Gobierno de la Rioja

  • Convocatoria de Pruebas de Acceso a ciclos formativos correspondientes a Formación Profesional de Grado Medio y Superior y al Grado Medio de las Enseñanzas Deportivas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    Requisitos

    Prueba de acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio

    • Para concurrir a la prueba de acceso a Grado Medio, se requerirá tener, al menos, 17 años de edad, cumplidos en el año de realización de la prueba y no reunir otros requisitos de acceso a ciclos formativos de grado medio, salvo lo dispuesto en el siguiente apartado:

      • Los alumnos y alumnas que deseen elevar la calificación final obtenida en anteriores pruebas de acceso a ciclos formativos deberán hacerlo constar en la solicitud de inscripción, acompañando el certificado de superación de la misma. Estos alumnos participarán en las pruebas en las mismas condiciones que el resto de alumnos, pudiendo hacer uso de la calificación final obtenida en esta convocatoria, o en anteriores.

    Prueba de acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior

    • Para acceder a la prueba de acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior, se requerirá tener, al menos, 19 años de edad, cumplidos en el año de realización de la prueba y no reunir otros requisitos de acceso a grado superior, salvo lo dispuesto en el siguiente apartado.

      • Los alumnos y alumnas que deseen elevar la calificación final obtenida en anteriores pruebas de acceso a ciclos formativos deberán hacerlo constar en la solicitud de inscripción, acompañando el certificado de superación de la misma. Estos alumnos participarán en las pruebas en las mismas condiciones que el resto de alumnos,pudiendo hacer uso de la calificación final obtenida en esta convocatoria, o en anteriores.

    En un mismo curso escolar una persona no se podrá inscribir en las pruebas de acceso en más de una Comunidad Autónoma. La Dirección General de Educación, invalidará en su ámbito territorial los resultados obtenidos por los candidatos que incumplan esta condición.

    Quienes tengan superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años o hayan superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior no podrán concurrir a la realización de la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio.

    Los alumnos y alumnas que deseen elevar la calificación final obtenida en anteriores pruebas de acceso a ciclos formativos deberán hacerlo constar en la solicitud de inscripción, acompañando el certificado de superación de la misma. Estos alumnos participarán en las pruebas en las mismas condiciones que el resto de alumnos, pudiendo hacer uso de la calificación final obtenida en esta convocatoria, o en la anterior.

    Desarrollo de la prueba de acceso

    Consultar los apartados 9 a 14, ambos inclusive, de la Resolución de convocatoria.

    Documentación

    • Solicitud
    • Con carácter general, para efectuar la inscripción para la realización de la prueba de acceso:

    1. Solicitud de inscripción, según modelo normalizado que figura como Anexo I A (Grado Medio) y Anexo I B (Grado Superior), respectivamente y documentos complementarios citados en el mismo.
    2. Justificante bancario de haber satisfecho los derechos de examen
    3. Documento nacional de identidad, pasaporte o cualquier otro documento legalmente reconocido que acredite la identidad y edad del aspirante

    Condiciones particulares, según las condiciones que aleguen los aspirantes para su inscripción en la prueba de acceso:

    1. Los aspirantes que posean alguna discapacidad que les impida realizar las pruebas con los medios ordinarios, manifestarán esta circunstancia en el momento de la inscripción y adjuntarán a la solicitud la documentación expedida por el organismo competente que certifique dicha discapacidad. El Instituto receptor de la solicitud lo comunicará, antes del 25 abril de 2018, a la Inspección Técnica Educativa para que se estudien las medidas oportunas de adaptación que permitan facilitar el desarrollo de dichas pruebas, junto con un informe en el que conste el tipo de adaptación que se precise.
    2. Los aspirantes que soliciten exención de alguna parte o materia de las pruebas de acceso deberán presentar la documentación que se indica en los apartados décimo para grado medio, y decimotercero para grado superior.
    3. Familia numerosa: los aspirantes que aleguen la condición de pertenecer a Familia Numerosa, deberán presentar la documentación acreditativa oficial que justifique tal extremo.
    4. Los aspirantes que deseen repetir la prueba para elevar la calificación final deberán presentar el certificado de tener superada la prueba en convocatorias anteriores.

    Según el artículo 28 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se entiende otorgado el consentimiento para la consulta de los datos requeridos que afectan a este procedimiento.

