Gobierno de Castilla-La Mancha

  • Regular los conciertos de reserva y ocupación de plazas para personas mayores con los titulares de Centros Residenciales, Centros de Mayores o Entidades que gestionen o presten servicios sociales.

    Criterios

    - Servicios esenciales y complementarios del Centro y calidad de los programas y servicios a desarrollar

  • Esta Resolución tiene por finalidad la concesión del uso de libros de texto al alumnado matriculado en centros públicos ó concertados de Castilla-La Mancha 3º 4º 5º ó 6º de educación primaria ó 1º, 2º 3º 4º de educación secundaria obligatoria para el curso escolar 2016/2017

    Criterios

    -Se concederá a los centros concertados en función del alumno/a que esté matriculado en 3º, 4º, 5º 4º ó 6º de primaria ó en 1º 2º 3º ó 4º de educación en el curso 16/17 cuya Renta per cápita sea inferior o igual a 4250¿. -Será condición necesaria que los centros privados concertados de Castilla-La Mancha en que esté matriculado el alumno soliciten la subvención.

  • Se convocan 50 becas de estudios para premiar el rendimiento académico de los alumnos de Ciclos formativos de Formación Profesional, matriculados en centros de Castilla-La Mancha sostenidos con fondos públicos, que hayan participado durante el curso 2013/14 en proyectos de F.P. Dual debidamente autorizados, o que inicien su participación durante el curso académico 2014/15 (solo alumnos de segundo curso).

    Criterios

    Criterios de valoración:

  • Se convocan 100 becas de estudios para el fomento del bilingüismo mediante la realización de estudios de idiomas extranjeros en España o en otros países, o mediante la realización de prácticas en países cuyo idioma oficial no sea el español.

    Criterios

    Criterios de valoración:

  • Regular la concesión de derechos de plantación de viñedo procedentes de la Reserva Regional, estableciendo las normas para la presentación de solicitudes, así como la documentación y requisitos exigidos para la concesión de estos derechos.

    Criterios

    a) Jóvenes Agricultores : 6 hectáreas. b) Agricultores titulares de Explotaciones Agrarias Prioritarias o Agricultores a Título Principal: 5 hectáreas c) Explotaciones inscritas en el Registro de Titularidad Compartida: 4 hectáreas. d) Resto de solicitantes: 2 hectáreas. Los Jóvenes Agricultores que además sean Agricultores a Título Principal, o titulares de una Explotación Agraria Prioritaria podrán beneficiarse de una adjudicación adicional de 3 hectáreas

  • Concesión de la Etiqueta Ecológica Europea para productos o servicios de empresas ubicadas en Castilla-La Mancha. Los productos deberán cumplir con los requisitos establecidos por el sistema de etiquetado ecológico de la Unión Europea. La etiqueta ecológica constituye un sistema de certificación único, cuyo objetivo es ayudar a los consumidores europeos a identificar los productos y servicios más ecológicos y respetuosos del medio ambiente.

    Criterios

    Cumplimiento de los criterios que establezca la Decisión de la Comisión para el producto objeto de etiquetado ecológico. Abono del correspondiente canon. La validez de la resolución queda a expensas de la firma por ambas partes del contrato tipo para el uso de la EEE.

  • PROCEDIMIENTO

    010390 CONCESION DE LICENCIAS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJRZ CONCESION DE LICENCIAS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

    Plazo de presentación de solicitudes

    Indicado en la convocatoria de concurso público.

    Objeto

    Prestar servicio en régimen de gestión indirecta de televisión digital terrestre local.

    Destinatarios

    Personas físicas y jurídicas, con los requisitos exigidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares.

    Requisitos

    Se establecerán en el pliego de cláusulas administrativas particulares.

    Documentación a aportar

    Se indicará en el pliego de cláusulas administrativas particulares.

    Lugar de presentación

    Se indicará en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
    DOCM: 10/07/01 Ley 8/2001, de 28/06/2001, PARA LA ORDENACION DE LAS INSTALACIONES DE RADIOCOMUNICACION EN CASTILLA-LA MANCHA
    DOCM: 19/04/07 Ley 10/2007, de 29/03/2007, DE MEDIOS AUDIOVISUALES DE CASTILLA-LA MANCHA
    DOCM: 29/11/13 Ley 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa.
    Real Decreto 439/2004, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Plan técnico nacional de televisión digital local, modificado por el Real Decreto 2268/2004, de 3 de diciembre y Real Decreto 944/2005, de 29 de julio.
    DOCM: 26/06/98 Decreto 59/1998, de 09/06/1998, POR EL QUE SE REGULA LA GESTION INDIRECTA DEL SERVICIO DE RADIODIFUSION SONORA EN ONDAS METRICAS CON MODULACION DE FRECUENCIA
    Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual ( BOE 01-04-2010)
    Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010041 CONCESION DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO A LOS FABRICANTES DE PRODUCTOS SANITARIOS A MEDIDA

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SJRG CONCESION DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO A LOS FABRICANTES DE PRODUCTOS SANITARIOS A MEDIDA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año

    Objeto

    Tramitación de la autorización administrativa de licencia de funcionamiento a los fabricantes de productos sanitarios a medida.

