Ayudas a entidades asociativas para inversiones en la actividad agraria
Apoyar las inversiones realizadas por entidades asociativas en la actividad agraria.
Requisitos
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las Cooperativas, Sociedades Agrarias de Transformación (SAT) y aquellos entes instrumentales creados y participados por Organizaciones Profesionales Agrarias siempre que la finalidad sea la prestación de servicios a los titulares de explotaciones asociadas a la entidad matriz.
Requisitos
- Que entre sus socios agreguen al menos 5 productores de base, titulares de explotación agraria. Se exceptúa de estos requisitos el caso de entes instrumentales creados y participados por Organizaciones Profesionales Agrarias.
- Su actividad principal ha de ser la agraria.
Inversiones subvencionables
- Adquisición de inmuebles (construcción o adquisición),
- Maquinaria y equipos,
- Equipos y programas informáticos
- Todas aquellas inversiones destinadas a la producción agraria, salvo las que se citan en el apartado siguiente.
Inversiones no subvencionables
- Compra de tierras para la producción agrícola.
- Imputs para la producción agraria y material fungible
- Gastos por encima de un 8% de costes indirectos (honorarios de proyecto y dirección de obra, estudios preliminares), respecto de la ejecución material.
- La compra de terrenos, excepto que se adquiera para construir una infraestructura que sea subvencionable en el mismo expediente, sin que el coste de adquisición de los terrenos pueda superar el 10% de la inversión elegible por la construcción del inmueble.
- El IVA, en las condiciones fijadas en el artículo 69.3 del Reglamento 1303/2013, y otros impuestos.
- Inversiones sustitutivas, excepto aquellas que supongan mejoras técnicas que se justifiquen por el beneficiario.
- Compra de derechos agrícolas.
- Los edificios de segunda mano, excepto cuando cumplan las siguientes condiciones:
- que los bienes reúnen las características técnicas necesarias para la operación;
- que conste una declaración del vendedor respecto al origen de los bienes, y que los mismos no han sido objeto de ninguna subvención nacional o comunitaria en el plazo de 10 años;
- que el precio no sea superior al valor del mercado, ni al coste de los bienes nuevos similares.
- se deberá aportar un certificado de un tasador independiente debidamente acreditado o un órgano u organismo público debidamente autorizado, en el que se acredite que el precio de compra no excede del valor de mercado y valorando separadamente tanto los terrenos como lo edificios.
- Los almacenes que tengan una superficie útil inferior a 300 m2.
- Maquinaria de segunda mano.
- Solicitudes con inversiones elegibles previstas inferiores a 30.000.-?
- Aquellas inversiones en las cuales se haya abonado un anticipo con anterioridad a la solicitud de ayuda se considerarán no elegibles.
Cuantía de las inversiones
El volumen máximo de inversión subvencionable en el periodo de aplicación del Programa 2014-2020 será de 100.000 ? por cada socio de dicha entidad que tenga la condición de agricultor profesional hasta un máximo de 20 socios.
En el caso de entes instrumentales creados y participados por Organizaciones Profesionales Agrarias, el máximo de inversión subvencionable será de 2.000.000 ? durante todo el Programa 2014-2020.
En casos excepcionales, previa justificación razonada por el solicitante y admitida por el órgano gestor, y siempre que el proyecto consista en inversiones estratégicas para un sector, podrán subvencionarse inversiones superiores a 2.000.000 ?.
Las subvenciones concedidas consistirán en subvenciones de capital.
El porcentaje de ayuda será del 40% del volumen total de la inversión aprobada que resulte debidamente justificada, excepto en aquellas inversiones superiores a 2.000.000 ?, en las que será del 30% para el total de la inversión justificada.
Documentación
- Solicitud
Solicitud de ayuda ( 110.5 Kb)
Solicitud de pago ( 216 Kb)
Cuenta justificativa ( 294.4 Kb)
Ficha de terceros ( 105.7 Kb)
Manual para la tramitación de solicitudes ( 1052.6 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
Las solicitudes se deben presentar electrónicamente a través de la aplicación "Desarrollo Rural. Entidades asociativas" a la que puede acceder:
- en la página web www.larioja.org/pdr
- desde el botón Tramitar (en la parte superior de esta misma página)
En caso de no estar anteriormente habilitado para el acceso a la aplicación, deberá solicitar el alta a través del correo electrónico pdr@larioja.org.
Si el interesado no dispone de dirección electrónica habilitada en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, debe tramitar el alta en la dirección web www.larioja.org/notificaciones, o bien, solicitar al órgano gestor que tramite dicha alta en la dirección de correo electrónico pdr@larioja.org para lo cual debe indicar qué dirección electrónica pretende que se le habilite.
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Fin de plazo: 31 de enero de 2019 a las 14 h
- Plazo de resolución y notificación
Se notificará antes de que transcurran SEIS meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa el interesado podrá entender desestimada su solicitud, conforme a lo indicado en el Art. 25 apartado 5 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero.
Más información
- Normativa:
Orden 20/2015, de 1 de junio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se regulan las bases de las ayudas a las inversiones realizadas por Entidades Asociativas en la actividad agraria.
Resolución 2054/2018, de 14 de diciembre, Convocatoria 2019
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
- Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población
- Órgano competente: Dirección General de Desarrollo Rural y Reto Demográfico
- Unidad tramitadora: Servicio de Desarrollo Rural y Reto Demográfico
- Cargo que resuelve: Sr. Consejero/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Diego Romeo Múgica
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño