Gobierno de Castilla-La Mancha

  • Si el establecimiento cumple los requisitos establecidos y presenta la solicitud de adhesión, la Administración verificará de oficio que cumple con los requisitos exigidos y disponen de la correspondiente habilitación para operar como empresa instaladora de equipos térmicos desde ese momento, en caso contrario será denegado el acceso a la aplicación informática de gestión de las ayudas.

    Criterios

    Cumplir los requisitos establecidos y aportar la documentación prevista en en la Orden por la que se establecen las bases reguladoras.

  • PROCEDIMIENTO

    010449 SELECCION ENTIDADES COLABORADORAS Y ADHESION DE ESTABLECIMIENTOS AYUDAS PLAN RENOVE DE SALAS DE CALDERAS

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJZM ADHESION DE EMPRESAS INSTALADORAS A LA CAMPAÑA DE AYUDAS PARA LA SUSTITUCION DE SALAS DE CALDERAS EN CASTILLA-LA MANCHA.

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Sáb, 02 Mayo 2015 al Vie, 19 Jun 2015

    Objeto

    Si el establecimiento presente la solicitud de adhesión y cumple los requisitos marcados en las bases reguladoras, se procede a darle de alta como establecimiento adherido en el aplicativo informático de gestión de las ayudas surtiendo efectos la adhesión a partir de ese momento.

    Destinatarios

    Aquellos establecimientos de venta al público e instalación de calderas de alta potencia con implantación en Castilla-La Mancha que estuvieran interesados en participar en la campaña de ayudas conforme al procedimiento previsto en las bases de la convocatoria.

    Requisitos

    Estar habilitada como empresa instaladora. Estar implantada en Castilla-La Mancha

    Criterios

    Cumplir los requisitos establecidos en la Orden de convocatoria y presentar la solicitud de adhesión en los plazos establecidos en la orden reguladora de las ayudas.

    Documentación a aportar

    a) Declaración sobre la aceptación de las bases de la convocatoria y de adhesión al programa respectivo elegido. b) Razón o sede social, domicilio y dirección de la empresa. c) NIF, nombre y apellidos del gerente o persona responsable de la empresa a los efectos de la participación en el citado programa. d) Declaración sobre posibilidad de la empresa de acceder a internet, correo electrónico y teléfono de contacto.

    Lugar de presentación

    -Los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y el Procedimiento Administrativo Común; -Presentación vía telemática a través del registro electrónico, en la página web www.jccm.es, mediante firma electrónica,

    Información Adicional

    La adhesión a la campaña de ayudas es en todo caso libre y gratuita.
    Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    DOCM: 13/02/08 Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero.
    DOCM: 20/04/15 Orden de 15/04/2015, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la sustitución de ventanas, sustitución de calderas individuales, sustitución de salas de calderas, instalación de detectores de presencia y se convocan las mismas.
    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    DOCM: 22/02/02 Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010453 SELECCION DE ENTIDADES COLABORADORAS Y ADHESION DE ESTABLECIMIENTOS AYUDAS PLAN DE INSTALACION DE DETECTORES DE PRESENCIA

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SK04 ADHESION DE EMPRESAS INSTALADORAS AL PLAN DE INSTALACION DE DETECTORES DE PRESENCIA EN CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Sáb, 02 Mayo 2015 al Vie, 19 Jun 2015

    Objeto

    Si el establecimiento cumple los requisitos establecidos y presenta la ficha o solicitud de adhesión, la Administración procede a darle de alta como establecimiento adherido en el aplicativo informático de gestión de las ayudas surtiendo efectos la adhesión a partir de ese momento.

    Destinatarios

    Aquellos empresas instaladoras del sector eléctrico con venta al público e instalación de detectores de presencia con implantación en Castilla-La Mancha, que estuvieran interesados en participar en la campaña de ayudas conforme al procedimiento previsto en las bases de la convocatoria.

    Requisitos

    Estar habilitada como empresa instaladora. Estar implantanda en Castilla-La Mancha.

    Criterios

    Cumplir los requisitos establecidos en la Orden de convocatoria y presentar la solicitud de adhesión en los plazos establecidos en la orden reguladora de las ayudas.