    Destinatarios

    Fabricantes de productos sanitarios a medida establecidos en el territorio de la comunidad de Castilla-La Mancha, así como a aquellas entidades que agrupan diferentes componentes de fabricación seriada para un paciente determinado, siempre que, a efectos de que el conjunto alcance la finalidad prevista, el procedimiento requiera la fabricación a medida.

    Requisitos

    Esta autorización deberán solicitarla antes de iniciar su actividad Cumplimiento de los requisitos establecidos en la Orden de 18-05-2004, de la Consejería de Sanidad por la que se regula la concesión de licencias de funcionamiento a los fabricantes de productos sanitarios a medida Cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto 13/2002, disposiciones que se dicten en su desarrollo y demás legislación específica aplicable a cada centro, servicio o establecimiento sanitario, así como, en su caso, la legislación vigente sobre la ordenación y planificación sanitaria en la comunidad autónoma

    Criterios

    Cumplimiento de los requisitos establecidos en la Orden de 18-05-2004, de la Consejería de Sanidad por la que se regula la concesión de licencias de funcionamiento a los fabricantes de productos sanitarios a medida.

    Documentación a aportar

    Los documentos que se deberán presentar junto con la instancia que figura en el anexo de la Orden de 18-05-2004, de la Consejería de Sanidad por la que regula la concesión de licencias de funcionamiento a los fabricantes de productos sanitarios a medida, son los siguientes:
    1.- Relación de los productos que se van a fabricar indicando los elaborados por ellos mismos y los elaborados o subcontratados por terceros.
    2.- Relación de actividades subcontratadas con los contratos correspondientes, en su caso.
    3.- Fotocopia compulsada de la licencia de fabricante de la empresa subcontratada si es de fuera de nuestra comunidad autónoma.
    4.- Modelo de etiquetado.
    5.- Organización general y memoria de actividades, incluyendo proyecto de plantilla de personal con especificación de las categorías profesionales y funciones del personal.
    6.- Designación del responsable técnico.
    7.- Fotocopia compulsada de la titulación académica o acreditación profesional del responsable técnico.
    8.- Procedimientos normalizados de fabricación y control.
    9.- Relación del equipamiento.
    10.- Comunicación de la primera comercialización del producto fabricado en su caso.

    Lugar de presentación

    Las solicitudes podrán presentarse en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.

    Información Adicional

    DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, ORDENACIÓN E INSPECCIÓN SANITARIA
    Consejería de Sanidad Avd. Francia, 4 - 45071-Toledo Teléfono: 925 26 70 99 Fax: 925 26 71 59

    DIRECCIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD

    ALBACETE. Avda. Guardia Civil, 5 - 02071 - ALBACETE Teléfono: 967 55 79 00 Fax: 967 55 79 20

    CIUDAD REAL. C/ Paloma, 7 - 13071 - CIUDAD REAL Teléfono: 926 27 60 00 Fax: 926 27 60 72

    CUENCA. C/ de las Torres, 10 - 16071 - CUENCA Teléfono: 969176500 Fax: 969176506

    GUADALAJARA.C/ Dr. Fernández Iparraguirre, 1 - 19071 - GUADALAJARA Teléfono: 949885500 Fax: 949216865

    TOLEDO. C/ Guadalmena, 2 - 45071 - TOLEDO TELÉFONO: 925 26 64 00 Fax: 925 26 72 91
    DOCM: 19/01/00 Ley 8/2000, de 30/11/2000, DE ORDENACION SANITARIA DE CASTILLA-LA MANCHA
    LEY 14/1986, DE 25 DE ABRIL, GENERAL DE SANIDAD.
    REAL DECRETO 437/2002, DE 10 DE MAYO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS PARA LA CONCESIÓN DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO A LOS FABRICANTES DE PRODUCTOS SANITARIOS A MEDIDA.
    DOCM: 18/01/02 Decreto 13/2002, de 15/01/2002, DE AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS DE CENTROS, SERVICIOS Y ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS
    DOCM: 28/05/04 Orden de 18/05/2004, POR LA QUE SE REGULA LA CONCESION DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO A LOS FABRICANTES DE PRODUCTOS SANITARIOS A MEDIDA .
    REAL DECRETO 1591/2009, DE 16 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS PRODUCTOS SANITARIOS.
    REAL DECRETO 1616/2009, DE 26 DE OCTUBRE, QUE REGULA LOS PRODUCTOS SANITARIOS IMPLANTABLES ACTIVOS.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030496 CONCESION DE PREMIOS EN METALICO POR EL HALLAZGO CASUAL DE OBJETOS Y RESTOS ARQUEOLOGICOS.

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJR1 CONCESION DE PREMIOS EN METALICO POR EL HALLAZGO DE OBJETOS Y RESTOS ARQUEOLOGICOS.

    Plazo de presentación de solicitudes

    En el plazo máximo de 48 horas desde que se haya producido el hallazgo.

