Gobierno de la Rioja

  • Elección de vocales en representación de las Asociaciones y Redes de Mujeres de La Rioja, que formarán parte del Consejo Sectorial de Mujer de La Rioja para el periodo 2018-2022.

    Requisitos

    Participantes

    Podrán participar en el proceso electoral las Asociaciones y Redes de Mujeres de La Rioja, inscritas en el Registro de Servicios Sociales de la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia del Gobierno de La Rioja

    Ejercicio del derecho al voto, modo de efectuar el voto y forma de acreditar el derecho a votar

    Tendrá derecho a voto la presidenta de cada Asociación y Red de Mujeres o persona en quien delegue expresamente. Esta delegación expresa se acreditará en el momento de la votación.

    El voto se dará a una sola de las candidaturas que se hayan presentado en la zona de La Rioja a la que pertenece la asociación que efectúe el voto.

    El número de vocales, 4 en total, se distribuye de la forma siguiente:

    Una vocal por las Asociaciones/Redes de Mujeres que estén implantadas en La Rioja Baja.Una vocal por las Asociaciones/Redes de Mujeres que estén implantadas en La Rioja Alta.Dos vocales por las Asociaciones/Redes de Mujeres que estén implantadas en la Rioja Centro, incluido Logroño.

    Desarrollo del proceso electoral

    Mesa Electoral

    La mesa electoral estará constituida por:

    Dos personas representantes de la Administración.La secretaria del Consejo Sectorial de Mujer.Una persona representante de las Asociaciones o Redes de Mujeres designada a propuesta de las personas presentes en el momento anterior a la constitución de la Mesa electoral.

    Escrutinio

    Finalizadas las votaciones, se procederá al escrutinio de los votos, que será público, y una vez realizado, se levantará acta que firmarán todas las personas componentes de la Mesa, en la que se harán constar las vocales elegidas por mayor número de votos.

    Por lo tanto:

    • Por la Rioja Baja será designada vocal la representante de la asociación/red que más votos obtenga.
    • Por la Rioja Alta será designada vocal la representante de la asociación/red que más votos obtenga.
    • Por la Rioja Centro y Logroño serán designadas vocales las representantes de las dos asociaciones/redes que más votos obtengan.

    El acta será enviada a la Dirección General de Servicios Sociales de la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia del Gobierno de La Rioja, a efectos de nombramiento de las personas elegidas.

    Nombramiento de vocales titulares y suplentes

    Las vocales elegidas serán nombradas por resolución de la Directora General de Servicios Sociales.

    Documentación

    • Solicitud, escrito o comunicación
    • Dada la naturaleza jurídica de las asociaciones y redes de mujeres, las candidaturas se presentarán de forma electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org/oficinaelectronica) y en (www.larioja.org/mujer) haciendo constar:

      Nombre, DNI de la persona que se propone como vocal, Asociación o Red de Mujeres de la que forma parte y zona a la que pertenece la Asociación o Red: Rioja Alta, Rioja Baja o Rioja Centro incluido Logroño

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Las candidaturas se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a contar desde día el día siguiente a la publicación de la Resolución de convocatoria de elecciones en el Boletín Oficial de La Rioja(fecha de publicación en el BOR: 23 de marzo de 2018).

      Fin de plazo: 17 de abril de 2018.

    • Otros plazos

      Listado de candidaturas

      Finalizado el plazo de presentación de candidaturas, la Dirección General de Servicios Sociales publicará en el Boletín Oficial de La Rioja y en la página web del Gobierno de La Rioja, la resolución por la que se aprueba el listado de candidaturas, junto con la fecha de celebración de las elecciones, lugar de votación y horario.

    Más información

    • Normativa:

      Orden de 8 de abril de 1987, de la Consejería de Salud, Consumo y Bienestar Social, por la que se crea el Consejo Sectorial de la Mujer

      Resolución de 19 de marzo de 2018, de la Dirección General de Servicios Sociales por la que se convocan elecciones para la renovación del Consejo Sectorial de Mujer de La Rioja 2018-2022

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      No tiene

    • Recurso que procede:

      Alzada

      El recurso se presentará en el plazo de un mes ante el Consejero de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Centro Asesor de la Mujer

    • Alicia Aliende Moral 941 29 45 50 extensión 36552
    • Susana Gil Minguillón 941 29 45 50 extensión 36550
    • Luis Alberto Santamaría Fernández 941 29 45 50

    Asistencia técnica

  • La Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (ADER), a través del Centro de Diseño Integral de La Rioja (CEdiR), está realizando un importante esfuerzo en potenciar la utilización del diseño como elemento diferenciador y herramienta de competitividad empresarial. En este sentido, es vital que las empresas riojanas puedan contar con los mejores profesionales. Las becas tienen un doble objetivo, en primer lugar facilitar la incorporación de jóvenes titulados al mundo laboral, donde podrán complementar la formación reglada que han recibido con una de carácter práctico y en segundo lugar, facilitar a las empresas riojanas un recurso oportuno y eficaz, en la incorporación del diseño a su estrategia empresarial.

  • Procedimiento por el que que se convocan procesos selectivos para la provisión de plazas vacantes a Cuerpos o Categorías profesionales de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    Requisitos

    Los exigidos en cada una de las convocatorias.

    Con carácter general:

    a) Tener nacionalidad española. También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos:

    1. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
    2. El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
    3. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

    b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

    c) Estar en posesión de la titulación académica que se exija para el acceso al Cuerpo o Categoría correspondiente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

    d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

    e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial por resolución judicial para empleos y cargos públicos para el acceso a Cuerpos y Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo o Escala a cuyas pruebas selectivas se refiere la presente Convocatoria. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

    Documentación

    • Solicitud
    • La convocatoria de cada proceso selectivo establecerá los documentos que con carácter obligatorio deben adjuntarse.

      En general, cuando el pago de la tasa se realice de forma no telemática, el justificante bancario de haber realizado el ingreso deberá adjuntarse electrónicamente. En el justificante bancario deberán hacerse constar los siguientes datos:

      • Código de la convocatoria.
      • DNI/NIE del aspirante.
      • Nombre y apellidos del aspirante.
      • El importe de 32,47 euros.

      En particular, cuando el aspirante se encuentre en alguna de las situaciones descritas en la Base 2 de la convocatoria, deberá adjuntar electrónicamente:

      • Declaración responsable a efectos de cumplimiento de los requisitos de nacionalidad exigidos para participar en las pruebas selectivas convocadas por la administración general de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
      • Declaración responsable a efectos de acreditación del conocimiento del castellano en las pruebas selectivas convocadas por la administración general de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

      Autorización consulta ( 1234.1 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La convocatoria de cada proceso selectivo establecerá la forma de presentación de las solicitudes, pudiendo exigir la misma que la presentación electrónica sea obligatoria y por lo tanto no se admita la presentación presencial.

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    Telemática, a través del icono "Tramitar" o a través de la dirección de internet www.larioja.org/empleopublico, dentro del apartado "Oposiciones".
    Presencial, cumplimentando el impreso de solicitud, a través de:

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      El plazo de presentación de solicitudes vendrá fijado en la convocatoria de cada proceso selectivo: (veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja).

    • Otros plazos

      Plazo de diez días hábiles, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente de la publicación de la relación provisional de admitidos y exluidos.

    Más información

    • Normativa:

      Convocatoria

      Decreto 48/2017, de 1 de diciembre, por el que se aprueba la OEP para el año 2017.

      Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

      Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

      Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

      Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, en cuanto no se opongan a la mencionada Ley 7/2007.

      Decreto 51/2008, de 5 de septiembre, para el acceso al empleo público de las personas con discapacidad, modificado mediente Decreto 7/2011, de 18 de febrero.

      Acuerdo, para el personal funcionario al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja para los años 2008-2011.

      Acuerdo, Convenio colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja para los años 2008-2011.

      Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

      Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      No tiene

    • Recurso que procede:

      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

      Ante el Consejero de Administración Pública y Hacienda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comúna de las Administraciones Pública o bien interponer recurso contenciso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.

  • Tasas: 32,47 euros

    Modos de pago:

    • Cargo en cuenta
    • Banca electrónica

    Número de Cuenta: ES9220387494826000089928

    Concepto: Tasa por inscripción en procesos de selección de personal convocados por la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja o sus Organismos Autónomos.

  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio de la Escuela Riojana de Administración Pública

    Diego Lázaro Niso. 941 29 11 00 (extensión 33267)

    Fuencisla Reinares Martínez: 941 29 11 00 (extensión 33442)

    Ana Gloria San Vicente Larios: 941 29 11 00 (extensión 33125)

    Jose Ignacio Dublán Garnica: 941 29 11 00 (extensión 33053)

    Maika Canseco García: 941 29 11 00 (extensión 33066)

    Encarnación Areños Torío: 941 29 11 00 (extensión 33012)

    Teléfono de asistencia para firma digital: 941 297 888 en horario de 8 a 15 horas de lunes a viernes.

    Asistencia técnica

  • Procedimiento por el que se convocan procesos selectivos para la cobertura de plazas vacantes a Categorías de personal estatutario del Servicio Riojano de Salud.

    Requisitos

    Requisitos

    Los exigidos en cada una de las convocatorias.

    Con carácter general:

    1.- Requisitos para poder participar en el proceso selectivo:

    Para poder participar en este proceso selectivo, las personas interesadas deberán reunir en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes los requisitos establecidos en la sección quinta del Capítulo I del Título II del Decreto 2/2011, de 14 de enero. En concreto, deberán reunir los requisitos siguientes, que deberán mantener durante todo el proceso hasta el momento de la toma de posesión:

    a) Tener cumplidos dieciséis (16) años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa el último día del plazo de presentación de solicitudes.

    b) Tener la nacionalidad española. También podrán participar, en igualdad de condiciones que las personas con nacionalidad española:

    1. Las personas nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.

    2. El cónyuge de las personas españolas y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separadas de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes menores de veintiún (21) años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

    3. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

    Las personas aspirantes incluidas en los apartados 2 y 3 que no posean la nacionalidad española y que soliciten participar en este proceso selectivo deben saber que, con su solicitud, declaran que cumplen todos los requisitos establecidos en estas bases.

