Gobierno de Castilla-La Mancha

  • PROCEDIMIENTO

    110019 PROCESOS DE SELECCION DEL PERSONAL TEMPORAL DE IISS DEL SESCAM (BOLSAS DE TRABAJO)

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SLA7 CONVOCATORIA DE SELECCION DE 10 PLAZAS DE LA CATEGORIA DE ENFERMERIA EN LA GAE DE TOLEDO.

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Lun, 29 Jul 2019 al Vie, 02 Ago 2019

    Objeto

    Convocatoria de selección de 10 plazas de la categoría de enfermería en la GAE de Toledo.

    Destinatarios

    Cumplir los requisitos del apartado 2.

    Requisitos

    Los expuestos en los puntos del apartado 2 de la presente convocatoria.

    Criterios

    Los establecidos en la base 5ª de la Convocatoria.

    Documentación a aportar

    Los recogidos en el apartado 3 de la convocatoria.
    a) Documentación acreditativa de los méritos alegados
    b) Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos previstos en la base segunda de la convocatoria:
    - Fotocopia de la titulación académica exigida para el desempeño de la categoría.

    Lugar de presentación

    La presentación de las solicitudes podrá hacerse en el Registro de la Gerencia, en el Registro General de la sede central del Servicio de Salud de Castilla- La Mancha, o conforme a lo señalado en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre de 2015), y a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, (http://www.jccm.es).

    Información Adicional

    bolsacht@sescam.jccm.es
    DOCM: 02/05/14 Resolución de 09/04/2014, de la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral, por la que se acepta el depósito y se dispone la publicación del Pacto sobre Selección del Personal Temporal del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam).
    -Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud.
    - Real Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social (vigente con rango reglamentario).

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030564 SUBVENCIONES PARA EL ACCESO A PISOS TUTELADOS DESTINADOS A MUJERES VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO, MEDIANTE LA MODALIDAD DE SUBVENCION EN ESPECIE

    Plazo de resolución

    1 MES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKAF CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL ACCESO A PISOS TUTELADOS DESTINADOS A MUJERES VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO, MEDIANTE LA MODALIDAD DE SUBVENCION EN ESPECIE

    Plazo de presentación de solicitudes

    El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el día 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019 o el agotamiento del crédito si es anterior.

    Objeto

    Convocar subvención en especie, mediante el procedimiento simplificado de concurrencia, para el acceso a pisos tutelados destinados a víctimas de violencia de género, con la finalidad de que la mujer víctima de la violencia género y las/os menores a su cargo, puedan rehacer su vida de forma independiente y alejados del círculo de la violencia

    Destinatarios

    Mujeres víctimas de violencia de género

    Requisitos

    a) Ser usuaria de una casa de acogida de Castilla-La Mancha, y haber cumplido y finalizado su proyecto individualizado de intervención.
    b) No convivir con el agresor.
    c) Estar empadronada en Castilla-La Mancha.
    d) Tener un informe social favorable elaborado por la casa de acogida, que incluirá la oportuna propuesta y motivación, sobre la necesidad del acceso al piso tutelado en función de su situación socio-laboral.
    e) No estar incursas en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    f) No encontrarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstas en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
    g) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la Seguridad Social.

    Importe

    El pago de la subvención no supone ningún desembolso pecuniario, sino la puesta a disposición de las beneficiarias del piso tutelado.

    Anualidad: 2019
    Cuantía máxima: 12.500 euros

    Anualidad: 2020
    Cuantía máxima: 12.500 euros

    Se imputarán a la partida presupuestaria 70.01.323B.48090 de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha para 2019 y 2020

    Criterios

    Procedimiento simplificado de concurrencia, dada su naturaleza excepcional, sin que pueda establecerse otro elemento de prelación entre sí que el temporal, la fecha de su solicitud.

    Documentación a aportar

    Las solicitudes se cumplimentarán en el Anexo de la convocatoria.