    En caso contrario, en el que NO otorgue el consentimiento para la consulta, deberá hacer constar en la solicitud que no se otorga tal consentimiento y aportar la documentación requerida a tal efecto.

    Anexo IA_Solicitud de inscripción Grado Medio ( 55 Kb)

    Anexo IB_Solicitud de inscripción Grado Superior ( 33.7 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar (A través de la Secretaría Virtual de Racima)

    De forma presencial a través de:

    • El Instituto de Educación Secundaria donde vaya a realizarse la prueba (consultar Anexo II)
    • La Oficina de Registro del órgano competente
    • Oficinas de registro

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      El período de inscripción será del 25 de marzo al 3 de abril, ambos inclusive.

      Fin de plazo: 3 de abril de 2019

    • Otros plazos

      Fecha y lugar de realización de las pruebas

      Días 30 y 31 de mayo de 2019, en los Institutos que se detallan en los Anexos II-A y II- B.

    Más información

  • Tasas: 20,00 euros

    Modos de pago:

    • Cargo en cuenta

    Número de Cuenta: ES7900496684192316131398

    Concepto: Se hará constar: NIF, Nombre y Apellidos del participante, así como la expresión "Pruebas de Acceso a los Ciclos Formativos".

  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente: Servicio de Formación Profesional y Participación Educativa

    Persona de contacto: Laura Caballero González

    Asistencia técnica

  • Convocatoria de pruebas libres para la obtención de títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional

    Requisitos

    Tener cumplidos dieciocho años en el momento de la realización de las pruebas para la obtención del título de Técnico o veinte para la obtención del título de Técnico Superior, salvo que en este último supuesto se esté en posesión de un título de Técnico relacionado con aquél al que se aspira, en cuyo caso la edad exigida será de diecinueve años.

    Centros autorizados para la celebración de las pruebas

    • IES Batalla de Clavijo: Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia.
    • IES Duques de Nájera: Técnico en Emergencias Sanitarias.
    • IES Batalla de Clavijo: Técnico Superior en Integración Social.

    Titulaciones

    1. Para realizar la inscripción en las pruebas para obtener el título de Técnico deberá estar en posesión de alguna de las titulaciones señaladas a continuación:
    • Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
    • Título Profesional Básico.
    • Título de Técnico Auxiliar.
    • Título de Técnico.
    • Título de Bachiller.
    • Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de reforma de las enseñanzas medias.
    • Haber superado, de las Enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, el tercer curso del plan de 1963 o el segundo de comunes experimental.
    • Acreditar tener un máximo de dos materias pendientes en el conjunto de los dos primeros cursos del Bachillerato Unificado y Polivalente.
    • Tener alguna de las titulaciones equivalentes para el acceso a los ciclos formativos de grado superior establecidos en el apartado siguiente.
    • Haber superado otros estudios o cursos de formación de los declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
  • Para inscribirse en las pruebas para obtener el título de Técnico Superior deberá estar en posesión de alguna de las titulaciones señaladas a continuación:
    • Título de Bachiller.
    • Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad del Bachillerato Experimental.
    • Haber superado el curso de orientación universitaria o preuniversitario.
    • Título de Técnico o Técnico Especialista o Técnico Superior o equivalente a efectos académicos.
    • Titulación universitaria o equivalente.
    • Otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
  • En caso de no cumplir los requisitos académicos a que se refiere el apartado anterior, deberá acreditarse la superación de la correspondiente prueba de acceso a los ciclos formativos o la superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
  • Documentación

    • Solicitud
    • La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

      • Declaración jurada del interesado, según el modelo del Anexo II de la Orden 5/2010, de 11 de marzo, y que consta como Anexo IV en la Resolución de convocatoria, en la que haga constar no estar matriculado en las modalidades presencial o a distancia en las enseñanzas conducentes al mismo título al que opta en régimen libre.
      • Fotocopia compulsada de los títulos o documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos académicos establecidos en el apartado primero de la presente Resolución, a excepción de los aspirantes de 19 años que deberán adjuntar fotocopia compulsada del título de Técnico.
      • Comprobante bancario de abono de los derechos de examen
      • Quienes accedan por prueba de acceso a los ciclos formativos o a la universidad para mayores de 25 años, deberán adjuntar fotocopia compulsada del certificado de superación de la prueba de acceso.
      • Además de los documentos anteriores que proceda aportar, y con el fin de establecer la distribución de las plazas convocadas, quienes hayan prestado servicios en centros de trabajo de la empresa radicados en la Comunidad Autónoma de La Rioja, durante al menos 24 meses, continuos o discontinuos, en el periodo de los tres años inmediatamente anteriores a la convocatoria, deberán presentar la siguiente documentación:
    1. Trabajadores por cuenta ajena: certificado de la empresa o contrato de trabajo donde haya adquirido la experiencia laboral en la que se haga constar específicamente la duración del contrato, la actividad laboral desarrollada por el interesado y el número de horas dedicada a la misma.
    2. Trabajadores autónomos o por cuenta propia: descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.
    3. Trabajadores voluntarios o becarios: certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia, en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.
    4. En los supuestos de los puntos 1º y 2º anteriores, además deberá acompañarse la certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la mutualidad laboral, que acredite el tiempo trabajado en empresas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
  • Los aspirantes que posean alguna discapacidad adjuntarán a la solicitud la documentación que acredite tener reconocido por el organismo público competente un grado de discapacidad igual o superior al 33%, salvo cuando la acreditación corresponda a órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y siempre que el interesado autorice el acceso y comprobación de tales datos.
  • En todos los supuestos anteriores, la fotocopia compulsada se podrá sustituir por copia de los documentos y una declaración responsable sobre la validez de los mismos.
  • Modelo de solicitud ( 146.5 Kb)

    Declaración jurada. ANEXO II ( 48 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    • Preferentemente, en los Centros Docentes autorizados
    • La Oficina de Registro del órgano competente
    • Oficinas de registro

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Desde el 19 al 31 de octubre de 2018, ambos inclusive

    • Otros plazos

      Fechas y lugares de celebración de las pruebas

      El calendario de celebración de las pruebas de los diferentes módulos profesionales se hará público en el tablón de anuncios de cada uno de los centros de realización de las mismas (Consultar Centros en el Anexo de la Resolución de convocatoria).

      Las pruebas se realizarán del 21 de enero al 1 de febrero de 2019, ambos inclusive.

    Más información

    • Otros Impresos
    • Normativa:

      Orden ECD/2159/2014, de 7 de noviembre, por la que se establecen convalidaciones entre módulos profesionales de formación profesional del Sistema Educativo Español y medidas para su aplicación y se modifica la Orden de 20 de diciembre de 2001, por la que se determinan convalidaciones de estudios de formación profesional específica derivada de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

      Orden 5/2010, de 11 de marzo, por la que se establecen las bases para la realización de pruebas libres para la obtención de títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

      Resolución de 11 de octubre de 2018, Resolución de convocatoria

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Según normativa aplicable

    • Observaciones:

      Tasas

      • 8,20 euros por cada módulo profesional del que solicita examinarse.
      • Número de Cuenta: ES7900496684192316131398
      • Concepto: Se hará constar: NIF, Nombre y Apellidos del participante, así como la expresión "Pruebas Libres para obtener título de Técnico y Técnico Superior".

  • Tasas: 8,20 euros

    Modos de pago:

    • Cargo en cuenta
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Laura Caballero González

    Asistencia técnica

  • Convocar las pruebas para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    Requisitos

    Destinatarios

    Podrán participar en estas pruebas las personas mayores de veinte años o que cumplan esa edad dentro del año natural en el que se realicen las pruebas, siempre que no estén en posesión del título de Bachiller o de cualquier otro título declarado equivalente, ni estén cursando enseñanzas de Bachillerato en ninguna de las modalidades, ya sea de forma presencial o en la modalidad a distancia.

    Estructura de las pruebas

    La prueba constará de dos ejercicios, referidos a las distintas materias del currículo de Bachillerato.

    • El primer ejercicio versará sobre las materias troncales comunes a todas las modalidades de bachillerato establecidas en el Decreto 21/2015, de 26 de junio.

    El aspirante deberá examinarse de las siguientes partes:

    1. Primera parte: Lengua castellana y literatura.
    • Constará de una única prueba con cuestiones referidas a los contenidos de las materias de Lengua Castellana y Literatura I y Lengua Castellana y Literatura II.
  • Segunda parte: Lengua extranjera. Inglés
    • Constará de una única prueba escrita con cuestiones referidas a los contenidos de las materias de Primera Lengua extranjera-Inglés I y Primera Lengua extranjera-Inglés II.
  • Tercera parte:
    • Consistirá en dos pruebas diferenciadas relativas a los contenidos de las materias de Filosofía e Historia de España respectivamente.
    • El segundo ejercicio, tendrá un carácter diferenciado según la modalidad e itinerario escogidos, versará sobre las materias troncales generales de modalidad, troncales de opción y específicas de cada modalidad e itinerario establecidas en el Decreto 21/2015, de 26 de junio.