    Las personas extranjeras que no cumplan los requisitos establecidos en los párrafos anteriores podrán acceder, en igualdad de condiciones, a la condición de personal estatutario en la categoría convocada de Médico de Familia en Equipos de Atención Primaria (E053) mediante la acreditación de su residencia legal en España en los términos que establezca el régimen jurídico vigente en materia de extranjería.

    c) Estar en posesión de la titulación académica que se exija para el acceso a la categoría o especialidad correspondiente o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán presentar la documentación que acredite su reconocimiento oficial y validez en todo el territorio español.

    d) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B.

    e) No poseer plaza en propiedad en la categoría convocada (o equivalente) como personal estatutario fijo a la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de que, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y siempre antes de la toma de posesión como personal estatutario fijo en el Servicio Riojano de Salud, la persona interesada hubiera tomado posesión en plaza correspondiente a la misma categoría o equivalente de otro Servicio de Salud como consecuencia de un proceso selectivo concurrente con el actual, podrá tomar posesión de la plaza ganada en este proceso siempre que renuncie a su nombramiento anterior de personal estatutario fijo.

    La citada renuncia debe ser aceptada por el Servicio de Salud correspondiente y válida en fecha anterior a la de la toma de posesión.

    f) Haber abonado la correspondiente tasa.

    Además, para el Turno de Promoción Interna:

    a. Ostentar la condición de personal estatutario fijo del Servicio Riojano de Salud.

    b. Encontrarse en servicio activo en el Servicio Riojano de Salud como personal estatutario fijo.

    c. Haber prestado servicios como personal estatutario fijo al menos dos años en la categoría de procedencia. En los supuestos de estatutarización del personal funcionario de carrera o laboral fijo, el cómputo del plazo de dos años comprenderá los periodos correspondientes al cuerpo de funcionario o categoría laboral de procedencia.

    2. Requisitos para poder ser nombrados personal estatutario fijo del Servicio Riojano de Salud.

    Para poder ser nombradas personal estatutario fijo del Servicio Riojano de Salud, las personas que resulten definitivamente aprobadas deberán reunir, además de los requisitos mencionados en el apartado 2.1 de esta Resolución, los siguientes requisitos y mantenerlos hasta la toma de posesión:

    a) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se derivan del correspondiente nombramiento.

    b) No haber sido separadas del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis (6) años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitadas con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

    En el caso de las personas nacionales de los otros Estados distintos al Español, no encontrarse inhabilitadas, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en sus respectivos Estados, ni haber sido separadas por sanción disciplinaria de alguna de sus Administraciones o Servicios Públicos en los seis (6) años anteriores a la convocatoria.

    c) No poseer plaza en propiedad en la categoría convocada (o equivalente) como personal estatutario fijo a la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de que, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y siempre antes de la toma de posesión como personal estatutario fijo en el Servicio Riojano de Salud, la persona interesada hubiera tomado posesión en la plaza correspondiente a la misma categoría o equivalente de otro Servicio de Salud como consecuencia de un proceso selectivo concurrente con el actual, podrá tomar posesión de la plaza ganada en este proceso siempre que renuncie a su nombramiento anterior de personal estatutario fijo.

    La citada renuncia debe ser aceptada por el Servicio de Salud correspondiente y válida en fecha anterior a la de la toma de posesión.

    d) No estar condenado, mediante sentencia firme, por los delitos tipificados en los artículos 178 a 194 y 177 bis del Código Penal a los que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

    Documentación

    • Tramitación
    • La convocatoria de cada proceso selectivo establecerá los documentos que con carácter obligatorio deben adjuntarse.

      En general, cuando el pago de la tasa se realice de forma no telemática, el justificante bancario de haber realizado el ingreso deberá adjuntarse telemáticamente. En el justificante bancario deberá hacerse constar los siguientes datos:

      • Código de la convocatoria.
      • DNI/NIE de la persona aspirante.
      • Nombre y apellidos de la persona aspirante.
      • El importe de 32,47 euros.

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se realizará exclusivamente por vía telemática, a través del enlace a la presentación en web de este procedimiento que figurará en las siguientes direcciones de Internet: www.larioja.org/empleo-publico/es/oposiciones/personal-estatutario-seris ó www.riojasalud.es/rrhh

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      El plazo de presentación de solicitudes vendrá fijado en la convocatoria de cada proceso selectivo: un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

    • Otros plazos

      Plazo de diez (10) días hábiles, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación provisional de personas admitidas y excluidas.

    Más información

    • Otros Impresos
    • Normativa:

      Resolución, Convocatorias

      Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud.

      Decreto 2/2011, de 14 de enero, de selección de personal estatutario y provisión de plazas y puestos de trabajo del Servicio Riojano de Salud.

