con las entidades locales de La Rioja.

    Aportación de documentos junto con la solicitud

    Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

    Anexo II. Modelo de solicitud ( 286.5 Kb)

    Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)

    Anexo I. Oferta planificada ( 83.5 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se realizará desde el botón Tramitar

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Quince días hábiles a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación: 29 de septiembre de 2017).

      El plazo comienza el 2 de octubre y finaliza el 23 de octubre de 2017.

    • Plazo de resolución y notificación

      SEIS MESES, contados desde el día siguiente al de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • Elena Serón Arnaiz
    • María Angeles Espinosa Cenzano

    Asistencia técnica

  • Remisión de las modificaciones de crédito de las Entidades Locales

    Requisitos

    La aprobación de los expedientes de las modificaciones de crédito por el Pleno de la Corporación se realizará con sujección a los mismos trámites y requisitos que los Presupuestos.

    Documentación

    • Solicitud, escrito o comunicación
    • Las modificaciones de crédito de las Entidades Locales deberán elaborarse conforme con lo dispuesto en los artículos 177 a 182 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales

      Expediente toma de conocimiento operación de crédito ( 52 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Serán de aplicación las normas sobre información, reclamación y publicidad de los presupuestos a que se refiere el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio de Modernización de la Administración Local.

    Hugo Serna Alonso

    Asistencia técnica

  • Modificación de conciertos educativos con centros docentes privados sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de La Rioja

  • Tiene como finalidad la modificación de los estatutos de un club deportivo inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    Requisitos

    Estar inscrito y en situación de alta en el Registro de Entidades Deportivas de La Rioja.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Puede hacerse a lo largo de todo el año.

    Más información

    • Normativa:

      Decreto 9/2000 de 25 de febrero, por el que se regula el registro de entidades deportivas de la Comunidd Autónoma de La Rioja.

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Negativo

    • Recurso que procede:

      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

    • Observaciones:

      Se aprobará previa comprobación de la adecuación de los nuevos estatutos a la normativa vigente.

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Javier Valgañón Ameyugo

    Asistencia técnica

  • Tiene como finalidad comunicar a la autoridad sanitaria las modificaciones sustanciales respecto a la comunicación previa al inicio de la actividad de distribución de productos sanitarios.

    Requisitos

    Obligaciones de distribuidores

    Los distribuidores de productos sanitarios tienen las siguientes obligaciones:

    1. El cumplimiento continuado de las condiciones y requisitos técnicos que establezcan las normativas específicas vigentes en cada momento.
    2. Colocar en lugar visible a los clientes el certificado acreditativo de la inscripción del establecimiento en el Registro Oficial de Establecimientos de Productos Sanitarios Autorizados por el Gobierno de La Rioja.
    3. Mantener a disposición de las autoridades sanitarias al menos durante cinco años la siguiente documentación relativa a la distribución y que deberá contener, al menos, los siguientes datos: nombre comercial del producto, modelo, serie y/o número de lote, fecha de adquisición, proveedor, fecha de envío o suministro e identificación del cliente.

    Documentación

    • Solicitud
    • De la siguiente documentación, deberá aportar exclusivamente la que se vea afectada por la modificación respecto a la comunciación inicial.

