Convocatoria pública por la que se establece el procedimiento para el acceso de empresas jóvenes e innovadoras al Vivero de Empresas de Base Tecnológica y Servicios Avanzados del Centro Tecnológico de La Rioja
Requisitos
Podrán optar a los servicios del Vivero de Empresas de Base Tecnológica y/o Servicios Avanzados las empresas jóvenes de base tecnológica o que presten servicios avanzados ya constituidas o en vías de constitución, entendiéndose por tales:
Documentación
Junto a la Solicitud de inscripción.
- Memoria en el que se describirá el proyecto empresarial, mercado al que va dirigido, producto y tecnología, análisis financiero, referencia al equipo emprendedor, etc. según el anexo de esta convocatoria.
- Acreditación de la representación según modelo disponible en la Sede Electrónica y solo en el caso de que la presentación se realice a través de representante.
Solicitud ( 642.5 Kb)
Autorización de representación ( 559.5 Kb)
Una vez recibida la resolución de adjudicación se continuará el procedimiento debiendo presentar a través de la Sede Electrónica de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, www.ader.es/sede-electronica en su apartado "Vivero de Empresas" , botón TRAMITAR, por parte de los beneficiarios, en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde su notificación, de los siguientes documentos:
- NIF de la empresa.
- Escritura de constitución debidamente registrada (para el caso de sociedades) y alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (para el caso de personas físicas), en su caso.
- Contratos y alta de la Seguridad Social de la/s persona/s que vaya/n a desempeñar su actividad en las instalaciones del Vivero, en su caso.
- Otra documentación: En caso de empresas en vías de constitución, se presentará en el plazo indicado en el apartado anterior un escrito informando de dicha situación. En todo caso estas empresas deberán ser constituidas en el plazo máximo de dos meses desde la notificación de la presente resolución y deberán presentar en dicho plazo la documentación referida en el apartado anterior.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Plazos
El último plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de octubre de 2018, existiendo los siguientes períodos de tramitación:
La Resolución se notificará en el plazo máximo de 6 meses contados desde el fin de plazo de cada uno de los periodos establecidos en la base cuarta de la resolución de convocatoria.
Más información
Resolución de 21 de julio de 2017, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la octava convocatoria pública por la que se establece el procedimiento para el acceso de empresas al Vivero de Empresas de Base Tecnológica y de Servicios Avanzados de La Rioja.
Negativo
Alzada
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Unidad de Información de ADER: 941.29.15.00
Información y Gestión de Clientes: Responsable de Programa: José Ramón Ibáñez Prado
Procedimiento por el que se convoca la formación de listas de empleo temporal para la provisión de plazas estatutarias del Servicio Riojano de Salud por personal interino o sustituto o, en su caso, por personal eventual fuera de la plantilla.
Para el acceso a las listas de empleo temporal en las categorías objeto de esta Convocatoria, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española. También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos empleos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas:
- Las personas nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
- El cónyuge de las personas españolas y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad. Siempre que no estén separadas de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
- Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
- Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y que soliciten participar en este proceso selectivo deben saber que, con su solicitud, declaran que cumplen todos los requisitos establecidos en estas bases.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa el último día del plazo de presentación de solicitudes.
c) Poseer la titulación académica requerida para el acceso a la categoría correspondiente, con reconocimiento oficial y validez en todo el territorio español, o en disposición de obtenerla a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones de la correspondiente categoría.
e) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. Quienes no posean la nacionalidad española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública, salvo en los casos de extranjeros acogidos al derecho de asilo en España.
g) Certificado de no estar condenado, mediante sentencia firme, por los delitos tipificados en los artículos 178 a 194 y 177 bis del Código Penal a los que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
h) No poseer plaza en propiedad en la categoría y especialidad convocada (o equivalente) como personal estatutario fijo a la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2.- Los requisitos previstos en los apartados anteriores deberán estar en posesión del aspirante a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse durante la vigencia de las listas de empleo temporal. La comprobación durante la vigencia de las listas de empleo temporal de la falta de alguno de los requisitos señalados anteriormente, será causa de exclusión del aspirante de la correspondiente lista.
3.- Quienes no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar en esta Convocatoria, deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de que no están separados de derecho de su cónyuge, y en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo. RED SARA?
4.- Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua. La citada prueba consistirá en una entrevista personal que la Comisión de Baremación mantendrá con los aspirantes para apreciar tal conocimiento del castellano, convocándoles al efecto para su realización. Tras la citada prueba, la Comisión de Baremación emitirá la correspondiente calificación de apto o no apto.