      Acuerdo de 27 de julio de 2006, que regula las condiciones de trabajo del personal del Servicio Riojano de Salud.

      Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

      Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social.

      Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

      Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

      Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Según normativa aplicable

    • Recurso que procede:

      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

    • Observaciones:

      En los procesos selectivos convocados a promoción interna no se exigirá el requisito de titulación para acceso a las categorías de los Subgrupos C1 y C2, salvo que sea necesaria una titulación, acreditación o habilitación profesional específica para el desempeño de las nuevas funciones, siempre que la persona interesada haya prestado servicios durante cinco años en la categoría de origen y ostente la titulación exigida en el grupo inmediatamente inferior al de la categoría a la que aspira a ingresar. A tal efecto, en los casos de estatutarización se entenderá que la misma no rompe el plazo temporal respectivo, bien se trate de personal funcionario o laboral.

  • Tasas: 32,47 euros

    Modos de pago:

    • Cargo en cuenta
    • Banca electrónica

    Concepto: Tasa por inscripción en procesos de selección de personal convocados por el Servicio Riojano de Salud.

  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Teléfono de contacto para las personas opositoras en la sede de la Dirección de Recursos Humanos:

    • 941 29 13 26

    Correo electrónico de contacto para las personas opositoras en la sede de la Dirección de Recursos Humanos:

    Ordenadores de apoyo para el envío telemático de las solicitudes de participación en los procesos selectivos:

    • Dirección de Recursos Humanos: Sala de reuniones, sita en la Planta Baja. C/ Bretón de los Herreros, 33.
    • Hospital San Pedro (Departamento de Personal): Sala ubicada en la Unidad Administrativa C, sita en la 1ª Planta, C/ Piqueras, 98.

    Asistencia técnica

  • Convocatoria de las pruebas de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio correspondientes al título de Técnico Deportivo, especialidad de Fútbol.

    Requisitos

    Destinatarios

    Aquellas personas interesadas en acceder a las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio de Técnico Deportivo en la especialidad de fútbol.

    Requisitos

    Podrán participar en estas pruebas aquellos interesados que estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria o titulación equivalente a efectos académicos. También podrán concurrir a estas pruebas aquellas personas que tengan alguna de las titulaciones establecidas en la disposición adicional duodécima del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.

    No obstante, será posible también acceder a las pruebas sin estar en posesión de las titulaciones referidas, siempre que el aspirante cumpla alguno de los siguientes requisitos:

    • Haya superado la prueba de acceso al grado medio establecida en el apartado a) del artículo 31 del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.
    • Haya superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio de la Formación Profesional Específica.

    Características

    Las pruebas específicas de acceso a las enseñanzas de Técnico Deportivo de fútbol tienen como objetivo que los aspirantes demuestren que poseen la condición física imprescindible y las destrezas específicas necesarias para seguir con aprovechamiento la formación.

    El contenido de las pruebas de carácter específico será el establecido en el Anexo I de la Orden 27/2002, de 22 de mayo, por la que se establecen los currículos y las pruebas y requisitos de acceso específicos correspondientes a los títulos de Técnico Deportivo y de Técnico Deportivo Superior de las especialidades de fútbol y fútbol sala.

    Las pruebas estarán compuestas de dos partes. El objetivo de la primera parte de la prueba es evaluar la condición física del aspirante. La segunda parte de la prueba tendrá como objetivo evaluar las destrezas específicas fundamentales de la especialidad de fútbol.

    Los deportistas de alto nivel o alto rendimiento que reúnan los requisitos de titulación académica estarán exentos de realizar las pruebas de carácter específico para acceder al Nivel Inicial de las enseñanzas de Técnico Deportivo, especialidad de fútbol, debiendo acreditar dicha condición junto a la solicitud de admisión a los estudios de estas enseñanzas.

    Asimismo, quedarán exentos de realizar las pruebas de carácter específico quienes cumplan algunos de los requisitos establecidos en las letras c) y d) del apartado 2 de la disposición transitoria segunda del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, referidos a la especialidad de fútbol.

    Con objeto de garantizar el principio de igualdad de oportunidades, la eficacia de la formación y el posterior ejercicio de las competencias profesionales inherentes al título, en el caso de que hubiera solicitantes con algún grado de discapacidad, la Dirección General de Educación articulará el mecanismo necesario, con la inclusión de asesores expertos o la petición de informes, para que el Tribunal de las pruebas de acceso de carácter específico pueda valorar si el grado de discapacidad y las limitaciones que lleva aparejadas posibilita cursar con aprovechamiento las enseñanzas, alcanzar las competencias correspondientes al título de Técnico deportivo, especialidad en fútbol y, ejercer la profesión.