    Lugar de presentación

    De forma telemática y presencial según art. 16.4 de la Ley 39/2015. Las solicitudes se cumplimentarán según el modelo que se recoge en el Anexo de la Resolución irán dirigidas a la persona titular del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 13/02/08 Decreto 21/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones
    DOCM: 09/07/14 Orden de 13/06/2014, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se establecen las bases reguladoras para el acceso a pisos tutelados destinados a mujeres víctimas de violencia de género.
    DOCM: 15/03/02 Decreto 38/2002, de 12/03/2002, CONSEJO DE GOBIERNO, PARA LA APLICACION DE LA LEY 5/2001, DE 17 DE MAYO, DE PREVENCION DE MALOS TRATOS Y DE PROTECCION A LAS MUJERES MALTRATADAS
    DOCM: 15/10/18 Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha
    DOCM: 14/01/19 Resolución de 17/12/2018, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convocan subvenciones para el acceso a pisos tutelados destinados a mujeres víctimas de violencia de género, mediante la modalidad de subvención en especie, en 2019. Extracto BDNS (Identif.): 433756.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030703 SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICION DE EQUIPAMIENTO INFORMATICO POR LOS CENTROS DE LA MUJER Y RECURSOS DE ACOGIDA DE CASTILLA-LA MANCHA EN 2017

    Plazo de resolución

    TRES MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKU0 CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICION DE EQUIPAMIENTO INFORMATICO POR LOS CENTROS DE LA MUJER Y RECURSOS DE ACOGIDA DE CASTILLA-LA MANCHA EN 2017

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Jue, 28 Sep 2017 al Sáb, 07 Oct 2017

    Objeto

    Convocar, en régimen de concurrencia competitiva en su modalidad de prorrateo, las subvenciones para la adquisición de equipamiento informático con el objeto de mejorar los servicios que se prestan por los Centros de la Mujer y Recursos de Acogida de Castilla-La Mancha.

    Destinatarios

    Tendrán la condición de entidades beneficiarias, las entidades locales de Castilla-La Mancha y las entidades privadas sin ánimo de lucro, aunque no tengan su domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, que gestionen el funcionamiento de Centros de la Mujer y Recursos de Acogida de Castilla-La Mancha.

    Requisitos

    Las entidades solicitantes deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 6 de la Orden 146/2014, de 23 de agosto, de la Vicepresidencia primera, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la adquisición de equipamiento informático por los Centros de la Mujer y Recursos de Acogida de Castilla-La Mancha

    Importe

    La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones es de 225.000 ¿.
    Se definen unos límites en la cuantía máxima de la subvención por entidad solicitante en los siguientes términos:
    a) Entidades Locales que gestionen Centros de la Mujer cuyo ámbito de cobertura sea igual o inferior a 50.000 habitantes: Un máximo de 2.500 euros por cada Centro de la Mujer gestionado.
    b) Entidades Locales que gestionen Centros de la Mujer cuyo ámbito de cobertura sea superior a 50.000 habitantes: Un máximo de 1.440 euros por cada Centro de la Mujer gestionado.
    c) Entidades privadas sin ánimo de lucro que gestionen Centros de la Mujer: Un máximo de 2.500 euros por cada Centro de la Mujer gestionado.
    d) Entidades Locales y Entidades privadas sin ánimo de lucro que gestionen Recursos de Acogida: Un máximo de 1.440 euros por cada Recurso de Acogida gestionado.
    La partida presupuestaria es 7001G/323B/76121.

    Criterios

    Los recogidos en el apartado quinto de la Resolución por la que se convocan subvenciones para la adquisición de equipamiento informático por los Centros de la Mujer y Recursos de Acogida de Castilla-La Mancha en 2017

    Documentación a aportar

    a) Presupuesto detallado o factura pro-forma de los equipos para los que se solicita la subvención.
    b) En el caso de tratarse de una entidad local, certificado firmado por el/la Secretario/a de la Corporación en el que se especifique el acuerdo del órgano competente por el que se aprueba la solicitud de subvención.
    c) Copia del NIF de la entidad solicitante, únicamente en el caso de no autorización a la Administración para su obtención.
    d) Copia del DNI de la persona representante, únicamente en el caso de no autorización a la Administración para su obtención.
    e) Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Hacienda de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y frente a la Seguridad Social, así como en el pago del Impuesto de Actividades Económicas, en el supuesto de ser sujeto pasivo del mismo o exento de su abono, así como del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones.
    f) Declaración responsable, según modelo incluido en la convocatoria, de no haber solicitado otras ayudas o subvenciones para el mismo proyecto a las Administraciones Públicas. En caso de haberlas solicitado deberá indicar el importe de la subvención solicitada, la parte del proyecto o inversión subvencionada, la disposición reguladora y, en su caso el importe de la subvención concedida, fecha y condiciones a cumplir.
    g) Declaración responsable, conforme al modelo normalizado aprobado por Orden de 26 de marzo de 2008, de la Consejería de Trabajo y Empleo, por la que se regula la acreditación del cumplimiento de obligaciones relativas a la prevención de riesgos laborales, en materia de subvenciones, en caso de entidades sujetas a la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, cuyo modelo se anexará en las correspondientes convocatorias.