Se exime de la realización de esta prueba:
a) A quienes acrediten estar en posesión del Diploma de Español como lengua extranjera regulado por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre o del Certificado de Aptitud en Español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas, aportando, al efecto, fotocopia compulsada del referido Diploma o Certificado, en su caso.
b) A los nacionales de los países cuya lengua oficial sea el español o castellano.
c) A quienes les haya sido expedido el título requerido, por una institución educativa oficial española
d) A quienes estén desempeñando un puesto de trabajo en el Servicio Riojano de Salud.
e) A quienes presenten certificación acreditativa de haber superado, en los últimos tres años, la prueba de castellano prevista en las Convocatorias de Concurso-Oposición para el acceso a plazas de personal estatutario del Servicio Riojano de Salud.
5.- Los aspirantes deberán estar posesión del permiso de conducir de la clase B, cuando el Servicio Riojano de Salud realice llamamiento para destino en el que inevitablemente sea preciso disponer de dicho permiso. Será inevitable la posesión del permiso de conducir clase B, en los casos en que el profesional en cuestión deba desplazarse por sus propios medios para atender las obligaciones correspondientes derivadas de su nombramiento. La asignación del nombramiento en cuestión se realizará al candidato que, siguiendo el orden de Lista, disponga de tal permiso.
a) Documentación acreditativa de estar en posesión del título académico requerido, o en condiciones de que le sea expedido (esto no será necesario si el interesado en la solicitud presta su consentimiento a la Administración para su consulta y comprobación).
b) Documentación acreditativa de los méritos alegados.
c)Documentación que, en su caso, deban aportar las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española.
Quienes aspiren a formar parte de las listas de empleo temporal a que se refiere esta convocatoria, deberán darse de alta en el sistema y realizar su solicitud de forma telemática con certificado digital a través de la dirección de internet hablilitada al efecto.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir de los quince días siguientes a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
El plazo comienza el 27 de junio de 2017 y finaliza el 26 de julio de 2017 (ambos inclusive).
Ley 55/2003, de 16 de diciembre, Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud
Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, Catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización en el marco establecido en el Sistema Nacional de Salud.
Acuerdo 27 de julio de 20016, de 27 de julio, Acuerdo que regula las condiciones de trabajo del personal del Servicio Riojano de Salud
Resolución 1 de marzo de 2013, de 1 de marzo, Delegación de competencias del Presidente del Organismo Autónomo Servicio Riojano de Salud en diversos órganos y asignación de funciones
Resolución de 31 de mayo de 2017, de la Dirección de Gestión de Personal del Área de Salud por la que se convoca la formación de listas de empleo temporal en varias categorías de personal estatutario facultativo del Servicio Riojano de Salud
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que dicta la Resolución, en el plazo de un mes a contar desde su publicación, o bien ser impugnada ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde su publicación, todo ello de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Dirección de Gestión de Personal del Servicio Riojano de Salud
941-298000 extensiones 81601 y 81602.
Procedimiento por el que se convoca la formación de listas de empleo temporal para la provisión de plazas estatutarias del Servicio Riojano de Salud por personal interino o sustituto o, en su caso, por personal eventual fuera de la plantilla.
Requisitos
Para el acceso a las listas de empleo temporal en las categorías objeto de esta Convocatoria, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española. También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos empleos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas:
- Las personas nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
- El cónyuge de las personas españolas y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad. Siempre que no estén separadas de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
- Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
- Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y que soliciten participar en este proceso selectivo deben saber que, con su solicitud, declaran que cumplen todos los requisitos establecidos en estas bases.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa el último día del plazo de presentación de solicitudes.
c) Poseer la titulación académica requerida para el acceso a la categoría correspondiente, con reconocimiento oficial y validez en todo el territorio español, o en disposición de obtenerla a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones de la correspondiente categoría.
e) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. Quienes no posean la nacionalidad española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública, salvo en los casos de extranjeros acogidos al derecho de asilo en España.
g) Certificado de no estar condenado, mediante sentencia firme, por los delitos tipificados en los artículos 178 a 194 y 177 bis del Código Penal a los que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
h) No poseer plaza en propiedad en la categoría y especialidad convocada (o equivalente) como personal estatutario fijo a la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2.- Los requisitos previstos en los apartados anteriores deberán estar en posesión del aspirante a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse durante la vigencia de las listas de empleo temporal. La comprobación durante la vigencia de las listas de empleo temporal de la falta de alguno de los requisitos señalados anteriormente, será causa de exclusión del aspirante de la correspondiente lista.