      • Original y copia del documento acreditativo de la personalidad del solicitante en el caso de que se trate de una persona jurídica así como de la representación que ostente. La identidad se acreditará mediante CIF junto a la escritura de constitución o, en su caso, de adaptación de estatutos y modificación del objeto social, de haberse producido este, así como el documento de bastantero de apoderamiento.
      • Documentación acreditativa de la titularidad del local o contrato de alquiler. Original y copia.
      • Licencia de Actividad Municipal o Licencia Ambiental. Original y copia
      • Planos de situación y distribución a escala del local, con las distintas zonas de trabajo y equipos existentes en cada una de ellas.
      • Proyecto del sistema de archivo documental.
      • Descripción del sistema de vigilancia y retirada del mercado de los productos no conformes.
      • Memoria explicativa de la actividad o actividades a realizar especificando:
      • Estructura organizativa
      • Los procedimientos normalizados de trabajo
      • Carta de nombramiento del Responsable Técnico y sus responsabilidades según modelos normalizados.(se adjunta como anexo I).
      • Fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de que el Responsable Técnico posee la cualificación a la que se refiere el artículo 17 del RD 414/96. Serán en cualquier caso, titulaciones universitarias o ciclos formativos relacionados con ciencias de la salud, la tecnología o la naturaleza de los productos sanitarios.
      • Declaración jurada en la que se haga constar que no se incurre en ninguna de las incompatibilidades que figuran en el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios
      • Relación de productos que, en principio, va a distribuir (tipo, clase...).
      • Fotocopia de la documentación acreditativa de la cualificación necesaria que establece el artículo 27 del Real Decreto 1591/2009 de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios.
      • Copia de la autorización del Ministerio de Sanidad y Consumo como importador de productos sanitarios, si importa desde países terceros.
      • Contarán con un registro documentado de los productos que distribuya, que contendrá, al menos, los datos siguientes:
      1. Nombre comercial del producto.
      2. Modelo.
      3. Número de lote o número de serie.
      4. Fecha de envío o suministro.
      5. Identificación del cliente.

      Se hará referencia como mínimo a los siguientes PNT?S:

      1. Petición y recepción de productos.

      • Acreditar a los proveedores antes de iniciar la relación (constancia documental: fotocopia de licencia de fabricación, importador, documentación de los productos ).
      • Modo de realizar los pedidos (responsable, documentación, registros..).
      • Especificaciones para controlar la conformidad del envío, criterios de aceptación y rechazo, proceder según los casos, registros documentales.

      2.Almacenamiento.

      • Criterios para la definición de zonas para productos conformes (influencias ambientales, riesgos toxicológicos, biocontaminación, daño mecánico y estabilidad del producto).
      • Registros documentales y verificación de zonas con condiciones ambientales reguladas.
      • Criterios para la adecuada rotación de productos.

      3.Expedición de productos.

      • Registros documentales.
      • Condiciones del transporte.
      • Contratos si se hace por medios externos.

      4.Gestión de productos no conformes.

      • Causa y punto donde se origina la no conformidad / proceder en cada caso.
      • Sistema de retirada del mercado.
      • Destino final de productos.
      • Registros documentales.

      5. Gestión de incidencias y quejas.

      6. Plan de limpieza y mantenimiento.

      Modelo de solicitud ( 112 Kb)

      Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Procedimiento no sujeto a plazo específico.

    • Otros plazos

      Se deben comunicar las variaciones sustanciales de las comunicaciones iniciales.

    Más información

    • Normativa:

      Decreto 66/2005, de 4 de noviembre, Por el que se establece el régimen jurídico y el procedimiento para la autorización y registro de licencias para la fabricación de productos sanitarios a medida y de las licencias para la distribución de productos sanitarios y se crea el registro oficial de establecimientos de productos sanitarios autorizados en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      No tiene

    • Recurso que procede:

      Alzada

    • Observaciones:

      La validez de la comunicación estará condicionada al mantenimiento de los requisitos que sirvieron de base para su otorgamiento. Por tal motivo, quedarán sin efecto si se alteran de modo sustancial las condiciones originales que fundamentaron su otorgamiento. Todo ello sin perjuicio de la iniciación, en su caso, del correspondiente procedimiento sancionador.

      A efectos de lo establecido en el párrafo anterior se considerarán modificaciones sustanciales que deben ser comunicadas nuevamente las siguientes:

      • Cambio de la titularidad.
      • Cambio del responsable técnico.
      • Traslado de las instalaciones.
      • Ampliación, reestructuración o redistribución de las instalaciones.
      • Modificación o puesta en marcha de nuevas líneas de distribución.