    Se estructurará en tres partes:

    1. Primera parte:
    • Consistirá en dos pruebas diferenciadas relativas a los contenidos de las materias troncales de opción de primer curso, recogidas en el anexo II de la Resolución, dependiendo de la modalidad e itinerario de Bachillerato seleccionados en el momento de la inscripción. En la modalidad de Ciencias el aspirante deberá examinarse de las materias troncales de opción de primer curso del bloque elegido en el momento de la inscripción, de los recogidos en el anexo II.
  • Segunda parte:
    • Consistirá en dos pruebas diferenciadas relativas a los contenidos de las materias troncales de opción de segundo curso, recogidas en el anexo II de la Resolución, dependiendo de la modalidad e itinerario de Bachillerato seleccionados en el momento de la inscripción. En la modalidad de Ciencias el aspirante deberá examinarse de las materias troncales de opción de segundo curso del mismo bloque que las materias troncales de opción de primero seleccionadas en la primera parte del segundo ejercicio y que se recogen en el mismo anexo II.
  • Tercera Parte:
    • Consistirá en dos pruebas diferenciadas, en la primera se examinará en relación a los contenidos de las materias troncales generales, recogidas en el anexo III de la Resolución, propias de la modalidad e itinerario de Bachillerato seleccionados en el momento de la inscripción; la segunda relativa a los contenidos de una materia específica seleccionada en el momento de la inscripción de entre las recogidas en el anexo III de la Resolución, dependiendo de la modalidad e itinerario de Bachillerato.

    Documentación

    • Solicitud
    • La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

    1. Fotocopia del DNI, pasaporte o cualquier otro documento legalmente reconocido, que acredite la identidad y edad del aspirante.
    2. Certificaciones académicas oficiales o fotocopia del Libro de Escolaridad y/o Historial Académico, en donde se acredite la superación o convalidación del ejercicio o materias para los que se solicita reconocimiento en la prueba.
    3. Los aspirantes con discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100 podrán solicitar las adaptaciones de tiempo y medios que precisen para la realización de los ejercicios en los que la adaptación sea necesaria, debiendo presentar junto con ello el correspondiente certificado o dictamen de valoración de la discapacidad.
    4. Justificante bancario de haber satisfecho los derechos de examen conforme al apartado cuarto de la resolución de convocatoria, según las siguientes tarifas:
    • Tarifa general: 20 euros.
    • Familia numerosa de categoría general: 10 euros.
    • Familia numerosa de categoría especial: 0 euros.

    Anexo I. Solicitud de inscripción ( 152.5 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    • Preferentemente, en el Instituto de Educación Secundaria Práxedes Mateo Sagasta
    • La Oficina de Registro del órgano competente
    • Oficinas de registro

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Plazo de presentación de solicitudes: del 4 al 15 de marzo de 2019, ambos inclusive.

    • Otros plazos

      Fechas y lugar de celebración de las pruebas

      1. Las pruebas del año 2019 tendrán lugar los días 8 y 9 de abril, en sesiones de mañana y tarde.
      2. La sesión de mañana comenzará a las 8:00 horas y la sesión de tarde a las 16:00 h.
      3. La duración de cada sesión será como máximo de cinco horas, con un descanso mínimo de dos horas entre ambas sesiones.
      4. Las pruebas para la obtención del título de Bachiller se celebrarán en el Instituto de Educación Secundaria Práxedes Mateo Sagasta.

    Más información

    • Otros Impresos
    • Normativa:

      Orden 3/2017, de 31 de marzo, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se establecen las bases para regular y convocar la celebración de pruebas libres para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años en la Comunidad Autónoma de La Rioja

      Resolución de 22 de febrero de 2019, Convocatoria 2019

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Según normativa aplicable

    • Observaciones:

      Para poder participar en la presente convocatoria los aspirantes deberán abonar una tasa según las siguientes tarifas:

      • Tarifa general 20 euros.
      • Familia numerosa de categoría general: 10 euros.
      • Familia numerosa de categoría especial: 0 euros.

      El ingreso se deberá realizar en la cuenta nº ES79 0049 6684 1923 1613 1398, correspondiente al Banco Santander, consignando con claridad el NIF, Nombre y Apellidos del participante, así como la expresión 'Pruebas libres: Título de Bachiller'.

      El ingreso podrá efectuarse presencialmente en cualquier oficina del Banco Santander o mediante transferencia a la cuenta antes mencionada, desde cualquier otra entidad financiera. En los dos supuestos, el comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen deberá adjuntarse a la solicitud.

      Únicamente se admitirán aquellas solicitudes cuyos derechos de examen se hayan satisfecho dentro del plazo establecido en el apartado tercero de la presente resolución. En ningún caso, el pago de estos derechos supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

      La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

  • Tasas: 20,00 euros

    Modos de pago:

    • Cargo en cuenta

    Número de Cuenta: ES7900496684192316131398

  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • Estrella Hernández
    • Luis Pascual
    • Laura Moreno

    Asistencia técnica

  • Instrucciones que regulan la convocatoria anual de las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, por los alumnos que no lo hayan obtenido al finalizar la etapa.

    Requisitos

    A esta prueba extraordinaria se podrá presentar todo aquel alumnado que, habiendo finalizado la Educación Secundaria Obligatoria en centros de la Comunidad Autónoma de La Rioja, no haya conseguido evaluación positiva en cinco materias de la etapa como máximo y hubiera cumplido, en el año natural en que finalizaron su permanencia en dicha etapa, 18 años de edad.

    A efectos de cómputo de materias, se contabilizará como una materia no aprobada cualquier materia de cualquier curso de la etapa que los alumnos tengan pendiente de superación.

    Excepcionalmente, el requisito de edad establecido en el punto anterior, podrá ser rebajado a los 16 años de edad para el alumnado que tenga contrato laboral que le impida acudir al centro educativo en régimen ordinario o sea deportista de alto rendimiento.

    En cualquier caso, el alumnado objeto de esta prueba sólo se podrá presentar durante los dos cursos académicos siguientes, al que concluyó su permanencia en el centro.

    Contenido de las pruebas

    1. Las pruebas constarán de tantos ejercicios como materias pendientes de calificación positiva sean objeto de examen. El alumno se examinará de las materias pendientes de la Educación Secundaria Obligatoria y, en su caso, de las no superadas en la prueba del año anterior.
    2. Los ejercicios se adecuarán a los objetivos y contenidos establecidos para cada materia en el Decreto 5/2011, de 28 de enero, por el que se establece el Currículo de la Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en la Orden 23/2007, de 19 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte por la que se regula la impartición de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de La Rioja y en la Resolución nº 3149, de 3 de septiembre de 2007, de la Dirección General de Educación, por la que se dictan instrucciones para el desarrollo de los Programas de Diversificación curricular en los cursos tercero y cuarto de la Educación Secundaria.

    Lugar y fecha de realización de la prueba

    1. La prueba anual para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria se realizará, durante los tres últimos días lectivos, como máximo, del mes de abril en los mismos centros donde estuvieron matriculados los alumnos durante el último curso de la etapa.
    2. Excepcionalmente, el alumnado que hubiera cambiado de residencia y localidad dentro de la Comunidad Autónoma de La Rioja podrá solicitar la realización de dicha prueba en el centro público más próximo a su domicilio actual, siempre que la solicitud vaya acompañada de un certificado de empadronamiento y de fotocopia compulsada de su Historial académico y/o libro de escolaridad.
    3. Los centros educativos se encargarán de publicitar todo lo concerniente a las fechas de realización de las pruebas.

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma presencial a través de:

    • La secretaría del centro docente en el que se hubiera finalizado la etapa.
    • La Oficina de Registro del órgano competente
    • Oficinas de registro

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Entre el 15 y el 28 de febrero de cada año (ambos inclusive).

    Más información

    • Normativa:

      Orden 3/2008, de 22 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la evaluación, promoción y titulación del alumnado que cursa Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

      Convocatoria anual

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):
      Negativo
  • Tasas: No tiene tasa

Notificaciones

Organismo

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Para obtener la licencia de caza es preciso superar, con anterioridad, un examen que acredite la idoneidad del solicitante para su práctica.

    Requisitos

    Tipo de examen

    La prueba será teórico-práctica, y versará sobre los siguientes temas:

    El examen será tipo test, compuesto por 21 preguntas, con tres respuestas alternativas de la que sólo una será correcta. La superación de la prueba exigirá el acierto de al menos 16 preguntas.