3.- Quienes no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar en esta Convocatoria, deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de que no están separados de derecho de su cónyuge, y en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo. RED SARA?
4.- Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua. La citada prueba consistirá en una entrevista personal que la Comisión de Baremación mantendrá con los aspirantes para apreciar tal conocimiento del castellano, convocándoles al efecto para su realización. Tras la citada prueba, la Comisión de Baremación emitirá la correspondiente calificación de apto o no apto.
Se exime de la realización de esta prueba:
a) A quienes acrediten estar en posesión del Diploma de Español como lengua extranjera regulado por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre o del Certificado de Aptitud en Español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas, aportando, al efecto, fotocopia compulsada del referido Diploma o Certificado, en su caso.
b) A los nacionales de los países cuya lengua oficial sea el español o castellano.
c) A quienes les haya sido expedido el título requerido, por una institución educativa oficial española
d) A quienes estén desempeñando un puesto de trabajo en el Servicio Riojano de Salud.
e) A quienes presenten certificación acreditativa de haber superado, en los últimos tres años, la prueba de castellano prevista en las Convocatorias de Concurso-Oposición para el acceso a plazas de personal estatutario del Servicio Riojano de Salud.
5.- Los aspirantes deberán estar posesión del permiso de conducir de la clase B, cuando el Servicio Riojano de Salud realice llamamiento para destino en el que inevitablemente sea preciso disponer de dicho permiso. Será inevitable la posesión del permiso de conducir clase B, en los casos en que el profesional en cuestión deba desplazarse por sus propios medios para atender las obligaciones correspondientes derivadas de su nombramiento. La asignación del nombramiento en cuestión se realizará al candidato que, siguiendo el orden de Lista, disponga de tal permiso.
Documentación
a) Documentación acreditativa de estar en posesión del título académico requerido, o en condiciones de que le sea expedido (esto no será necesario si el interesado en la solicitud presta su consentimiento a la Administración para su consulta y comprobación).
b) Documentación acreditativa de los méritos alegados.
c)Documentación que, en su caso, deban aportar las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española.
Cómo tramitarlo
Quienes aspiren a formar parte de las listas de empleo temporal a que se refiere esta convocatoria, deberán darse de alta en el sistema y realizar su solicitud de forma telemática con certificado digital a través de la dirección de internet hablilitada al efecto.
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir de los quince días siguientes a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
El plazo comienza el 27 de junio de 2017 y finaliza el 26 de julio de 2017 (ambos inclusive).
Más información
Ley 55/2003, de 16 de diciembre, Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud
Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, Catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización en el marco establecido en el Sistema Nacional de Salud.
Acuerdo 27 de julio de 20016, de 27 de julio, Acuerdo que regula las condiciones de trabajo del personal del Servicio Riojano de Salud
Resolución 1 de marzo de 2013, de 1 de marzo, Delegación de competencias del Presidente del Organismo Autónomo Servicio Riojano de Salud en diversos órganos y asignación de funciones
Resolución de 31 de mayo de 2017, de la Dirección de Gestión de Personal del Área de Salud por la que se convoca la formación de listas de empleo temporal en varias categorías de personal estatutario facultativo del Servicio Riojano de Salud
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
Negativo
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que dicta la Resolución, en el plazo de un mes a contar desde su publicación, o bien ser impugnada ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde su publicación, todo ello de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Dirección de Gestión de Personal del Servicio Riojano de Salud
941-298000 extensiones 81601 y 81602.
Realización de prácticas en el departamento de comercio exterior de empresas riojanas: La formación práctica en las empresas se centrará en las siguientes cuestiones: Colaboración en proyectos de internacionalización de la empresa, ayuda en participación en ferias y otras actividades de promoción comercial, elaboración de proyectos de apertura de nuevos mercados, actualización y seguimiento de las bases de datos (proveedores, catálogos de productos, clientes ), ayuda y apoyo en los departamentos de comercio exterior, búsqueda de información en Internet de novedades, competidores, nuevos clientes, análisis de mercados de exportación, colaboración en la búsqueda de potenciales clientes extranjeros.
Requisitos
Las empresas deberán cumplir los siguientes requisitos:
Documentación
Junto a la solicitud de inscripción, según modelo.