    Objeto

    Evitar la apropiación de bienes que integran el Patrimonio Cultural de Castilla - La Mancha, a través del fomento de su entrega a la Administración Regional.

    Destinatarios

    El descubridor y el propietario del lugar en que hubiera sido encontrado el objeto.

    Requisitos

    Comunicación y entrega del hallazgo.

    Importe

    La mitad del valor que en tasación legal se le atribuya al bien, que se distribuirá entre el descubridor y el propietario del terreno, a partes iguales.

    Lugar de presentación

    Presentación presencial, en la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y en general, los lugares establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Por vía telemática, en la sede electrónica www.jccm.es

    Información Adicional

    Servicio de Patrimonio y Arqueología cuyo teléfono es 925 267543.
    DOCM: 24/05/13 Artículo 52 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla - La Mancha (D.O.C.M. nº: 100, de 24-05-2013).

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030514 CONCESION DEL DISTINTIVO DE EXCELENCIA EN IGUALDAD, CONCILIACION Y RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJZU CONCESION DEL "DISTINTIVO DE EXCELENCIA" EN IGUALDAD, CONCILIACION Y RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Jue, 19 Sep 2019 al Mié, 09 Oct 2019

    Objeto

    Reconocer públicamente la labor desarrollada por empresas radicadas en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha a favor de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, estimulando así la implantación de políticas igualitarias.

    Destinatarios

    Cualquier empresa implantada en Castilla-La Mancha, ya sea de carácter público o privado, que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 3 del Decreto 6/2003, de 7 de febrero, por el que se regula el procedimiento de concesión del Distintivo de Excelencia en Igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial.

    Requisitos

    Las empresas implantadas en Castilla-La Mancha, tanto de carácter público como privado, podrán solicitar el ¿Distintivo de Excelencia¿ siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
    a) Que hayan acordado con los sindicatos o representantes de su personal planes de igualdad.
    b) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
    c) No haber sido sancionadas en los tres años anteriores a la solicitud, con carácter firme, por infracción grave o muy grave en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación o por infracción muy grave en materia social, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
    d) Estar legalmente constituidas e inscritas en los registros públicos correspondientes.

    Criterios

    Los recogidos en el artículo 6 del Decreto 6/2013, de 7 de febrero, por el que se regula el procedimiento de concesión del Distintivo de Excelencia en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial, y que se contempla en la base novena de la Resolución de 5 de marzo de 2013,por la que se convoca el procedimiento de concesión del ¿Distintivo de Excelencia¿ en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial correspondiente al año 2013 y se establecen sus bases reguladoras

    Documentación a aportar

    1. Las formas de acreditar el cumplimiento de los requisitos generales serán las siguientes:
    Acreditación de requisitos mediante declaraciones responsables:
    a) Declaración responsable de hallarse al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
    b) Declaración firmada por la representación legal de la entidad, incluido en la solicitud, de no haber sido sancionada en los tres años anteriores a la solicitud con carácter firme, por infracción grave o muy grave en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación o por infracción muy grave en materia social, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto refundido de la Ley sobre Infracciones y sanciones en el Orden Social, aprobado por Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
    c) Declaración responsable de estar legalmente constituida e inscrita en los registros correspondientes.
    Documentación relativa al cumplimiento del resto de requisitos generales:
    a) Documento acreditativo de la implantación de la entidad solicitante en Castilla-La Mancha a través de la tarjeta de identificación fiscal o, en su caso, del Número de Identificación Fiscal (NIF)
    b) Documento acreditativo de la representación legal de quien firme la solicitud.
    c) Documento que acredite que el Plan de Igualdad ha sido acordado y aprobado con los sindicatos o representantes de personal; así como dicho Plan de Igualdad.
    2.- Documentación específica en materia de igualdad de oportunidades:
    Se deberá cumplimentar el modelo normalizado de cuestionario de evaluación y autoevaluación, conforme al Anexo I, aportando cualquier otra documentación que la empresa considere oportuna a los efectos de acreditar las medidas desarrolladas en materia de igualdad de oportunidades, conciliación o responsabilidad social, así como el modelo normalizado del informe de evaluación de los resultados del Plan de Igualdad en los dos últimos años conforme al Anexo II.

    Lugar de presentación

    Las empresas presentarán sus solicitudes únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm)

    Información Adicional

    Contra la misma podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación , ante la Consejería de Igualdad y Portavoz de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, de conformidad con lo estipulado en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    DOCM: 25/11/10 Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 12/02/13 Decreto 6/2013, de 07/02/2013, por el que se regula el procedimiento de concesión del Distintivo de Excelencia en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial.
    DOCM: 08/03/13 Resolución de 05/03/2013, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convoca el procedimiento de concesión del Distintivo de Excelencia en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial correspondiente al año 2013 y se establecen sus bases reguladoras.
    DOCM: 18/09/19 Resolución de 11/09/2019, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convoca el procedimiento de concesión del Distintivo de Excelencia en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial correspondiente al año 2019.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

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