Gobierno de la Rioja

  • Tienen por objeto apoyar la especialización de los titulados universitarios impulsando la formación en el campo de la planificación, infraestructuras y cartografía de incendios forestales.

  • La beca, destinada a la Sección de Transferencia e Innovación Agraria, tiene por objeto impulsar la formación técnica en el campo de la producción, certificación y comercialización de semillas y plantas de vivero, así como la obtención de conocimientos en el ámbito de la protección contra la propagación en la Unión Europea de organismos nocivos relacionados con la circulación de vegetales, productos vegetales u otros objetos. Además, se dedicará al estudio de resultados obtenidos en los diferentes campos demostrativos y al seguimiento de las acciones de cooperación con carácter innovador. También participará en los controles en las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos y en tareas informativas y divulgativas sobre los registros de fertilizantes.

  • Tienen por objeto apoyar la especialización de los titulados universitarios impulsando la formación en el campo de la reforestación forestal.

  • Apoyar la especialización de los titulados universitarios, impulsando la formación en el campo de la Ordenación de montes y certificación forestal.

    Requisitos

    Beneficiarios

    Podrán solicitar la presente beca de formación los candidatos con título de:

    • Ingeniero de Montes
    • Máster en Ingeniería de Montes
    • Ingeniero Técnico Forestal
    • Grado en Ingeniería Forestal o Ingeniería Forestal y del Medio Natural o titulación equivalente
    • que hayan obtenido la titulación en 2015 o fecha posterior

    Requisitos

    1. Tener la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro en la Unión Europea o ser extranjero con permiso de residencia en España.
    2. Estar en posesión de la titulación requerida en la resolución de convocatoria, que podrá prever condiciones relativas al momento en que se haya obtenido la titulación. Los títulos conseguidos en el extranjero deberán estar homologados o reconocidos a fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.
    3. No haber recibido becas, ayudas o subvenciones para el mismo objeto, convocadas por el Gobierno de La Rioja o por cualquier otra institución pública o privada.
    4. No haber sido beneficiario de becas de formación convocadas por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.
    5. No padecer enfermedad, ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
    6. No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, establecidas en el artículo 13 de la Ley 8/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo cual se acreditará mediante la declaración responsable incluida en la solicitud.

    Cuantía económica y duración

    La beca está dotada con un importe bruto mensual de 1.122 euros, al que se aplicarán las deducciones correspondientes a las cuotas de contribución a la Seguridad Social y las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

    Abarcará el período comprendido entre el 1 de julio de 2019 al 30 de junio de 2020. El becario se incorporará como tal a la unidad asignada para la realización de la formación en la fecha indicada en la resolución de concesión, interpretándose la no incorporación injustificada en dicho plazo como renuncia a la beca concedida.

    El período máximo de duración, podrá prorrogarse, a propuesta del tutor de formación designado por la resolución de convocatoria, sin necesidad de nueva convocatoria por un segundo período hasta completar un máximo de 3 años, contados desde la fecha de incorporación, siempre que existan disponibilidades presupuestarias y el desarrollo de la formación del becario lo requiera o aconseje.

    Documentación

    • Solicitud, escrito o comunicación
    • La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

      • Currículo.
      • Expediente académico.
      • Cuantos documentos se estimen convenientes para acreditar los conocimientos del solicitante en la materia.

      Finalizada la fase de selección y en el plazo máximo de cinco días naturales, deberá estar en posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria, aportando la siguiente documentación:

    1. Certificado médico oficial de no estar afectado por limitación física o psíquica o padecer enfermedad que sea incompatible con el normal desarrollo de los trabajos.
    2. Copia del Título Académico exigido.
    3. Tarjeta de demandante de empleo o tarjeta de mejora de empleo expedida por el Instituto Nacional de Empleo (INEM) o por el Servicio Riojano de Empleo u órgano autonómico equivalente.
    4. Declaración jurada de no haber sido beneficiario de otra beca, subvención o ayuda por igual objeto.
    5. Comunicación de datos bancarios al pagador.

    Modelo de solicitud ( 142 Kb)

    Declaración responsable ( 60.6 Kb)

    Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)

    Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

    Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Del 15 al 29 de agosto de 2019, ambos incluídos.

      Fin de plazo: 29 de agosto de 2019.

    • Plazo de resolución y notificación

      La concesión de la beca deberá resolverse en el plazo de SEIS MESES a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

    • Otros plazos

      Acreditación de la documentación
      Finalizada la fase de selección y en el plazo máximo de cinco días naturales, acreditará estar en posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria.

    Más información

    • Normativa:

      Orden 9/2012, de 14 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas en el ámbito de la investigación agraria, de la calidad agroalimentaria, vitivinícola, el desarrollo rural y el medio ambiente.

      Ley Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones

      Decreto 14/2006, de 16 de febrero, Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Modificado por Decreto 23/2008

      Decreto 28/2015, de 21 de julio, Decreto 28/2015, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja

      Resolución 1177/2019, de 7 de junio, Extracto de la Convocatoria 2019

      Resolución 1177/2019, de 7 de junio, Texto completo de la convocatoria

      Resolución 1661/2019, de 8 de agosto, Resolución 1661/2019, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente por la que se modifica la Resolución 1177/2019 de 4 de junio.

      Extracto de la Resolución de convocatoria modificada

      de 28 de octubre de 2019, Relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Negativo

    • Recurso que procede:

      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

      De conformidad con el artículo 45 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de funcionamiento y régimen jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la presente disposición pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional correspondiente en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente a su notificación (artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), sin perjuicio de la posibilidad de interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante esta Consejería de acuerdo a los artículos 123 y 124, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

    • Observaciones:

      Aquellos candidatos que deseen concurrir a más de una de las becas de formación de personal técnico en el ámbito del medio ambiente que se han convocado simultáneamente, podrán presentar la documentación que sea coincidente únicamente en una de ellas, indicando dicha circunstancia en el resto de solicitudes con mención expresa a la beca en la que se ha incorporado la documentación.

      Las solicitudes que se presentaron en el plazo inicial que se abrió antes en el mes de junio (Resolución 1561/2019, de la Consejería de Agricultura, Ganadería Medio Ambiente), serán válidas y participarán en igualdad de condiciones en el procedimiento de la concesión de la beca.

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Teresa Ramírez Amenedo: 941291464

    Asistencia técnica

  • Tiene por objeto apoyar la especialización de los titulados universitarios, impulsando su formación en el campo de la conservación de especies amenazadas de flora y fauna.

    Requisitos

    Beneficiarios

    Podrán solicitar la presente beca de formación las personas que hayan obtenido en 2015 o fecha posterior alguna de las siguientes titulaciones:

    • Grado en Biología o titulación equivalente
    • Grado en Ciencias Ambientales o titulación equivalente
    • Ingeniero de Montes
    • Máster en Ingeniería de Montes
    • Ingeniero Técnico Forestal
    • Grado en Ingeniería Forestal o Ingeniería Forestal y del Medio Natural o titulación equivalente

    Requisitos

    1. Tener la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro en la Unión Europea o ser extranjero con permiso de residencia en España.
    2. Estar en posesión de la titulación requerida en la resolución de convocatoria, que podrá prever condiciones relativas al momento en que se haya obtenido la titulación. Los títulos conseguidos en el extranjero deberán estar homologados o reconocidos a fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.
    3. No haber recibido becas, ayudas o subvenciones para el mismo objeto, convocadas por el Gobierno de La Rioja o por cualquier otra institución pública o privada.
    4. No haber sido beneficiario de becas de formación convocadas por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.
    5. No padecer enfermedad, ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
    6. No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, establecidas en el artículo 13 de la Ley 8/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo cual se acreditará mediante la declaración responsable incluida en la solicitud.

    Cuantía económica y duración

    La beca está dotada con un importe bruto mensual de 1.122 euros, al que se aplicarán las deducciones correspondientes a las cuotas de contribución a la Seguridad Social y las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

    El becario se incorporará como tal a la unidad asignada para la realización de la formación en la fecha indicada en la resolución de concesión, interpretándose la no incorporación injustificada en dicho plazo como renuncia a la beca concedida.

    La beca abarcará el período comprendido entre el 1 de julio de 2019 y el 30 de junio de 2020. El período máximo de duración, podrá prorrogarse, a propuesta del tutor de formación designado por la resolución de convocatoria, sin necesidad de nueva convocatoria por un segundo período hasta completar un máximo de 3 años, contados desde la fecha de incorporación, siempre que existan disponibilidades presupuestarias y el desarrollo de la formación del becario lo requiera o aconseje.