    Documentación a aportar

    a) Declaración sobre la aceptación de las bases de la convocatoria y de adhesión al programa respectivo elegido. b) Razón o sede social, domicilio y dirección de la empresa. c) NIF, nombre y apellidos del gerente o persona responsable de la empresa a los efectos de la participación en el citado programa. d) Declaración sobre posibilidad de la empresa de acceder a internet, correo electrónico y teléfono de contacto.

    Lugar de presentación

    -Los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y el Procedimiento Administrativo Común; -Presentación vía telemática a través del registro electrónico, en la dirección: "www.jccm.es", mediante firma electrónica,
    Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    DOCM: 20/04/15 Orden de 15/04/2015, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la sustitución de ventanas, sustitución de calderas individuales, sustitución de salas de calderas, instalación de detectores de presencia y se convocan las mismas.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • Posibilitar que los Municipios y Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio (EATIM) de Castilla-La Mancha que estén interesados puedan solicitar su adhesión al Programa de Apoyo a las Artes Escénicas de Castilla-La Mancha de cara a su participación en la programación de diferentes temporadas de espectáculos en el año 2016.

    Criterios

    El Servicio de Actividades Culturales de la Viceconsejería de Cultura será el encargado de recibir los documentos de adhesión y comprobar de oficio el cumplimiento de lo dispuesto en la base segunda de la presente Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases y la convocatoria para la adhesión de Entidades Locales al Programa de Apoyo a las Artes Escénicas en 2016.

  • PROCEDIMIENTO

    150017 SELECCION ENTIDADES COLABORADORAS Y ADHESION DE ESTABLECIMIENTOS AYUDAS PLAN RENOVE DE ELECTRODOMESTICOS

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SJZ6 ADHESION DE ESTABLECIMIENTOS NO ASOCIADOS A LAS ENTIDADES COLABORADORAS SELECCIONADAS, A LA CAMPAÑA DE AYUDAS DEL PLAN RENOVE DE ELECTRODOMESTICOS EN CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Mar, 05 Mayo 2015 al Lun, 18 Mayo 2015

    Objeto

    Si el establecimiento cumple los requisitos establecidos y presenta la ficha o solicitud de adhesión, la Administración procede a darle de alta como establecimiento adherido en el aplicativo informático de gestión de las ayudas surtiendo efectos la adhesión a partir de ese momento.

    Destinatarios

    Aquellos establecimientos de venta al público de electrodomésticos con implantación en Castilla-La Mancha, abiertos a la fecha de solicitud de participación, que no estando asociados previamente a las entidades colaboradoras seleccionadas, estuvieran interesados en participar en la campaña conforme al procedimiento previsto en las bases de la convocatoria.

    Requisitos

    Deben ser establecimientos de venta al público de electrodomésticos con implantación en Castilla-La Mancha, abiertos a la fecha de solicitud de participación, que no estando asociados previamente a las entidades colaboradoras seleccionadas, estuvieran interesados en participar en la campaña conforme al procedimiento previsto en las bases de la convocatoria. En caso de establecimientos no asociados que con la misma razón social operen con varios locales de venta al público de electrodomésticos, deberán comunicar individualizadamente los datos de cada uno de ellos para que, por parte de la Administración, se proceda a su alta individualizada en el procedimiento, a efectos de su reconocimiento como establecimiento adherido, cumplimentando para ello una solicitud conforme al modelo incluido en el Anexo II de la Orden de convocatoria para cada establecimiento, al objeto de ser reconocido y habilitado por la Administración como establecimiento adherido a la campaña.

    Criterios

    Cumplir los requisitos establecidos en la Orden de convocatoria y presentar la solicitud de adhesión.

    Lugar de presentación

    Por fax nº 925-26-98-46, en cualquiera de los Registros y Oficinas previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, así como según lo dispuesto en los artículos 5 y 6 de la Orden de 07/10/2013, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se regula el Registro Único de Documentos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y se establecen los requisitos generales para su uso.
    DOCM: 25/03/15 Orden de 16/03/2015, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del Plan Renove de Electrodomésticos en Castilla-La Mancha destinadas a la compra de electrodomésticos de alta eficiencia energética, y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2015.
    Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040102 OFERTA, DESARROLLO Y CONVOCATORIA DE ADMISION A LAS ENSEÑANZAS MODULARES DE FORMACION PROFESIONAL DEL SISTEMA EDUCATIVO EN REGIMEN PRESENCIAL, EN EL AMBITO DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA- LA MANCHA, PARA EL CURSO ACADEMICO 2018/2019.

