Cobertura de necesidades urgentes de personal en puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría-Intervención, en las entidades locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Tiene como objeto la ordenación del control sanitario y el establecimiento de las condiciones de sacrificio y consumo familiar de animales de la especie porcina y del consumo privado de jabalíes abatidos en cacerías.
Requisitos
Definiciones
Prohibiciones
Queda prohibida la comercialización de la carne y productos derivados procedentes de los animales señalados, incluyendo su suministro a carnicerías, comercio minorista, comedores colectivos, industrias cárnicas y al público en general.
Los veterinarios oficiales y los veterinarios colaboradores (consulte la pestaña "Más información"), definidos en la Orden 3/2011, de 10 de mayo, no podrán expedir documentos sanitarios que amparen el transporte y la comercialización de las mencionadas carnes o productos cárnicos.
Sacrificio
El ganado porcino para consumo privado será sacrificado y/o faenado, preferentemente, en mataderos autorizados.
En el caso de no existir matadero en las proximidades del municipio o cuando concurran otras circunstancias que difculten su acceso, el Ayuntamiento podrá permitir el scrificio y/o faenado de los mencionados animales el locales públicos o privados habilitados al efecto o en los propios domicilios particulares, siempre que se cumplan las condiciones establecidas para ello.
En todo caso se cumplirán las normas relativas a bienestar animal.
Organización de la campaña
Inspección de canales
Los veterinarios de salud pública o los veterinarios colaboradores, deberán inspeccionar las canales y las vísceras de los animales regulados en la presente orden con el fin de dictaminar sobre su aptitud para el consumo.
Con el fin de facilitar dicho dictamen, el matarife o el propietario de los animales pondrán en conocimiento del veterinario actuante cualquier anomalía que observen en los animales vivos, vísceras o canales.
Eliminación de residuos
Será responsabilidad del interesado la destrucción y eliminación final de los despojos y de los residuos del faenado y carnización, sin que en ningún caso puedan utilizarse éstos, ni las carnes y vísceras decomisadas por el veterinario para la alimentación animal.
Análisis y resultados
Con carácter general se realizarán análisis para la investigación de triquinas.
Los resultados del análisis se comunicarán al interesado no más tarde de 24 horas desde la toma de muestras.
Relación de veterinarios colaboradores
Consulte la pestaña "Más información"
Documentación
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Campaña de porcino
Batidas de jabalíes
Más información
Orden 3/2011, de 10 de mayo, de la Consejería de Salud, por la que se establecen las condiciones sanitarias del sacrificio de animales de la especie porcina y de jabalíes abatidos en cacerías, destinados al consumo privado.
No tiene
Alzada
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Elena Rodríguez Regadera
Los veterinarios que deseen participar como veterinarios colaboradores podrán iniciar su actividad como tales desde el momento en que hayan presentado ante el órgano competente en materia de salud pública la correspondiente comunciación previa en la que figurarán sus datos, dirección y teléfono de contacto y el resto de la documentación que debe acompañarla.
Requisitos
La no presentación de la comunicación previa, o la omisión de toda o parte de la documentación que debe acompañarla, determinará la imposibilidad de iniciar la actividad, o de continuar ejerciéndola, en su caso, desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de la responsabilidad penal, civil o administrativa en que se incurra.
Incompatibilidad
Los veterinarios colaboradores no podrán ser, en ningún caso, veterinarios de los servicios oficiales.
Funciones
Responsabilidades
La negligencia o el incumplimiento de las funciones que la presente orden atribuye a los veterinarios colaboradores podrá dar lugar a que se suspenda su participación en las correspondientes campañas, sin perjuicio de la responsabilidad penal, civil o administrativa en que incurran.