    Lugar de presentación

    Únicamente de forma telemática con la firma electrónica de la persona que ostente la representación legal de la entidad, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (http://www.jccm.es)
    DOCM: 30/08/17 Orden 146/2017, de 23 de agosto, de la Vicepresidencia Primera, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la adquisición de equipamiento informático por los centros de la mujer y recursos de acogida de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 25/11/10 Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 27/09/17 Resolución de 20/09/2017, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convocan subvenciones para la adquisición de equipamiento informático por los centros de la mujer y recursos de acogida de Castilla-La Mancha en 2017. Extracto BDNS (Identif.): 363137.
    DOCM: 04/12/02 Ley 22/2002, de 21/11/2002, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE CREACION DEL INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA
    DOCM: 22/05/01 Ley 5/2001, de 17/05/2001, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE PREVENCION DE MALOS TRATOS Y DE PROTECCION A LAS MUJERES MALTRATADAS

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

  • Esta orden tiene por finalidad regular la concesión de subvenciones para la adquisición de materiales curriculares en centros privados concertados de educación especial de Castilla-La Mancha para el curso 2015/2016.

    Criterios

    Dotación por alumno matriculado en Educación Básica Obligatoria en Centros de Educación Especial privados concertados de Castilla-La Mancha.

  • PROCEDIMIENTO

    030541 RESOLUCION DEL INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA GESTION DEL FUNCIONAMIENTO DE CENTROS DE LA MUJER Y LOS RECURSOS DE ACOGIDA EN CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SK5K CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA GESTION DEL FUNCIONAMIENTO DE CENTROS DE LA MUJER EN CASTILLA-LA MANCHA, PARA 2019-2020

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Sáb, 03 Nov 2018 al Vie, 16 Nov 2018

    Objeto

    Subvenciones para la gestión del funcionamiento de Centros de la Mujer y los Recursos de Acogida en Castilla-La Mancha, para 2019-2020

    Destinatarios

    a) Entidades locales de Castilla-La Mancha.
    b) Entidades privadas sin ánimo de lucro, aunque no tengan su domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y que tengan establecida la consecución de la igualdad de género entre sus fines.

    Requisitos

    - No estar incursos en las prohibiciones establecidas en el art.13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
    - No encontrarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstas en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre.
    - Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la Seguridad Social.
    - Estar, en su caso, constituida e inscrita en el Registro General de Asociaciones o registros correspondientes -Disponer de las instalaciones adecuadas.
    - Tener prevista la necesidad, en su caso, de subcontratar.
    - El personal que ejerce la asistencia y asesoramiento no estará condenado o incurso en causas relativas a la violencia de género.

    Importe

    La presente convocatoria se realiza con cargo a las partidas presupuestarias que a continuación se indican:
    70.01.323B. 46121: (FPA 0090006/ P.O. FSE 2014-2020): 1.174.465,55 euros.
    70.01.323B. 48121: (FPA 0090006/ P.O. FSE 2014-2020): 106.992,34 euros.
    70.01.323B. 46121: 7.123.081,37 euros.
    70.01.323B. 48121: 944.980,86 euros.

    Criterios

    El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas a fin de establecer una prelación entre las mismas. Para ello, una vez recibidas todas las solicitudes se procederá a su estudio para determinar la admisibilidad de las mismas y, en caso de resultar admisibles, la puntuación de cada una en función de los criterios de valoración establecidos en el artículo 11 de la de las bases reguladoras.

    Documentación a aportar

    Las entidades solicitantes presentarán sus solicitudes únicamente de forma telemática suscritas por la Alcaldesa-Presidenta o el Alcalde-Presidente, en el caso de entidades locales, o por la persona representante en el caso de entidades sin ánimo de lucro, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, los documentos originales podrán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. No se admitirán a trámite, las solicitudes presentadas por medios distintos al anteriormente señalado.
    Junto con la solicitud se adjuntará el anexo II para Centros de la Mujer, así como la documentación exigida en el artículo 16 de la Orden 163/2017 de 19 de septiembre de 2017, de la Vicepresidencia primera, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la gestión del funcionamiento de los Centros de la Mujer y los Recursos de Acogida en Castilla-La Mancha.