    Documentación

    • Solicitud, escrito o comunicación
    • Documentación a presentar junto con la solicitud (Anexo I9

      • Copia del Título de Graduado en ESO o de la titulación equivalente a efectos académicos, o del de alguna de las titulaciones establecidas en la disposición adicional duodécima del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.
      • Quienes concurran mediante una de las pruebas de acceso al grado medio deberán presentar el documento acreditativo de haber superado alguna de las pruebas referidas
      • Aquellos aspirantes con discapacidad que deseen que esta sea tenida en cuenta por el Tribunal, deberán aportar la acreditación de tener reconocido por el organismo público competente un grado de discapacidad igual o superior al 33%, salvo cuando la acreditación corresponda a órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y siempre que el interesado autorice el acceso y comprobación de tales datos.
      • Certificado Médico Oficial, de fecha reciente (máximo 6 meses) y en el que se indique que el aspirante no presenta patología alguna que aconseje limitaciones para realizar los ejercicios de que consta la prueba de carácter específico.
      • La comprobación de la identidad y edad del aspirante se realizará de oficio siempre que el interesado no manifieste su oposición, en cuyo caso, deberá adjuntar la fotocopia del DNI, pasaporte o cualquier otro documento legalmente reconocido que acredite tales extremos.

      Solicitud de inscripción ( 114 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Presentación de solicitudes: 2 a 3 de septiembrede 2019.

    • Otros plazos
      • Publicación de las listas provisionales de admitidos, no admitidos y excluidos. 4 septiembre
      • Presentación de reclamaciones. 5 - 6 septiembre
      • Publicación de listas definitivas de admitidos y no admitidos. 6 septiembre
      • Realización de las pruebas específicas. en el IES La Laboral (Lardero, La Rioja), el 9 de septiembre de 2019, a las 10 horas.
      • Publicación de las calificaciones. 10 septiembre
      • Periodo de reclamación de las calificaciones. 11-12 septiembre

    Más información

    • Otros Impresos
    • Normativa:

      Real Decreto 320/2000, de 3 de marzo, que establece los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en las especialidades de fútbol y fútbol sala, se aprueban las correspondientes enseñanzas mínimas y se regulan las pruebas y los requisitos de acceso a estas enseñanzas.

      Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, , para la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial

      Orden 27/2002, de 22 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura, Juventud y Deportes, por la que se establecen los currículos y las pruebas y requisitos de acceso específicos correspondientes a los títulos de Técnico Deportivo y de Técnico Deportivo Superior de las especialidades de fútbol y fútbol sala.

      Resolución de 13 de marzo de 2019, Resolución de 5 de marzo de 2019, de la Dirección General de Educación, por la que se convocan las pruebas de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio correspondientes al título de Técnico Deportivo, especialidad de Fútbol, para el curso 2019/2020

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Según normativa aplicable

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

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    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • José Antonio Hernaiz Alonso
    • Eva María Ortega Vallejo

    Asistencia técnica

  • Convocatoria de las pruebas de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio correspondientes al título de Técnico Deportivo, especialidad de Fútbol, para el curso 2017/2018.

    Requisitos

    Destinatarios

    Aquellas personas interesadas en acceder a las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio de Técnico Deportivo en la especialidad de fútbol.

    Requisitos

    Podrán participar en estas pruebas aquellos interesados que estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria o titulación equivalente a efectos académicos. También podrán concurrir a estas pruebas aquellas personas que tengan alguna de las titulaciones establecidas en la disposición adicional duodécima del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.

    No obstante, será posible también acceder a las pruebas sin estar en posesión de las titulaciones referidas, siempre que el aspirante cumpla alguno de los siguientes requisitos:

    • Haya superado  la prueba de acceso al grado medio establecida en el apartado a) del artículo 31 del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.
    • Haya superado  la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio de la Formación Profesional Específica.

    Caracerísticas

    Las pruebas específicas de acceso a las enseñanzas de Técnico Deportivo de fútbol tienen como objetivo que los aspirantes demuestren que poseen la condición física imprescindible y las destrezas específicas necesarias para seguir con aprovechamiento la formación.

    El contenido de las pruebas de carácter específico será el establecido en el Anexo I de la Orden 27/2002, de 22 de mayo, por la que se establecen los currículos y las pruebas y requisitos de acceso específicos correspondientes a los títulos de Técnico Deportivo y de Técnico Deportivo Superior de las especialidades de fútbol y fútbol sala.

    Las pruebas estarán compuestas de dos partes. El objetivo de la primera parte de la prueba es evaluar la condición física del aspirante. La segunda parte de la prueba tendrá como objetivo evaluar las destrezas específicas fundamentales de la especialidad de fútbol.

    Los deportistas de alto nivel o alto rendimiento que reúnan los requisitos de titulación académica estarán exentos de realizar las pruebas de carácter específico para acceder al Nivel Inicial de las enseñanzas de Técnico Deportivo, especialidad de fútbol,  debiendo acreditar dicha condición junto a la solicitud de admisión a los estudios de estas enseñanzas.

    Asimismo, quedarán exentos de realizar las pruebas de carácter específico quienes cumplan algunos de los requisitos establecidos en las letras c) y d) del apartado 2 de la disposición transitoria segunda del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, referidos a la especialidad de fútbol.