Documentación
La comunicación previa deberá acompañarse de la documentación que acredite:
Modelo de comunicación previa ( 142 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Cómo tramitarlo
El documento de comunicación junto con la documentación requerida podrá presentarse en:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Abierto todo el año
Más información
Orden 3/2011, de 10 de mayo, de la Consejería de Salud, por la que se establecen las condiciones sanitarias del sacrificio de animales de la especie porcina y de jabalíes abatidos en cacerías, destinados al consumo privado
No tiene
Alzada
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Elena Rodríguez Regadera
Procedimiento que explica cómo publicar anuncios en el Boletín Oficial de La Rioja.
Requisitos
Para publicar anuncios, de forma electrónica, es necesario disponer de firma electrónica y registrarse previamente como usuario.
Documentación
Consulte el apartado "elaboración de anuncios" de la página del Boletín Oficial de La Rioja
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar
De forma electrónica desde el botón 'Tramitar'
Plazos
Plazos para la remisión de anuncios
Más información
Decreto 36/2013, de 25 de octubre, por el que se regula el Boletín Oficial de La Rioja.
La tasa se abona por página del anuncio en formato pdf, o fracción.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Tiene por objeto aplicar los recursos del Plan de Obras y Servicios Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja al pago de facturas por obligaciones producidas en ejercicios anteriores y a la reducción del endeudamiento.
Beneficiarios
Las Entidades Locales que, acogiéndose a lo establecido en el punto 4 del artículo 27 de la Ley 1/2018, de 30 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja prorrogados para el año 2019, opten por destinar toda o parte de la subvención que les corresponda en la anualidad de 2019 del Plan de Obras y Servicios Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja a liquidar deudas por obligaciones producidas antes del 1 de enero de 2019 o a reducir el endeudamiento de la entidad local derivado de operaciones de crédito anteriores al 1 de enero de 2019.
Requisitos
Sólo se admitirá esta opción respecto a las obras del Plan sobre las que todavía no se haya adoptado por la Directora General de Política Local la resolución de concesión de la subvención según lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden FOM/ 42/2018, de 27 de junio.
Cuando se trate de la liquidación de deudas que no correspondan a operaciones de crédito, por obligaciones producidas antes del 1 de enero del año en curso, deben presentarse al mismo tiempo que la solicitud los siguientes documentos:
Cuando se trate de la reducción del endeudamiento, junto a la solicitud deberán presentarse los siguientes documentos:
Aportación de documentos junto con la solicitud
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Anexo I. Modelo de solicitud ( 52.5 Kb)
Anexo II. Certificado de reconocimiento y contabilización de la obligación ( 39.5 Kb)
Anexo III. Certificado de operaciones de crédito contratadas ( 35.5 Kb)
Anexo IV. Certificado de la realización del pago ( 42 Kb)
La presentación de solicitudes se podrá realizar
De forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Dos meses desde la notificación a la Entidad Local de la inclusión de la obra en la anualidad 2019 del Plan de Obras y Servicios Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
El plazo finaliza el 23 de septiembre de 2019.
Orden FOM/42/2018, de 27 de junio, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se regula la gestión del Plan de Obras y Servicios Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Negativo
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Tiene por objeto aplicar los recursos del Plan de Obras y Servicios Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja al pago de facturas por obligaciones producidas en ejercicios anteriores y a la reducción del endeudamiento.
Requisitos
Beneficiarios
Las Entidades Locales que, acogiéndose a lo establecido en el punto 4 del artículo 27 de la Ley 1/2018, de 30 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja prorrogados para el año 2019, opten por destinar toda o parte de la subvención que les corresponda en la anualidad de 2019 del Plan de Obras y Servicios Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja a liquidar deudas por obligaciones producidas antes del 1 de enero de 2019 o a reducir el endeudamiento de la entidad local derivado de operaciones de crédito anteriores al 1 de enero de 2019.
Requisitos
Sólo se admitirá esta opción respecto a las obras del Plan sobre las que todavía no se haya adoptado por la Directora General de Política Local la resolución de concesión de la subvención según lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden FOM/ 42/2018, de 27 de junio.
Documentación
Cuando se trate de la liquidación de deudas que no correspondan a operaciones de crédito, por obligaciones producidas antes del 1 de enero del año en curso, deben presentarse al mismo tiempo que la solicitud los siguientes documentos:
Cuando se trate de la reducción del endeudamiento, junto a la solicitud deberán presentarse los siguientes documentos:
Aportación de documentos junto con la solicitud
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Anexo I. Modelo de solicitud ( 52.5 Kb)
Anexo II. Certificado de reconocimiento y contabilización de la obligación ( 39.5 Kb)
Anexo III. Certificado de operaciones de crédito contratadas ( 35.5 Kb)
Anexo IV. Certificado de la realización del pago ( 42 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar
De forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Dos meses desde la notificación a la Entidad Local de la inclusión de la obra en la anualidad 2019 del Plan de Obras y Servicios Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
El plazo finaliza el 23 de septiembre de 2019.
Más información
Orden FOM/42/2018, de 27 de junio, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se regula la gestión del Plan de Obras y Servicios Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Negativo
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Aprobación definitiva de Plan General Municipal que afecte a varios municipios
Requisitos
Si las necesidades urbanísticas de una zona aconsejasen la extensión del planeamiento a otros términos municipales vecinos, se podrá disponer la formulación de un plan de conjunto, de oficio o a instancia de los municipios afectados.
Documentación
Documentación técnica y administrativa:
Previamente se deberá presentar la documentación necesaria para el Acuerdo del Consejero para la elaboración del Plan de Conjunto.
En la documentación técnica será necesario aportar, además de la contemplada en la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja y el Reglamento de Planeamiento Urbanístico de 1 978 la siguiente:
Los formatos para la información digital serán los siguientes:
Copia compulsada del expediente administrativo, que deberá incluir:
Cada ejemplar de plan de conjunto o de su modificación puntual deberá incluir:
Aportación de documentos junto con la solicitud
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
Los documentos presentados de manera presencial deberán ser digitalizados por la oficina de asistencia en materia de registros en la que hayan sido presentados, devolviéndose los originales al interesado, salvo los supuestos previstos en el artículo 16.5 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Se estará a lo establecido en los artículos 27, 28 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Solicitud ( 59.5 Kb)
Tasa 09.14.2 por tramitación de planeamiento general, revisión o adaptación ( 55 Kb)
Tasa 09.14.3 por tramitación de modificaciones de planeamiento ( 55.2 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
Además de descargar los impresos, la solicitud se puede obtener en:
La presentación de solicitudes se podrá realizar:
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
Abierto todo el año
Tres meses
Más información
Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja. Arts. 87 y 88.
Real Decreto Legislativo 7/2015, de 31 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley del Suelo.
Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Valoraciones de la Ley del Suelo.
Decreto 20/2009, de 3 de abril, por el que se regula el procedimiento administrativo de evaluación ambiental de planes y programas.
Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
Positivo
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Particulares
Administraciones
Modos de pago:
Número de Cuenta: ES6020387494806000189348
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Aprobación definitiva de planes especiales independientes y su modificación
Requisitos
El procedimiento de aprobación de los planes especiales que no desarrollen planeamiento municipal será el establecido en el artículo 87 y la competencia para su aprobación definitiva la señalada en el artículo 88 de la Ley 5/2006, de 2 de mayo.
La tramitación de los planes especiales que desarrollen instrumentos de ordenación del territorio seguirá el procedimiento establecido en el artículo 90 de dicha Ley, con las siguientes especialidades:
Documentación
Documentación técnica y administrativa
En la documentación técnica será necesario aportar, además de la contemplada en la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja y el Reglamento de Planeamiento Urbanístico de 1978 la siguiente:
Los formatos para la información digital serán los siguientes:
Copia compulsada del expediente administrativo, que deberá incluir:
Cada ejemplar o su modificación puntual deberá incluir:
Solicitud ( 59.5 Kb)
Tasa 09.14.1. por Tramitación de proyecto, planes y figuras que vinculen al Planeamiento Municipal ( 60.5 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar:
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
Abierto todo el año
Tres meses
Más información
Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenacióndel Territorio y Urbanismo de La Rioja.
