Gobierno de la Rioja

  • Convocatoria pública por la que se establece el procedimiento para el acceso de empresas jóvenes e innovadoras al Vivero de Empresas de Base Tecnológica y Servicios Avanzados del Centro Tecnológico de La Rioja

    Requisitos

    Podrán optar a los servicios del Vivero de Empresas de Base Tecnológica y/o Servicios Avanzados las empresas jóvenes de base tecnológica o que presten servicios avanzados ya constituidas o en vías de constitución, entendiéndose por tales:

    1. Empresas en vías de constitución: Que comiencen su actividad económica con la instalación en el Vivero de Empresas y que se constituyan legalmente en el plazo máximo de dos meses desde la resolución de adjudicación de esta convocatoria.
    2. Empresas jóvenes e innovadoras que se hayan constituido formalmente en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha límite de cada periodo establecido en la base primera.

    Documentación

    • Solicitud, escrito o comunicación
    • Junto a la Solicitud de inscripción.

      - Memoria en el que se describirá el proyecto empresarial, mercado al que va dirigido, producto y tecnología, análisis financiero, referencia al equipo emprendedor, etc. según el anexo de esta convocatoria.

      - Acreditación de la representación según modelo disponible en la Sede Electrónica y solo en el caso de que la presentación se realice a través de representante.

      Solicitud ( 642.5 Kb)

      Autorización de representación ( 559.5 Kb)

    • Consulte el estado de su expediente y realice otras gestiones si lo desea: aportar justificantes, documentación requerida etc
    • Una vez recibida la resolución de adjudicación se continuará el procedimiento debiendo presentar a través de la Sede Electrónica de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, www.ader.es/sede-electronica en su apartado "Vivero de Empresas" , botón TRAMITAR, por parte de los beneficiarios, en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde su notificación, de los siguientes documentos:

      - NIF de la empresa.

      - Escritura de constitución debidamente registrada (para el caso de sociedades) y alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (para el caso de personas físicas), en su caso.

      - Contratos y alta de la Seguridad Social de la/s persona/s que vaya/n a desempeñar su actividad en las instalaciones del Vivero, en su caso.

      - Otra documentación: En caso de empresas en vías de constitución, se presentará en el plazo indicado en el apartado anterior un escrito informando de dicha situación. En todo caso estas empresas deberán ser constituidas en el plazo máximo de dos meses desde la notificación de la presente resolución y deberán presentar en dicho plazo la documentación referida en el apartado anterior.

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      El último plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de octubre de 2018, existiendo los siguientes períodos de tramitación:

      • Primer periodo: Desde la entrada en vigor de la convocatoria hasta el 15 de septiembre de 2017.
      • Segundo periodo: Del 16 de septiembre al 31 de octubre de 2017.
      • Tercer periodo: Del 1 de noviembre al 28 de febrero de 2018.
      • Cuarto periodo: Del 1 de marzo al 30 de junio de 2018.
      • Quinto periodo: Del 1 de julio al 31 de octubre de 2018.

    • Plazo de resolución y notificación

      La Resolución se notificará en el plazo máximo de 6 meses contados desde el fin de plazo de cada uno de los periodos establecidos en la base cuarta de la resolución de convocatoria.

    Más información

    • Normativa:

      Resolución de 21 de julio de 2017, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la octava convocatoria pública por la que se establece el procedimiento para el acceso de empresas al Vivero de Empresas de Base Tecnológica y de Servicios Avanzados de La Rioja.

      Convocatoria 2017 (extracto)

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Negativo

    • Recurso que procede:

      Alzada

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Unidad de Información de ADER: 941.29.15.00

    Información y Gestión de Clientes: Responsable de Programa: José Ramón Ibáñez Prado

    Asistencia técnica

  • Procedimiento por el que se convoca la formación de listas de empleo temporal para la provisión de plazas estatutarias del Servicio Riojano de Salud por personal interino o sustituto o, en su caso, por personal eventual fuera de la plantilla.

    Requisitos

    Para el acceso a las listas de empleo temporal en las categorías objeto de esta Convocatoria, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

    a) Tener la nacionalidad española. También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos empleos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas: 

    -       Las personas nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.