    Tasas

    Será preceptivo el abono de la tasa 05.12.4.1 (Inscripción en pruebas para la obtención de certificado de aptitud que capacita para la expedición de licencia de caza) por importe de 38,96 ?. en la cuenta corriente de BANKIA número

    Una copia de la misma será entregada en las oficinas de la Dirección General de Medio Natural con quince días de antelación a la fecha prevista para la realización del examen.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

  • Tasas: 38,96 euros

    Modos de pago:

    Número de Cuenta: ES7720387494866000026952

    Concepto: Pruebas expedición licencia de caza

  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Asistencia técnica

  • Para la obtención de la licencia de pesca es preciso superar, con anterioridad, un examen que acredite la idoneidad para su práctica.

    Requisitos

    Tipo de examen

    La prueba será teórica y versará sobre los siguientes temas:

    1. Legislación de pesca.
    2. Ecología y biología de las especies objeto de pesca.
    3. Especies del medio acuático protegidas.
    4. Modalidades, técnicas, artes y aparejos de pesca.
    5. Ordenación piscícola.
    6. Normas de seguridad.
    7. Comportamiento y ética del Pescador.

    El examen será tipo test, compuesto por 21 preguntas, con tres respuestas alternativas de la que sólo una será correcta. La superación de la prueba exigirá el acierto de al menos 16 preguntas.

    Exentos del examen del pescador

    1. Los menores de 12 años.
    2. Los pescadores de la Comunidad Autónoma de La Rioja que ya tengan Licencia de Pesca vigente.
    3. Los pescadores que hayan tenido licencia de cualquier Comunidad Autónoma hace menos de 10 años a contar desde la fecha actual y que además dicha licencia haya sido expedida antes de la aprobación del Reglamento de Pesca de La Rioja (16/10/2009).
    4. Si la licencia de otra CCAA fuera posterior al 16 de octubre de 2009, para estar exentos del examen deberán aportar certificado de haber superado el examen del pescador en dicha CCAA.

    Tasas

    Será preceptivo el abono de la tasa correspondiente a tasa 05.14.4: Inscripción en pruebas para la obtención de certificado de aptitud que capacita para la expedición de licencia de pesca. Importe: 38,96 euros cuenta corriente Corriente: Bankia nº ES77 2038-7494-86-6000026952

    Una copia de la misma será entregada en las oficinas de la Dirección General de Biodiversidad con quince días de antelación a la fecha prevista para la realización del examen.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Plazos

    Más información

  • Tasas: 38,96 euros

    Modos de pago:

    Número de Cuenta: ES7720387494866000026952

    Concepto: Tasa 05.14.4: Inscripción en pruebas para la obtención de certificado de aptitud que capacita para la expedición de licencia de pesca.

  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Asistencia técnica

  • Se convoca el reconocimiento de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral y por vías no formales de formación, de las unidades de competencia incluidas en la cualificación de Transporte sanitario.

  • Reconocimiento de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral y por vías no formales de formación, en las cualificaciones de Atención sociosanitaria a personas en el domicilio y Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales.

    Requisitos

    Unidades de competencia y plazas convocadas

    1. UC0249_2: Desarrollar intervenciones de atención física domiciliaria dirigidas a personas con necesidades de atención sociosanitaria.
    2. UC0250_2: Desarrollar intervenciones de atención psicosocial domiciliaria dirigidas a personas con necesidades de atención sociosanitaria.
    3. UC0251_2: Desarrollar las actividades relacionadas con la gestión y funcionamiento de la unidad convivencial.
  • SSC320_2: Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales: 100 plazas. Unidades de competencia:
    1. UC1016_2: Preparar y apoyar las intervenciones de atención a las personas y a su entorno en el ámbito institucional indicadas por el equipo interdisciplinar.
    2. UC1017_2: Desarrollar intervenciones de atención física dirigidas a personas dependientes en el ámbito institucional.
    3. UC1018_2: Desarrollar intervenciones de atención sociosanitaria dirigidas a personas dependientes en el ámbito institucional.
    4. UC1019_2: Desarrollar intervenciones de atención psicosocial dirigidas a personas dependientes en el ámbito institucional

    Se podrá efectuar solicitud en una o varias unidades de competencia pero solo de una única cualificación.

    Las personas que reuniendo los requisitos de acceso no entren en el cupo de las plazas convocadas, podrán ser objeto de asesoramiento, evaluación y acreditación en etapas posteriores, sin necesidad de efectuar una nueva convocatoria, lo que se les notificará como mínimo con quince días naturales de antelación al inicio de la fase de asesoramiento.

    Destinatarios y requisitos

    Las personas que deseen participar en este proceso deberán cumplir, a fecha de publicación de la resolución de convocatoria, los siguientes requisitos:

    Están expresamente excluidas las personas que estén en posesión de títulos de formación profesional o de certificados de profesionalidad admitidos a efectos del Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, o quienes se encuentren realizando un ciclo formativo o un certificado de profesionalidad conducente a la obtención de dichos títulos.

    Las personas que consigan demostrar su competencia profesional en una o varias unidades de competencia, obtendrán la acreditación de las mismas. Dicha acreditación, tiene alcance y validez en todo el territorio del Estado.

    Asimismo, obtendrán información sobre la oferta formativa disponible para adquirir las competencias que no hayan podido demostrar o para completar su itinerario formativo de cara a obtener un certificado de profesionalidad o bien otra titulación en el ámbito de la formación profesional del sistema educativo.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

  • Tasas:
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

  • El objeto de la presente Convocatoria es la realización de acciones de integración de personas investigadoras y tecnólogas en Empresas, Agrupaciones Innovadoras (AEIs), Organismos Públicos de Investigación y Centros Tecnológicos y/o de Innovación y Transferencia de Tecnología con la finalidad de desarrollar proyectos I+D+i en los mismos.

    Requisitos

    La Convocatoria va dirigida a Empresas, Agrupaciones Innovadoras (AEIs), Organismos Públicos de Investigación y Centros Tecnológicos y/o de Innovación y Transferencia de Tecnología (en adelante entidades beneficiarias) que desarrollen o vayan a desarrollar proyectos I+D+i en un centro de trabajo ubicado en La Rioja y cuya duración sea como mínimo de 12 meses suponiendo para el titulado un programa de formación complementario a su perfil académico.

    En los mencionados proyectos deberá figurar el perfil académico necesario con indicación de la titulación o titulaciones académicas que se consideren más adecuadas además de áreas técnicas prioritarias y tareas a desarrollar dentro del proyecto.

    La Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (ADER) es la encargada de la selección de las entidades que deseen recibir a un tecnólogo en su organización para trabajar en proyectos de I+D+i. La selección de los becarios, a incorporar en los proyectos seleccionados, será gestionada por la Fundación Universidad de la Rioja (FUR) la cual publicará la correspondiente convocatoria.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se realizará obligatoriamente de forma telemática desde el botón "Tramitar"

    Plazos

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Isabel Ruiz Villarejo: Técnico Operativo

    Asistencia técnica

  • Convocatoria de un proceso para poder acceder a una bolsa de empleo temporal que permita ser nombrado funcionario interino en los Cuerpos de Policía Local de distintos municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja para la categoría de Policía, tras la realización de unos ejercicios (pruebas físicas, pruebas psicotécnicas y pruebas médicas) y un curso de formación de 500 horas de duración.

    Requisitos

    1. Ser español.
    2. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función, así como la realización de las pruebas físicas. La aptitud física para realizar las pruebas físicas deberá acreditarse mediante certificado médico, conforme a lo establecido en la base 11.2. a).
    3. Tener una estatura mínima de 1,70 m., en el caso de los hombres; y de 1,65 m. para las mujeres. Este requisito se comprobará mediante tallaje, previo al comienzo del primer ejercicio de la oposición.
    4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
    5. Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
    6. Estar en posesión de cualquiera de las siguientes titulaciones: Bachiller-LOE; Bachiller-LOGSE; Bachillerato Unificado Polivalente; Bachiller Superior; Técnico Especialista (Formación Profesional de Segundo Grado); Técnico Superior (Formación Profesional de Grado Superior) y Técnico, o sus equivalentes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
    7. Estar en posesión de los permisos de conducir de la clase A2 y de la clase B. Los aspirantes asumen el compromiso de obtener el permiso de conducción de la clase A en el plazo máximo de 30 meses desde que fueran titulares del permiso en vigor de la clase A2.

    Los requisitos establecidos en los puntos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante todo el proceso.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

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    Servicio competente

    Ana Navajas: 941 291100 ext 33698

    Asistencia técnica

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