    Documentación

    • Solicitud
    • La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

    1. Currículo
    2. Expediente académico
    3. Cuantos documentos se estimen convenientes para acreditar los conocimientos del solicitante en la materia

    Finalizada la fase de selección y en el plazo máximo de cinco días naturales, deberá estar en posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria, aportando la siguiente documentación:

    1. Certificado médico oficial de no estar afectado por limitación física o psíquica o padecer enfermedad que sea incompatible con el normal desarrollo de los trabajos.
    2. Copia del Título Académico exigido.
    3. Tarjeta de demandante de empleo o tarjeta de mejora de empleo expedida por el Instituto Nacional de Empleo (INEM) o por el Servicio Riojano de Empleo u órgano autonómico equivalente.
    4. Declaración jurada de no haber sido beneficiario de otra beca, subvención o ayuda por igual objeto.
    5. Comunicación de datos bancarios al pagador.

    Modelo de solicitud ( 142 Kb)

    Modelo de declaración responsable ( 60.6 Kb)

    Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)

    Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

    Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Del 15 al 29 de agosto de 2019, ambos incluídos

      Fin de plazo: 29 de agosto de 2019

    • Plazo de resolución y notificación

      La concesión de la beca deberá resolverse en el plazo de SEIS MESES a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. Ante el vencimiento de dicho plazo sin haberse dictado resolución expresa al efecto, los interesados podrán entender desestimada su solicitud por silencio administrativo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25.5 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    Más información

    • Normativa:

      Orden 9/2012, de 14 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas en el ámbito de la investigación agraria, de la calidad agroalimentaria, vitivinícola, el desarrollo rural y el medio ambiente

      Resolución 1179/2019, de 7 de junio, Convocatoria (extracto) 2019

      Resolución 1179/2019, de 7 de junio, Texto completo

      Resolución 1662/2019, de 8 de agosto, Resolución 1662/2019, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente que modifica la Resolución 1179/2019.

      Extracto de la Resolución de convocatoria modificada

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Negativo

    • Recurso que procede:

      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

      Contra la Resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá recurrirse en reposición ante el Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, en el plazo de un mes según lo dispuesto en los artículo 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

      Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, contra dicha resolución de concesión, cabe interponer en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, de acuerdo con los dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de dicha jurisdicción.

    • Observaciones:

      Aquellos candidatos que deseen concurrir a más de una de las becas de formación de personal técnico en el ámbito del medio ambiente que se han convocado simultáneamente, podrán presentar la documentación que sea coincidente únicamente en una de ellas, indicando dicha circunstancia en el resto de solicitudes con mención expresa a la beca en la que se ha incorporado la documentación.

      Las solicitudes que se presentaron en el plazo inicial que se abrió antes en el mes de junio (Resolución 1179/2019, de la Consejería de Agricultura, Ganadería Medio Ambiente), serán válidas y participarán en igualdad de condiciones en el procedimiento de la concesión de la beca.

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Teresa Ramírez Amenedo: 941291464

    Asistencia técnica

  • Tiene por objeto apoyar la especialización de los titulados universitarios, impulsando su formación en el campo de la conservación de especies amenazadas de flora y fauna.

    Requisitos

    Beneficiarios

    Podrán solicitar la presente beca de formación las personas que hayan obtenido en 2015 o fecha posterior alguna de las siguientes titulaciones:

    • Grado en Biología o titulación equivalente
    • Grado en Ciencias Ambientales o titulación equivalente
    • Ingeniero de Montes
    • Máster en Ingeniería de Montes
    • Ingeniero Técnico Forestal
    • Grado en Ingeniería Forestal o Ingeniería Forestal y del Medio Natural o titulación equivalente

    Requisitos

    1. Tener la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro en la Unión Europea o ser extranjero con permiso de residencia en España.
    2. Estar en posesión de la titulación requerida en la resolución de convocatoria, que podrá prever condiciones relativas al momento en que se haya obtenido la titulación. Los títulos conseguidos en el extranjero deberán estar homologados o reconocidos a fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.
    3. No haber recibido becas, ayudas o subvenciones para el mismo objeto, convocadas por el Gobierno de La Rioja o por cualquier otra institución pública o privada.
    4. No haber sido beneficiario de becas de formación convocadas por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.
    5. No padecer enfermedad, ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
    6. No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, establecidas en el artículo 13 de la Ley 8/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo cual se acreditará mediante la declaración responsable incluida en la solicitud.