    -       El cónyuge de las personas españolas y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad. Siempre que no estén separadas de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes. 

    -       Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. 

    -       Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y que soliciten participar en este proceso selectivo deben saber que, con su solicitud, declaran que cumplen todos los requisitos establecidos en estas bases. 

    b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa el último día del plazo de presentación de solicitudes.

    c) Poseer la titulación académica requerida para el acceso a la categoría correspondiente, con reconocimiento oficial y validez en todo el territorio español, o en disposición de obtenerla a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.  

    d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones de la correspondiente categoría. 

    e) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. Quienes no posean la nacionalidad española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública, salvo en los casos de extranjeros acogidos al derecho de asilo en España.

    g) Certificado de no estar condenado, mediante sentencia firme, por los delitos tipificados en los artículos  178 a 194 y 177 bis del Código Penal a los que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil

    h) No poseer plaza en propiedad en la categoría y especialidad convocada (o equivalente) como personal estatutario fijo a la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. 

    2.- Los requisitos previstos en los apartados anteriores deberán estar en posesión del aspirante a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse durante la vigencia de las listas de empleo temporal. La comprobación durante la vigencia de las listas de empleo temporal de la falta de alguno de los requisitos señalados anteriormente, será causa de exclusión del aspirante de la correspondiente lista. 

    3.- Quienes no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar en esta Convocatoria, deberán presentar fotocopia  del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de que no están separados de derecho de su cónyuge, y en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo. RED SARA?

     4.- Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua. La citada prueba consistirá en una entrevista personal que la Comisión de Baremación mantendrá con los aspirantes para apreciar tal conocimiento del castellano, convocándoles al efecto para su realización. Tras la citada prueba, la Comisión de Baremación emitirá la correspondiente calificación de apto o no apto.
    Se exime de la realización de esta prueba:

    a) A quienes acrediten estar en posesión del Diploma de Español como lengua extranjera regulado por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre o del Certificado de Aptitud en Español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas, aportando, al efecto, fotocopia compulsada del referido Diploma o Certificado, en su caso.
    b) A los nacionales de los países cuya lengua oficial sea el español o castellano.
    c) A quienes les haya sido expedido el título requerido, por una institución educativa oficial española
    d) A quienes estén desempeñando un puesto de trabajo en el Servicio Riojano de Salud.
    e) A quienes presenten certificación acreditativa de haber superado, en los últimos tres años, la prueba de castellano prevista en las Convocatorias de Concurso-Oposición para el acceso a plazas de personal estatutario del Servicio Riojano de Salud.

    5.- Los aspirantes deberán estar posesión del  permiso de conducir de la clase B,  cuando el Servicio Riojano de Salud realice llamamiento para destino en el que inevitablemente sea preciso disponer de dicho permiso. Será inevitable la posesión del permiso de conducir clase B, en los casos en que el profesional en cuestión deba desplazarse por sus propios medios para atender las obligaciones correspondientes derivadas de su nombramiento. La asignación del nombramiento en cuestión se realizará al candidato que, siguiendo el orden de Lista, disponga de tal permiso.

    Documentación

    • Tramitación
    • a) Documentación acreditativa de estar en posesión del título académico requerido, o en condiciones de que le sea expedido (esto no será necesario si el interesado en la solicitud presta su consentimiento a la Administración para su consulta y comprobación).

      b) Documentación acreditativa de los méritos alegados.

      c)Documentación que, en su caso, deban aportar las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española.

       

    Cómo tramitarlo

    Quienes aspiren a formar parte de las listas de empleo temporal a que se refiere esta convocatoria, deberán darse de alta en el sistema y realizar su solicitud de forma telemática con certificado digital a través de la dirección de internet hablilitada al efecto.

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir de los quince días siguientes a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

      El plazo comienza el 27 de junio de 2017 y finaliza el 26 de julio de 2017 (ambos inclusive).

    Más información

    • Normativa:

      Ley 55/2003, de 16 de diciembre, Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud

      Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, Catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización en el marco establecido en el Sistema Nacional de Salud.