    Lugar de presentación

    Las solicitudes se cumplimentarán a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es)

    Información Adicional

    JUSTIFICACIÓN CONVOCATORIA SUBVENCIONES AÑO 2018:

    La entidad beneficiaria presentará hasta el 31 de enero de 2019, el modelo de justificación habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: https://www.jccm.es//sede/ventanilla/consultar-expediente, correspondiente al trámite: Cómo van mis trámites de la sede electrónica, junto con las copias digitalizadas de los documentos justificativos requeridos.
    contacto: la Dirección Provincial del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha correspondiente.
    DOCM: 22/05/01 LEY 5/2001, DE 17/05/2001, DE PREVENCION DE MALOS TRATOS Y DE PROTECCION A LAS MUJERES MALTRATADAS
    DOCM: 02/11/18 Resolución de 24/10/2018, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convocan subvenciones para la gestión del funcionamiento de centros de la mujer y los recursos de acogida en Castilla-La Mancha, para 2019-2020.
    DOCM: 04/12/02 Ley 22/2002 de 21 de noviembre, de creación del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha
    DOCM: 13/02/08 DECRETO 21/2008, DE 05/02/2008, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA EN MATERIA DE SUBVENCIONES, APROBADO POR DECRETO LEGISLATIVO 1/2002, DE 19 DE NOVIEMBRE
    DOCM: 27/09/17 Orden 163/2017, de 19 de septiembre, de la Vicepresidencia Primera, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la gestión del funcionamiento de los centros de la mujer y los recursos de acogida en Castilla-La Mancha
    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. «BOE» núm. 276, de 18 de noviembre de 2003, páginas 40505 a 40532
    DOCM: 04/12/12 Corrección de errores de la Orden de 22/11/2012, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la gestión del funcionamiento de los centros de la mujer y recursos de acogida en Castilla-La Mancha.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030541 RESOLUCION DEL INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA GESTION DEL FUNCIONAMIENTO DE CENTROS DE LA MUJER Y LOS RECURSOS DE ACOGIDA EN CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKJH CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA GESTION DEL FUNCIONAMIENTO DE RECURSOS DE ACOGIDA EN CASTILLA-LA MANCHA, PARA 2019-2020

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Sáb, 03 Nov 2018 al Vie, 16 Nov 2018

    Objeto

    Subvenciones para la gestión del funcionamiento de Centros de la Mujer y los Recursos de Acogida en Castilla-La Mancha, para 2019-2020

    Destinatarios

    a) Entidades locales de Castilla-La Mancha.
    b) Entidades privadas sin ánimo de lucro, aunque no tengan su domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y que tengan establecida la consecución de la igualdad de género entre sus fines.

    Requisitos

    - No estar incursos en las prohibiciones establecidas en el art.13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
    - No encontrarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstas en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre.
    - Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la Seguridad Social
    - Estar, en su caso, constituida e inscrita en el Registro General de Asociaciones o registros correspondientes
    -Disponer de las instalaciones adecuadas.
    - Tener prevista la necesidad, en su caso, de subcontratar .
    - Para los programas de autonomía de las mujeres víctimas de violencia de género, solicitar y ser entidad beneficiaria de subvención en el proyecto de gestión y funcionamiento del recurso de acogida.
    - El personal que ejerce la asistencia y asesoramiento no estará condenado o incurso en causas relativas a la violencia de género.

    Importe

    La presente convocatoria se realiza con cargo a las partidas presupuestarias que a continuación se indican:
    - PEP OOAA/0000001409:
    70.01.323B. 48121: (Fondo 0000000009): 266.942,28 euros.
    70.01.323B. 46121: (Fondo 0000000007): 1.575.000,00 euros.
    70.01.323B. 46121: 548.608,70 euros.
    70.01.323B. 48121: (Fondo 0000000007): 1.191.600,00 euros.
    70.01.323B. 48121: 416.038,16 euros.
    - PEP OOAA/0000001410:
    70.01.323B. 46121: (Fondo 0000000007): 117.000,00 euros.
    70.01.323B. 46121: 67.800,00 euros.
    70.01.323B. 48121: (Fondo 0000000007):67.800,00 euros.
    70.01.323B. 48121: 39.000,00 euros.

    Criterios

    El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas a fin de establecer una prelación entre las mismas. Para ello, una vez recibidas todas las solicitudes se procederá a su estudio para determinar la admisibilidad de las mismas y, en caso de resultar admisibles, la puntuación de cada una en función de los criterios de valoración establecidos en el artículo 11 de la de las bases reguladoras.