    Con  objeto de garantizar el principio de igualdad de oportunidades, la eficacia de la formación y el posterior ejercicio de las competencias profesionales inherentes al título, en el caso de que hubiera solicitantes con algún grado de discapacidad, la Dirección General de Educación articulará el mecanismo necesario, con la inclusión de asesores expertos o la petición de informes, para que el Tribunal de las pruebas de acceso de carácter específico pueda valorar si el grado de discapacidad y las limitaciones que lleva aparejadas posibilita cursar con aprovechamiento las enseñanzas, alcanzar las competencias correspondientes al título de Técnico deportivo, especialidad en fútbol y, ejercer la profesión.

     

    Documentación

    • Solicitud, escrito o comunicación
    • Documentación a presentar junto con la solicitud (Anexo I9

      • Fotocopia compulsada o copia con declaración jurada, del Título de Graduado en ESO o de la titulación equivalente a efectos académicos, o del de alguna de las titulaciones establecidas en la disposición adicional duodécima del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.
      • Quienes concurran mediante una de las pruebas de acceso al grado medio deberán presentar el documento acreditativo de haber superado alguna de las pruebas referidas
      • Aquellos aspirantes con discapacidad que deseen que esta sea tenida en cuenta por el Tribunal, deberán aportar la acreditación de tener reconocido por el organismo público competente un grado de discapacidad igual o superior al 33%, salvo cuando la acreditación corresponda a órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y siempre que el interesado autorice el acceso y comprobación de tales datos.
      • Certificado Médico Oficial, de fecha reciente (máximo 6 meses) y  en el que se indique que el aspirante no presenta patología alguna que aconseje limitaciones para realizar los ejercicios de que consta la prueba de carácter específico.
      • La comprobación de la identidad y edad del aspirante se realizará de oficio siempre que el interesado no manifieste su oposición, en cuyo caso, deberá adjuntar la fotocopia del DNI, pasaporte o cualquier otro documento legalmente reconocido que acredite tales extremos.

       

      Aportación de documentos junto con la solicitud

      Si el trámite se hace de forma presencial

      Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.

      El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

      Si se hace de manera electrónica

      Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

     

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Presentación de solicitudes: 1 al 11 de septiembre de 2017.

       

    • Otros plazos
      • Reclamación a las listas provisionales: 13 al 14 de septiembre de 2017
      • Listado provisional de admitidos a las pruebas: 12 septiembre de 2017
      • Listado definitivo de admitidos: 15 de septiembre de 2017
      • Realización de la prueba en el IES La Laboral (Lardero, La Rioja), el 25 de septiembre de 2017, a las 10 horas.
      • Publicación de los resultados de las pruebas: 26 de septiembre de 2017 a través del tablón de anuncios del IES La Laboral y del  tablón de anuncios virtual de la página www.larioja.org.

    Más información

    • Otros Impresos
    • Normativa:

      Real Decreto 320/2000, de 3 de marzo, que establece los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en las especialidades de fútbol y fútbol sala, se aprueban las correspondientes enseñanzas mínimas y se regulan las pruebas y los requisitos de acceso a estas enseñanzas.

      Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, , para la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial

      Orden 27/2002, de 22 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura, Juventud y Deportes, por la que se establecen los currículos y las pruebas y requisitos de acceso específicos correspondientes a los títulos de Técnico Deportivo y de Técnico Deportivo Superior de las especialidades de fútbol y fútbol sala.

      Resolución de 1 de junio de 2017, de la Dirección General de Educación, por la que se convocan las pruebas de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio correspondientes al título de Técnico Deportivo, especialidad de Fútbol, para el curso 2017/2018

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):
      Según normativa aplicable
  • Tasas: No tiene tasa

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Servicio competente

  • Convocatoria de 7 plazas de bombero-conductor por sistema de concurso-oposición Libre.

    Requisitos

    2.1.- Para la válida realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

    a) Tener nacionalidad española.

    También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos:

    - Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.

    - El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

    - Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

    b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

    c) Estar en posesión de cualquiera de las siguientes titulaciones o en condiciones de obtenerlas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes: Bachiller-LOE; Bachiller-LOGSE; Bachillerato Unificado Polivalente; Bachiller Superior; Técnico Especialista (Formación Profesional de Segundo Grado); Técnico Superior (Ciclo Formativo de Grado Superior) y Técnico , o sus equivalentes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

    d) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. Para lo cual los aspirantes deberán presentar Certificado Médico Oficial en impreso oficial de la Organización Médico Colegial (de venta en estancos) expedido por su Médico de Cabecera en el que conste textualmente: (Que el interesado puede realizar las pruebas físicas que se relacionan en el Anexo V de la convocatoria para las pruebas de acceso al cuerpo de bomberos del CEIS del año 2018 y que según consta en su historial clínico no padece en el momento actual ninguna de las enfermedades que se relacionan en el Anexo VII de la citada convocatoria).

    Este certificado público no excluye en absoluto las comprobaciones que integran el ejercicio de estas bases y que tienen autonomía propia. Asimismo, el Tribunal podrá elegir al azar de entre los aspirantes un número de ellos para la realización de un control antidoping, teniendo en cuenta que el hecho de haber consumido productos estimulantes de la capacidad física según lista aprobada por el Consejo Superior de Deportes, supondrá la exclusión del afectado en el proceso selectivo.

    e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

    f) Estar en posesión del carnet de conducir de la clase C+E.