    Cuantía económica y duración

    La beca está dotada con un importe bruto mensual de 1.122 euros, al que se aplicarán las deducciones correspondientes a las cuotas de contribución a la Seguridad Social y las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

    El becario se incorporará como tal a la unidad asignada para la realización de la formación en la fecha indicada en la resolución de concesión, interpretándose la no incorporación injustificada en dicho plazo como renuncia a la beca concedida.

    La beca abarcará el período comprendido entre el 1 de julio de 2019 y el 30 de junio de 2020. El período máximo de duración, podrá prorrogarse, a propuesta del tutor de formación designado por la resolución de convocatoria, sin necesidad de nueva convocatoria por un segundo período hasta completar un máximo de 3 años, contados desde la fecha de incorporación, siempre que existan disponibilidades presupuestarias y el desarrollo de la formación del becario lo requiera o aconseje.

    Documentación

    • Solicitud
    • La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

    1. Currículo
    2. Expediente académico
    3. Cuantos documentos se estimen convenientes para acreditar los conocimientos del solicitante en la materia

    Finalizada la fase de selección y en el plazo máximo de cinco días naturales, deberá estar en posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria, aportando la siguiente documentación:

    1. Certificado médico oficial de no estar afectado por limitación física o psíquica o padecer enfermedad que sea incompatible con el normal desarrollo de los trabajos.
    2. Copia del Título Académico exigido.
    3. Tarjeta de demandante de empleo o tarjeta de mejora de empleo expedida por el Instituto Nacional de Empleo (INEM) o por el Servicio Riojano de Empleo u órgano autonómico equivalente.
    4. Declaración jurada de no haber sido beneficiario de otra beca, subvención o ayuda por igual objeto.
    5. Comunicación de datos bancarios al pagador.

    Modelo de solicitud ( 142 Kb)

    Modelo de declaración responsable ( 60.6 Kb)

    Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)

    Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

    Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Del 15 al 29 de agosto de 2019, ambos incluídos

      Fin de plazo: 29 de agosto de 2019

    • Plazo de resolución y notificación

      La concesión de la beca deberá resolverse en el plazo de SEIS MESES a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. Ante el vencimiento de dicho plazo sin haberse dictado resolución expresa al efecto, los interesados podrán entender desestimada su solicitud por silencio administrativo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25.5 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    Más información

    • Normativa:

      Orden 9/2012, de 14 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas en el ámbito de la investigación agraria, de la calidad agroalimentaria, vitivinícola, el desarrollo rural y el medio ambiente

      Resolución 1179/2019, de 7 de junio, Convocatoria (extracto) 2019

      Resolución 1179/2019, de 7 de junio, Texto completo

      Resolución 1662/2019, de 8 de agosto, Resolución 1662/2019, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente que modifica la Resolución 1179/2019.

      Extracto de la Resolución de convocatoria modificada

      de 28 de octubre de 2019, Relación provisional de admitidos y excluidos

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Negativo

    • Recurso que procede:

      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

      Contra la Resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá recurrirse en reposición ante el Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, en el plazo de un mes según lo dispuesto en los artículo 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

      Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, contra dicha resolución de concesión, cabe interponer en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, de acuerdo con los dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de dicha jurisdicción.

    • Observaciones:

      Aquellos candidatos que deseen concurrir a más de una de las becas de formación de personal técnico en el ámbito del medio ambiente que se han convocado simultáneamente, podrán presentar la documentación que sea coincidente únicamente en una de ellas, indicando dicha circunstancia en el resto de solicitudes con mención expresa a la beca en la que se ha incorporado la documentación.

      Las solicitudes que se presentaron en el plazo inicial que se abrió antes en el mes de junio (Resolución 1179/2019, de la Consejería de Agricultura, Ganadería Medio Ambiente), serán válidas y participarán en igualdad de condiciones en el procedimiento de la concesión de la beca.