    Documentación a aportar

    Las entidades solicitantes presentarán sus solicitudes únicamente de forma telemática suscritas por la Alcaldesa-Presidenta o el Alcalde-Presidente, en el caso de entidades locales, o por la persona representante en el caso de entidades sin ánimo de lucro, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, los documentos originales podrán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. No se admitirán a trámite, las solicitudes presentadas por medios distintos al anteriormente señalado.
    Junto con la solicitud se adjuntará el anexo III para Recursos de Acogida, así como la documentación exigida en el artículo 16 de la Orden 163/2017 de 19 de septiembre de 2017, de la Vicepresidencia primera, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la gestión del funcionamiento de los Centros de la Mujer y los Recursos de Acogida en Castilla-La Mancha.

    Lugar de presentación

    Las solicitudes se cumplimentarán a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es)

    Información Adicional

    JUSTIFICACIÓN CONVOCATORIA SUBVENCIONES AÑO 2018:

    La entidad beneficiaria presentará hasta el 31 de enero de 2019, el modelo de justificación habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: https://www.jccm.es//sede/ventanilla/consultar-expediente, correspondiente al trámite: Cómo van mis trámites de la sede electrónica, junto con las copias digitalizadas de los documentos justificativos requeridos.

    contacto: la Dirección Provincial del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha correspondiente.
    DOCM: 22/05/01 Ley 5/2001, de 17/05/2001, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE PREVENCION DE MALOS TRATOS Y DE PROTECCION A LAS MUJERES MALTRATADAS
    DOCM: 04/12/02 Ley 22/2002, de 21/11/2002, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE CREACION DEL INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA
    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006
    DOCM: 02/11/18 Resolución de 24/10/2018, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convocan subvenciones para la gestión del funcionamiento de centros de la mujer y los recursos de acogida en Castilla-La Mancha, para 2019-2020.
    DOCM: 27/09/17 Orden 163/2017, de 19 de septiembre, de la Vicepresidencia Primera, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la gestión del funcionamiento de los centros de la mujer y los recursos de acogida en Castilla-La Mancha.
    DOCM: 29/11/02 Decreto Legislativo 1/2002, de 19/11/2002, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030136 PROGRAMAS DE FORMACION EN ALTERNANCIA CON EL EMPLEO

    Plazo de resolución

    4 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJL0 CONVOCATORIA DE TALLERES DE EMPLEO

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Jue, 26 Oct 2017 al Jue, 23 Nov 2017

    Objeto

    Los Talleres de Empleo son un programa de formación dual de empleo y formación, que tiene como objeto mejorar la ocupación de las personas desempleadas incluidas en los colectivos a los que van dirigidos, mediante la realización de obras o servicios de interés general y/o social que posibiliten al alumnado trabajador la realización de un trabajo efectivo mediante el contrato para la formación y el aprendizaje que favorezca su inserción laboral posterior.

    Destinatarios

    Solicitantes:
    a) Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas Entidades Locales.

    b) Órganos, organismos autónomos y otros entes públicos de la Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

    c) Consorcios con sede y ámbito territorial de actuación en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

    d) Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, con sede y ámbito territorial de actuación en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

    Beneficiarios:

    Personas desempleadas mayores de 25 años que cumplan los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato para la formación y el aprendizaje.

    Requisitos

    a) Tener el domicilio social o disponer, al menos, de una delegación o centro de trabajo en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.
    b) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionadas, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
    c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones tributarias, y frente a la Seguridad Social, en la forma determinada reglamentariamente.
    d) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
    e) No hallarse incursa en ninguna de las circunstancias contempladas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre

    Importe

    El cálculo de la subvención para sufragar los costes de formación profesional para el empleo y formación complementaria durante todas las fases de los proyectos, se efectuará por hora/alumno/a trabajador/a y por módulos y fases. Módulo A: 3,67 euros/hora/alumno/a trabajador/a (costes salariales y cuotas del empleador a la Seguridad Social por todos los conceptos del personal directivo, docente y de apoyo) Módulo B: 1,02 euros/hora/alumno/a trabajador/a (gastos de formación y funcionamiento) También se subvencionan los gastos salariales derivados de los contratos para la formación y el aprendizaje que se suscriban con los alumnos/as trabajadores/as participantes de los Talleres de Empleo, con el importe equivalente al salario mínimo interprofesional anualmente establecido. Asimismo se subvencionan la totalidad de las cuotas a cargo del empleador correspondiente a la Seguridad Social, Fogasa y Formación Profesional establecidas para dichos contratos en su normativa específica.

