Presupuestos de las Entidades Locales
Remisión de los Presupuestos de las Entidades Locales
Requisitos
El Presupuesto general de las Entidades Locales deberá elaborarse conforme con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de Presupuestos Locales.
Documentación
- Solicitud, escrito o comunicación
- El estado de gastos, en el que se incluirán, con la debida especificación, los créditos necesarios para atender al cumplimiento de las obligaciones.
- El estado de ingresos, en el que figurarán las estimaciones de los distintos recursos económicos a liquidar durante el ejercicio.
- Las Bases de ejecución, que contendrán la adaptación de las disposiciones generales en materia presupuestaria a la organización y circunstancias de la propia Entidad.
- Memoria explicativa del contenido del Presupuesto y de las principales modificaciones que presenta en relación con el Presupuesto del ejercicio anterior.
- Liquidación del Presupuesto del ejercicio anterior y avance del corriente referida, al menos, a 6 meses del mismo.
- Anexo del personal de la Entidad Local.
- Anexo de las inversiones a realizar en el ejercicio.
- Anexo de beneficios fiscales en tributos locales.
- Anexo con información relativa a convenios suscritos con la Comunidad Autónoma en materia de gasto social.
- Informe económico-financiero, en el que se expongan las bases utilizadas para la evaluación de los ingresos y de las operaciones de crédito previstas, la suficiencia de los créditos para atender el cumplimiento de las obligaciones exigibles y los gastos de funcionamiento de los servicios y, en consecuencia, la efectiva nivelación del Presupuesto.
- Los planes y programas de inversión y financiación para un plazo de 4 años.
- El estado de previsión de movimientos y situación de la deuda comprensiva del detalle de operaciones de crédito o de endeudamiento pendientes de reembolso al principio del ejercicio, de las nuevas operaciones previstas a realizar a lo largo del mismo y del volumen de endeudamiento al cierre del ejercicio económico, con distribución de las operaciones a corto y largo plazo, así como de las amortizaciones que ser prevén realizar durante el mismo ejercicio.
- El expediente del trámite y aprobación del Presupuesto.
El presupuesto General de las Entidades Locales deberá incluir la siguiente documentación:
Modelo de solicitud ( 129 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Procedimiento no sujeto a plazo.
- Otros plazos
La remisión se realizará simultáneamente al envío del anuncio de la aprobación definitiva del Presupuesto para su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja (Art. 169.4 del TRLRHL)
Más información
- Normativa:
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del Título Sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos
Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, modificada por Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
No tiene
- Otros enlaces:
Se puede descargar modelo de expediente de Presupuesto de las Entidades Locales en www.larioja.org/ayuntamientos
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Fomento y Política Territorial
- Órgano competente: Dirección General de Política Local
- Unidad tramitadora: Servicio de Modernización de la Administración Local
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Servicio de Modernización de la Administración Local
Hugo Serna Alonso