    2.2.- Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.

    2.3. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y que, de conformidad con la base 6.1, estén exentos de la realización de la prueba previa de acreditación del conocimiento del castellano, deberán aportar a tal efecto fotocopia compulsada del documento correspondiente de los mencionados en la base 6.1.

    De no aportar esta documentación no podrán ser declarados exentos, debiendo en consecuencia realizar la prueba indicada anteriormente.

    2.4.- Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a realizar válidamente estas pruebas selectivas deberán acreditar su derecho mediante la presentación, con la solicitud de participación en las pruebas selectivas, de una fotocopia compulsada del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, de los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de la persona con la que existe ese vínculo de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    3.1.- Las solicitudes para tomar parte en este proceso selectivo, en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, se presentarán conforme al modelo que consta en el Anexo I de esta convocatoria, y se dirigirán al Presidente del Consorcio.

    Se presentarán en el Registro del Consorcio para el Servicio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil de La Rioja, en C/ Prado Viejo 62 bis. 26071 de Logroño, o en los lugares que proceden de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El Registro del Consorcio permanecerá abierto de lunes a viernes en horario de 9,00 horas a 14,00 horas o en la Sede Electrónica del CEIS-Rioja (http:///www.larioja.org/ceis) durante las 24 horas de lunes a domingo.

    3.2.- Junto con las solicitudes adjuntarán Anexo II de declaración responsable, en donde se harán constar los méritos que pretenda que le sean valorados. La documentación acreditativa de los méritos (originales o copias compulsadas) deberá presentarse en el plazo máximo de cinco días hábiles tras la publicación en el tablón de anuncios del resultado del penúltimo ejercicio de la fase de oposición. A la instancia se adjuntará, además, el modelo de autorización, Anexo III, para someterse a todas las pruebas médicas determinadas en esta convocatoria, debidamente cumplimentado, así como el certificado médico a que se hace referencia en el apartado d) de la Base 2.1.

    3.3.- El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. La no presentación en tiempo de los documentos recogidos en las bases: 2.1.d), 2.3, en su caso, 2.4, en su caso, 3.1, 3.2 y 3.4, determinará la exclusión de los aspirantes.

    3.4.- De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos y derechos de examen (BOR nº18 de fecha 06 de febrero de 2009), la cuantía de la tasa por inscripción en esta prueba será de 30,18 euros, que deberán ingresar en la cuenta nº ES03-2038-7498 69 6000021448 de BANKIA, consignando por este orden:

    1º.- Oposic. Bombero-Conductor

    2º.- El nº NIF del aspirante

    3º.- El nombre y apellidos del aspirante.

    4º.- El importe de 30,18 euros.

    Estos cuatro datos deberán consignarse de forma expresa para considerar correcto y realizado el pago. En caso contrario, el aspirante figurará como excluido en la correspondiente relación de admitidos y excluidos.

    El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina de BANKIA, o mediante transferencia a la cuenta corriente antes mencionada, desde cualquier otra entidad financiera. El comprobante bancario de haber satisfecho la tasa deberá adjuntarse a la solicitud, en el caso de no hacerlo quedará excluido.

    Únicamente se admitirán aquellas solicitudes cuya tasa se haya satisfecho dentro del plazo establecido en la Base 3.3. En ningún caso, el pago supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la correspondiente solicitud con arreglo a lo determinado en esta Base.

    3.5.- Los aspirantes quedarán vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su modificación únicamente, mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la Base 3.3 para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

    Plazos

    Más información

  • Tasas: 30,18 euros

    Modos de pago:

    Número de Cuenta: ES0320387498696000021448

    Concepto: Oposic. Bombero-Conductor NIF del aspirante Nombre y apellidos del aspirante.

  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Consorcio para el Servicio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil de la Rioja

    Asistencia técnica

  • Convocatoria de plazas de la Residencia del Instituto de Educación Secundaria "La Laboral", para cursar estudios de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Postobligatoria, y de admisión de los residentes.

    Requisitos

    Beneficiarios

    Podrán concurrir a la convocatoria de plazas de la Residencia del IES "La Laboral" todos aquellos alumnos que deseen cursar los estudios reseñados en el artículo 2.1 de la Orden 29/2002, de 18 de octubre, en régimen de internado y hayan sido admitidos en el centro docente en el que se impartan aquellos.

    Los alumnos ya residentes que cambien de etapa educativa, así como aquellos que deseen cursar estudios en otros centros ubicados en la Comunidad Autónoma de La Rioja, deberán acceder a la convocatoria anual de plazas como solicitantes de nueva incorporación.

    Número de plazas

    40 plazas en residencia femenina y 50 en residencia masculina.