Solicitud de inscripción ( 512.5 Kb)
Autorización de presentación telemática ( 559 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará obligatoriamente de forma telemática desde el botón "Tramitar"
Plazos
La presentación de solicitudes se efectuará a través de la Sede Electrónica de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja/Empresas de acogida de becarios de Internacionalización (con firma digital), en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja, debiendo ir acompañada la solicitud de la documentación indicada en la convocatoria.
En un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. Finalizado dicho plazo sin que esta se hubiese producido, las solicitudes se entenderán desestimadas por silencio administrativo.
El plazo finaliza el día 29 de octubre de 2018
Más información
Resolución de 13 de septiembre de 2018, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la convocatoria para la selección de empresas de acogida que quieran incorporar a titulados en prácticas en su departamento de internacionalización
Negativo
Alzada
Unidad de Información de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja: 941291500
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Carmen Alonso Ruiz: Responsable de línea
Rosana Ballestar Galino: Responsables de Programa
Para ejercer la actividad de instalador, mantenedor, manipulador u operador de las diferentes especialidades industriales se requiere, en determinados casos, la superación de un examen, que acredite el conocimiento de la Reglamentación Técnica específica.
Requisitos
Especialidades convocadas
Desarrollo de los exámenes
Documentación
Junto a la solicitud individual, deberá adjuntarse:
Modelo de solicitud ( 103 Kb)
Medio de notificación ( 30 Kb)
Información adjunta ( 958.3 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar :
de forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
de forma electrónica, desde el botón tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes para cada especialidad finalizará en las fechas que se especifican en el Anexo I de la Resolución de convocatoria.
Tres meses desde la celebración del segundo ejercicio de cada prueba selectiva
Más información
Resolución de 22 de marzo de 2019, de la Dirección General de Innovación, Trabajo, Industria y Comercio, por la que se establecen las bases de la convocatoria de pruebas reglamentarias para la obtención de certificado acreditativo de superación de examen teórico-práctico en las especialidades que se indican
Negativo
Alzada
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Pruebas para obtener acreditación como personal de control de acceso a discotecas, salas de baile y salas de fiesta de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Requisitos
El requisito contemplado en el punto 3 se acreditará mediante la presentación de la oportuna justificación documental o rellenando la autorización que a estos efectos consta en la solicitud, de cara a que sea el órgano competente en materia de interior el que acredite el cumplimiento de este requisito.
La imposibilidad de acreditar el cumplimiento de este requisito dará lugar a la exclusión del aspirante.
Documentación
La solicitud, de acuerdo con el modelo oficial, deberá ir acompañada de:
Los aspirantes dispensados de la realización de la prueba psicológica por haber superado las pruebas de selección para la realización de funciones de vigilantes de seguridad, deberán presentar junto a la solicitud certificado expedido por la Secretaria de Estado de Seguridad que acredite esta circunstancia.
Aportación de documentos junto con la solicitud
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Del 11 de abril al 4 de mayo de 2013.
Fin de plazo: 4 de mayo de 2013
Terminado el plazo de presentación de solicitudes se publicará, en el tablón de anuncios virtual de la sede electrónica de la Administración General de la CAR, resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos.
Se dispondrá de un plazo de 10 días contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución provisional de admitidos, para subsanar su no inclusión expresa.
Los escritos para subsanar defectos se entenderán contestados con la publicación de la resolución por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos.
Más información
Decreto 32/2010, de 21 de mayo, por el que se regula la actividad de control de acceso a discotecas, salas de baile y salas de fiesta de la CAR.
Orden 9/2011, de 15 de marzo, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se aprueban las bases generales de las pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de acceso a discotecas, salas de baile y salas de fiesta de la CAR.
La Resolución no pone fin a la vía administrativa, contra la misma cabe interponer Recurso de Alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante el Excmo. Sr. Consejero de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, de acuerdo con el artículo 52 de la Ley 4/2005 de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Rioja, y los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Pruebas para obtener acreditación como personal de control de acceso a discotecas, salas de baile y salas de fiesta de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Requisitos
Los requisitos anteriores se podrán comprobar por la propia Administración o mediante la presentación de la oportuna justificación documental por parte del interesado.
En el caso de no tener la nacionalidad española o de alguno de los países que integran la Unión Europea, se deberá aportar el permiso de residencia y trabajo correspondientes.
Documentación
La solicitud, de acuerdo con el modelo oficial, en el caso de no autorizar a la Administración para la consulta de los datos requeridos, deberá ir acompañada de:
Los aspirantes dispensados de la realización de la prueba psicológica por haber superado las pruebas de selección para la realización de funciones de vigilantes de seguridad, deberán presentar junto a la solicitud certificado expedido por la Secretaria de Estado de Seguridad que acredite esta circunstancia.