      Acuerdo 27 de julio de 20016, de 27 de julio, Acuerdo que regula las condiciones de trabajo del personal del Servicio Riojano de Salud

      Resolución 1 de marzo de 2013, de 1 de marzo, Delegación de competencias del Presidente del Organismo Autónomo Servicio Riojano de Salud en diversos órganos y asignación de funciones

      Resolución de 31 de mayo de 2017, de la Dirección de Gestión de Personal del Área de Salud por la que se convoca la formación de listas de empleo temporal en varias categorías de personal estatutario facultativo del Servicio Riojano de Salud

      Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):
      Negativo
    • Recurso que procede:
      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

      La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que dicta la Resolución, en el plazo de un mes a contar desde su publicación, o bien ser impugnada ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde su publicación, todo ello de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Tasas: No tiene tasa

Notificaciones

Organismo

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Dirección de Gestión de Personal del Servicio Riojano de Salud

941-298000 extensiones 81601 y 81602.

  • Procedimiento por el que se convoca la formación de listas de empleo temporal para la provisión de plazas estatutarias del Servicio Riojano de Salud por personal interino o sustituto o, en su caso, por personal eventual fuera de la plantilla.

    Requisitos

    Para el acceso a las listas de empleo temporal en las categorías objeto de esta Convocatoria, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

    a) Tener la nacionalidad española. También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos empleos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas:

    - Las personas nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.

    - El cónyuge de las personas españolas y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad. Siempre que no estén separadas de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

    - Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

    - Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y que soliciten participar en este proceso selectivo deben saber que, con su solicitud, declaran que cumplen todos los requisitos establecidos en estas bases.

    b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa el último día del plazo de presentación de solicitudes.

    c) Poseer la titulación académica requerida para el acceso a la categoría correspondiente, con reconocimiento oficial y validez en todo el territorio español, o en disposición de obtenerla a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones de la correspondiente categoría.

    e) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. Quienes no posean la nacionalidad española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública, salvo en los casos de extranjeros acogidos al derecho de asilo en España.

    g) Certificado de no estar condenado, mediante sentencia firme, por los delitos tipificados en los artículos 178 a 194 y 177 bis del Código Penal a los que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

    h) No poseer plaza en propiedad en la categoría y especialidad convocada (o equivalente) como personal estatutario fijo a la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    2.- Los requisitos previstos en los apartados anteriores deberán estar en posesión del aspirante a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse durante la vigencia de las listas de empleo temporal. La comprobación durante la vigencia de las listas de empleo temporal de la falta de alguno de los requisitos señalados anteriormente, será causa de exclusión del aspirante de la correspondiente lista.

    3.- Quienes no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar en esta Convocatoria, deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de que no están separados de derecho de su cónyuge, y en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo. RED SARA?

    4.- Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua. La citada prueba consistirá en una entrevista personal que la Comisión de Baremación mantendrá con los aspirantes para apreciar tal conocimiento del castellano, convocándoles al efecto para su realización. Tras la citada prueba, la Comisión de Baremación emitirá la correspondiente calificación de apto o no apto.
    Se exime de la realización de esta prueba:

    a) A quienes acrediten estar en posesión del Diploma de Español como lengua extranjera regulado por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre o del Certificado de Aptitud en Español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas, aportando, al efecto, fotocopia compulsada del referido Diploma o Certificado, en su caso.
    b) A los nacionales de los países cuya lengua oficial sea el español o castellano.
    c) A quienes les haya sido expedido el título requerido, por una institución educativa oficial española
    d) A quienes estén desempeñando un puesto de trabajo en el Servicio Riojano de Salud.
    e) A quienes presenten certificación acreditativa de haber superado, en los últimos tres años, la prueba de castellano prevista en las Convocatorias de Concurso-Oposición para el acceso a plazas de personal estatutario del Servicio Riojano de Salud.

    5.- Los aspirantes deberán estar posesión del permiso de conducir de la clase B, cuando el Servicio Riojano de Salud realice llamamiento para destino en el que inevitablemente sea preciso disponer de dicho permiso. Será inevitable la posesión del permiso de conducir clase B, en los casos en que el profesional en cuestión deba desplazarse por sus propios medios para atender las obligaciones correspondientes derivadas de su nombramiento. La asignación del nombramiento en cuestión se realizará al candidato que, siguiendo el orden de Lista, disponga de tal permiso.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    Quienes aspiren a formar parte de las listas de empleo temporal a que se refiere esta convocatoria, deberán darse de alta en el sistema y realizar su solicitud de forma telemática con certificado digital a través de la dirección de internet hablilitada al efecto.

