Gobierno de Castilla-La Mancha

  • PROCEDIMIENTO

    010318 CUMPLIMIENTO ALTERNATIVO DE LA OBLIGACIO LEGAL DE RESERVA DE PLANTILLA A FAVOR DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD

    Plazo de resolución

    2 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    MKIX COMUNICACION DE MEDIDAS ALTERNATIVAS AL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION DE RESERVA DEL 2% DE PLANTILLA A FAVOR DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto permanentemente

    Objeto

    Adecuación del procedimiento establecido en el RD 364/2005, de 8 de abril para el cumplimiento alternativo, con carácter excepcional, de la obligación legal de reserva de una cuota mínima del 2 por ciento de la plantilla a favor de trabajadores con discapacidad, a las normas propias de la organización de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Destinatarios

    Empresas públicas o privadas:
    -que empleen a un número de 50 o más trabajadores,
    -que estén ubicadas íntegramente en el territorio de Castilla-La Mancha, así como aquellas otras que, disponiendo de centros de trabajo en otras comunidades, tengan al menos el 85 por ciento de su plantilla radicado en esta Comunidad Autónoma, y
    -que tengan resolución favorable de declaración de excepcionalidad de la obligación de reserva de plantilla a favor de personas con discapacidad en vigor dictada por el órgano autonómico competente en la materia.

    Requisitos

    Disponer de resolución favorable de declaración de excepcionalidad de la obligación de reserva de plantilla a favor de personas con discapacidad en vigor dictada por el órgano autonómico competente en la materia.

    Importe

    El importe anual de las medidas alternativas será el siguiente: - Los contratos celebrados por la empresa obligada con un centro especial de empleo o trabajador autónomo con discapacidad para la realización de suministros, prestación de servicios o constitución de un enclave laboral, tendrán una cuantía mínima de tres veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) anual por cada uno de los trabajadores con discapacidad dejados de contratar por debajo de la cuota del 2 por ciento de la plantilla de la empresa.
    - Las donaciones o acciones de patrocinio de carácter monetario a favor de fundaciones o asociaciones de utilidad pública, cuyo objeto social sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo a favor de las personas con discapacidad, tendrán un importe mínimo de 1,5 veces el IPREM anual por cada uno de los trabajadores dejados de contratar por debajo de la cuota del 2 por ciento de la plantilla de la empresa.

    Documentación a aportar

    La comunicación de las medidas alternativas adoptadas se realizará mediante el modelo del Anexo III de la Orden de 16-12-2008, debidamente cumplimentado y aportando, en función de la medida aplicada en cada caso, la documentación siguiente:
    - Contrato mercantil o civil, suscrito por la empresa con un centro especial de empleo o trabajador autónomo con discapacidad, para el suministro de materias o prestación de servicios (medidas a y b del artículo 4).
    - Justificante de la donación o acción de patrocinio (medida c).
    - Contrato con un centro especial de empleo para la constitución de un enclave laboral (medida d). Además de la documentación citada, se deberá presentar cualquier otra que sea requerida para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa aplicable.

    Lugar de presentación

    a) En los Servicios Centrales de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en cualquiera de sus Direcciones Provinciales o en las Oficinas de Empleo. b) Como establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. c) Por Internet

    Información Adicional

    La declaración de excepcionalidad tendrá una validez de tres años, contados a partir del día siguiente a su notificación. Las medidas alternativas adoptadas se ejecutarán dentro de este plazo de validez, debiendo destinarse anualmente al cumplimiento de las mismas, las cantidades que resulten de aplicar en cada caso las reglas contenidas en el artículo 5 de la Orden de 16-12-2008. Los contratos de suministros, prestación de servicios o constitución de un enclave laboral deberán formalizarse dentro de los tres meses siguientes a la notificación de la declaración de excepcionalidad. Las donaciones y patrocinios podrán realizarse en cualquier momento, dentro de cada uno de los años de vigencia de la excepcionalidad. La aplicación de la medida adoptada será comunicada por la empresa en el plazo de un mes desde su inicio en el modelo normalizado disponible en esta misma sede electrónica. Transcurrido el plazo de validez, las empresas deberán solicitar una nueva declaración si subsistiera la obligación principal y la causa de excepcionalidad.
    Recibida la comunicación por parte de la empresa, la Consejería de Economía, Empresas y Empleo dará traslado de la misma a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para su comprobación de acuerdo a la Resolución emitida.
    Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero (BOE de 21-02-2004)
    Real Decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE de 20-04-2005)
    DOCM: 23/12/08 Orden de 16/12/2008, de la Consejería de Trabajo y Empleo, POR LA QUE SE ADAPTA EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN EL REAL DECRETO 364/2005, 8 DE ABRIL, PARA EL CUMPLIMIENTO ALTERNATIVO CON CARACTER EXCEPCIONAL DE LA CUOTA DE RESERVA A FAVOR DE LOS TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD, A LAS NORMAS PROPIAS DE LA ORGANIZACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA-LA MANCHA
    DOCM: 16/07/15 Decreto 81/2015, de 14/07/2015, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
    Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de las Personas con Discapacidad (BOE de 30-04-1982).