Solicitud ( 66.5 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Del 21 de enero al 15 de febrero de 2019, ambos inclusive.
Fin de plazo: 15 de febrero de 2019
Terminado el plazo de presentación de solicitudes se publicará, en el tablón de anuncios virtual de la sede electrónica de la Administración General de la CAR, resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos.
Se dispondrá de un plazo de 10 días contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución provisional de admitidos, para subsanar su no inclusión expresa.
Los escritos para subsanar defectos se entenderán contestados con la publicación de la resolución por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos.
Más información
Decreto 32/2010, de 21 de mayo, por el que se regula la actividad de control de acceso a discotecas, salas de baile y salas de fiesta de la CAR.
Orden 9/2011, de 15 de marzo, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se aprueban las bases generales de las pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de acceso a discotecas, salas de baile y salas de fiesta de la CAR.
Resolución de 14 de enero de 2019, Convocatoria 2019
Negativo
Alzada
La Resolución no pone fin a la vía administrativa, contra la misma cabe interponer Recurso de Alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la misma, ante el Excmo. Sr. Consejero de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, de acuerdo con el artículo 52 de la Ley 4/2005 de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Rioja, y los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
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Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Tiene por objeto determinar la participación de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos en el Consejo Riojano del Trabajo Autónomo.
Requisitos de los participantes
Podrán participar en la presente convocatoria las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos, de carácter intersectorial, que tengan ámbito de actuación territorial en la Comunidad Autónoma de La Rioja, que lo soliciten de forma expresa, en la forma y plazos establecidos en la presente convocatoria y que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos, establecidos en el artículo 5.5 del Decreto 30/2011, de 15 de abril, por el que se crea y regula el Consejo Riojano del Trabajo Autónomo:
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Aportación de documentos junto con la solicitud
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Modelo de solicitud ( 72 Kb)
Anexo II_ Modelo de certificado ( 53.1 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 128.8 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
15 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación en el BOR: 13 de junio de 2011).
Fin de plazo: 5 de julio de 2011
DOS MESES, desde la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. Contra la resolución del Dirección General con competencias en materia de trabajo podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero competente en materia de trabajo.
Orden 24/2011, de 2 de junio, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se que realiza convocatoria pública para la participación de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos en el Consejo Riojano del Trabajo Autónomo.
Alzada
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Requisitos
Las entidades que opten a colaborar en la gestión de la medida LEADER del Programa de Desarrollo Rural de La Rioja 2014-2020 deberán estar constituidas por un conjunto equilibrado y representativo de los interlocutores de los diferentes sectores socioeconómicos del territorio, agrupados bajo la denominación de Grupos de Acción Local (GAL).
En La Rioja, el territorio susceptible de ser incluido en un Grupo de Acción Local es toda la Comunidad Autónoma, a excepción de los municipios de Logroño y Calahorra. En la presente convocatoria se seleccionarán 3 GAL.
Características de los candidatos
1. Los candidados deben cumplir las siguientes condiciones:
2. El Grupo deberá disponer de la aceptación de, al menos, un 51% de los ayuntamientos de las zonas rurales de actuación donde se implante. La sede social del G.A.L deberá localizarse en uno de los municipios incluidos dentro de su ámbito territorial.
3. Los Grupos han de diseñar un procedimiento no discriminatorio y transparente, con criterios objetivos de selección de las operaciones que eviten conflictos de intereses, garanticen que, al menos, el 50% de los votos en las decisiones de selección provengan de socios que no sean autoridades públicas y permitan efectuar la selección por procedimiento escrito.
4. En la Junta Directiva u órgano decisorio similar, estarán representados, entre otros, cada una de las Organizaciones Agrarias con presencia en La Rioja, la Federación de Cooperativas Agrarias de La Rioja, y las Organizaciones representativas de mujeres y jóvenes de carácter regional o comarcal.
5. Tendrá personalidad jurídica pública o privada, y deberá estar constituido antes de finalizar el plazo de solicitudes. El Grupo carecerá estatutariamente de ánimo de lucro.
6. La entidad deberá demostrar su capacidad para definir y aplicar una estrategia de desarrollo local participativa en el territorio, contando con capacidad financiera y técnica para asumir las tareas encomendadas.