    Plazos

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Dirección de Gestión de Personal del Servicio Riojano de Salud

    941-298000 extensiones 81601 y 81602.

    Asistencia técnica

  • Realización de prácticas en el departamento de comercio exterior de empresas riojanas: La formación práctica en las empresas se centrará en las siguientes cuestiones: Colaboración en proyectos de internacionalización de la empresa, ayuda en participación en ferias y otras actividades de promoción comercial, elaboración de proyectos de apertura de nuevos mercados, actualización y seguimiento de las bases de datos (proveedores, catálogos de productos, clientes ), ayuda y apoyo en los departamentos de comercio exterior, búsqueda de información en Internet de novedades, competidores, nuevos clientes, análisis de mercados de exportación, colaboración en la búsqueda de potenciales clientes extranjeros.

    Requisitos

    Las empresas deberán cumplir los siguientes requisitos:

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se realizará obligatoriamente de forma telemática desde el botón "Tramitar"

    Plazos

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Carmen Alonso Ruiz: Responsable de línea

    Rosana Ballestar Galino: Responsables de Programa

    Asistencia técnica

  • Para ejercer la actividad de instalador, mantenedor, manipulador u operador de las diferentes especialidades industriales se requiere, en determinados casos, la superación de un examen, que acredite el conocimiento de la Reglamentación Técnica específica.

    Requisitos

    Especialidades convocadas

    1. Operador industrial de calderas
    2. Instalaciones térmicas en los edificios
    3. Instalaciones de gas categoría A
    4. Instalaciones de gas categoría B
    5. Instalaciones de gas categoría C
    6. Instalaciones petrolíferas categoría I
    7. Instalaciones petrolíferas categoría II
    8. Instalaciones petrolíferas categoría III
    9. Operador de grúa móvil autopropulsada categoría A
    10. Operador de grúa móvil autopropulsada categoría B
    11. Operador de grúa torre

    Desarrollo de los exámenes

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar :

    de forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    de forma electrónica, desde el botón tramitar

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Asistencia técnica

  • Tramitar

    Pruebas para obtener acreditación como personal de control de acceso a discotecas, salas de baile y salas de fiesta de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    Requisitos

    1. Ser mayor de edad.
    2. Tener la nacionalidad española o de alguno de los países que integran la Unión Europea, o estar en posesión del permiso de residencia y trabajo correspondientes.
    3. Carecer de antecedentes penales.

    El requisito contemplado en el punto 3 se acreditará mediante la presentación de la oportuna justificación documental o rellenando la autorización que a estos efectos consta en la solicitud, de cara a que sea el órgano competente en materia de interior el que acredite el cumplimiento de este requisito.

    La imposibilidad de acreditar el cumplimiento de este requisito dará lugar a la exclusión del aspirante.

    Documentación

    • Solicitud, escrito o comunicación
    • La solicitud, de acuerdo con el modelo oficial, deberá ir acompañada de:

      • Acreditacion de carecer de antecedentes penales o marcar en la solicitud la casilla que autoriza a la DG de Justicia e Interior a comprobar esta circunstancia.

      Los aspirantes dispensados de la realización de la prueba psicológica por haber superado las pruebas de selección para la realización de funciones de vigilantes de seguridad, deberán presentar junto a la solicitud certificado expedido por la Secretaria de Estado de Seguridad que acredite esta circunstancia.

      Aportación de documentos junto con la solicitud

      Si el trámite se hace de forma presencial

      Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.

      El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

      Si se hace de manera electrónica

      Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

      Solicitud ( 112.8 Kb)
      Consentimiento para la notificación electrónica ( 81.3 Kb)
      Solicitud de cambio de medio de notificación ( 128.8 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Del 11 de abril al 4 de mayo de 2013.