    Criterios de concesión de plazas

    Los criterios de valoración de las solicitudes de admisión en la Residencia, serán por orden de prioridad los siguientes:

    1. Alumnos que se encuentren en alguna circunstancia que impida su escolarización en un centro de su entorno sostenido con fondos públicos y vayan a cursar Educación Secundaria Obligatoria o Programas de Garantía Social.
    2. Alumnos que se encuentren en alguna circunstancia que impida su escolarización en un centro de su entorno sostenido con fondos públicos y que vayan a cursar niveles no obligatorios de la enseñanza.
    3. Aquellos alumnos en los que no concurran las circunstancias reseñadas en los punto 1 y 2 y cumplan el resto de requisitos.

    Renovación de Plazas

    Se considera renovación de plaza, la de aquellos alumnos, que continuando sus estudios en la etapa correspondiente, ya obtuvieron una en el curso anterior y mantienen las circunstancias que dieron lugar a su concesión.

    Se deberá entender que constituyen etapas educativas independientes las siguientes:

    La renovación se producirá de forma automática siempre que se cumplan los requisitos y así sea solicitado por los alumnos.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Plazos

    Más información

  • Tasas:
  • Notificaciones

    Organismo

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    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Secretaría del IES "La Laboral"

    Asistencia técnica

  • Requisitos

    Plazas convocadas en La Rioja

    Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa

    Se convocan plazas para los siguientes ámbitos territoriales: Andalucía, Canarias, Cataluña, Comunidad Valenciana, Madrid, Navarra, Pais vasco, La Rioja y Ministerio de Justicia.

    No hay en el ámbito territorial de La Rioja reserva para personas con discapacidad.

    Cuerpo de Auxilio Judicial

    Se convocan 752 plazas para los siguientes ámbitos territoriales: Andalucía, Canarias, Cataluña, Comunidad Valenciana, Madrid, Navarra, Pais vasco, La Rioja y Ministerio de Justicia.

    Corresponden a La Rioja 9 plazas y 1 para reserva personas discapacidad

    Requisitos de los aspirantes

    Consultar bases de las convocatorias

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de: Oficinas de registro

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que las normas reguladoras de los procedimientos pueden exigir que la presentación electrónica sea obligatoria y que por lo tanto no se admita la presentación presencial.

    Plazos

    Más información

  • Tasas:
  • Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

  • Publicada la relación provisional de aprobados en las pruebas del CAP, correspondiente a la 4ª convocatoria de 2019. Fecha de examen: 13 de noviembre de 2019. Pinchar en "TABLÓN DE ANUNCIOS".

    Requisitos

    Beneficiarios

    Podrán concurrir a las pruebas de obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de su cualificación inicial aquellos aspirantes que hayan obtenido el certificado, expedido por centro de formación autorizado, acreditativo de haber seguido con aprovechamiento la formación teórica y práctica exigida, bien en la modalidad ordinaria, bien en la acelerada, prevista en los artículos cinco y seis del Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera en un plazo no superior a seis meses contados desde dicha finalización. El cumplimiento de este requisito será comprobado de oficio por el Tribunal.

    Requisitos

    Únicamente podrán concurrir a las pruebas los aspirantes que tengan su residencia habitual en La Rioja, con independencia del lugar en el que hubieran realizado el preceptivo curso.

    Contenido de las pruebas

    Los aspirantes a la obtención del certificado de cualificación inicial de los conductores deberán superar un examen, que versará sobre el contenido de las materias enumeradas en la Sección primera o segunda del apartado A) del Anexo I, del Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualaificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos desrtinados al transporte por carretera, según la clase de permisos de conducción a que se refiera.

    Los conductores que sean titulares del certificado de aptitud profesional de viajeros y soliciten examinarse para la obtención del certificado de aptitud profesional de mercancías, únicamente estarán obligados a realizar la parte del examen que esté referida a los objetivos 1.4, 2.2 y 3.7 de la sección primera del Anexo I del Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio; y, los conductores que sean titulares del certificado de aptitud profesional de mercancías y soliciten examinarse para la obtención del certificado de aptitud profesional de viajeros, únicamente estarán obligados a realizar la parte del examen que esté referida a los objetivos 1.4, 2.2 y 3.7 de la sección segunda del Anexo I.

    Lugar, fechas y horas de los exámenes 2018-2019

    Lugar, fechas y horas de los exámenes 2019-2020

    Instituto Politécnico Inventor Cosme García; calle República Argentina, 68. Logroño.

    Cualquier modificación del horario, lugar o fecha de celebración de las pruebas se anunciará en los mismos lugares donde se publiquen las listas de admitidos y excluidos, así como en el Boletín Oficial de La Rioja, con al menos 10 días hábiles de antelación a la celebración del ejercicio.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se deberá realizar de forma electrónica desde el botón TRAMITAR

    Téngase en cuenta que el artículo 56 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para los titulares o solicitantes de las distintas autorizaciones y habilitaciones contempladas en la citada Ley.

    Plazos

    Más información

  • Tasas: 30,45 euros

    Modos de pago:

    Número de Cuenta: ES3120387494806000169403

    Concepto: "Nombre y apellidos - Derechos de examen CAP"

  • Notificaciones

    Organismo

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    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Asistencia técnica

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    Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.