  • Tasas:
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • Beatriz Barrio Garcia

    Asistencia técnica

  • Actividad organizada por la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia en aras a fomentar las prácticas artísticas contemporáneas y de diseño, regulando las condiciones de participación en la misma así como la organización de la selección y exposición de las obras y proyectos de desarrollo artístico presentados.

    Requisitos

    Muestra de Arte Joven

    Participantes

    1. Podrán concurrir a la Muestra de Arte Joven en La Rioja jóvenes artistas españoles así como extranjeros domiciliados en España. El tramo de edad en el que deberán estar incluidos se establece en la Resolución de convocatoria. La presentación de los proyectos de desarrollo artístico que se recogen en el artículo 1.2 b) de la Orden 7/2016, de 27 de julio, sólo podrá realizarse por jóvenes nacidos o residentes en la Rioja.

    2. La residencia en España de los jóvenes extranjeros deberá acreditarse a través de la tarjeta de identidad del extranjero, el certificado de registro de ciudadanía europea u otro tipo de documentación acreditativa de autorización de residencia y domicilio en España (visado/matrícula de estudios) conforme a la normativa vigente en materia de extranjería.

    3. La residencia en la Rioja se acreditará mediante volante de empadronamiento. Este requisito no será exigible para aquellos jóvenes que cursen estudios en la Universidad de la Rioja, en la Escuela Superior de Diseño de La Rioja u otras enseñanzas del sistema educativo nacional comprendidas en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación en centros públicos o privados de esta Comunidad Autónoma, los cuales deberán presentar la matrícula en el curso educativo correspondiente.

    4. El solicitante, al presentar su obra o proyecto, cede todos los derechos de reproducción de los mismos en los medios de comunicación propios del Gobierno de La Rioja en el ámbito de sus competencias.

    Apoyo a la profesionalización de jóvenes artistas

    La Muestra de Arte Joven en La Rioja pretende fomentar y apoyar la profesionalización de los jóvenes creadores promoviendo la innovación y la excelencia en las prácticas artísticas contemporáneas. En apoyo de dicha profesionalización la Muestra posibilita, y en este caso los destinatarios son únicamente los jóvenes artistas riojanos, la presentación de un proyecto concreto de desarrollo artístico, estableciéndose para ambas líneas o modalidades de participación, unos galardones de cuantía económica.

    Documentación

    • Solicitud
    • Presentación de la obra

    1. Los jóvenes interesados en participar en la presente Muestra deberán, desde la producción de efectos de la presente convocatoria hasta el 25 de septiembre de 2019 inclusive, remitir a la siguiente dirección de correo electrónico muestraartejovenrioja@larioja.org:
      1. Datos identificativos del participante: En archivo de texto adjunto (Word o PDF editable) nombre y apellidos, DNI o NIE, título de la obra presentada, nacionalidad, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, dirección postal completa y localidad del domicilio actual, teléfono y correo electrónico.
      2. Tres fotografías de cada obra presentada en formato JPG cuyo nombre de archivo debe ser el título de la obra; un archivo de texto adjunto (Word o PDF editable) con los aspectos técnicos de la obra que incluya título de la obra, dimensiones, técnica, formato o soporte y si el autor lo considera oportuno breve resumen sobre aspectos teóricos u de otra índole que quiera destacar (máximo 900 palabras). En caso de ser una obra sonora, performática o audiovisual, además de lo requerido anteriormente, archivo audiovisual o enlace de descarga del mismo, siempre en formato estándar de reproducción (avi, mpg, dvd, vob

    2. Se remitirá acuse de recibo de la recepción de dicho correo a todo participante por lo que de no llegarle dicho acuse es que la solicitud de participación no ha sido correctamente recibida en la dirección de correo señalada en el punto primero de este Apartado

    3. Los participantes cuya obras hayan sido seleccionadas deberán presentarlas en la Sala de Exposiciones de la Escuela Superior de Diseño de La Rioja, (Avenida de La Paz, nº 9 de Logroño, entrada por el Paseo de Dax) entre el 7 y 14 de octubre de 2019. No se admitirá la presentación de obras en lugar y fechas distintas de las indicadas.
    4. Las obras llevarán adheridas al dorso o en su base una etiqueta con el título. Se compañará un sobre cerrado con el mismo título, dentro del cual se incluirá un escrito que reunirá los siguientes datos: el título de la obra, nombre y apellidos del autor, nº de DNI en caso de ser español, fecha de nacimiento, domicilio y teléfono, e-mail. Además se hará constar las características técnicas, materiales, soportes, dimensiones o duración a efectos de la identificación de la pieza en la exposición.
    5. LLos autores extranjeros deberán incluir en dicho sobre cerrado copia del documento que, entre los enumerados en el artículo 2.2 de la Orden 7/2016, de 27 de julio acredite su residencia en España así como documentación que acredite su fecha de nacimiento.

    6. En caso de que la obra se presente mediante representante o intermediario se requerirá autorización escrita del autor en la que dé su consentimiento, aceptando participar en la Muestra de Arte Joven en La Rioja.

    7. En el supuesto de que la obra se presente mediante agencia de transporte, lo será por cuenta y riesgo de su autor, a portes pagados y con embalaje reutilizable o suficientemente sólido para que, en su posterior devolución se asegure su integridad. La organización no se responsabiliza del deterioro de las obras por embalaje inadecuado. Deberán remitir la obra hasta el 14 de octubre de 2019 (incluído) a la Escuela Superior de Diseño de La Rioja, c/ Avenida de la Paz 9 CP 26004 Logroño (La Rioja), indicando en el paquete "Muestra de Arte Joven de La Rioja".

    Presentacion Proyecto de Profesionalización.

    Plazo: Hasta el 25 de septiembre

    Todo proyecto deberá contener un cronograma de las diferentes fases del mismo detallando el periodo temporal y tareas a realizar y presupuesto, además del título del proyecto, nombre y apellidos del autor, fotocopia del dni, fecha de nacimiento, domicilio y teléfono, e-mail y currículo artístico, debiendo presentar la documentación indicada en el artículo 2.3 de la Orden 7/2016, de 27 de julio,respecto a la acreditación de la residencia en la Rioja.

    Formas de presentación:

    -De manera presencial en la sede de la Dirección General del Deporte y del Instituto Riojano de la Juventud sito en la calle Muro de la Mata 8 de Logroño en horario en horario de lunes a viernes de 9 a 14 horas.

    - A través de la Oficina General de Registro de la Dirección General del Deporte y del Instituto Riojano de la Juventud sito en la calle Muro de la Mata 8 de Logroño, en la Oficina General de Registro de la Administración General de Comunidad Autónoma de la Rioja sito en la calle Capitán Cortes nº 1 de Logroño y por cualquiera de los demás medios previstos en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos.

    - A través del la oficina electrónica del Gobierno de la Rioja a través del siguiente enlace: https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=15167

    Si el trámite se hace de forma presencial

    Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.

    El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

    Si se hace de manera electrónica

    Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

    Modelo de solicitud. Proyecto de profesionalización ( 329.5 Kb)

    Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Presentación de las obras a la Muestra

      • Hasta el 25 de septiembre de 2019: datos identificativos de autores y obras en los términos señalados en el apartado quinto de la resolución de convocatoria, a través del correo electrónico muestraartejovenrioja@larioja.org
      • Días 7 al 14 de octubre de 2019: Las obras seleccionadas por el jurado deberán presentarse en la Sala de Exposiciones de la Escuela Superior de Diseño de La Rioja en los siguientes horarios:

      Apoyo a la profesionalización de jóvenes artistas riojanos

      El plazo de presentación de los proyectos finalizará el 25 de septiembre de 2019

    • Plazo de resolución y notificación

      seis meses

    • Otros plazos

      Selección de obras por el jurado

      Los títulos de las obras seleccionadas por los citados vocales, se harán públicas a partir del 4 de
      octubre de 2019 en la página web del Instituto Riojano de la Juventud

    Más información

    • Normativa:

      Orden 7/2016, de 27 de julio, de la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, por la que se establecen las bases reguladoras de la Muestra de Arte Joven en La Rioja.