      Fin de plazo: 4 de mayo de 2013

    • Otros plazos

      Terminado el plazo de presentación de solicitudes se publicará, en el tablón de anuncios virtual de la sede electrónica de la Administración General de la CAR, resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos.

      Se dispondrá de un plazo de 10 días contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución provisional de admitidos, para subsanar su no inclusión expresa.

      Los escritos para subsanar defectos se entenderán contestados con la publicación de la resolución por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos.

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

  • Pruebas para obtener acreditación como personal de control de acceso a discotecas, salas de baile y salas de fiesta de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    Requisitos

    1. Ser mayor de edad.
    2. Tener la nacionalidad española o de alguno de los países que integran la Unión Europea, o estar en posesión del permiso de residencia y trabajo correspondientes.
    3. Carecer de antecedentes penales.

    Los requisitos anteriores se podrán comprobar por la propia Administración o mediante la presentación de la oportuna justificación documental por parte del interesado.

    En el caso de no tener la nacionalidad española o de alguno de los países que integran la Unión Europea, se deberá aportar el permiso de residencia y trabajo correspondientes.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Asistencia técnica

  • Tiene por objeto determinar la participación de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos en el Consejo Riojano del Trabajo Autónomo.

    Requisitos

    Requisitos de los participantes

    Podrán participar en la presente convocatoria las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos, de carácter intersectorial, que tengan ámbito de actuación territorial en la Comunidad Autónoma de La Rioja, que lo soliciten de forma expresa, en la forma y plazos establecidos en la presente convocatoria y que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos, establecidos en el artículo 5.5 del Decreto 30/2011, de 15 de abril, por el que se crea y regula el Consejo Riojano del Trabajo Autónomo:

    1. Encontrarse inscrita en el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de La Rioja, regulado por Decreto 27/2009, de 12 de junio, por el que se crea y se establece su organización y funcionamiento, adscrito a la Consejería de Industria, Innovación y Empleo y cuya gestión corresponde a la Dirección General de Trabajo, Industria y Comercio.
    2. Acreditar mediante certificación del órgano competente al efecto de la asociación de que se trate, el número de trabajadores autónomos asociados, con domicilio en La Rioja y en situación de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos.
    3. No estar asociado a más de una asociación inscrita en el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de La Rioja.

    Documentación

    1. Certificado emitido por el secretario o persona con poder certificador en la asociación profesional de trabajadores autónomos, del acuerdo del órgano rector competente por el que se decida solicitar la participación en el Consejo Riojano del Trabajo Autónomo, a través de la presente convocatoria, así como designar a la persona a la que la asociación otorga representación para presentar la correspondiente solicitud.
    2. Certificado, de acuerdo con el modelo anexo II, emitido por el secretario, o persona con poder certificador en la asociación profesional de trabajadores autónomos, del número de trabajadores autónomos asociados que la componen, con especificación de los siguientes datos para cada uno de los asociados:
  • Tarjeta de identificación fiscal de la asociación solicitante. No será necesaria su aportación si ya obra en el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de La Rioja.
  • Aportación de documentos junto con la solicitud

    Si el trámite se hace de forma presencial

    Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.

    El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

    Si se hace de manera electrónica

    Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

    Modelo de solicitud ( 72 Kb)

    Anexo II_ Modelo de certificado ( 53.1 Kb)

    Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)

    Solicitud de cambio de medio de notificación ( 128.8 Kb)

    Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

  • Requisitos

    Las entidades que opten a colaborar en la gestión de la medida LEADER del Programa de Desarrollo Rural de La Rioja 2014-2020 deberán estar constituidas por un conjunto equilibrado y representativo de los interlocutores de los diferentes sectores socioeconómicos del territorio, agrupados bajo la denominación de Grupos de Acción Local (GAL).

    En La Rioja, el territorio susceptible de ser incluido en un Grupo de Acción Local es toda la Comunidad Autónoma, a excepción de los municipios de Logroño y Calahorra. En la presente convocatoria se seleccionarán 3 GAL.

