Sociedades Cooperativas: depósito de cuentas anuales
Regulación de la organización y funcionamiento del Registro de Cooperativas de La Rioja en desarrollo de la Ley 4/2001, de 2 de julio, de Cooperativas de La Rioja.
Requisitos
Ambito de aplicación
La Ley 4/2001, de 2 de julio, de Cooperativas de La Rioja será de aplicación a todas las entidades cooperativas con domicilio social en la Comunidad Autónoma de La Rioja que realicen principalmente su actividad cooperativizada dentro de su ámbito territorial, sin perjuicio de que, para completar y mejorar sus fines, puedan realizar actividades instrumentales y tener relaciones con terceros fuera de La Rioja.
La constitución de la sociedad cooperativa microempresa requerirá escritura pública e inscripción en el Registro de Cooperativas de La Rioja. En virtud de su inscripción adquirirá la sociedad cooperativa microempresa su personalidad jurídica. A tal efecto el Registro de Cooperativas de La Rioja llevará un libro de inscripción de sociedades cooperativas microempresas en el que se inscribirán aquellas sociedades que hubieran adquirido tal condición.
Los gestores deberán presentar la escritura de constitución para su inscripción en el Registro de Cooperativas de La Rioja en el plazo de dos meses desde su otorgamiento. Finalizado dicho plazo sin que se hubiera presentado la escritura, será precisa la ratificación de la misma mediante documento público.
Documentación
- Solicitud
- Solicitud formulada con arreglo a lo previsto en el artículo 17 del presente Reglamento.
- Certificación de los acuerdos de la Asamblea General de aprobación de las cuentas anuales y de la aplicación de los excedentes o imputación de las pérdidas, que expresará también si las cuentas han sido formuladas de forma abreviada y si la cooperativa viene obligada a auditar sus cuentas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley de Cooperativas de La Rioja, así como la indicación de que las cuentas y el informe de gestión están firmadas por todos los miembros del órgano de administración, debiendo expresar la causa cuando faltara alguna de dichas firmas. La certificación será expedida por el Secretario y visada por el Presidente o, en su caso, por el Administrador Único, cuyas firmas serán legitimadas notarialmente o autenticadas por el Registro.
- Un ejemplar de las cuentas anuales que comprenderán el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria, así como un ejemplar del informe de gestión, firmadas al margen de todas sus hojas por los miembros del órgano de administración de la Cooperativa.
- Informe de la Intervención de la cooperativa, salvo cuando ésta audite externamente sus cuentas que deberá presentar informe de auditoría, en ambos casos debidamente firmados por quien realice la fiscalización o auditoría.
- Certificación acreditativa del número de socios, en la que se expresarán las altas y bajas producidas durante el ejercicio, que será firmada por el Secretario y por el Presidente.
Al objeto de cumplimentar el depósito de cuentas deberán presentarse los siguientes documentos:
Modelo de solicitud inscripción depósito cuentas ( 122.2 Kb)
solicitud y modelos orientativos para depósito de cuentas ( 1057.1 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Plazo de solicitud de inscripción del acto de depósito de cuentas anuales: los 30 días naturales siguientes al de la fecha de aprobación de las cuentas.
- Plazo de resolución y notificación
En la inscripción de la constitución, 60 días hábiles; en la inscripción de otros actos societarios, 3 meses; en la legalización de libros sociales y contables: 15 días hábiles.
Más información
- Normativa:
Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas
Ley 4/2001, de 2 de julio, de Cooperativas de La Rioja.
Decreto 18/2003, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Cooperativas de La Rioja.
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Positivo
- Recurso que procede:
Alzada
La resolución no agota la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse recurso de alzada frente al Consejero competente en la materia, en el plazo de un mes, conforme a los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administaciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Observaciones:
Todas las solicitudes de inscripción en el Registro deben ser formuladas por el Presidente o el Secretario de la Cooperativa y, en su defecto, por persona apoderada formalmente.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Desarrollo Autonómico
- Órgano competente: Dirección General de Diálogo Social y Relaciones Laborales
- Unidad tramitadora: Servicio de Diálogo Social, Relaciones Laborales y Salud Laboral
- Cargo que resuelve: Director/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Teléfono de contacto: 941291801
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
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