Real Decreto Legislativo 7/2015, de 31 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley del Suelo.
Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Valoraciones de la Ley del Suelo.
Decreto 20/2009, de 3 de abril, por el que se regula el procedimiento administrativo de evaluación ambiental de planes y programas.
Positivo
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Recursos
Observaciones
Modos de pago:
Número de Cuenta: ES6020387494806000189348
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Aprobación definitiva de planes especiales que desarrollen instrumentos de ordenación del territorio, y su modificación
Requisitos
La tramitación de planes parciales y especiales que desarrollen determinaciones del planeamiento municipal se sujetará a las siguientes reglas:
Documentación
Documentación técnica y administrativa
En la documentación técnica será necesario aportar, además de la contemplada en la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja y el Reglamento de Planeamiento Urbanístico de 1978 la siguiente:
Los formatos para la información digital serán los siguientes:
Aportación de copias
Si el trámite se hace de forma presencial:
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración (Artículo 43, Ley 6/2009, de 15 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2010)
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Solicitud ( 59.5 Kb)
Tasa 09.14.1. por tramitación de proyectos, planes y figuras que vinculen al Planeamiento Municipal ( 60.5 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar:
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
Abierto todo el año
Dos meses
Más información
Ley 5/2006, de 2 de mayo, Arts. 87, 88, 90 y 91, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja.
Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo.
Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley del Suelo.
Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Valoraciones de la Ley del Suelo.
Decreto 20/2009, de 3 de abril, por el que se regula el procedimiento administrativo de evaluación ambiental de planes y programas.
Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
Positivo
Los planes especiales que desarrollen instrumentos de ordenación del territorio serán inmediatamente ejecutivos una vez publicada en el BOR su aprobación definitiva.
Modos de pago:
Número de Cuenta: ES6020387494806000189348
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Aprobación definitiva de planes parciales y especiales que desarrollen planeamiento urbanístico, y su modificación, en municipios que no superen los 25.000 habitantes.
Requisitos
Municipios que no superen los 25.000 habitantes
Documentación
Documentación técnica y administrativa
En la documentación técnica será necesario aportar, además de la contemplada en la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja y el Reglamento de Planeamiento Urbanístico de 1 978 la siguiente:
Copia compulsada del expediente administrativo, que deberá incluir:
Cada ejemplar de planeamiento de desarrollo o de su modificación puntual deberá incluir, al menos:
Los planeamientos de desarrollo de iniciativa particular deberán incluir, además:
Aportación de documentos junto con la solicitud
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
Los documentos presentados de manera presencial deberán ser digitalizados por la oficina de asistencia en materia de registros en la que hayan sido presentados, devolviéndose los originales al interesado, salvo los supuestos previstos en el artículo 16.5 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Se estará a lo establecido en los artículos 27, 28 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Solicitud ( 59.5 Kb)
Tasa 09.14.3 por tramitación de modificaciones de planeamiento ( 55.2 Kb)
Tasa 09.14.4 por tramitación de planeamiento ( 57.6 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
Además de descargar los impresos, la solicitud se puede obtener en:
La presentación de solicitudes se podrá realizar:
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
Abierto todo el año
Tres meses, contados a partir de la fecha de entrada del expediente completo en el registro del órgano competente. El silencio se entenderá favorable siempre que no incluya determinaciones contrarias a la Ley o a planes de superior jerarquía, o cuando la aprobación del plan esté sometida a requisitos especiales legales o reglamentariamente establecidos.
Más información
Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenacióndel Territorio y Urbanismo de La Rioja.
Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley del Suelo.
Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
Positivo
Requerimiento previo/Contencioso Administrativo
Particulares
Administraciones
Modos de pago:
Número de Cuenta: ES6020387494806000189348
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.