7. Su actividad deberá garantizar los principios de colaboración, objetividad, imparcialidad, eficacia, eficiencia, transparencia, publicidad y libre concurrencia.
Criterios de selección
La comisión de selección valorará las solicitudes presentadas considerando los aspectos relacionados con las características del territorio, grupo y estrategia, de acuerdo con los siguientes parámetros y valores. Los baremos se pueden consultar en el artículo 8 de la Orden 6/2015.
Documentación
La solicitud se acompañará de la documentación que justifique los siguientes apartados:
a) Características de la zona y población en la que se desarrollará la estrategia de desarrollo local participativa, que incluya los siguientes apartados:
b) Estructura y características del Grupo de Acción Local, justificando especialmente la capacidad del Grupo para poner en práctica la estrategia de desarrollo local participativa a través de la siguiente documentación:
c) Descripción de la estrategia de desarrollo local participativa, que incluya los siguientes aspectos:
d) Documentación que justifique el proceso de participación de la sociedad civil en la creación de la estrategia de desarrollo local participativa. La Estrategia debe contener la justificación del debate social como un documento separado, conteniendo lista de consultas realizadas y encuentros mantenidos.
Se presentará además un documento resumen de los contenidos de los apartados anteriores, que recoja los datos de mayor relevancia, con una extensión máxima de 30 páginas.
Toda la documentación se puede presentar en papel o en formato digital.
Aportación de copias
Si el trámite se hace de forma presencial:
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración (Artículo 43, Ley 6/2009, de 15 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2010)
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
El artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos dispone que los interesados podrán aportar al expediente copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada o DNI electrónico.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que las normas reguladoras de los procedimientos pueden exigir que la presentación electrónica sea obligatoria y que por lo tanto no se admita la presentación presencial.
Plazos
Dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOR (fecha de publicación en el BOR: 1 de abril de 2015).
Fin de plazo: 2 de junio de 2015
El comité de selección elevará en el plazo de dos meses desde la finalización del plazo de presentación, la propuesta de resolución al consejero competente en materia de Desarrollo Rural, que se adoptará en el plazo máximo de 5 días hábiles desde la elevación de la propuesta.
Más información
Orden 6/2015, de 30 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establece la convocatoria pública para la selección de Grupos de Acción Local que gestionarán en la Comunidad Autónoma de La Rioja las estrategias de desarrollo rural en el periodo 2014-2020 y se establecen las bases de su ayuda preparatoria.
Negativo
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Impresos
Ponemos a su disposición la relación de impresos asociados a esta gestión.
Descargue los que necesite para realizar el trámite de manera presencial.
Además se pueden obtener dirigiéndose a:
Téngase en cuenta que las normas reguladoras de los procedimientos pueden exigir que la presentación electrónica sea obligatoria y que por lo tanto no se admita la presentación presencial.
Modelo de solicitud ( 836.1 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 81.3 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 128.8 Kb)
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Procedimiento para la elaboración de listas de espera para la provisión temporal de plazas en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Requisitos
Los definidos en cada convocatoria.
Con carácter general:
Documentación
Aportación de documentación
La aportación de documentación deberá hacerse obligatoriamente de forma telemática.
El artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos dispone que los interesados podrán aportar al expediente copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada o DNI electrónico.
La Administración podrá solicitar la exhibición de la documentación original cuando no pueda acceder a ella por otros medios.
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes deberá efectuarse exclusivamente por procedimiento telemático, a través del icono "Tramitar" o a través de la dirección de internet https://www.larioja.org/empleados/es, dentro de apartado "Bolsas de Empleo Temporal"
En el caso de que la convocatoria exija la presentación de documentación justificativa de méritos, éstos se deberán presentar también de forma telemática al igual que la solicitud telemática.
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes: el fijado en la convocatoria correspondiente (veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja).
Plazo de diez días hábiles, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente de la publicación de la relación provisional de admitidos y exluidos.
Más información
Convocatoria
Acuerdo, para el personal funcionario al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Rioja para los años 2008, 2009, 2010 y 2011.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatutao Básico del Empleado Público.
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, en cuanto no se opongan a la mencionada Ley 7/2007.
Decreto 51/2008, de 5 de septiembre, para el acceso al empleo público de las personas con discapacidad, modificado mediente Decreto 7/2011, de 18 de febrero.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
No tiene
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Ante el Consejero de Administración Pública y Hacienda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comúna de las Administraciones Pública o bien interponer recurso contenciso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Teléfonos: 941 29 14 84 y 941 29 11 00 (extensión 33844)