    Características de los candidatos

    1. Los candidados deben cumplir las siguientes condiciones:

    1. Haber tenido la condición de Grupo de Acción Local en el periodo 2007-2013 o que el 80% de los promotores sean socios de algún Grupo de Acción Local 2007-2013.
    2. En el caso de nuevos Grupos, deberán estar compuestos por un conjunto equilibrado y representativo de los interlocutores de los diferentes sectores socioeconómicos de las zonas en las que pretendan desarrollar su estrategia de desarrollo local participativa.

    2. El Grupo deberá disponer de la aceptación de, al menos, un 51% de los ayuntamientos de las zonas rurales de actuación donde se implante. La sede social del G.A.L deberá localizarse en uno de los municipios incluidos dentro de su ámbito territorial.

    3. Los Grupos han de diseñar un procedimiento no discriminatorio y transparente, con criterios objetivos de selección de las operaciones que eviten conflictos de intereses, garanticen que, al menos, el 50% de los votos en las decisiones de selección provengan de socios que no sean autoridades públicas y permitan efectuar la selección por procedimiento escrito.

    4. En la Junta Directiva u órgano decisorio similar, estarán representados, entre otros, cada una de las Organizaciones Agrarias con presencia en La Rioja, la Federación de Cooperativas Agrarias de La Rioja, y las Organizaciones representativas de mujeres y jóvenes de carácter regional o comarcal.

    5. Tendrá personalidad jurídica pública o privada, y deberá estar constituido antes de finalizar el plazo de solicitudes. El Grupo carecerá estatutariamente de ánimo de lucro.

    6. La entidad deberá demostrar su capacidad para definir y aplicar una estrategia de desarrollo local participativa en el territorio, contando con capacidad financiera y técnica para asumir las tareas encomendadas.

    7. Su actividad deberá garantizar los principios de colaboración, objetividad, imparcialidad, eficacia, eficiencia, transparencia, publicidad y libre concurrencia.

    Criterios de selección

    La comisión de selección valorará las solicitudes presentadas considerando los aspectos relacionados con las características del territorio, grupo y estrategia, de acuerdo con los siguientes parámetros y valores. Los baremos se pueden consultar en el artículo 8 de la Orden 6/2015.

    Documentación

    1. Ámbito geográfico, zonas rurales de actuación y justificación.
    2. Estructura física y medio ambiente (superficie total, SAU, superficie desfavorecida y con protección medioambiental).
    3. Población (por municipios) y entidades menores y su evolución, grado de ruralidad, grado de urbanización, tasa de dependencia, coeficiente de sustitución, grado de envejecimiento, tasa de masculinidad, tasa de paro, empleo por sectores.
    4. Caracterización económica (PYMES, empleo).
    5. Caracterización sociológica (población y estructura por edad, sexo, ocupación, instrucción).
    6. Mapa de detalle.

    b) Estructura y características del Grupo de Acción Local, justificando especialmente la capacidad del Grupo para poner en práctica la estrategia de desarrollo local participativa a través de la siguiente documentación:

    1. Identificación y domicilio (Denominación, domicilio social, personalidad jurídica, etc.)
    2. Régimen estatutario, con detalle de los requisitos para adquirir la condición de socio, sistema de admisión de socios, obligaciones y derechos de los socios, baja de socios, suspensión de los derechos de socio, consecuencias económicas.
    3. Régimen económico. Aportaciones. Cuotas de ingreso. Patrimonio.
    4. Normas de disciplina social.
    5. Funcionamiento de los Órganos de Decisión. Funciones y composición. Convocatorias. Derechos de voto. Mayorías. Delegación de facultades.
    6. Procedimiento de gestión.
    7. Experiencia y preparación técnica en la elaboración, desarrollo y gestión de los programas de desarrollo rural, estudios realizados o actividades promovidas en relación con el desarrollo rural, personal experto en tareas de promoción y animación socioeconómica, disponible actualmente o que se compromete a disponer, relacionado con el programa a desarrollar.
    8. Capacidad administrativa. Asistencias técnicas. Equipamiento existente o previsto, tanto en recursos humanos como en locales, material y medios. Relación nominal de personal técnico y administrativo, funciones e historial laboral.
    9. Implantación comarcal. Descripción del grado de implantación en función de las actividades que, en su caso, se realizan actualmente y en particular de las relacionadas con el desarrollo rural, del número y representatividad de los asociados, de su profesión o fines, edad, situación laboral, etc. Integración en red regional o nacional.
    10. Garantía de solvencia. Señalar, en su caso, el volumen anual de recursos presupuestarios (propios y ajenos) de que están dotados para sus actividades, detallando la parte de los mismos que se destinan actualmente a programas de desarrollo rural. En caso de Grupos de nueva creación, indicar la procedencia de recursos a disposición del Grupo, respaldados por los acuerdos plenarios de las instituciones o entidades financiadoras. Entidad financiera en la que se dispone o se va a disponer de la cuenta acreditada ante el Tesoro Público para la percepción de las subvenciones.