    Plazo de resolución

    2 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SIWC ADMISION A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO, MODALIDAD OFERTA MODULAR PRESENCIAL, PARA EL CURSO ACADEMICO 2019-2020.

    Plazo de presentación de solicitudes

    En Centros de Personas Adultas: desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria hasta el día 23 de septiembre, ambos inclusive. En el resto de centros del 13 al 27 de septiembre, ambos inclusive.

    Objeto

    Regular la oferta y el desarrollo de las enseñanzas modulares de ciclos formativos de Grado Medio de Formación Profesional Inicial del sistema educativo en régimen presencial, en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para el curso académico 2019/2020.

    Destinatarios

    1. En la oferta de módulos profesionales incluidos en títulos de Técnico de formación profesional, que se imparten en los centros educativos, los destinatarios serán las personas interesadas que tengan como mínimo18 años cumplidos a 31 de diciembre de 2019.

    2. En la oferta de módulos profesionales incluidos en títulos de Técnico de formación profesional, concretada en acuerdos entre un centro educativo y una entidad o empresa pública o privada, los destinatarios serán los trabajadores y trabajadoras de la empresa y los requisitos de los candidatos se ajustarán a lo dispuesto en el acuerdo específico entre el centro educativo y la entidad o empresa, correspondiendo, en cualquier caso, a la entidad o empresa fijar el número de alumnos que recibirán las enseñanzas específicas delimitadas en el acuerdo.

    Requisitos

    Para todos los casos tener 18 años o más a fecha 31 de diciembre de 2019.
    Además:
    ¿ Las personas que cumplan con los requisitos de acceso a un ciclo formativo de Grado Medio o Grado Superior, según lo establecido en la Orden 80/2017 de 25 de abril, podrán solicitar cualquier módulo de dicho ciclo.
    ¿ Las personas que no cumplan los requisitos de acceso a un ciclo formativo de Grado Medio o Grado Superior podrán solicitar los módulos asociados a unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, siempre que tengan experiencia laboral.

    Criterios

    1º Alumnado que cumpla los requisitos de acceso y durante el curso 2018/2019 haya estado matriculado en módulos profesionales del mismo ciclo y en el mismo centro donde solicita la oferta modular para el curso 2019/2020.
    2º Quienes accedan por primera vez a esta modalidad y posean los requisitos de acceso , priorizando por la nota media del expediente académico de cualquiera de las titulaciones que dan acceso a las enseñanzas.
    3º Alumnado sin requisitos de acceso y experiencia profesional.

    Documentación a aportar

    Los solicitantes podrán otorgar autorización al órgano gestor para la comprobación de los datos correspondientes a la edad, como requisito para el acceso a dichas enseñanzas. En caso de no prestar dicha autorización, los interesados deberán aportar la documentación que acredite el cumplimiento del requisito de edad.

    Los solicitantes que posean requisitos de acceso a Ciclos formativos tendrán que aportar fotocopia del Título o certificación académica con indicación de la nota media obtenida.

    Los solicitantes que acrediten experiencia profesional deberán aportar la siguiente documentación: Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la mutualidad laboral a la que estuviera afiliado y contrato de trabajo o certificado de la empresa.

    Lugar de presentación

    1º Alumnado que cumpla los requisitos de acceso y durante el curso 2018/2019 haya estado matriculado en módulos profesionales del mismo ciclo y en el mismo centro donde solicita la oferta modular para el curso 2019/2020.

    2º Quienes accedan por primera vez a esta modalidad y posean los requisitos de acceso , priorizando por la nota media del expediente académico de cualquiera de las titulaciones que dan acceso a las enseñanzas.

    3º Alumnado sin requisitos de acceso y experiencia profesional.