    Criterios

    1. Ámbito del proyecto.
    2. Adecuación del proyecto a las necesidades del ámbito o sector al que va dirigida la formación requerida
    3. Calidad del plan formativo
    4. Valoración de los resultados cualitativos y cuantitativos de proyectos anteriores de la misma entidad promotora

    Documentación a aportar

    Memoria del proyecto (según anexo II)

    Poder bastante y subsistente en derecho que acredite las facultades de representación del firmante de la solicitud para actuar en nombre de la persona jurídica solicitante.
    Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad.
    Escritura pública de constitución y estatutos (incluidas las modificaciones en su caso) debidamente inscritos en el registro correspondiente (únicamente para asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro).
    Documentación acreditativa de la titularidad jurídica del objeto de actuación y de su disponibilidad para la ejecución de la obra o servicio previstos. Además, en caso de no ser de titularidad pública:
    -Titularidad privada. Escritura pública de cesión para uso público por un plazo no inferior a veinticinco años.
    -Cuando el titular sea una de las entidades señaladas en el artículo 4 de la Orden de bases reguladoras o así lo estime la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo por el carácter social de la obra o servicio a realizar, autorización de los titulares para la actuación del Taller de Empleo, durante todo el período de desarrollo del proyecto.
    Certificación acreditativa de la financiación de aquella parte del proyecto que no se subvenciona por parte la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
    En su caso, compromiso de inserción laboral (Anexo III)
    En su caso, compromiso de participación en la parte de prácticas no laborales (Anexo IV)

    Lugar de presentación

    Mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://www.jccm.es
    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    DOCM: 29/11/02 Decreto Legislativo 1/2002, de 19/11/2002, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA
    DOCM: 13/02/08 Decreto 21/2008, de 05/02/2008, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA EN MATERIA DE SUBVENCIONES, APROBADO POR DECRETO LEGISLATIVO 1/2002, DE 19 DE NOVIEMBRE
    DOCM: 19/11/12 Orden de 15/11/2012, por la que se regulan los programas de formación en alternancia con el empleo, y se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a dichos programas.
    R.D. 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se regula el contrato formación y aprendizaje.
    Orden ESS 2518/2013, por la que se regulan aspectos formatos formativos del contrato para la formación y el aprendizaje.
    DOCM: 25/10/17 Resolución de 19/10/2017, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para talleres de empleo en 2017. Extracto BDNS (Identif.): 367420.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030626 CONVOCATORIA DEL CONCURSO "30 AÑOS DE ESPAÑA EN LA UNION EUROPEA"

    Plazo de resolución

    7 DE MAYO DE 2016

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKL0 CONVOCATORIA DEL CONCURSO ARTISTICO "30 AÑOS DE ESPAÑA EN LA UNION EUROPEA"

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Jue, 24 Mar 2016 al Sáb, 23 Abr 2016

    Objeto

    La presente Resolución tiene por objeto convocar el concurso artístico - 30 años de España en la Unión Europea -

    Destinatarios

    Al concurso podrán concurrir los jóvenes o, en las modalidades que lo permiten, los grupos de jóvenes, residentes en Castilla-La Mancha que tengan entre 18 y 25 años cumplidos a fecha de 1 de junio de 2016.

    Requisitos

    Al concurso podrán concurrir individualmente o en grupo los jóvenes residentes en Castilla-La Mancha de entre 18 y 25 años cumplidos a fecha de 1 de junio de 2016.
    Cinco modalidades:
    - Diseño de imagen gráfica: individual o grupo hasta 4 personas. Diseño no fotográfico, para material físico y multimedia, que se ubicará junto a la imagen del Centro Europe Direct.
    - Fotografía: individual o grupo hasta 4 personas. Fotografía o colección fotográfica sobre 30 años de España en la UE, mínimo de 2 y máximo de 6, en b/n o color, con tamaño entre 18 x 24 cm y 40 x 50 cm.
    - Realización de cortometrajes: grupo de hasta 5 personas. ¿Qué significa Europa para ti? Obra con duración máxima de 15 minutos en soporte digital.
    - Microrrelato: individual. Obra en castellano, 30 años de España en la UE, de 1 a 5 páginas en DIN-A4, una cara, doble espacio, 12 pto.
    - Obra abierta-Artes plásticas: individual. 30 años de España en la UE. Tamaño máximo de 60 x 60 cm. Se pueden presentar fotografías.