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Teresa Ramírez Amenedo: 941291464

    Asistencia técnica

  • Requisitos

    Programa de formación teórico-práctico en el que participan el THINKTIC, como Centro de Referencia Nacional de la Dirección General de Innovación, Trabajo, Industria y Comercio, y BOSONIT, en calidad de expertos en el desarrollo de soluciones analíticas.

    El objeto de este programa de formación teórico-práctico es que los jóvenes participantes adquieran una experiencia formativa en el ámbito laboral que les permita conocer la aplicación práctica de los conocimientos teóricos adquiridos en su proceso formativo y fomentar el empleo.

    ETAPAS DEL PROGRAMA

    Etapa 1

    • Participarán 20 personas
    • Itinerario formativo en "Business Intelligence y Big Data", de 250 horas de duración y carácter presencial
    • Se realizará en el Think TIC
    • Se certificará su realización a las personas que cumplan la asistencia obligatoria y superen la evaluación final
    • Fecha prevista: 13 de octubre al 23 de diciembre de 2016
    • Horario: mañana y tarde

    Etapa 2

    • Participarán un máximo de 6 personas
    • Prácticas en Bosonit
    • Estancias de 6 meses
    • Beca en concepto de gastos de viaje, transporte, alojamiento y manutención
    • Fecha prevista inicio: diciembre 2016

    ¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLAS?

    • Menores de 30 años sin empleo. Se priorizará a los jóvenes riojanos
    • Titulación mínima de acceso: Bachillerato o Formación profesional de grado medio en informática y comunicaciones.

    Se priorizarán titulados universitarios y/o titulados en grado superior de formación profesional (o equivalente) en el área de electrónica, informática y comunicaciones.

    Estudios preferentes:

    • Ingeniería informática (grado, master, ingeniería técnica y/o superior),
    • Ingeniería en telecomunicaciones (grado, master, ingeniería técnica y/o superior)
    • Ingeniería electrónica (grado, master, ingeniería técnica y/o superior)
    • Grado, master o licenciatura en Matemáticas
    • Grado, master o licenciatura en Física
    • Grado superior en Sistemas de telecomunicación e informática
    • Grado Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red
    • Grado Superior en Desarrollo de aplicaciones Multiplataforma
    • Grado Superior en Desarrollo de aplicaciones Web
    • Grado superior en Desarrollo de Productos Electrónicos
    • Grado superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados
    • Grado superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos

    PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

    A cargo de BOSONIT, atendiendo a sus distintos ámbitos de interés, y en colaboración con Think TIC

    Etapa 1: Curso de formación

    • Se valorará el currículum
    • Realización de pruebas de inglés y pruebas técnicas por parte de Bosonit

    Etapa 2: Prácticas en Bosonit S.L.

    • Evaluación Final de Curso
    • Entrevista personal
    • Realización de pruebas técnicas si procede

    CUANTÍA DE LAS BECAS

    Los alumnos que participen en la fase 2 recibirán una dotación de 2.400 ? repartidos en 6 meses por parte de Bosonit S.L.

    Documentación

    • Solicitud, escrito o comunicación
    • Junto a la solicitud, se deberá presentar:

    1. Currículum vitae (modelo disponible en impresos) y documentación acreditativa
    2. Justificante empadronamiento (mínimo 6 meses)
    3. Justificante del título académico
    4. Informe de vida laboral
    5. Fotocopia del DNI

    Aportación de copias

    Si el trámite se hace de forma presencial

    Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración (Artículo 43, Ley 6/2009, de 15 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2010)

    El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

    Si se hace de manera electrónica

    El artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos dispone que los interesados podrán aportar al expediente copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada o DNI electrónico.

    La Administración podrá solicitar la exhibición de la documentación original cuando no pueda acceder a ella por otros medios.

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que las normas reguladoras de los procedimientos pueden exigir que la presentación electrónica sea obligatoria y que por lo tanto no se admita la presentación presencial.

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Ampliado plazo de presentación de solicitudes hasta el 29 de septiembre de 2016.

      Fin de plazo: 29 de septiembre de 2016

    • Otros plazos

      Fechas de realización de las pruebas de selección y de publicación de las listas.

      Consultar la web del Thinkthic

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Impresos

    Ponemos a su disposición la relación de impresos asociados a esta gestión.

    Descargue los que necesite para realizar el trámite de manera presencial.