    Información Adicional

    Centros de educación de personas adultas:
    Resolución provisional: 30 de septiembre
    Reclamaciones: hasta el 2 de octubre
    Resolución definitiva: 4 de octubre
    Matrícula: hasta el 8 de octubre.
    Resto de centros:
    Resolución provisional: 9 de octubre
    Reclamaciones: hasta el 11 de octubre
    Resolución definitiva: 15 de octubre
    Matrícula: hasta el 17 de octubre
    Toda la información publicada en portal de Educación: www.educa.jccm.es
    RD 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la Formación Profesional del sistema educativo.
    DOCM: 03/05/17 Orden 80/2017, de 25 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establece el procedimiento de admisión del alumnado a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio y Grado Superior en centros docentes de Castilla-La Mancha sostenidos con fondos públicos.
    DOCM: 11/07/14 Decreto 55/2014, de 10/07/2014, por el que se regula la Formación Profesional Básica del sistema educativo en Castilla-La Mancha.
    Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa
    Ley Orgánica 2/ 2006, de 3 de mayo, de Educación.
    DOCM: 28/07/10 Ley 7/2010, de 20/07/2010, de Educación de Castilla-La Mancha

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040102 OFERTA, DESARROLLO Y CONVOCATORIA DE ADMISION A LAS ENSEÑANZAS MODULARES DE FORMACION PROFESIONAL DEL SISTEMA EDUCATIVO EN REGIMEN PRESENCIAL, EN EL AMBITO DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA- LA MANCHA, PARA EL CURSO ACADEMICO 2018/2019.

    Plazo de resolución

    2 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SK35 ADMISION A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR, MODALIDAD OFERTA MODULAR PRESENCIAL, PARA EL CURSO ACADEMICO 2019-2020.

    Plazo de presentación de solicitudes

    En Centros de Personas Adultas: Desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria hasta el día 23 de septiembre, ambos inclusive. En el resto de centros del 13 al 27 de septiembre, ambos inclusive.

    Objeto

    Regular la oferta y el desarrollo de las enseñanzas modulares de ciclos formativos de Grado Superior de Formación Profesional Inicial del sistema educativo en régimen presencial, en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para el curso académico 2019/2020.

    Destinatarios

    1. En la oferta de módulos profesionales incluidos en Títulos de Formación Profesional que se imparten en los centros educativos, los destinatarios serán todas las personas interesadas que tengan como mínimo 18 años cumplidos a 31 de diciembre de 2019.

    2. En la oferta de módulos profesionales incluidos en títulos de Técnico Superior de formación profesional, concretada en acuerdos entre un centro educativo y una entidad o empresa pública o privada, los destinatarios serán los trabajadores y trabajadoras de la empresa y los requisitos de los candidatos se ajustarán a lo dispuesto en el acuerdo específico entre el centro educativo y la entidad o empresa, correspondiendo a la entidad o empresa fijar el número de alumnos que recibirán las enseñanzas específicas delimitadas en el acuerdo.

    Requisitos

    Para todos los casos tener 18 años o más a fecha 31 de diciembre de 2019.

    Además:

    ¿ Las personas que cumplan con los requisitos de acceso a un ciclo formativo de Grado Superior, según lo establecido en la Orden 80/2017 de 25 de abril, podrán solicitar cualquier módulo de dicho ciclo.

    ¿ Las personas que no cumplan los requisitos de acceso a un ciclo formativo de Grado Medio o Grado Superior podrán solicitar los módulos asociados a unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, siempre que tengan experiencia laboral.

    Criterios

    1º Alumnado que cumpla los requisitos de acceso y durante el curso 2018/2019 haya estado matriculado en módulos profesionales del mismo ciclo y en el mismo centro donde solicita la oferta modular para el curso 2019/2020.

    2º Quienes accedan por primera vez a esta modalidad y posean los requisitos de acceso , priorizando por la nota media del expediente académico de cualquiera de las titulaciones que dan acceso a las enseñanzas.

    3º Alumnado sin requisitos de acceso y experiencia profesional.

    Documentación a aportar

    Los solicitantes podrán otorgar autorización al órgano gestor para la comprobación de los datos correspondientes a la edad, como requisito para el acceso a dichas enseñanzas. En caso de no prestar dicha autorización, los interesados deberán aportar la documentación que acredite el cumplimiento del requisito de edad.
    Los solicitantes que posean requisitos de acceso a Ciclos formativos tendrán que aportar fotocopia del Título o certificación académica con indicación de la nota media obtenida.
    Los solicitantes que acrediten experiencia profesional deberán aportar la siguiente documentación: Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la mutualidad laboral a la que estuviera afiliado y contrato de trabajo o certificado de la empresa.

    Lugar de presentación

    a) De forma presencial, en el Registro de las Delegaciones Provinciales de Educación, Cultura y Deportes, así como por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    b) Mediante el envío telemático de datos, con firma electrónica, a través del formulario disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).

    Información Adicional

    Centros de educación de personas adultas:
    Resolución provisional: 30 de septiembre
    Reclamaciones: hasta el 2 de octubre
    Resolución definitiva: 4 de octubre
    Matrícula: hasta el 8 de octubre.

    Resto de centros:
    Resolución provisional: 9 de octubre
    Reclamaciones: hasta el 11 de octubre
    Resolución definitiva: 15 de octubre
    Matrícula: hasta el 17 de octubre

    Toda la información publicada en portal de Educación: www.educa.jccm.es
    DOCM: 11/07/14 Decreto 55/2014, de 10/07/2014, por el que se regula la Formación Profesional Básica del sistema educativo en Castilla-La Mancha.
    DOCM: 03/05/17 Orden 80/2017, de 25 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establece el procedimiento de admisión del alumnado a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio y Grado Superior en centros docentes de Castilla-La Mancha sostenidos con fondos públicos.
    RD 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la Formación Profesional del sistema educativo.
    Ley 7/2010, de 20/07/2010, de Educación de Castilla-La Mancha
    Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa
    Ley Orgánica 2/ 2006, de 3 de mayo, de Educación.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040040 ADMISION A EXAMENES DE APTITUD PARA LA OBTENCION DEL CERTIFICADO DE CUALIFICACION INDIVIDUAL

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    S978 ADMISION A EXAMENES DE APTITUD PARA LA OBTENCION DEL CERTIFICADO DE CUALIFICACION INDIVIDUAL

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Lun, 10 Jun 2019 al Vie, 13 Sep 2019
    Del Jue, 21 Mar 2019 al Vie, 03 Mayo 2019

    Objeto

    Definir el procedimiento de admisión a exámenes de aptitud para la obtención del certificado de cualificación individual

    Destinatarios

    Personas físicas

    Requisitos

    - Estar en posesión de la titulación, curso y edad que se indica en la Resolución de convocatoria de exámenes de 2019

    Importe

    Tasa aplicable conforme a las cuotas y tarifas establecidas en la Ley 7/2008, de 13 de noviembre de Regulación de tasas en materia de Industria, Energía y Minas de Castilla-La Mancha.
    TARIFA 16.3
    NOTAS IMPORTANTES:
    - Se abonará una tasa por examen.
    - La falta de justificación del pago de la tasa por derecho de examen determinará la exclusión del aspirante.

    Documentación a aportar

    Voluntariamente, junto a solicitud de admisión a examen, se podrá aportar la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria:
    - Copia del DNI o documentación acreditativa de la edad legal (si expresamente no se autorizó a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, en la solicitud de admisión a examen, para que pueda proceder a la comprobación de los datos acreditativos de la identidad y edad).
    - Titulación (si procede). Dado que solo se garantiza que la consulta para la verificación de la documentación esté disponible para títulos desde 1991, se deberán aportar los títulos anteriores a 1991 que procedan.
    - Certificación de superación de curso impartido por Entidad de Formación habilitada ante el órgano competente (si procede).

    Lugar de presentación

    A) En el registro de los Servicios Centrales de la Consejería de Economía Empresas y Empleo o en el de sus Direcciones Provinciales, así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
    B) Mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la siguiente dirección: https://www.jccm.es

    Información Adicional

    Lugar de exámenes:
    - ALBACETE: Instituto de Enseñanza Secundaria Don Bosco - Pº de la Cuba, 43.
    - TOLEDO: Escuela de Administración Regional - C/ Río Cabriel, s/n.
    Fecha y hora:
    - 1ª Convocatoria: 08/06/2019, a las 10:00 horas.
    - 2ª Convocatoria: 19/10/2019, a las 10:00 horas.
    Especialidades:
    - Instalador de instalaciones de gas. Categorías A, B y C.
    - Operador de grúa torre.
    - Operador de grúa móvil autopropulsada. Categorías A y B.
    - Instalador de instalaciones térmicas en edificios.
    - Operador industrial de calderas.
    - Instalador de productos petrolíferos líquidos. Categorías I y II.
    - Reparador de Productos Petrolíferos Líquidos. Categoría III.
    DOCM: 21/05/09 Decreto 61/2009, de 12/05/2009, de ordenación de las actividades profesionales reglamentadas en materia de seguridad industrial de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 20/03/19 Resolución de 26/02/2019, de la Dirección General de Industria, Energía y Minería, por la que se convocan los exámenes para la obtención de los certificados de cualificación individual de instalador, reparador y operador.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Ventanilla Única

    Alertas informativas

  • Convocar la admisión de alumnado para el curso 2016/2017 en centros docentes de titularidad pública de Castilla-La Mancha, que imparten educación para personas adultas.