    c) Descripción de la estrategia de desarrollo local participativa, que incluya los siguientes aspectos:

    1. Diagnóstico de la situación de partida: debilidades, amenazas, fortalezas y oportunidades (DAFO).
    2. Objetivos generales e instrumentales y medidas del Reglamento 1305/2013 sobre las que se desea actuar.
    3. Efectos esperados e indicadores de impacto y resultado.
    4. Procedimientos de gestión: condiciones y criterios de selección de los proyectos auxiliables y de los promotores.
    5. Criterios y tablas de baremación.
    6. Mecanismos que garanticen los principios de objetividad, publicidad, imparcialidad y libre concurrencia.
    7. Mecanismos de funcionamiento y toma de decisiones.
    8. Sistemas de divulgación del programa.
    9. Sistema de recepción y estudio de solicitudes, elaboración de los informes técnico-económicos, registros y seguimiento de proyectos.
    10. Previsiones financieras por medidas,
    11. Articulación con otros programas (Complementariedad) y multisectorialidad de la estrategia, innovación, transferibilidad y cooperación.

    d) Documentación que justifique el proceso de participación de la sociedad civil en la creación de la estrategia de desarrollo local participativa. La Estrategia debe contener la justificación del debate social como un documento separado, conteniendo lista de consultas realizadas y encuentros mantenidos.

    Se presentará además un documento resumen de los contenidos de los apartados anteriores, que recoja los datos de mayor relevancia, con una extensión máxima de 30 páginas.

    Toda la documentación se puede presentar en papel o en formato digital.

    Aportación de copias

    Si el trámite se hace de forma presencial:

    Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración (Artículo 43, Ley 6/2009, de 15 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2010)

    El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

    Si se hace de manera electrónica

    El artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos dispone que los interesados podrán aportar al expediente copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada o DNI electrónico.

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que las normas reguladoras de los procedimientos pueden exigir que la presentación electrónica sea obligatoria y que por lo tanto no se admita la presentación presencial.

    Plazos

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Impresos

    Ponemos a su disposición la relación de impresos asociados a esta gestión.

    Descargue los que necesite para realizar el trámite de manera presencial.

    Además se pueden obtener dirigiéndose a:

    Téngase en cuenta que las normas reguladoras de los procedimientos pueden exigir que la presentación electrónica sea obligatoria y que por lo tanto no se admita la presentación presencial.

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

  • Procedimiento para la elaboración de listas de espera para la provisión temporal de plazas en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    Requisitos

    Los definidos en cada convocatoria.

    Con carácter general:

    1. Tener la nacionalidad española o:
  • Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • Poseer la titulación académica requerida para el acceso al Cuerpo/Categoría correspondiente.
  • No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones.
  • No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. Quienes no posean la nacionalidad española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública, salvo en los casos de extranjeros acogidos al derecho de asilo en España.
  • Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes deberá efectuarse exclusivamente por procedimiento telemático, a través del icono "Tramitar" o a través de la dirección de internet https://www.larioja.org/empleados/es, dentro de apartado "Bolsas de Empleo Temporal"

    En el caso de que la convocatoria exija la presentación de documentación justificativa de méritos, éstos se deberán presentar también de forma telemática al igual que la solicitud telemática.

    Plazos

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Teléfonos: 941 29 14 84 y 941 29 11 00 (extensión 33844)

    Asistencia técnica

    First page Previous page43444647 Next page Last page
    Cinco Días
    Expansión
    EFE Emprende
    CuatroCasas Telefonica

    Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.