    Además se pueden obtener dirigiéndose a:

    Téngase en cuenta que las normas reguladoras de los procedimientos pueden exigir que la presentación electrónica sea obligatoria y que por lo tanto no se admita la presentación presencial.

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • Elena Pilar Jiménez Diaz
    • Julio Ortega Valencia

  • Requisitos

    ¿Qué son?

    Programa de formación teórico-práctico en el que participan el THINKTIC, como Centro de Referencia Nacional de la Dirección General de Innovación, Trabajo, Industria y Comercio, y ARSYS INTERNET S.L.U., en calidad de empresa líder en el sector de las telecomunicaciones.

    Beneficiarios

    • Titulados universitarios y/o titulados en grado superior de formación profesional (o equivalente) en el área de electrónica, informática y comunicaciones.
      • Ingeniería informática (grado, master, ingeniería técnica y/o superior ),
      • Ingeniería en telecomunicaciones (grado, master, ingeniería técnica y/o superior)
      • Ingeniería electrónica (grado, master, ingeniería técnica y/o superior)
      • Grado, master o licenciatura en Matemáticas
      • Grado superior en Sistemas de telecomunicación e informática
      • Grado Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red
      • Grado Superior en Desarrollo de aplicaciones Multiplataforma
      • Grado Superior en Desarrollo de aplicaciones Web
      • Grado superior en Desarrollo de Productos Electrónicos
      • Grado superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados
      • Grado superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos
      • etc.
    • Título obtenido en los cuatro últimos años
    • No se admitirá a las personas que hayan realizado alguna de las ediciones anteriores de este programa

    Cuantía

    Los alumnos que participen en la fase 2 recibirán una dotación de 2.500 ? repartidos en 6 meses por parte de Arsys internet.

    Etapas

    • ETAPA 1
    1. Participarán 14 personas
    2. Itinerario formativo en "Administración, Gestión y Configuración de Sistemas Informáticos y Data Centers", de 130 horas de duración y carácter presencial
    3. Se realizará en el Think TIC
    4. Se certificará su realización a las personas que cumplan la asistencia obligatoria y superen el proyecto final
    5. Fecha prevista: 7 de marzo al 15 de abril de 2016
  • ETAPA 2
    1. Participarán un máximo de 6 personas
    2. Prácticas en Arsys Internet
    3. Estancias de 6 meses
    4. Beca en concepto de gastos de viaje, transporte, alojamiento y manutención
    5. Fecha prevista inicio: 2 de mayo 2016
  • ETAPA 3
    1. Realización de una memoria final

    Se valorará especialmente

    1. Certificaciones oficiales de informática (Wmware, LPI-1 CompTIA Linux, SQL Server,...)
    2. Experiencia en atención al cliente
    3. Nivel de inglés

    Procedimiento de selección

    A cargo de Arsys Internet, atendiendo a sus distintos ámbitos de interés, y en colaboración con Think TIC

    • ETAPA 1: Curso de formación
    1. Se valorará el currículum
    2. Realización de pruebas técnicas por parte de Arsys Internet
  • ETAPA 2: Prácticas en Arsys Internet
    1. Proyecto Final de Curso
    2. Entrevista personal
    3. Realización de pruebas psicotécnicas
  • Documentación

    • Solicitud
    • El impreso de solicitud deberá ir acompañado de la siguiente documentación:

      • Currículum vitae (en formato europeo)
      • Documentación acreditativa del curriculum

      Aportación de copias

      Si el trámite se hace de forma presencial:

      Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración (Artículo 43, Ley 6/2009, de 15 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2010)

      El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

      Si se hace de manera electrónica

      El artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos dispone que los interesados podrán aportar al expediente copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada o DNI electrónico.

      La Administración podrá solicitar la exhibición de la documentación original cuando no pueda acceder a ella por otros medios.

    Cómo tramitarlo

    Puede presentar la solicitud:

    De manera preferente:

    • Think TIC (Centro Tecnológico de La Rioja), Avenida de Zaragoza 21. 26071 Logroño. Horario de 8:30 a 14:30

    Otras formas de presentación

    Importante: en estos casos comunique a informacion.thinktic@larioja.org la presentación de la solicitud.

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Desde el 29 de enero hasta el 19 de febrero de 2016, a las 14 horas.

      Fin de plazo: 19 de febrero de 2016, a las 14 horas

    • Otros plazos

      Fecha de realización de la prueba de selección para la ETAPA 1

      23 de febrero a las 10:00, en las instalaciones de Think TIC.

      Publicación de las listas

      • La lista provisional de admitidos para la realización de esta prueba se publicará el 19 de febrero en la página web del Think TIC.
      • La lista defintiva de admitidos para la realización de esta prueba se publicará el 22 de febrero en la página web del Think TIC.

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Impresos

    Ponemos a su disposición la relación de impresos asociados a esta gestión.

    Descargue los que necesite para realizar el trámite de manera presencial.

    Además se pueden obtener dirigiéndose a:

    Téngase en cuenta que las normas reguladoras de los procedimientos pueden exigir que la presentación electrónica sea obligatoria y que por lo tanto no se admita la presentación presencial.

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Centro Nacional de Formación en Nuevas Tecnologías de La Rioja

    • Julio Ortega Valencia

  • Dos becas de formación y perfeccionamiento técnico-profesional en el ámbito de las competencias que ejerce la Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, para titulados de las áreas de conocimiento de Archivística y Biblioteconomía.

    Requisitos

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarios de esta beca quienes reúnan las siguientes condiciones:

    1. Poseer la nacionalidad española, de un Estado miembro de la Unión Europea, del Reino de Noruega, de la República de Islandia, o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en el Tratado de la Unión Europea.
    2. Estar en posesión de una de las siguientes titulaciones: Grado en Información y Documentación, Licenciatura en Documentación, Diplomatura en Biblioteconomía y Documentación, Licenciatura o grado en Humanidades, o Grado en Historia y Geografía, obtenido con una antigüedad no superior a cinco años respecto a la fecha de la convocatoria.
    3. Estar en situación de desempleo, y/o poseer la tarjeta de mejora de empleo.
    4. No padecer enfermedad, ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las funciones correspondientes a la condición de becario.
    5. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

    Finalidad

    La finalidad de las becas es promover la formación y el perfeccionamiento técnico-profesional en Archivística y Biblioteconomía. Las becas se desarrollarán dentro de un programa que podrá incluir los siguientes grupos de tareas:

    • Atención a los usuarios y/o investigadores
    • Gestión documental
    • Descripción archivística
    • Catalogación y clasificación bibliográfica
    • Información bibliográfica y de referencia

    El programa de formación práctica y perfeccionamiento técnico-profesional implica la adquisición de conocimientos sobre las actividades del Archivo Histórico Provincial de La Rioja y de la Biblioteca de La Rioja en las áreas especificadas en el apartado anterior.

    Duración y cuantía

    La cuantía de cada beca que se determinará en la resolución anual de convocatoria, se pagará por mensualidades vencidas y estará sujeta a los descuentos y retenciones que procedan de acuerdo con las disposiciones vigentes.

    El periodo de disfrute de la beca será desde la incorporación del becario hasta el 31 de diciembre del año de incorporación, siendo susceptible de prorroga, hasta un periodo total máximo, incluyendo prórrogas, de tres años, en función de las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio

    Documentación

    • Solicitud
    • La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

    1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
    2. Títulos Académicos originales o copia compulsada.
    3. Copia o certificación de expediente académico
    4. Curriculum Vitae.
    5. Tarjeta expedida por el Instituto Nacional de Empleo (INEM), por el Servicio Riojano de Empleo u órgano autonómico equivalente, si el solicitante se encuentra en situación de desempleo, o posee la tarjeta de mejora de empleo. De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los interesados podrán prestar su autorización para que la Consejería de Educación, Cultura y Turismo pueda solicitar de oficio este documento, previa autorización del solicitante en documento aportado por el mismo.
    6. Declaración comprensiva de las becas o ayudas procedentes de otras Administraciones Públicas, o de otros Entes Públicos o Privados, nacionales e internacionales, que hubieran sido solicitadas o se hubieran obtenido para la realización de la actividad objeto de la solicitud o en caso contrario, declaración de no haber solicitado ni obtenido beca o ayuda alguna.
    7. Copia compulsada o certificados originales o de los cursos de formación de duración superior a 30 horas sobre la materia objeto de las convocatorias.