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • Modificar los términos del reconocimiento de la ayuda concedida, de conformidad con las nuevas circunstancias.

  • Modificar los términos del reconocimiento de la ayuda concedida, de conformidad con las nuevas circunstancias.

  • PROCEDIMIENTO

    040086 APROBACION DE PLANES TERRITORIALES PARA EL DESPLIEGUE DE REDES E INSTALACIONES DE RADIOCOMUNICACION DE OPERADORES

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SJQV COMUNICACION DE MODIFICACION DE PLANES TERRITORIALES PARA EL DESPLIEGUE DE REDES E INSTALACIONES DE RADIOCOMUNICACION DE OPERADORES

    Plazo de presentación de solicitudes

    No opera

    Lugar de presentación

    Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
    DOCM: 10/07/01 Ley 8/2001, de 28/06/2001, , PARA LA ORDENACION DE LAS INSTALACIONES DE RADIOCOMUNICACION EN CASTILLA-LA MANCHA

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    120050 TARJETA PARA LA ATENCION SANITARIA EN EL SESCAM

    Plazo de resolución

    2 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    MKKO COMUNICACION DE MODIFICACION DE REQUISITOS PARA LA INCLUSION EN EL SISTEMA SANITARIO PUBLICO DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Un mes desde que se produzca la modificación de circunstancias personales y de residencia que puedan suponer la extinción de la prestación de asistencia sanitaria por incumplimiento de los requisitos establecidos en el art. 2.1. de la Orden de 9/2/2016

    Objeto

    Comunicación de la modificación de circunstancias personales y/o de residencia que puedan suponer la extinción de la prestación de asistencia sanitaria por incumplimiento de requisitos establecidos en el art. 2.1 de la Orden de 9 de febrero de 2016, de la Consejería de Sanidad, sobre acceso universal a la atención sanitaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

    Destinatarios

    Población inmigrante en situación irregular en Castilla-La Mancha que cuenten con la Tarjeta para la Atención Sanitaria en el SESCAM regulada en la Orden de 9 de febrero de 2016 de la Consejería de Sanidad, de acceso universal a la atención sanitaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

    Requisitos

    Modificación de circunstancias personales y/o de residencia establecidas en el art. 2.1 de la Orden de 9 de febrero de 2016, de la Consejería de Sanidad, sobre acceso universal a la atención sanitaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

    Criterios

    Dejar de reunir los requisitos exigidos en la Orden de 9 de febrero de 2016, de la Consejería de Sanidad, de acceso universal a la atención sanitaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

    Documentación a aportar

    Fotocopia del documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante. Otra documentación.

    Lugar de presentación

    - En formato papel: en el centro de salud correspondiente al lugar de residencia de la persona interesada, así como en cualquiera de los lugares previstos en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

    - En formato electrónico, a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es) o en la dirección (http://sescam.jccm.es).

    Información Adicional

    La solicitud inicial de la tarjeta para la atención sanitaria a la población inmigrante en situación irregular en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, se deberá formular en el modelo existente para ello. Para más información pinche en el siguiente enlace:

    Solicitud de tarjeta para la atención sanitaria en el SESCAM
    DOCM: 23/02/16 Orden de 09/02/2016, de la Consejería de Sanidad, de acceso universal a la atención sanitaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040274 MODIFICACION EN LA ACTIVIDAD PRODUCTIVA DE LA EMPRESA ARTESANA

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SKAB COMUNICACION DE MODIFICACION EN LA ACTIVIDAD PRODUCTIVA DE LA EMPRESA ARTESANA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Considerar, cuando los titulares de la empresa artesana proyecten introducir modificaciones sustanciales en las características de la actividad o del proceso productivo de la empresa, la compatibilidad o no con la condición de empresa artesana.

    Destinatarios

    Empresas artesanas, que con carácter habitual realicen una actividad comprendida en el Repertorio de Actividades y Oficios Artesanos de Castilla-La Mancha dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

    Documentación a aportar

    Memoria detallada en la que se especifiquen los cambios o modificaciones propuestas, así como las alegaciones que se estimen oportunas y que fundamenten su petición.