      Convocatoria 2019 (Extracto)

      Resolución de 5 de junio de 2019, de la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, por la que se anuncia la convocatoria de la XXXV Muestra de Arte Joven en La Rioja 2018

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Negativo

    • Recurso que procede:

      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

    • Observaciones:

      Más información en la web del Instituto Riojano de la Juventud

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Instituto Riojano de la Juventud

    • 900 200 272

    Asistencia técnica

  • La celebración de negocios jurídicos cuyo objeto sea una licencia de comunicación audiovisual requerirá autorizasción previa del titular de la Consejería competente en materia de telecomunicaciones, y estarán sujetos, en todo caso, al pago de la tasa establecida legalmente.

    Requisitos

    Negocios jurídicos sobre las licencias de comunicación audiovisual

    1. La celebración de negocios jurídicos cuyo objeto sea una licencia de comunicación audiovisual requerirá autorización previa del titular de la Consejería en materia de telecomunicaciones, y estarán sujetos, en todo caso, al pago de la tasa establecida legalmente.
    2. Esta autorización sólo podrá ser denegada cuando el solicitante no acredite el cumplimiento de todas las condiciones legalmente establecidas para su obtención o no se subrogue en las obligaciones del titular anterior.
    3. La transmisión y arrendamiento estarán sujetos, además a las siguientes condiciones:
    • Para la celebración de cualquiera de ambos negocios jurídicos deberán haber transcurrido al menos dos años desde la adjudicación inicial de la licencia.
    • Cuando se lleven a cabo con personas físicas o jurídicas nacionales de países que no sean miembros del Espacio Económico Europeo se estará a lo dispuesto en el artículo 29.2 b) de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual.
  • Cuando la licencia comporte la adjudicación de un múltiplex completo de dos o más canales, no se podrá arrendar más del 50% de la capacidad de la licencia. El arrendamiento además deberá respetar las previsiones referidas a la ocupación del espectro radioeléctrico del múltiplex y la explotación de canales con contenidos total o parcialmente de pago previstos en el Decreto 64/2012, de 9 de noviembre.
  • Documentación

    • Solicitud
    1. Solicitud de reconocimiento técnico de las instalaciones.
    2. Justificante de pago de la Tasa.

    Modelo de solicitud ( 136.9 Kb)

    Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)

    Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

    Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Procedimiento no sujeto a un plazo específico de solicitud.

    Más información

    • Normativa:

      Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.

      Decreto 64/2012, de 9 de noviembre, por el que se regulan los servicios de comunicación audiovisual y el Registro de Prestadores en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Negativo

    • Recurso que procede:

      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

    • Observaciones:

      Los cambios efectuados serán anotados de oficio en el Registro de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y estarán sujetos al pago de las tasas establecidas.

  • Tasas:

    Número de Cuenta: ES9220387494826000089928

    Concepto: Transmisión, arrendamiento y otros negocios jurídicos cuyo objeto sea una licencia de comunicación audiovisual.

  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Area competente

    • Luis Javier Hernáez Movilla

    Asistencia técnica

  • Están obligadas a realizar esta notificación las empresas que cumplan los requisitos que se determinen. La prevención de los riesgos laborales es una actividad integrada en el conjunto de actuaciones de la empresa y en todos los niveles jerárquicos de la misma.

    Requisitos

    Están obligadas a realizar esta notificación las empresas que reúnan los siguientes requisitos:

    • Empresas de hasta 50 trabajadores.
    • En las que el empresario hubiera asumido personalmente las funciones de prevención o hubiera designado a uno o más trabajadores para llevar a cabo dichas funciones.
    • Y en las que la eficacia del sistema preventivo resulte evidente sin necesidad de recurrir a una auditoría por el limitado número de trabajadores y la escasa complejidad de las actividades preventivas.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      No sujeto a plazo específico.

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • Concepción Miranda Moreno

    Asistencia técnica

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.