    Importe

    Se concederá un premio en cada una de las modalidades de Diseño de imagen gráfica, Fotografía, Realización de Cortometrajes, Microrrelato y Obra abierta-Artes plásticas, pudiéndose no obstante declararse desierta la convocatoria o concederse uno o varios áccesit en cualquiera de las modalidades. Todos los premiados recibirán un diploma acreditativo y viajarán a Bruselas para visitar la sede del Parlamento Europeo en esta capital. El premio incluye pues los gastos de desplazamiento (billetes de avión Madrid/Bruselas - Bruselas/Madrid), una noche de alojamiento en Bruselas, desayuno y cena. El viaje se realizará en dos días laborables de la última quincena del mes de junio.

    Criterios

    Para la valoración de los trabajos presentados, se constituirá un jurado de selección.
    El jurado valorará la originalidad y creatividad de las obras y su relación con el tema propuesto.

    Documentación a aportar

    Las solicitudes de participación, según el Anexo, junto con los trabajos y las fichas técnicas y artísticas.
    En el caso de la modalidad Obra abierta-Artes plásticas se podrá presentar fotografías de la obra en lugar de la misma.

    Lugar de presentación

    Registro general de Vicepresidencia o de las Delegaciones de la Junta o de las Oficinas de Información y Registro, o a través de las Oficinas de Correos.

    De forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la dirección: http:/www.jccm.es.

    Información Adicional

    Dirección General de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos
    Vicepresidencia
    Dirección Postal: Plaza del Cardenal Silíceo, s/n - 45071 Toledo
    Teléfono: 925 286 269
    Correo electrónico: europa@jccm.es
    DOCM: 23/03/16 Resolución de 10/03/2016, Dirección General de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos, por la que se convoca el concurso artístico 30 años de España en la Unión Europea.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030644 PREMIO INTERNACIONAL DE CASTILLA-LA MANCHA A LA IGUALDAD DE GENERO "LUISA DE MEDRANO"

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKMC CONVOCATORIA DEL IV PREMIO INTERNACIONAL DE CASTILLA-LA MANCHA A LA IGUALDAD DE GENERO LUISA DE MEDRANO

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Sáb, 03 Nov 2018 al Mié, 02 Ene 2019

    Objeto

    Convocar el IV Premio Internacional de Castilla-La Mancha a la igualdad de género Luisa de Medrano

    Destinatarios

    Las personas físicas que sean mayores de edad así como los colectivos, entidades o instituciones que con su trayectoria o labor hayan destacado o destaquen en la defensa de la igualdad de derechos y de oportunidades entre mujeres y hombres

    Requisitos

    Las personas físicas que sean mayores de edad así como los colectivos, entidades o instituciones que con su trayectoria o labor hayan destacado o destaquen en la defensa de la igualdad de derechos y de oportunidades entre mujeres y hombres.

    Importe

    El IV Premio Internacional de Castilla-La Mancha a la igualdad de género ¿Luisa de Medrano¿ está dotado con 15.000 euros y un diploma de reconocimiento.
    Para 2019, la partida presupuestaria a cargo de la cual se materializará el premio es la 70.01.323B.48126

    Criterios

    Los recogidos en el apartado sexto de la Resolución por la que se convoca el IV Premio Internacional de Castilla-La Mancha a la igualdad de género Luisa de Medrano.

    Documentación a aportar

    a) Méritos y motivación en los que se basa la propuesta, de acuerdo con el apartado cuarto de la convocatoria.
    b) Cualquier otra información o documentación que justifique la idoneidad de la propuesta formulada.

    Lugar de presentación

    Las candidaturas podrán ser presentadas únicamente de forma telemática con firma electrónica, por instituciones públicas o particulares, entidades profesionales, culturales o benéficas, mediante propuesta dirigida a la persona titular del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (httpps://jccm.es)
    Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, ley que tiene por finalidad la consecución de la igualdad real.
    DOCM: 25/11/10 Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha
    DOCM: 21/11/02 Ley 22/2002, de 21/11/2002, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE CREACION DEL INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA
    DOCM: 15/06/16 Orden de 06/06/2016, de la Vicepresidencia, por la que se regula la concesión del Premio Internacional de Castilla-La Mancha a la Igualdad de Género Luisa de Medrano.
    DOCM: 02/11/18 Resolución de 25/10/2018, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convoca el IV Premio Internacional de Castilla-La Mancha a la Igualdad de Género Luisa de Medrano.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    180138 CONVOCATORIA DEL PROGRAMA MODULAR¿MASTER EN ETICA Y DEONTOLOGIA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES EN LA DIRECCION PUBLICA¿ DENTRO DEL PLAN DE FORMACION PARA EMPLEADOS PUBLICOS DE LA ADMINISTRACION DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTI

    Plazo de resolución

    UN MES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SK9Y CONVOCATORIA DEL MASTER EN ETICA Y DEONTOLOGIA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES EN LA DIRECCION PUBLICA

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Vie, 01 Jul 2016 al Vie, 15 Jul 2016

    Objeto

    El Máster tiene como objetivo proporcionar a los participantes las herramientas necesarias para el análisis de la dimensión ética del trabajo profesional, en concreto, los deberes morales de los empleados públicos, así como dotar de conocimientos de análisis necesarios para que se produzca una reflexión sobre los comportamientos éticos y deontológicos del personal en servicio activo de la Administración Regional que ocupen puestos con responsabilidad en la gestión pública.

    Destinatarios

    El Máster tiene como destinatarios al personal graduado o licenciado en situación de servicio activo de la Administración Regional y sus Organismos Autónomos (excluido el personal docente, salvo que desempeñen puestos de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo aprobada por el Decreto 161/1989, de 28 de diciembre de 1989) y al personal graduado o licenciado estatutario en servicio activo del SESCAM. El número total de participantes no excederá de 40.

    Requisitos

    Son requisitos exigidos para la participación en el Máster los siguientes: 1. Ostentar la condición de empleado público en situación de servicio activo de la Administración Regional y sus Organismos Autónomos (excluido el personal docente, salvo que desempeñen puestos de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo aprobada por el Decreto 161/1989, de 28 de diciembre de 1989), o de personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM). 2. Disponer de titulación universitaria superior (Grado, Licenciatura, Ingeniería o Arquitectura)

    Importe

    Los participantes seleccionados deberán abonar a la Universidad Nacional de Educación a Distancia, en la forma y lugar que oportunamente se les indique, la cantidad de cuatrocientos euros (400¿) en concepto de derechos académicos. El impago será motivo para causar baja en la acción formativa.

    Criterios

    De entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos en las bases, la Escuela de Administración Regional de Castilla-La Mancha junto con el Departamento de la UNED promotor del Máster, seleccionará a los participantes, pudiéndose solicitar la aportación de datos profesionales o académicos complementarios a los de la solicitud, y realizar, en su caso, una entrevista personal.

    Documentación a aportar

    Además de los datos que deben hacerse constar en la solicitud de participación (datos personales, datos administrativos y datos de contacto) los solicitantes no deberán acompañar a la misma ninguna documentación adicional salvo que por parte de la Escuela de Administración Regional fueran requeridos para aportar datos profesionales o académicos complementarios a los de la solicitud, o convocados a la realización de una entrevista personal.

    Lugar de presentación

    La solicitud para el personal de la Administración de la JCCM y sus OOAA se realizará exclusivamente a través de la aplicación informática de Gestión de la Formación de la EAR, a la que se podrá acceder a través de la dirección Web:https://eargestionformacion.jccm.es.

    La solicitud para el personal estatutario del SESCAM se realizará a través de la dirección de correo electrónico formacion.ear@jccm.es, debiendo especificar en ella: datos personales, datos administrativos y datos de contacto.

    Información Adicional

    Para obtener información adicional sobre esta convocatoria, los interesados podrán dirigirse a la Escuela de Administración Regional a través de cualquiera de los canales habilitados al efecto:
    - Presencial: Escuela de Administración Regional. Servicio de Formación. Calle Río Cabriel, s/n. 45071 Toledo
    - Teléfono: 925389290 Fax: 925265658
    - A través de correo electrónico: formacion.ear@jccm.es
    DOCM: 22/03/11 Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha
    Resolución de 9 de octubre de 2013, de la Secretaría de Estado para las Administraciones Públicas (B.O.E. de 21 de octubre) por la que se publica el Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 19 de julio de 2013
    Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
    DOCM: 30/06/16 Resolución de 22/06/2016, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca la acción formativa del Programa Modular Máster en Ética y Deontología de los Servidores Públicos: Principios Fundamentales en la Dirección Pública.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

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