    Aportación de documentos junto con la solicitud

    Si el trámite se hace de forma presencial

    Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.

    El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

    Si se hace de manera electrónica

    Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

    Modelo de solicitud ( 86.3 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación en el BOR: 26 de junio de 2015).

      El plazo de presentación de solicitudes comienza el 27 de junio y finaliza el 20 de julio

    • Plazo de resolución y notificación
      Seis meses, contados desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. Finalizado dicho plazo sin que esta se hubiese producido, las solicitudes se entenderán desestimadas por silencio administrativo.

    Más información

    • Normativa:

      Orden 7/2013, de 14 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas de formación en Archivística y en Biblioteconomía.

      Convocatoria

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):
      Negativo
    • Recurso que procede:
      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
  • Tasas: No tiene tasa

Notificaciones

Organismo

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Biblioteca de La Rioja

  • Jesús Angel Rodríguez Ortega

Archivo Histórico Provincial

  • Micaela Pérez Sáenz

  • Tiene por objeto apoyar la especialización de los titulados universitarios, impulsando la formación en el campo de la propiedad forestal y la cartografía

    Requisitos

    Beneficiarios

    Podrán solicitar la presente beca de formación los candidatos con título de:

    Ingeniero de Montes, Máster en Ingeniería de Montes, Ingeniero Técnico Forestal, Grado en Ingeniería Forestal y del Medio Natural, Grado en Ingeniería Forestal o Grado en Ingeniería del Medio Natural o titulaciones equivalentes que hayan obtenido su titulación en 2015 o fecha posterior y que cumplan los siguientes requisitos:

    Requisitos

    1. Tener la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro en la Unión Europea o ser extranjero con permiso de residencia en España.
    2. Estar en posesión de la titulación requerida en la resolución de convocatoria, que podrá prever condiciones relativas al momento en que se haya obtenido la titulación. Los títulos conseguidos en el extranjero deberán estar homologados o reconocidos a fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.
    3. No haber recibido becas, ayudas o subvenciones para el mismo objeto, convocadas por el Gobierno de La Rioja o por cualquier otra institución pública o privada.
    4. No haber sido beneficiario de becas de formación convocadas por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.
    5. No padecer enfermedad, ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
    6. No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, establecidas en el artículo 13 de la Ley 8/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo cual se acreditará mediante la declaración responsable incluida en la solicitud.

    Cuantía económica y duración

    La beca está dotada con un importe bruto mensual de 1.122 euros, al que se aplicarán las deducciones correspondientes a las cuotas de contribución a la Seguridad Social y las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

    Abarcará el período comprendido entre el 1 de julio de 2019 al 30 de junio de 2020. El becario se incorporará como tal a la unidad asignada para la realización de la formación en la fecha indicada en la resolución de concesión, interpretándose la no incorporación injustificada en dicho plazo como renuncia a la beca concedida.

    El período máximo de duración, podrá prorrogarse, a propuesta del tutor de formación designado por la resolución de convocatoria, sin necesidad de nueva convocatoria por un segundo período hasta completar un máximo de 3 años, contados desde la fecha de incorporación, siempre que existan disponibilidades presupuestarias y el desarrollo de la formación del becario lo requiera o aconseje.

    Documentación

    1. Currículo
    2. Expediente académico
    3. Cuantos documentos se estimen convenientes para acreditar los conocimientos del solicitante en la materia

    Finalizada la fase de selección y en el plazo máximo de cinco días naturales, deberá estar en posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria, aportando la siguiente documentación:

    1. Certificado médico oficial de no estar afectado por limitación física o psíquica o padecer enfermedad que sea incompatible con el normal desarrollo de los trabajos.
    2. Copia del Título Académico exigido.
    3. Tarjeta de demandante de empleo o tarjeta de mejora de empleo expedida por el Instituto Nacional de Empleo (INEM) o por el Servicio Riojano de Empleo u órgano autonómico equivalente.
    4. Declaración jurada de no haber sido beneficiario de otra beca, subvención o ayuda por igual objeto.
    5. Comunicación de datos bancarios al pagador.

    Modelo de solicitud ( 142 Kb)

    Modelo de declaración responsable ( 60.6 Kb)

    Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)

    Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

    Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Asistencia técnica

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    Expansión
    EFE Emprende
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