    Lugar de presentación

    a) Preferentemente, de forma telemática mediante el envío de dicho modelo a través del apartado "tramitación online" mediante D.N.I. electrónico o certificado electrónico de la FNMT. b) En el registro de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla-La Mancha, en las Direcciones Provinciales de la citada Consejería, o en cualquiera de los registros y medios previstos en el artículo 38.4 de la LRJAPAC.

    Información Adicional

    La documentación a entregar a la que se hace referencia anteriormente se tramitará de acuerdo con lo previsto en el Capítulo IV del Decreto 119/2009, de 25/08/2009, por el que se establecen los requisitos para la obtención del Carné de Artesano y el Título de Empresa Artesana de Castilla-La Mancha, si ello supone un cambio sustancial del oficio o actividad artesana.
    DOCM: 28/08/09 Decreto 119/2009, de 25/08/2009, por el que se establecen los requisitos para la obtención del Carné de Artesano y el Título de Empresa Artesana de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 26/02/10 Decreto 9/2010, de 23/02/2010, por el que se establece el Repertorio de Actividades y Oficios Artesanos de Castilla-La Mancha
    DOCM: 24/07/02 Ley 14/2002, de 11/07/2002, , ORDENACION Y FOMENTO DE LA ARTESANIA DE CASTILLA-LA MANCHA

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • Comunicación al órgano que autorizó el parque eólico de modificación no sustancial o repotenciación mediante cambios técnicos que supongan modificación no sustancial.

  • Comunicar a la Administración las modificaciones a las inversiones previstas en el proyecto aprobado.

  • PROCEDIMIENTO

    020269 COMUNICACION DE MODIFICACIONES EN LAS AGRUPACIONES DE DEFENSA SANITARIA GANADERA.

    Plazo de resolución

    30 DÍAS CONTADOS DESDE EL REGISTRO DE LA SOLICITUD.

    Efectos silencio

    Estimatorio

    ML6P COMUNICACION DE MODIFICACIONES EN LOS DATOS O SOCIOS DE LAS ADSG Y SU REGISTRO REGIONAL

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto permanentemente

    Objeto

    El objeto es que las ADSG oficialmente reconocidas en Castilla La Mancha comuniquen a la Administración las modificaciones que se puedan producir.

    Destinatarios

    Las ADSGs oficialmente reconocidas por la Dirección General de Agricultura y Ganadería, que realicen alguna modificación.

    Requisitos

    Que se sigan cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 3 del presenta decreto, que dieron lugar a la autorización y registro de la ADSG.

    Criterios

    Para que las modificaciones queden oficialmente reconocidas se deben seguir cumpliendo los requisitos establecidos por el artículo 3 del presente Decreto, que dieron lugar a la autorización, y presentar la documentación que en cada caso corresponda, por las vías establecidas en al artículo 6.

    Documentación a aportar

    Según corresponda:

    - Solicitud de alta/baja de socios/a (Anexo IV.A).
    - Solicitud de autorización/baja de responsables veterinarios y documentación que debe acompañar a esta solicitud, en caso de alta (Anexo IV.B).
    - Acta donde quede reflejada la decisión de la ADSG de modificar el responsable de la presidencia.
    - Modificación de estatutos.
    - Otros

    Lugar de presentación

    Telemáticamente con firma electrónica a través del formulario que se incluirá en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).

    Información Adicional

    sanidadanimal@jccm.es
    DOCM: 09/05/19 Decreto 35/2019, de 30 de abril, por el que se regulan las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera (ADSG) en Castilla-La Mancha y el registro regional de las mismas.

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010279 COMUNICACION DE MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES Y AUTORIZACION AMBIENTAL INTEGRADA.

    Plazo de resolución

    1 MES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    MJB8 COMUNICACION DE MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES Y AUTORIZACION AMBIENTAL INTEGRADA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Previo a la realización del proyecto.

    Objeto

    Modificación, si procede de la autorización ambiental integrada anteriormente concedida, en los términos del artículos 10 de la Ley 16/2002.

    Destinatarios

    nstalaciones afectadas por la Ley 16/2002 que dispongan de autorización ambiental integrada en vigor y que deseen realizar modificaciones en sus instalaciones.

    Requisitos

    Disponer de autorización ambiental integrada en vigor y presentar proyecto de la modificación solicitada.

    Criterios

    Ley 16/2002, Real Decreto 509/2007 y Guías de mejores Técnicas Disponibles.

    Documentación a aportar

    Proyecto de la modificación solicitada.

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede

    Información Adicional

    Este procedimiento conlleva el pago de una tasa, para más información Pinche aquí
    DOCM: 08/05/15 Decreto 22/2015, de 30/04/2015, de reducción de plazos y modificación del sentido del silencio administrativo en determinados procedimientos tramitados por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

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