CONVOCATORIA DE TALLERES DE EMPLEO | Sede Electrónica

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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PROCEDIMIENTO

030136 PROGRAMAS DE FORMACION EN ALTERNANCIA CON EL EMPLEO

Plazo de resolución

4 MESES

Efectos silencio

Desestimatorio

SJL0 CONVOCATORIA DE TALLERES DE EMPLEO

Plazo de presentación de solicitudes


Del Jue, 26 Oct 2017 al Jue, 23 Nov 2017

Objeto

Los Talleres de Empleo son un programa de formación dual de empleo y formación, que tiene como objeto mejorar la ocupación de las personas desempleadas incluidas en los colectivos a los que van dirigidos, mediante la realización de obras o servicios de interés general y/o social que posibiliten al alumnado trabajador la realización de un trabajo efectivo mediante el contrato para la formación y el aprendizaje que favorezca su inserción laboral posterior.

Destinatarios

Solicitantes:
a) Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas Entidades Locales.

b) Órganos, organismos autónomos y otros entes públicos de la Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

c) Consorcios con sede y ámbito territorial de actuación en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

d) Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, con sede y ámbito territorial de actuación en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Beneficiarios:

Personas desempleadas mayores de 25 años que cumplan los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato para la formación y el aprendizaje.

Requisitos

a) Tener el domicilio social o disponer, al menos, de una delegación o centro de trabajo en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.
b) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionadas, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones tributarias, y frente a la Seguridad Social, en la forma determinada reglamentariamente.
d) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
e) No hallarse incursa en ninguna de las circunstancias contempladas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre

Importe

El cálculo de la subvención para sufragar los costes de formación profesional para el empleo y formación complementaria durante todas las fases de los proyectos, se efectuará por hora/alumno/a trabajador/a y por módulos y fases. Módulo A: 3,67 euros/hora/alumno/a trabajador/a (costes salariales y cuotas del empleador a la Seguridad Social por todos los conceptos del personal directivo, docente y de apoyo) Módulo B: 1,02 euros/hora/alumno/a trabajador/a (gastos de formación y funcionamiento) También se subvencionan los gastos salariales derivados de los contratos para la formación y el aprendizaje que se suscriban con los alumnos/as trabajadores/as participantes de los Talleres de Empleo, con el importe equivalente al salario mínimo interprofesional anualmente establecido. Asimismo se subvencionan la totalidad de las cuotas a cargo del empleador correspondiente a la Seguridad Social, Fogasa y Formación Profesional establecidas para dichos contratos en su normativa específica.

Criterios

1. Ámbito del proyecto.
2. Adecuación del proyecto a las necesidades del ámbito o sector al que va dirigida la formación requerida
3. Calidad del plan formativo
4. Valoración de los resultados cualitativos y cuantitativos de proyectos anteriores de la misma entidad promotora

Documentación a aportar

Memoria del proyecto (según anexo II)

Poder bastante y subsistente en derecho que acredite las facultades de representación del firmante de la solicitud para actuar en nombre de la persona jurídica solicitante.
Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad.
Escritura pública de constitución y estatutos (incluidas las modificaciones en su caso) debidamente inscritos en el registro correspondiente (únicamente para asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro).
Documentación acreditativa de la titularidad jurídica del objeto de actuación y de su disponibilidad para la ejecución de la obra o servicio previstos. Además, en caso de no ser de titularidad pública:
-Titularidad privada. Escritura pública de cesión para uso público por un plazo no inferior a veinticinco años.
-Cuando el titular sea una de las entidades señaladas en el artículo 4 de la Orden de bases reguladoras o así lo estime la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo por el carácter social de la obra o servicio a realizar, autorización de los titulares para la actuación del Taller de Empleo, durante todo el período de desarrollo del proyecto.
Certificación acreditativa de la financiación de aquella parte del proyecto que no se subvenciona por parte la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
En su caso, compromiso de inserción laboral (Anexo III)
En su caso, compromiso de participación en la parte de prácticas no laborales (Anexo IV)

Lugar de presentación

Mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://www.jccm.es
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
DOCM: 29/11/02 Decreto Legislativo 1/2002, de 19/11/2002, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA
DOCM: 13/02/08 Decreto 21/2008, de 05/02/2008, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA EN MATERIA DE SUBVENCIONES, APROBADO POR DECRETO LEGISLATIVO 1/2002, DE 19 DE NOVIEMBRE
DOCM: 19/11/12 Orden de 15/11/2012, por la que se regulan los programas de formación en alternancia con el empleo, y se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a dichos programas.
R.D. 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se regula el contrato formación y aprendizaje.
Orden ESS 2518/2013, por la que se regulan aspectos formatos formativos del contrato para la formación y el aprendizaje.
DOCM: 25/10/17 Resolución de 19/10/2017, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para talleres de empleo en 2017. Extracto BDNS (Identif.): 367420.

Tramitación - Fuera de Plazo

Internet:Tramitación Online

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