    Criterios

    Cuando el número de plazas escolares fuera inferior al de solicitudes presentadas, éstas se valorarán conforme a los criterios y al orden de prelación siguientes:

  • PROCEDIMIENTO

    040106 ADMISION DE ALUMNOS EN CENTROS DOCENTES PUBLICOS Y PRIVADOS CONCERTADOS NO UNIVERSITARIOS

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SI15 ADMISION DE ALUMNADO EN CENTROS DOCENTES PUBLICOS Y PRIVADOS CONCERTADOS (2º CICLO E. INFANTIL, E. PRIMARIA, E.S.O. Y BACHILLERATO)

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Vie, 01 Feb 2019 al Jue, 28 Feb 2019

    Objeto

    Regular la admisión del alumnado, para el curso 2019/2020 en centros docentes públicos y privados concertados que imparten las enseñanzas del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, y se especifican los plazos para determinados procedimientos establecidos en la Orden 5/2017, de 19 de enero, por la que se desarrolla el proceso de admisión.

    Destinatarios

    - Alumnado no escolarizado con anterioridad en ningún centro público o privado concertado de la Región.

    - Alumnado que solicita un puesto escolar para el primer curso de cualquiera de las enseñanzas anteriormente referidas, salvo aquellos que han cursado tercer año del segundo ciclo de Educación Infantil en unidades sostenidas con fondos públicos y que, debiendo iniciar el primer curso de Educación Primaria, vayan a continuar escolarizados en el mismo centro o aquellos que vayan a cursar primero de ESO en el centro que cursan sexto de Educación Primaria.

    - Alumnado que solicita un puesto escolar por traslado desde otro centro o que proviene de niveles o cursos no concertados del mismo centro educativo para el que solicita el puesto.

    Requisitos

    Los contenidos en el apartado segundo de la Resolución de convocatoria del procedimiento de admisión.

    Criterios

    Los criterios de admisión se establecen en el capítulo II artículo 7 del Decreto 1/2017, de 10 de enero, de admisión de alumnado y la valoración de los mismos en el capítulo IV artículo 12.

    En caso de empate entre solicitantes cuando se mantenga el mismo una vez aplicados los criterios establecidos, se realizará un sorteo público en el que se determinará el número de la solicitud a partir de la cual de manera correlativa, se resolverá dicho empate.

    Documentación a aportar

    Solicitud debidamente cumplimentada.

    Los solicitantes deberán aportar la documentación acreditativa de los criterios de baremación cuando se opongan expresamente a la comprobación de oficio por la Consejería, o cuando dicha documentación no haya sido emitida por una Administración Pública.

    Lugar de presentación

    Las solicitudes se presentarán preferentemente de forma electrónica, mediante la cumplimentación y el envío telemático del formulario que estará disponible en la plataforma educativa Papás 2.0 (https://papas.educa.jccm.es).

    También podrán presentarse las solicitudes a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la forma prevista en la correspondiente convocatoria

    Información Adicional

    Se puede obtener más información en:
    - El Portal de Educación: www.educa.jccm.es (apartado admisión de alumnado).
    - El Teléfono Único de Información (012).
    - En los propios Centros Educativos.
    - En los siguientes correos electrónicos:
    admision.ab@jccm.es
    admision.cr@jccm.es
    admision.cu@jccm.es
    admision.gu@jccm.es
    admision.to@jccm.es
    admision.edu@jccm.es
    DOCM: 13/01/17 Decreto 1/2017, de 10 de enero, que regula los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 18/01/19 Resolución de 10/01/2019, de la Dirección General de Programas, Atención a la Diversidad y Formación Profesional, por la que se publica la convocatoria de admisión de alumnado para el curso 2019/2020 en centros docentes públicos y privados concertados que imparten las enseñanzas del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
    DOCM: 30/01/17 Orden 5/2017, de 19 de enero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de desarrollo del proceso de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en Castilla-La Mancha.

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